El Gobierno propone fuertes aumentos en el régimen de monotributo
El proyecto de ley enviado al Congreso prevé incrementos en los ingresos máximos requeridos, en el impuesto y en los aportes
Silvia Stang
La tabla ya no seguiría a la movilidad previsional
El proyecto de ley que envió al Congreso el Poder Ejecutivo con modificaciones al impuesto sobre los ingresos personales (o Ganancias) incluye un extenso capítulo dedicado al monotributo. La propuesta es elevar entre 140% y 300% los ingresos máximos permitidos para estar en cada categoría y para poder ingresar y mantenerse dentro del régimen simplificado. En caso de convertirse el proyecto en ley, se llevaría el límite de facturación de $16.957.968,71 a $68 millones en la actividad de comercio y de $11.916.410,45 a $35 millones en la prestación de servicios.
También se propone incrementar fuertemente los importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. La suba del tributo en particular sería, según la categoría, de entre algo más de 200% y casi 380% respecto de lo que se abona desde este mes. Por ejemplo, el impuesto de la categoría A (del que está exenta, en rigor, gran parte de los anotados), pasaría de $1047,86 a $3900, y el de la categoría más elevada, la K, de $72.817,31 a $340.000 mensuales.
Los topes actuales de ingresos y los montos a pagar están vigentes desde el actual mes de enero, y son el resultado de haberse aplicado el mecanismo de actualización automática fijado por ley años atrás. Los importes son un 110,9% más altos que los vigentes un año atrás, un porcentaje que equivale a la suba que tuvieron el año pasado, de manera acumulada, las jubilaciones del sistema de la Anses, y que quedó muy por debajo de la inflación, de 211,4% en 2023.
Ese desfase de una magnitud tan significativa deja a muchos monotributistas en riesgo de tener que abandonar el sistema simplificado, para ir al más oneroso régimen impositivo general (con inscripción en IVA y Ganancias y pago de aportes previsionales del régimen de autónomos), aun cuando sus ingresos muy probablemente hayan disminuido en términos de capacidad de compra.
Todos los valores propuestos
El proyecto de ley busca llevar el ingreso máximo anual de la categoría A de $2.108.288,01 a $5 millones; el de la B, de $3.133.941,63 a $8 millones; C, de $4.387.518,23 a $11,5 millones; D, de $5.449.094,55 a $15,5 millones; E: de $6.416.528,72 a $19,75 millones; F: de $8.020.660,9 a $24,25 millones; G: de $9.624.793,05 a $29 millones; H (escalón más alto para la prestación de servicios): de $11.916.410,45 a $35 millones.
Y en las tres categorías en las que solo se admite a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los ingresos topes pasarían de $13.337.213,22 a $45 millones (categoría I); de $15.285.088,04 a $56 millones (J), y de $16.957.968,71 a $68 millones (K). En este último caso, el incremento es de un 300%, mientras que en el resto de las categorías la variación propuesta va de casi un 140% a 266%.
El impuesto integrado pasaría en la categoría A de $1047,86 a $3900; en la B, de $2018,89 a $6500; en la C, de $3452,09 a $12.000 (servicios) y de $3190 a $10.800 (comercio); en la D, de $5671,23 a $20.000 (servicios) y de $5239,75 a $17.500 (comercio); en la E, de $10.787,67 a $33.000 (servicios) y de $8368,13 a $29.700 (comercio); en la F, de $14.840,88 a $50.000 (servicios) y de $10.926,38 a $42.000 (comercio); en la G, de $18.878,58 a $72.500 (servicios) y de $13.623,24 a $65.500 (comercio); en la H, de $43.150,91 a $146.000 (servicios) y de $33.442,08 a $131.500.
En las tres categorías mas elevadas, de la actividad de venta de cosas muebles, se pasaría de $53.938,71 a $187.500 en la I; de $63.385,73 a $260.000 en la J, y de $72.817,31 a $340.000 en la K. Son aumentos, en estos casos de entre 248% y 367%.
En el caso del aporte para el sistema jubilatorio, el texto propone que en la categoría A sea de $9800, en lugar de los $4623,27 actuales (un reajuste de 112%) y que el importe se incremente un 10% en cada escalón, a medida que se sube en la tabla (esta regla ya existe en el sistema actual). Así, en la categoría B el pago sería de $10.780; en la C, de $11.858; en la D, de $13.043,8; en la E, de $14.348,18; en la F, de $15.783; en la G, de $17.361,3; en la H, de $19.097,4; en la I, de $21.007,2, y en la K, de $23.107,9.
