Fuerte apoyo empresario a la desregulación y al fin de las “injerencias indebidas”
La AEA avaló la lucha del Gobierno contra el déficit fiscal y el “tamaño excesivo” del Estado; respaldos de la UIA y la Cámara de Comercio
Francisco Jueguen
Jaime Campos Presidente de aea
La aea denunció que el sector privado está sometido a injerencias estatales indebidas, controles de precios, una elevadísima presión tributaria y a restricciones arbitrarias en materia de comercio exterior
Los empresarios dieron en las últimas horas un muy significativo respaldo al ajuste fiscal y a la fuerte desregulación –a través de un megradecreto– que impulsa el gobierno de Javier Milei. Los hombres y mujeres de negocios saludaron que el foco de la nueva administración esté puesto en reducir el déficit fiscal y el tamaño del sector público, y también en liberar a las fuerzas productivas de lo que calificaron de las “injerencias indebidas” –controles, restricciones y amenazas– del Estado en el sector privado.
Tanto la Asociación Empresaria Argentina (AEA), como la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Cámara Argentina de Comercio, entre otros, saludaron algunas de las reformas impulsadas por el Gobierno. El Presidente presentó un megadecreto que tiene como objetivo desregular los mercados, incentivar la competencia, simplificar la relación entre los privados y el Estado, y suprimir la discrecionalidad.
Entre las modificaciones que plantea el Gobierno hay cambios en materia laboral, y se derogarán la ley de alquileres, de abastecimiento, la de Compre Nacional y la normativa que prohíbe la privatización de empresas públicas. Además, se autorizará la cesión del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas y se incorporará a las prepagas al régimen de obras sociales. Además, se desregulan varios sectores.
“El inicio del nuevo gobierno genera la esperanza de que nuestro país pueda revertir un largo período caracterizado por el estancamiento económico, altísimas tasas de inflación y un muy significativo aumento de la pobreza”, comienza el comunicado de la AEA, donde se reúnen los dueños de las principales empresas del país. “Acertadamente, el gobierno del presidente Javier Milei ha puesto foco en dos puntos centrales que explican ese muy mal desempeño: el tamaño excesivo del Estado en relación con el PBI y las consecuencias muy negativas que han tenido por largas décadas los déficits en las cuentas públicas”.
“También valoramos, muy especialmente, que el Gobierno se disponga a tomar medidas que permitan el más pleno desarrollo del sector privado, sometido por años a injerencias estatales indebidas, a controles de precios, a una elevadísima presión tributaria, a restricciones arbitrarias en materia de comercio exterior, y a amenazas como la ley de abastecimiento”, sigue específicamente sobre el megadecreto que dio a conocer anteanoche Milei en una cadena nacional y que se publicó ayer en el Boletín Oficial.
“Desde AEA estamos convencidos de que la eliminación de dichas anomalías y la revalorización del sector privado que propugna el Gobierno redundarán en mayores inversiones productivas, en crecimiento del empleo y en un aumento de las exportaciones, todos ellos aspectos cruciales para volver a colocar a la Argentina en la senda del desarrollo económico y social sostenido”, señala.
Los socios de la AEA llevaron a cabo anteayer su reunión de fin de año y asamblea anual en la que reeligieron presidente por un nuevo período a Jaime Campos. También reeligieron a Paolo Rocca, Héctor Magnetto, Sebastián Bagó y Alfredo Coto como vicepresidentes, y a Marcelo Argüelles y Martín Migoya como vocales. Se nominó también a Alberto Hojman como tesorero. En ese encuentro, se hizo, según pudo saber
un paneo de las medidas tomadas por el ministro de Economía, Luis Caputo. Para evaluar esos primeros pasos, los empresarios de la AEA invitaron a la economista Marina Dal Poggetto.
Participaron del encuentro Campos, Luis A. Pagani, Rocca, Magnetto, Bagó, Coto, Carlos Miguens, Cristiano Rattazzi, Federico Braun, Luis Perez Companc, Alberto Grimoldi, Hojman, Eduardo Elsztain, Argüelles, Marcos Galperin, María Luisa Macchiavello, Migoya, Charlie Blaquier, Mariano Bosch, Claudia Álvarez Argüelles, Martín Brandi, Alejandro Butti, Martín Castelli, Sergio Kaufman, Pablo Roemmers, Gustavo Salinas, Miguel Urus y Amadeo Vázquez, según informó la entidad en un comunicado.
