viernes, 14 de enero de 2022

REELECCIÓN DE INTENDENTES


Un grave y notorio retroceso
Fernando Javier Rivas y Francisco Javier Funes
En 2016 tuvimos el honor de publicar en estas páginas un artículo en el que destacábamos, como algo digno de ser imitado en todo el país, la ley bonaerense que había impuesto un límite a las reelecciones indefinidas de los intendentes de la provincia de Buenos Aires.
Hoy, con cierta desazón, vemos que lo que fue un gran paso en pos de profundizar el sistema republicano y uno de sus principios (“periodicidad de las funciones”) no ha sido más que una acción aislada, efímera y frágil, ya que esa iniciativa acaba de caer –como es de público conocimiento–, bajo el manto siempre arbitrario del contubernio, el personalismo y la mera y mezquina conveniencia política.
En tal sentido, la actual reforma de la ley provincial bonaerense 14.836 permite a los intendentes elegidos en 2015 la posibilidad de ser reelegidos –al igual que legisladores, concejales y consejeros escolares– para el mandato que dará inicio en 2023. A partir de ese año, y luego de las elecciones correspondientes, la norma gozará de su propia operatividad. Ello, siempre que llegada esa instancia no se la vuelva a modificar o se la declare inconstitucional.
Ese cambio, entonces, se efectivizó sobre un propósito sectario que, lejos de apoyarse en un criterio razonable, tiene su origen en el propio interés de aquellos que buscan ser, obviamente, reelegidos para otro mandato.
De manera tal, los precursores de la modificación normativa intentaron justificar su decisión bajo la tesitura de que, conforme se discutió en ambas cámaras de la Legislatura bonaerense, había que brindar certeza sobre cuál era el mandato que debía considerarse como primero.
Argumento que, sin dudas, se traduce en el afán de competir y permanecer, en caso de ganar, por cuatro años más en el cargo de que se trate. Así, y en los hechos, quienes hayan sido elegidos en las elecciones de 2017 y 2019 verán nacer allí respectivamente el primer período a ser contabilizado y no, como razonablemente debería interpretarse, el iniciado con anterioridad.
Creemos que lo acontecido, independientemente del ardid o la ventana legal utilizada en términos de interpretación normativa para provocar la modificación, se encuentra dentro de los “experimentos institucionales” que intentan forzar –o hasta incluso hacer desaparecer– los principios republicanos, con el único objetivo de “dar cuatro años más a quien ya lleva ocho en el cargo”, tal como señaló la Corte Suprema en 2013 al suspender, cautelar mediante, las elecciones en las que pretendía participar para ser reelegido –pese a la expresa prohibición constitucional que existía– el exgobernador de Santiago del Estero Gerardo Zamora.
Con un criterio legalista se vulnera el Estado Constitucional de Derecho.
En su discurso de despedida de 1796, George Washington, a quien se le pedía asumir por un período más, declaró que no aceptaba un tercer mandato de presidente de Estados Unidos de manera consecutiva y tomaba esa decisión para dejar claro el criterio por el cual había luchado toda su vida, es decir, la defensa en contra del personalismo y la autoridad monárquica. Tal costumbre duró hasta que Roosevelt aceptó un tercer mandato y hubo de agregarse a la carta magna norteamericana, ya en 1951, la enmienda XXII, que limita expresamente los mandatos presidenciales a dos períodos.
Existen argumentos y experiencias plausibles para ir más allá de una concepción meramente formal de la democracia. Prácticas e interpretaciones como las recientemente consagradas constituyen vicios y defectos sustantivos del proceso político formal que hay que eliminar, porque solo defienden los intereses de la casta política, en detrimento de la república.
Las comparaciones son odiosas. Sin embargo, tener presentes los aciertos que los grandes políticos y estadistas mostraron en su derrotero a lo largo de la historia nos permite avanzar por el único camino posible: el del respeto a la Constitución. Nadie es imprescindible (el cementerio está lleno de ellos), y aun si alguien creyera infantilmente que lo es, nada mejor para preservar el sistema democrático que la alternancia, la periodicidad de las funciones y la búsqueda y formación de nuevos y mejores líderes.


Abogados y profesores universitarios

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