El pago con destino a la obra social, en tanto, se incrementaría de $6457,26 a $13.800 en las categorías A, B y C; de $7673,13 a $16.400 en la D; de $9389,36 a $19.000 en la E; de $10.850,9 a $22.000 en la F; de $11.625,96 a $25.000 en la G; de $13.951,15 a $29.000 en la H; de $17.272,86 a $33.000 en la I; de $19.332,31 a $38.000 en la J, y de $22.155,77 a $44.000 en la K. Son incrementos que rondan el 100% y que, según el caso, llegan hasta 115%. El texto busca establecer, además, que de esos montos el 90% vaya a la obra social y el 10% al Fondo de Redistribución Solidaria, que financia determinadas prácticas y tratamientos de alto costo.
La propuesta de ley también intenta elevar los montos de los alquileres devengados anualmente que se permiten en el sistema, por inmuebles que estén afectados a la actividad económica del monotributista. Los importes actuales quedaron muy retrasados frente a la inflación y a los precios de mercado.
En las categorías A y B, ese parámetro pasaría de $485.448,92 a $1,05 millones anuales; en las C y D, de $970.897,79 a $2,05 millones; en las E y F, de $1.209.769,4 y $1.213.622,14 a $2,6 millones; en la G, de $1.456.346,67 a $3,1 millones y en las categorías superiores, de $1.941.795,53 a $4,5 millones.
Además, el precio unitario máximo que puede tener un bien que se comercialice estando dentro del régimen del monotributo se elevaría de $180.589,67 a $385.000( un 113,2% respecto del valor de este mes, que fue actualizado en un 110,9%).
En la iniciativa también se incluyó la propuesta de que, en adelante, los valores de la tabla del monotributo ya no se actualicen más según la movilidad previsional, tal como viene ocurriendo en los últimos años, sino que el parámetros e ala variación del Índice de Precio sal Co ns umidor(IPC)d el Indec del período de 12 meses “que finalice el segundo mes inmediato anterior al de la actualización”. Es decir, como el reajuste se prevé para cada mes de enero, se consideraría la inflación interanual a noviembre.
Además, se busca que se le otorguen facultades al Poder Ejecutivo para modificar los valores en otros momentos del año, más allá del reajuste establecido para cada enero.
Exenciones del régimen
Más allá de cuáles sean los cambios, el sistema tiene excepciones a la obligación del pago total de los tres componentes del esquema ya mencionados. Los asalariados, los menores de 18 años, las personas que se anotaron en el monotributo por el alquiler de sus bienes muebles o inmuebles y los jubilados que accedieron a su prestación antes de julio de 1994 están liberados de ingresar los aportes para el régimen jubilatorio y para la obra social (los jubilados, sin importar el momento del retiro, no aportan a la obra social).
A la vez, los monotributistas de las categorías A y B están liberados de abonar el impuesto integrado (sí deben aportar, en cambio, al sistema jubilatorio y al de salud), siempre que notenganunempleobajorelaciónde dependencia, una jubilación o una pensión, ni estén en la conducción o dirección de sociedades, ni alquilen sus bienes, ni se dediquen a inversiones financieras.
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Jubilaciones: abonarán en febrero el mismo bono pagado este mes
La ayuda económica por hasta $55.000 solo la recibirán quienes cobren menos de $160.713
El proyecto de ley que envió al Congreso el Poder Ejecutivo con modificaciones al impuesto sobre los ingresos personales (o Ganancias) incluye un extenso capítulo dedicado al monotributo. La propuesta es elevar entre 140% y 300% los ingresos máximos permitidos para estar en cada categoría y para poder ingresar y mantenerse dentro del régimen simplificado. En caso de convertirse el proyecto en ley, se llevaría el límite de facturación de $16.957.968,71 a $68 millones en la actividad de comercio y de $11.916.410,45 a $35 millones en la prestación de servicios.
También se propone incrementar fuertemente los importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. La suba del tributo en particular sería, según la categoría, de entre algo más de 200% y casi 380% respecto de lo que se abona desde este mes. Por ejemplo, el impuesto de la categoría A (del que está exenta, en rigor, gran parte de los anotados), pasaría de $1047,86 a $3900, y el de la categoría más elevada, la K, de $72.817,31 a $340.000 mensuales.