Reforma laboral
“Las modificaciones implementadas muestran un camino para entender las nuevas realidades laborales y sientan las bases para que cuando se materialice una recuperación económica, las nuevas contrataciones sean más simples y sostenibles”, afirma la UIA en un comunicado. La entidad que conduce Daniel Funes de Rioja recibió ayer a al secretario de Trabajo, Omar Yasin, y a su equipo, “para interiorizarse sobre las recientes medidas que adecuan distintos aspectos de las nuevas realidades laborales”.
La entidad recordó que había presentado en su “Libro Blanco” la necesidad de reducir la litigiosidad que afecta principalmente a las pymes, la eliminación de multas por registro deficiente de la actividad laboral y la creación de incentivos para el empleo formal; el fomento del nuevo empleo a partir de la reducción de cargas laborales; la promoción de negociaciones colectivas dinámicas, y los incentivos a la productividad y la actualización del régimen de multas para disminuir la judicialización de conflictos laborales.
“La UIA ponderó que las modificaciones incluidas propicien la creación de empleo formal, y que garantice la provisión de servicios esenciales y de importancia trascendental, a la vez que sancione expresamente los bloqueos a empresas. La UIA consideró que la nueva normativa brinda previsibilidad y sustentabilidad a los procesos productivos y mejora las condiciones de empleabilidad y respeto a la iniciativa privada”, se menciona.
El encuentro con Yasin y las autoridades de la entidad fabril se llevó a cabo en la sede de la UIA. “Los departamentos técnicos de la UIA continuarán analizando en los próximos días las implicancias del decreto en otros aspectos, más allá de lo laboral, y comunicarán sus conclusiones”, cierran los industriales en su comunicado.
“Asfixia” al sector privado
En la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), que conduce Mario Grinman, enviaron apenas terminó de hablar Milei en cadena nacional un comunicado en el que marcaron la coincidencia “respecto de los perjuicios de un Estado omnipresente, que asfixia al sector privado y de este modo condena a nuestro país al atraso, y a la necesidad de desregular muchos aspectos de nuestra economía”.
“En la CAC reiteradamente denunciamos las muy negativas consecuencias que tiene un sector público sobredimensionado. Un excesivo gasto público deriva en una presión tributaria desmesurada, que mina la competitividad de las empresas y bloquea la generación de empleo genuino, y en un déficit fiscal crónico que lleva a la emisión monetaria y a la inflación sin control, con los nefastos efectos que esto tiene”, estiman. Luego agregan: “Pero la excesiva presencia del Estado en la Argentina no se evidencia solo en los niveles de gasto, sino también en las múltiples injerencias que este tiene en la vida de individuos y empresas: regulaciones por doquier, trabas de diversa índole, regímenes informativos innecesarios, controles inconducentes y un largo etcétera, nos impiden desarrollarnos y nos condenan a la postración”.
Por eso, en la CAC celebraron los anuncios de anteayer, como la derogación de las leyes de alquileres, de abastecimiento y de góndolas, como así también la supresión del observatorio de precios. “Asimismo, aplaudimos que se haya decidido implementar una modernización laboral”, se indica en la nota.
“Sabemos que para que las empresas progresen es necesario que el Estado no las ahogue”, estima la entidad y completa: “No estamos en contra del Estado: los argentinos necesitamos un mejor Estado que haga lo que debe hacer, en línea con lo que prescribe nuestra Constitución, y no un Estado que distraiga sus energías de lo que le es propio y se convierte en una máquina de impedir”.
