sábado, 22 de abril de 2023

DECLARACIÓN


La AFIP actualizó el piso de ingresos para informar bienes
Los no alcanzados por Bienes Personales deberán hacer un trámite si en 2022 percibieron $6,6 millones o más
Silvia Stang
Los asalariados y los jubilados y pensionados que en 2022 tuvieron ingresos brutos (antes de descuentos) de por lo menos $6,6 millones, deberán informarle este año a la AFIP el detalle de sus bienes al 31 de diciembre pasado y también los datos sobre el dinero percibido, los gastos hechos y las deducciones y retenciones por el impuesto a las ganancias, todo referido al año último.
La declaración jurada de carácter informativo, que rige para quienes tuvieron el ya mencionado nivel de ingresos y que, dado el valor de sus patrimonios, no están alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales, deberá ser realizada, de manera virtual, antes de que comience julio. Es decir, el plazo para informar finalizará el 30 de junio.
El monto de ingresos a partir del cual se debe cumplir con esa obligación fue actualizado mediante la resolución 5349, firmada por el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, y publicada ayer en el Boletín Oficial. El año pasado la declaración debió ser hecha por quienes habían obtenido en 2021 ingresos brutos por un valor de al menos $3,7 millones.
Además de la definición de quiénes quedan obligados esta vez, la resolución dispone que, en adelante, el piso de ingresos que obliga a informarle a la AFIP los bienes y los ingresos se reajustará cada año con el parámetro que la ley de Ganancias ordena usar para actualizar sus variables. Es decir, se considerará el porcentaje de suba de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, Ripte. La ley establece, concretamente, el uso de la variación porcentual de ese indicador de octubre a octubre, para modificar en cada enero las variables que definen quiénes y cuánto tributan.
La suba de $3,7 millones a $6,6 millones que se dispone ahora, de hecho, implica una suba nominal de poco más de 78%, que es lo que avanzó el Ripte entre octubre de 2021 y ese mes de 2022. El reajuste queda, de esa forma y al igual que el que se le aplicó al piso del patrimonio para tributar Bienes Personales, rezagado respecto de la inflación, que el año pasado fue de 94,8%, según el Indec.
La declaración jurada de carácter informativo es una obligación que rige desde hace años para quienes ejercen cargos públicos, son trabajadores en relación de dependencia y/o perciben jubilaciones, pensiones o retiros originados en una actividad laboral. También alcanza a los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nombrados a partir de 2017, a quienes son socios de cooperativas (por los ingresos de su trabajo personal) y a los actores que reciben sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.
Para poder hacer la declaración se debe tener a mano tanto los datos de los bienes que se tenían al 31 de diciembre último, como la información sobre los ingresos de todo 2022. El el caso de los asalariados, esos datos están consignados en un formulario –el 649, también llamado “Liquidación de Impuesto a las Ganancias-4° Categoría Relación de Dependencia”–, que debe poner a disposición el empleador.
La exigencia no alcanza a quienes deben pagar Bienes Personales dado el valor de sus activos ni a quienes están inscriptos en los tributos involucrados, porque en esos casos debe realizarse la declaración determinativa y pagar, eventualmente, la obligación resultante.
Por el ejercicio 2022, el impuesto sobre el patrimonio alcanza a quienes tienen activos valuados –según los criterios dispuestos para esta carga fiscal en particular–, en al menos $11.282.141,08. La vivienda está exenta hasta los $56.410.705,41 (si el valor declarado excede esa cifra, se tributa sobre la diferencia).
Las dos cifras surgen de aplicar un mecanismo de actualización automática, que se estrenó para el ejercicio fiscal 2022. Ese reajuste consiste en elevar la cifra del año anterior en función de la evolución interanual, a octubre, del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Con la aceleración de la inflación, la cifra quedó rezagada: como ya se mencionó, el aumento de precios fue de 94,8% en 2022, mientras que para actualizar la base imponible de Bienes Personales la cifra antes vigente fue incrementada en un 88%.
Todos los bienes se declaran según las tenencias y las valuaciones al 31 de diciembre de cada año. Las obligaciones de presentar declaraciones juradas y de pagar, en el caso de las personas alcanzadas por la carga fiscal, vencerán los días 12 de junio (para las personas con CUIT finalizado en 0, 1, 2 y 3), 13 de junio (4, 5 y 6) y 14 de junio (7, 8 y 9).
Entre los activos alcanzados por Bienes Personales están los inmuebles, los automóviles (quedan liberados de la carga después de 5 años de su ingreso al patrimonio), los ahorros en billetes, los bienes muebles registrados, los saldos de cuentas corrientes bancarias, los títulos, acciones, cuotas o participaciones sociales, las criptomonedas, los saldos de billeteras virtuales, los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales, los créditos, y los bienes y depósitos en el exterior.

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