Los topes actuales de ingresos y los montos a pagar están vigentes desde el actual mes de enero, y son el resultado de haberse aplicado el mecanismo de actualización automática fijado por ley años atrás. Los importes son un 110,9% más altos que los vigentes un año atrás, un porcentaje que equivale a la suba que tuvieron el año pasado, de manera acumulada, las jubilaciones del sistema de la Anses, y que quedó muy por debajo de la inflación, de 211,4% en 2023.
Ese desfase de una magnitud tan significativa deja a muchos monotributistas en riesgo de tener que abandonar el sistema simplificado, para ir al más oneroso régimen impositivo general (con inscripción en IVA y Ganancias y pago de aportes previsionales del régimen de autónomos), aun cuando sus ingresos muy probablemente hayan disminuido en términos de capacidad de compra.
Todos los valores propuestos
El proyecto de ley busca llevar el ingreso máximo anual de la categoría A de $2.108.288,01 a $5 millones; el de la B, de $3.133.941,63 a $8 millones; C, de $4.387.518,23 a $11,5 millones; D, de $5.449.094,55 a $15,5 millones; E: de $6.416.528,72 a $19,75 millones; F: de $8.020.660,9 a $24,25 millones; G: de $9.624.793,05 a $29 millones; H (escalón más alto para la prestación de servicios): de $11.916.410,45 a $35 millones.
Y en las tres categorías en las que solo se admite a quienes se dedican a la venta de cosas muebles, los ingresos topes pasarían de $13.337.213,22 a $45 millones (categoría I); de $15.285.088,04 a $56 millones (J), y de $16.957.968,71 a $68 millones (K). En este último caso, el incremento es de un 300%, mientras que en el resto de las categorías la variación propuesta va de casi un 140% a 266%.
El impuesto integrado pasaría en la categoría A de $1047,86 a $3900; en la B, de $2018,89 a $6500; en la C, de $3452,09 a $12.000 (servicios) y de $3190 a $10.800 (comercio); en la D, de $5671,23 a $20.000 (servicios) y de $5239,75 a $17.500 (comercio); en la E, de $10.787,67 a $33.000 (servicios) y de $8368,13 a $29.700 (comercio); en la F, de $14.840,88 a $50.000 (servicios) y de $10.926,38 a $42.000 (comercio); en la G, de $18.878,58 a $72.500 (servicios) y de $13.623,24 a $65.500 (comercio); en la H, de $43.150,91 a $146.000 (servicios) y de $33.442,08 a $131.500.
En las tres categorías mas elevadas, de la actividad de venta de cosas muebles, se pasaría de $53.938,71 a $187.500 en la I; de $63.385,73 a $260.000 en la J, y de $72.817,31 a $340.000 en la K. Son aumentos, en estos casos de entre 248% y 367%.
En el caso del aporte para el sistema jubilatorio, el texto propone que en la categoría A sea de $9800, en lugar de los $4623,27 actuales (un reajuste de 112%) y que el importe se incremente un 10% en cada escalón, a medida que se sube en la tabla (esta regla ya existe en el sistema actual). Así, en la categoría B el pago sería de $10.780; en la C, de $11.858; en la D, de $13.043,8; en la E, de $14.348,18; en la F, de $15.783; en la G, de $17.361,3; en la H, de $19.097,4; en la I, de $21.007,2, y en la K, de $23.107,9.
El pago con destino a la obra social, en tanto, se incrementaría de $6457,26 a $13.800 en las categorías A, B y C; de $7673,13 a $16.400 en la D; de $9389,36 a $19.000 en la E; de $10.850,9 a $22.000 en la F; de $11.625,96 a $25.000 en la G; de $13.951,15 a $29.000 en la H; de $17.272,86 a $33.000 en la I; de $19.332,31 a $38.000 en la J, y de $22.155,77 a $44.000 en la K. Son incrementos que rondan el 100% y que, según el caso, llegan hasta 115%. El texto busca establecer, además, que de esos montos el 90% vaya a la obra social y el 10% al Fondo de Redistribución Solidaria, que financia determinadas prácticas y tratamientos de alto costo.
La propuesta de ley también intenta elevar los montos de los alquileres devengados anualmente que se permiten en el sistema, por inmuebles que estén afectados a la actividad económica del monotributista. Los importes actuales quedaron muy retrasados frente a la inflación y a los precios de mercado.