En la entidad estiman además que no pudieron aún hacer un análisis y ni siquiera leer íntegramente el DNU, “pero coincidimos plenamente con la orientación planteada en el mensaje presidencial”
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Las siete claves para entender cómo se acordarán alquileres
Se pueden cerrar en cualquier moneda, por dos años y con el índice de actualización a elección
Los empresarios dieron en las últimas horas un muy significativo respaldo al ajuste fiscal y a la fuerte desregulación –a través de un megradecreto– que impulsa el gobierno de Javier Milei. Los hombres y mujeres de negocios saludaron que el foco de la nueva administración esté puesto en reducir el déficit fiscal y el tamaño del sector público, y también en liberar a las fuerzas productivas de lo que calificaron de las “injerencias indebidas” –controles, restricciones y amenazas– del Estado en el sector privado.
Tanto la Asociación Empresaria Argentina (AEA), como la Unión Industrial Argentina (UIA) y la Cámara Argentina de Comercio, entre otros, saludaron algunas de las reformas impulsadas por el Gobierno. El Presidente presentó un megadecreto que tiene como objetivo desregular los mercados, incentivar la competencia, simplificar la relación entre los privados y el Estado, y suprimir la discrecionalidad.
Entre las modificaciones que plantea el Gobierno hay cambios en materia laboral, y se derogarán la ley de alquileres, de abastecimiento, la de Compre Nacional y la normativa que prohíbe la privatización de empresas públicas. Además, se autorizará la cesión del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas y se incorporará a las prepagas al régimen de obras sociales. Además, se desregulan varios sectores.
“El inicio del nuevo gobierno genera la esperanza de que nuestro país pueda revertir un largo período caracterizado por el estancamiento económico, altísimas tasas de inflación y un muy significativo aumento de la pobreza”, comienza el comunicado de la AEA, donde se reúnen los dueños de las principales empresas del país. “Acertadamente, el gobierno del presidente Javier Milei ha puesto foco en dos puntos centrales que explican ese muy mal desempeño: el tamaño excesivo del Estado en relación con el PBI y las consecuencias muy negativas que han tenido por largas décadas los déficits en las cuentas públicas”.
“También valoramos, muy especialmente, que el Gobierno se disponga a tomar medidas que permitan el más pleno desarrollo del sector privado, sometido por años a injerencias estatales indebidas, a controles de precios, a una elevadísima presión tributaria, a restricciones arbitrarias en materia de comercio exterior, y a amenazas como la ley de abastecimiento”, sigue específicamente sobre el megadecreto que dio a conocer anteanoche Milei en una cadena nacional y que se publicó ayer en el Boletín Oficial.
“Desde AEA estamos convencidos de que la eliminación de dichas anomalías y la revalorización del sector privado que propugna el Gobierno redundarán en mayores inversiones productivas, en crecimiento del empleo y en un aumento de las exportaciones, todos ellos aspectos cruciales para volver a colocar a la Argentina en la senda del desarrollo económico y social sostenido”, señala.
Los socios de la AEA llevaron a cabo anteayer su reunión de fin de año y asamblea anual en la que reeligieron presidente por un nuevo período a Jaime Campos. También reeligieron a Paolo Rocca, Héctor Magnetto, Sebastián Bagó y Alfredo Coto como vicepresidentes, y a Marcelo Argüelles y Martín Migoya como vocales. Se nominó también a Alberto Hojman como tesorero. En ese encuentro, se hizo, según pudo saber
un paneo de las medidas tomadas por el ministro de Economía, Luis Caputo. Para evaluar esos primeros pasos, los empresarios de la AEA invitaron a la economista Marina Dal Poggetto.
Participaron del encuentro Campos, Luis A. Pagani, Rocca, Magnetto, Bagó, Coto, Carlos Miguens, Cristiano Rattazzi, Federico Braun, Luis Perez Companc, Alberto Grimoldi, Hojman, Eduardo Elsztain, Argüelles, Marcos Galperin, María Luisa Macchiavello, Migoya, Charlie Blaquier, Mariano Bosch, Claudia Álvarez Argüelles, Martín Brandi, Alejandro Butti, Martín Castelli, Sergio Kaufman, Pablo Roemmers, Gustavo Salinas, Miguel Urus y Amadeo Vázquez, según informó la entidad en un comunicado.
