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viernes, 17 de febrero de 2023

LEY


Los tiempos del abogado-vedette
Valerse de la legítima indignación ciudadana para exacerbar y manipular veredictos populares se aparta de la responsabilidad que deberían garantizar quienes ejercen funciones de liderazgo público
Luciano Román
En el satírico Diccionario del diablo, Ambrose Bierce aporta su particular significado del término “abogado”: “Dícese de aquel que se especializa en burlar la ley”.
Si el punzante escritor y periodista norteamericano hubiera observado el papel que jugó el representante de la querella en el juicio de Dolores, tal vez le habría agregado otra acepción: “Dícese de aquel que aprovecha una causa justa para ganar protagonismo personal y procurarse popularidad a cualquier costo”.
Lo de Bierce era, por supuesto, una ironía que de ninguna manera pretendía descalificar con una absurda generalización a quienes ejercen una noble e indispensable profesión. La acepción que quizá le hubiera sugerido la actuación más rutilante en el juicio que ha conmovido a la Argentina tampoco representa –afortunadamente– al perfil de todos los letrados, ni siquiera al de la mayoría. Sin embargo, hay algo que conecta el papel que jugó el “abogado estrella” de este juicio con una degradación general que afecta a la Justicia, a la política y también a muchas profesiones. Tal vez por eso no se lo deba ver como una mera excepción, sino como el arquetipo de una época en que la sobriedad, la rigurosidad y el decoro suenan como valores obsoletos. También como el exponente de un debate público atravesado por las simplificaciones, las etiquetas y las antinomias esquemáticas. Y de un sistema institucional que suele derrapar, con excesiva frecuencia, hacia una lógica “tribunera” y un montaje más cercano al show y al exabrupto populista que al “tedioso” procedimiento de las reglas y los códigos.
Después de haber insultado a los acusados frente a las cámaras, y de haberlos calificado con lenguaje exaltado y demagógico, sin ningún apego a la mesura y la prudencia que exigen la ética y la responsabilidad profesional, el mediático abogado lanzó su candidatura a gobernador. Ni siquiera esperó que se terminara de leer la sentencia cuando ya había mandado a pintar las paredes de La Plata y del conurbano con su nombre. La pregunta se hizo inevitable: ¿buscaba justicia o protagonismo? La respuesta excede la dimensión de la ética individual para convertirse en el síntoma de un deterioro que atraviesa a la sociedad y a las instituciones.
“No te rindas ante la popularidad”, dice el tercero de los principios que integran el Decálogo del abogado, elaborado por el gran jurista español Ángel Ossorio y Gallardo, que murió en la Argentina tras una larga lucha contra el franquismo. “Piensa siempre que tú eres para el cliente y no el cliente para ti”, propone el cuarto principio. El séptimo es: “Pon la moral por encima de las leyes”, y el noveno, “procura la paz como el mayor de los triunfos”. Frente a discursos que exacerban odios, pasiones y resentimientos, y ante el despliegue vulgar de técnicas de manipulación emocional más que de procedimiento y de juridicidad, aquel viejo decálogo tal vez pueda servir de brújula.
Frente a un hecho tan dramático y brutal como el que se juzgó en Dolores, era fundamental que los abogados (todos) aportaran un tono mesurado, sobrio y reflexivo, que tocara las cuerdas de la justicia, no las del revanchismo y la venganza. Por supuesto que las funciones de los defensores son antagónicas a las de fiscales y querellantes. Unos y otros, sin embargo, deben ceñirse al lenguaje de la prudencia, del derecho y de la ética, que no es necesariamente hermético ni tiene por qué estar teñido de tecnicismos, como tampoco es un lenguaje neutro ni despojado de vehemencia y de pasión. Lo inadmisible es apelar a la dialéctica de la venganza y la demagogia en busca del aplauso fácil de las multitudes. Valerse de la legítima indignación ciudadana para exacerbar y manipular veredictos populares no solo se aparta del “decálogo del abogado”, sino también de la responsabilidad que deberían garantizar quienes ejercen funciones de liderazgo público.
Lo que vimos, sin embargo, fue un abogado adicto a los flashes y a las cámaras que llegó al extremo de sobreactuar un dolor ajeno mientras se daba vuelta y posaba para las revistas del corazón. Habló de “lacras” e “hijos de puta” con una indignación impostada que no había mostrado en ese mismo escenario cuando defendía a los confesos homicidas de José Luis Cabezas. Ahora se sabe que detrás de esa impostura se escondía una ambición política y electoral.
El despliegue histriónico de aquel abogado “revisteril” contrastó con la actitud de los padres de la víctima. Ellos sí tenían derecho a la más extrema indignación. De ellos es el dolor más insondable y el sufrimiento más profundo y absoluto. A pesar de ese derecho, no insultaron a los victimarios. Jamás pidieron venganza y ofrecieron, en medio de su desgarro, un ejemplo de entereza, dignidad y humanidad.