En las categorías A y B, ese parámetro pasaría de $485.448,92 a $1,05 millones anuales; en las C y D, de $970.897,79 a $2,05 millones; en las E y F, de $1.209.769,4 y $1.213.622,14 a $2,6 millones; en la G, de $1.456.346,67 a $3,1 millones y en las categorías superiores, de $1.941.795,53 a $4,5 millones.
Además, el precio unitario máximo que puede tener un bien que se comercialice estando dentro del régimen del monotributo se elevaría de $180.589,67 a $385.000( un 113,2% respecto del valor de este mes, que fue actualizado en un 110,9%).
En la iniciativa también se incluyó la propuesta de que, en adelante, los valores de la tabla del monotributo ya no se actualicen más según la movilidad previsional, tal como viene ocurriendo en los últimos años, sino que el parámetros e ala variación del Índice de Precio sal Co ns umidor(IPC)d el Indec del período de 12 meses “que finalice el segundo mes inmediato anterior al de la actualización”. Es decir, como el reajuste se prevé para cada mes de enero, se consideraría la inflación interanual a noviembre.
Además, se busca que se le otorguen facultades al Poder Ejecutivo para modificar los valores en otros momentos del año, más allá del reajuste establecido para cada enero.
Exenciones del régimen
Más allá de cuáles sean los cambios, el sistema tiene excepciones a la obligación del pago total de los tres componentes del esquema ya mencionados. Los asalariados, los menores de 18 años, las personas que se anotaron en el monotributo por el alquiler de sus bienes muebles o inmuebles y los jubilados que accedieron a su prestación antes de julio de 1994 están liberados de ingresar los aportes para el régimen jubilatorio y para la obra social (los jubilados, sin importar el momento del retiro, no aportan a la obra social).
A la vez, los monotributistas de las categorías A y B están liberados de abonar el impuesto integrado (sí deben aportar, en cambio, al sistema jubilatorio y al de salud), siempre que notenganunempleobajorelaciónde dependencia, una jubilación o una pensión, ni estén en la conducción o dirección de sociedades, ni alquilen sus bienes, ni se dediquen a inversiones financieras.
&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
Jubilaciones: abonarán en febrero el mismo bono pagado este mes
La ayuda económica por hasta $55.000 solo la recibirán quienes cobren menos de $160.713
Silvia Stang
Los jubilados y pensionados del sistema contributivo de la Anses y los beneficiarios de prestaciones no contributivas no verán cambios en sus haberes de febrero en comparación con los de enero.
Esto es porque el Poder Ejecutivo dispuso, mediante el decreto 81, publicado ayer en el Boletín Oficial, la vigencia para ese mes de un bono de igual monto que el de enero y a pagarse en las mismas condiciones. La denominada “ayuda económica previsional” será de hasta $55.000 y solo para quienes tienen un ingreso que no supere los $160.713.
Tal como ocurre este mes, cobrarán el monto máximo dispuesto de $55.000, quienes tienen el haber mínimo, de $105.713, en tanto que los jubilados que perciben más que esa cifra y hasta $160.713 recibirán un refuerzo del importe que resulte necesario para completar ese monto. Por ejemplo, con un haber mensual de $140.000, el extra será de $20.713.
Cuando se anunció el bono de enero, desde el Gobierno se dijo que en febrero habría otro, de un importe a definir. Pese a la alta inflación (de 25,5% en diciembre y de un nivel similar este mes, según algunas estimaciones de economistas), finalmente se resolvió que no habrá una mejora.
Los que siguen postergados
Los jubilados con ingresos superiores a $160.713 quedan excluidos una vez más del refuerzo, pese a ser los que más pérdida de poder adquisitivo acumulan.
Solo el año pasado hubo caídas del valor real de los ingresos de entre 14,2% y 37,4%, en tanto que las pérdidas fueron, a diciembre pasado, de entre 32,6% y 44,6% en los últimos cuatro años, y de entre 26% y 55,4% desde septiembre de 2017.
El nuevo refuerzo se conoce cuando se debate en el Congreso el proyecto de ley ómnibus enviado por el Ejecutivo, que incluye un capítulo referido a las actualizaciones de las prestaciones previsionales.