Reforma laboral
“Las modificaciones implementadas muestran un camino para entender las nuevas realidades laborales y sientan las bases para que cuando se materialice una recuperación económica, las nuevas contrataciones sean más simples y sostenibles”, afirma la UIA en un comunicado. La entidad que conduce Daniel Funes de Rioja recibió ayer a al secretario de Trabajo, Omar Yasin, y a su equipo, “para interiorizarse sobre las recientes medidas que adecuan distintos aspectos de las nuevas realidades laborales”.
La entidad recordó que había presentado en su “Libro Blanco” la necesidad de reducir la litigiosidad que afecta principalmente a las pymes, la eliminación de multas por registro deficiente de la actividad laboral y la creación de incentivos para el empleo formal; el fomento del nuevo empleo a partir de la reducción de cargas laborales; la promoción de negociaciones colectivas dinámicas, y los incentivos a la productividad y la actualización del régimen de multas para disminuir la judicialización de conflictos laborales.
“La UIA ponderó que las modificaciones incluidas propicien la creación de empleo formal, y que garantice la provisión de servicios esenciales y de importancia trascendental, a la vez que sancione expresamente los bloqueos a empresas. La UIA consideró que la nueva normativa brinda previsibilidad y sustentabilidad a los procesos productivos y mejora las condiciones de empleabilidad y respeto a la iniciativa privada”, se menciona.
El encuentro con Yasin y las autoridades de la entidad fabril se llevó a cabo en la sede de la UIA. “Los departamentos técnicos de la UIA continuarán analizando en los próximos días las implicancias del decreto en otros aspectos, más allá de lo laboral, y comunicarán sus conclusiones”, cierran los industriales en su comunicado.
“Asfixia” al sector privado
En la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), que conduce Mario Grinman, enviaron apenas terminó de hablar Milei en cadena nacional un comunicado en el que marcaron la coincidencia “respecto de los perjuicios de un Estado omnipresente, que asfixia al sector privado y de este modo condena a nuestro país al atraso, y a la necesidad de desregular muchos aspectos de nuestra economía”.
“En la CAC reiteradamente denunciamos las muy negativas consecuencias que tiene un sector público sobredimensionado. Un excesivo gasto público deriva en una presión tributaria desmesurada, que mina la competitividad de las empresas y bloquea la generación de empleo genuino, y en un déficit fiscal crónico que lleva a la emisión monetaria y a la inflación sin control, con los nefastos efectos que esto tiene”, estiman. Luego agregan: “Pero la excesiva presencia del Estado en la Argentina no se evidencia solo en los niveles de gasto, sino también en las múltiples injerencias que este tiene en la vida de individuos y empresas: regulaciones por doquier, trabas de diversa índole, regímenes informativos innecesarios, controles inconducentes y un largo etcétera, nos impiden desarrollarnos y nos condenan a la postración”.
Por eso, en la CAC celebraron los anuncios de anteayer, como la derogación de las leyes de alquileres, de abastecimiento y de góndolas, como así también la supresión del observatorio de precios. “Asimismo, aplaudimos que se haya decidido implementar una modernización laboral”, se indica en la nota.
“Sabemos que para que las empresas progresen es necesario que el Estado no las ahogue”, estima la entidad y completa: “No estamos en contra del Estado: los argentinos necesitamos un mejor Estado que haga lo que debe hacer, en línea con lo que prescribe nuestra Constitución, y no un Estado que distraiga sus energías de lo que le es propio y se convierte en una máquina de impedir”.
En la entidad estiman además que no pudieron aún hacer un análisis y ni siquiera leer íntegramente el DNU, “pero coincidimos plenamente con la orientación planteada en el mensaje presidencial”
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Las siete claves para entender cómo se acordarán alquileres
Se pueden cerrar en cualquier moneda, por dos años y con el índice de actualización a elección
Mercedes Soriano
El presidente Javier Milei firmó anteayer un megadecreto que desregulará varios sectores de la economía, entre ellos, el mercado de alquileres. Entre sus primeras palabras en cadena nacional, el primer mandatario anunció la derogación de la ley de alquileres, “para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea”.