Según la última versión de la iniciativa oficial, el plan es otorgar reajustes mensuales siguiendo la inflación del Indec, pero solo a partir de abril (en ese mes, se tomaría en cuenta el índice de precios al consumidor de febrero). Eso significaría una mejora para las prestaciones respecto de lo que ocurre con la dinámica actual de reajustes.
Sin embargo, hasta el cuarto mes del año se profundizaría la pérdida de poder adquisitivo, porque la propuesta indica que en marzo se utilizaría la fórmula de movilidad aún vigente (que, según algunas proyecciones preliminares, podría arrojar un índice de alrededor de 30%, cuando la inflación del actual trimestre está estimada en cerca de 70%).
Además, de acuerdo con la redacción del proyecto, quedaría la inflación del actual mes sin compensar; es decir, en el cambio de una modalidad a otra se saltearía un período mensual.
Con respecto a lo que ocurrirá en febrero, para determinar quiénes cobran los bonos y quiénes no, se tiene en cuenta la suma de los ingresos del sistema previsional.
Por eso, si se cobra jubilación y también pensión mínima, no corresponde el refuerzo. Esa condición (más allá del haber tope para cobrar en cada período, que tuvo variaciones) es así desde el inicio de la política del pago continuo de bonos, en septiembre de 2022.
Los refuerzos implican un reconocimiento de la ineficacia de la fórmula de movilidad vigente desde 2021 para mantener el poder adquisitivo en un contexto de inflación creciente.
Si se consideran los montos netos del aporte para financiar al PAMI, el ingreso mínimo es, considerando el bono y en mano, de $157.542. Es una cifra similar a la cobrada, también en términos netos, por quienes tienen un haber bruto de entre $161.000 y $168.000, es decir, entre 52% y 60% más que el ingreso básico, en bruto.
Los bonos generan, al no ser para todos los jubilados, un achatamiento de la pirámide de ingresos, en un escenario de pérdida de poder adquisitivo que se va agravando mes a mes.
Para los jubilados con un haber bruto (sin contar el bono) de hasta $127.920 que obtuvieron su jubilación sin necesidad de recurrir a una moratoria (es decir, habiendo
La “ayuda económica previsional” será de hasta $55.000 y solo para quienes tienen un ingreso que no supere los $160.713
Los jubilados con ingresos superiores quedan excluidos una vez más, pese a ser los que más pérdida de poder adquisitivo acumulan cumplido con el requisito de 30 años de aportes), habrá nuevamente un suplemento de hasta $22.207, en función de lo dispuesto por la ley 27.426, vigente desde 2018.
Esa normativa establece que, en esos casos, el Estado debe garantizar un haber mensual no inferior al 82% del salario mínimo, vital y móvil. Por ahora, es, al igual que en diciembre, esta referencia del ingreso laboral es de $156.000 y, por tanto, el 82% es $127.920.
Ese pago ya fue hecho el mes pasado (cuando el haber y el salario mínimo eran los mismos) y fue ratificado por las nuevas autoridades de la Anses . Así, quienes tengan un haber bruto inferior a $127.920 recibirán un monto tal que se complete esa cifra (por caso, si el ingreso es de $122.000, el plus será de $5920).
Entre quienes tienen los ingresos más bajos del sistema son muy pocos quienes se jubilaron sin moratoria. Según cifras de la Secretaría de Seguridad Social 9 de cada 10 jubilados con ingreso básico accedieron por ellas, lo que muestra que, al solicitar el beneficio, no tenían los 30 años de aportes que exige la ley.
Los jubilados y pensionados del sistema contributivo de la Anses y los beneficiarios de prestaciones no contributivas no verán cambios en sus haberes de febrero en comparación con los de enero.
Esto es porque el Poder Ejecutivo dispuso, mediante el decreto 81, publicado ayer en el Boletín Oficial, la vigencia para ese mes de un bono de igual monto que el de enero y a pagarse en las mismas condiciones. La denominada “ayuda económica previsional” será de hasta $55.000 y solo para quienes tienen un ingreso que no supere los $160.713.
Tal como ocurre este mes, cobrarán el monto máximo dispuesto de $55.000, quienes tienen el haber mínimo, de $105.713, en tanto que los jubilados que perciben más que esa cifra y hasta $160.713 recibirán un refuerzo del importe que resulte necesario para completar ese monto. Por ejemplo, con un haber mensual de $140.000, el extra será de $20.713.
Cuando se anunció el bono de enero, desde el Gobierno se dijo que en febrero habría otro, de un importe a definir. Pese a la alta inflación (de 25,5% en diciembre y de un nivel similar este mes, según algunas estimaciones de economistas), finalmente se resolvió que no habrá una mejora.
Los que siguen postergados
Los jubilados con ingresos superiores a $160.713 quedan excluidos una vez más del refuerzo, pese a ser los que más pérdida de poder adquisitivo acumulan.
Solo el año pasado hubo caídas del valor real de los ingresos de entre 14,2% y 37,4%, en tanto que las pérdidas fueron, a diciembre pasado, de entre 32,6% y 44,6% en los últimos cuatro años, y de entre 26% y 55,4% desde septiembre de 2017.
El nuevo refuerzo se conoce cuando se debate en el Congreso el proyecto de ley ómnibus enviado por el Ejecutivo, que incluye un capítulo referido a las actualizaciones de las prestaciones previsionales.
Según la última versión de la iniciativa oficial, el plan es otorgar reajustes mensuales siguiendo la inflación del Indec, pero solo a partir de abril (en ese mes, se tomaría en cuenta el índice de precios al consumidor de febrero). Eso significaría una mejora para las prestaciones respecto de lo que ocurre con la dinámica actual de reajustes.
Sin embargo, hasta el cuarto mes del año se profundizaría la pérdida de poder adquisitivo, porque la propuesta indica que en marzo se utilizaría la fórmula de movilidad aún vigente (que, según algunas proyecciones preliminares, podría arrojar un índice de alrededor de 30%, cuando la inflación del actual trimestre está estimada en cerca de 70%).
Además, de acuerdo con la redacción del proyecto, quedaría la inflación del actual mes sin compensar; es decir, en el cambio de una modalidad a otra se saltearía un período mensual.
Con respecto a lo que ocurrirá en febrero, para determinar quiénes cobran los bonos y quiénes no, se tiene en cuenta la suma de los ingresos del sistema previsional.
Por eso, si se cobra jubilación y también pensión mínima, no corresponde el refuerzo. Esa condición (más allá del haber tope para cobrar en cada período, que tuvo variaciones) es así desde el inicio de la política del pago continuo de bonos, en septiembre de 2022.
Los refuerzos implican un reconocimiento de la ineficacia de la fórmula de movilidad vigente desde 2021 para mantener el poder adquisitivo en un contexto de inflación creciente.
Si se consideran los montos netos del aporte para financiar al PAMI, el ingreso mínimo es, considerando el bono y en mano, de $157.542. Es una cifra similar a la cobrada, también en términos netos, por quienes tienen un haber bruto de entre $161.000 y $168.000, es decir, entre 52% y 60% más que el ingreso básico, en bruto.
Los bonos generan, al no ser para todos los jubilados, un achatamiento de la pirámide de ingresos, en un escenario de pérdida de poder adquisitivo que se va agravando mes a mes.
Para los jubilados con un haber bruto (sin contar el bono) de hasta $127.920 que obtuvieron su jubilación sin necesidad de recurrir a una moratoria (es decir, habiendo
La “ayuda económica previsional” será de hasta $55.000 y solo para quienes tienen un ingreso que no supere los $160.713
Los jubilados con ingresos superiores quedan excluidos una vez más, pese a ser los que más pérdida de poder adquisitivo acumulan cumplido con el requisito de 30 años de aportes), habrá nuevamente un suplemento de hasta $22.207, en función de lo dispuesto por la ley 27.426, vigente desde 2018.
Esa normativa establece que, en esos casos, el Estado debe garantizar un haber mensual no inferior al 82% del salario mínimo, vital y móvil. Por ahora, es, al igual que en diciembre, esta referencia del ingreso laboral es de $156.000 y, por tanto, el 82% es $127.920.
Ese pago ya fue hecho el mes pasado (cuando el haber y el salario mínimo eran los mismos) y fue ratificado por las nuevas autoridades de la Anses . Así, quienes tengan un haber bruto inferior a $127.920 recibirán un monto tal que se complete esa cifra (por caso, si el ingreso es de $122.000, el plus será de $5920).
Entre quienes tienen los ingresos más bajos del sistema son muy pocos quienes se jubilaron sin moratoria. Según cifras de la Secretaría de Seguridad Social 9 de cada 10 jubilados con ingreso básico accedieron por ellas, lo que muestra que, al solicitar el beneficio, no tenían los 30 años de aportes que exige la ley.
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