Tal decisión implica que los contratos que se lleven a cabo a partir de que entre en vigor el decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado ayer se firmarán bajo la normativa del Código Civil y Comercial, con algunas modificaciones. En el decreto, que será revisado por el Congreso, se establece:
1. El plazo de los contratos de alquiler será el que las partes hayan establecido y, en caso de que no lo aclaren, será de dos años. El decreto aclara además que en caso de que no se haya establecido plazo en cada tipo de alquiler:
* En los casos de locación temporal, se estará (sic) al que establezcan los usos y costumbres del lugar donde se asiente el inmueble alquilado.
* En los contratos de locación con destino a vivienda permanente, con o sin muebles, será de dos años.
* Para los restantes destinos será de tres años.
2. Las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres. En lugar de utilizar el Índice de Contratos de Locación (ICL) que usaban los contratos firmados después de julio de 2020 o el índice Casa Propia (que aplicó para los pocos contratos que se firmaron entre el 18 de octubre pasado y la actualidad), inquilinos y propietarios podrán ponerse de acuerdo sobre cada cuánto tiempo actualizar el contrato.
“Será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres”, dice el decreto firmado por el Presidente.
“Si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos [Indec] si el precio estuviera fijado en moneda nacional, o el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada”, aclara la nueva normativa.
3. Los contratos, en tanto, se podrán realizar en pesos, dólares y otra moneda extranjera que decidan las partes.
Los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, según lo acuerden las partes. El inquilino no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente de la establecida en el contrato.
“Es preciso respetar la voluntad de los ciudadanos de pactar las formas de cancelación de sus obligaciones de dar sumas de dinero, sin distinción del curso legal o no de la moneda que se determine, sin que pueda el deudor o el juez que eventualmente intervenga obligar al acreedor a aceptar el pago en una moneda diferente, salvo pacto en contrario”, dice el decreto.
Es decir que se permitirá que los alquileres de vivienda se publiquen y firmen en moneda extranjera y que los jueces no podrán convertir el precio a pesos, salvo que el pacto diga lo contrario. 4. La limitación de los jueces. Los magistrados no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes.
Los jueces tampoco tienen facultades para modificar las estipulaciones de los contratos, excepto que sea a pedido de una de las partes cuando lo autoriza la ley. “Las normas legales siempre son de aplicación supletoria a la voluntad de las partes expresada en el contrato, aunque la ley no lo determine en forma expresa para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y siempre con interpretación restrictiva”, detalla el documento.
En cuanto al control judicial de las cláusulas abusivas, la aprobación
Al derogarse la ley anterior, los contratos no deben registrarse en la AFIP
administrativa de las cláusulas generales no impide su control judicial.
5. Fianza, garantía y periodicidad del pago.
La nueva reglamentación permite a las partes determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación. Por ejemplo, antes de las leyes de alquileres sancionadas después de 2020 se pactaba el valor de un mes de alquiler por año y no un mes por todo el contrato.
Además, las partes pactarán libremente la periodicidad del pago, que no podrá ser inferior a mensual, se especificó.
6. Cuándo se puede rescindir el contrato
El inquilino podrá, en cualquier momento, rescindir el contrato abonando el equivalente al 10% del saldo del canon locativo futuro, calculado desde la fecha de la notificación de la rescisión hasta la fecha de finalización pactada en el contrato.
Por otro lado, el inquilino puede resolver el contrato si el propietario no cumple con su obligación de mantener la unidad en condiciones aptas para el uso y goce convenido, salvo cuando el daño haya sido ocasionado directa o indirectamente por el inquilino.
Otro caso en el que el inquilino puede rescindir el contrato es si el dueño de la vivienda incumple con la garantía de evicción o la de vicios redhibitorios.
7. Ya no se deben inscribir los contratos en la AFIP
Dado que la ley de alquileres de 2020 creaba la obligatoriedad de registrar los contratos en el organismo, al derogar la ley 27.551 esa obligación queda sin efecto.
El presidente Javier Milei firmó anteayer un megadecreto que desregulará varios sectores de la economía, entre ellos, el mercado de alquileres. Entre sus primeras palabras en cadena nacional, el primer mandatario anunció la derogación de la ley de alquileres, “para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea”.
Tal decisión implica que los contratos que se lleven a cabo a partir de que entre en vigor el decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado ayer se firmarán bajo la normativa del Código Civil y Comercial, con algunas modificaciones. En el decreto, que será revisado por el Congreso, se establece:
1. El plazo de los contratos de alquiler será el que las partes hayan establecido y, en caso de que no lo aclaren, será de dos años. El decreto aclara además que en caso de que no se haya establecido plazo en cada tipo de alquiler:
* En los casos de locación temporal, se estará (sic) al que establezcan los usos y costumbres del lugar donde se asiente el inmueble alquilado.
* En los contratos de locación con destino a vivienda permanente, con o sin muebles, será de dos años.
* Para los restantes destinos será de tres años.
2. Las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres. En lugar de utilizar el Índice de Contratos de Locación (ICL) que usaban los contratos firmados después de julio de 2020 o el índice Casa Propia (que aplicó para los pocos contratos que se firmaron entre el 18 de octubre pasado y la actualidad), inquilinos y propietarios podrán ponerse de acuerdo sobre cada cuánto tiempo actualizar el contrato.
“Será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres”, dice el decreto firmado por el Presidente.
“Si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos [Indec] si el precio estuviera fijado en moneda nacional, o el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada”, aclara la nueva normativa.
3. Los contratos, en tanto, se podrán realizar en pesos, dólares y otra moneda extranjera que decidan las partes.
Los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, según lo acuerden las partes. El inquilino no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente de la establecida en el contrato.
“Es preciso respetar la voluntad de los ciudadanos de pactar las formas de cancelación de sus obligaciones de dar sumas de dinero, sin distinción del curso legal o no de la moneda que se determine, sin que pueda el deudor o el juez que eventualmente intervenga obligar al acreedor a aceptar el pago en una moneda diferente, salvo pacto en contrario”, dice el decreto.
Es decir que se permitirá que los alquileres de vivienda se publiquen y firmen en moneda extranjera y que los jueces no podrán convertir el precio a pesos, salvo que el pacto diga lo contrario. 4. La limitación de los jueces. Los magistrados no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes.
Los jueces tampoco tienen facultades para modificar las estipulaciones de los contratos, excepto que sea a pedido de una de las partes cuando lo autoriza la ley. “Las normas legales siempre son de aplicación supletoria a la voluntad de las partes expresada en el contrato, aunque la ley no lo determine en forma expresa para un tipo contractual determinado, salvo que la norma sea expresamente imperativa, y siempre con interpretación restrictiva”, detalla el documento.
En cuanto al control judicial de las cláusulas abusivas, la aprobación
Al derogarse la ley anterior, los contratos no deben registrarse en la AFIP
administrativa de las cláusulas generales no impide su control judicial.
5. Fianza, garantía y periodicidad del pago.
La nueva reglamentación permite a las partes determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación. Por ejemplo, antes de las leyes de alquileres sancionadas después de 2020 se pactaba el valor de un mes de alquiler por año y no un mes por todo el contrato.
Además, las partes pactarán libremente la periodicidad del pago, que no podrá ser inferior a mensual, se especificó.
6. Cuándo se puede rescindir el contrato
El inquilino podrá, en cualquier momento, rescindir el contrato abonando el equivalente al 10% del saldo del canon locativo futuro, calculado desde la fecha de la notificación de la rescisión hasta la fecha de finalización pactada en el contrato.
Por otro lado, el inquilino puede resolver el contrato si el propietario no cumple con su obligación de mantener la unidad en condiciones aptas para el uso y goce convenido, salvo cuando el daño haya sido ocasionado directa o indirectamente por el inquilino.
Otro caso en el que el inquilino puede rescindir el contrato es si el dueño de la vivienda incumple con la garantía de evicción o la de vicios redhibitorios.
7. Ya no se deben inscribir los contratos en la AFIP
Dado que la ley de alquileres de 2020 creaba la obligatoriedad de registrar los contratos en el organismo, al derogar la ley 27.551 esa obligación queda sin efecto.
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