Con un sentimiento tan genuino como comprensible, buena parte de la sociedad se ha visto reflejada en la angustia y la desolación de esos padres, identificándose con el dolor y el reclamo de la máxima severidad judicial. La manipulación y la exacerbación de ese sentimiento popular no deberían, sin embargo, ser asumidas desde ninguna de las partes del proceso, llamadas a cumplir un papel técnico, no a agitar una atmósfera de presión social sobre los jueces ni a captar simpatías frente al lanzamiento inminente de una candidatura electoral.
Durante más de un mes, el “abogado estrella” atrajo todos los reflectores de la atención pública. Los móviles televisivos parecían rendirse ante cierta fascinación que suelen ejercer los alardes de vanidad y las palabras altisonantes. Las plumas del vedetismo, la retórica violenta y la audacia para montar el show parecen simbolizar algunas de las más serias amenazas que enfrentan hoy las instituciones. Hasta la causa más noble puede ser utilizada con ambición personal y sin demasiados escrúpulos. Todo podría quedar en la aventura de un abogado farandulero si su actitud no se conectara con un clima dominante.
¿Hay una Justicia cada vez más permeable a la presión pública, a las veleidades ideológicas y al rumbo de los vientos políticos? ¿Hay un poder decidido a condicionar a los jueces con “aprietes” escenográficos y discursos beligerantes? Sin caer en comparaciones forzadas, y a pesar de motivaciones bien distintas, el juicio que hoy se sigue a la Corte tiene la lógica del montaje mediático, con el objetivo de presionar a los jueces desde una tribuna política. De ahí derivan otros interrogantes: ¿cómo impactan sobre los magistrados los ruidosos despliegues de abogados o legisladores que confunden derecho con militancia? ¿Cómo influyen en su fuero íntimo las embestidas que se practican con estrategias mediáticas que intentan encender la hoguera del enojo social? Por supuesto que muchos tendrán la fortaleza y la capacidad de abstracción que la magistratura requiere, pero son hombres y mujeres de carne y hueso, que también ven redes sociales, salen a la calle y prenden el televisor. ¿No se intenta, bajo la estridencia de los flashes, crear una Justicia intimidada?
El discurso exaltado y el eco de los movileros se articulan en una escena pública que, dominada por populismos de uno u otro signo, tiende a esquematizar y reducir el mundo a una contienda binaria entre consignas simplonas: “sin perpetua no hay justicia”, como si la justicia no implicara equilibrios, graduaciones y matices. Los eslóganes desvirtúan la complejidad de las cosas, valiéndose de sentimientos genuinos que anidan en la sociedad.
Cuando se alimenta la fogata de la indignación y se busca, deliberadamente, encrespar y enardecer los ánimos sociales, el litigio tiende a dirimirse en la plaza pública, con los graves peligros que eso supone: los sentimientos se anteponen a los hechos y a las razones; la verdad y la justicia se sacrifican en un veredicto mediático.
El juicio de Dolores tiene aristas tan diversas como intrincadas. Su resolución será materia de apelaciones y debates técnicos que exceden, por supuesto, el abordaje aquí propuesto. Tal vez valga la pena, sin embargo, reparar en esa mezcla de ambición, demagogia y figuración que se ha colado en el juicio, porque en medio de su actuación asoman algunos interrogantes de fondo: ¿se impone cada vez más la “justicia televisiva”? ¿La estridencia y la audacia son más redituables, en el campo del derecho que el profesionalismo y la solvencia? ¿Los juicios se ganan con los códigos o con las revistas? ¿Cuáles son los modelos “exitosos” de juez y de abogado?
En la Argentina contemporánea, tal vez Ambrose Bierce debería reescribir su Diccionario del diablo:
“Abogado: dícese de aquel que, burlando el decálogo profesional, baila en televisión y utiliza una causa justa para potenciar su ambición política”. Si lo consigue, el problema no será del abogado.

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA

martes, 5 de junio de 2018

DAR VIDA...SALE LA NUEVA LEY


Trasplantes: avanza en el Congreso un proyecto que agiliza los procedimientos

El texto que podría reemplazar la ley vigente se aprobó ayer en el Senado y pasó a Diputados; incorpora cambios que modernizan el sistema desde la procuración de órganos y tejidos
El Senado aprobó ayer un proyecto de ley que agiliza el sistema de procuración, ablación y trasplante de órganos y tejidos. La iniciativa, que ahora pasa a Diputados, unificó cinco propuestas, una de las cuales fue impulsada por el caso de Justina Lo Cane, que murió el año pasado mientras esperaba un trasplante.
Además de incorporar principios bioéticos que protegen a los donantes y los receptores, la iniciativa promueve la autosuficiencia del sistema. Prevé la donación cruzada (entre dos parejas de donante/receptor no relacionadas, pero compatibles) para los trasplantes de riñón sin intervención judicial y obliga a los profesionales a notificar al Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) la indicación de diálisis o trasplante renal. Promueve la incorporación en los centros de salud de profesionales entrenados en la promoción de la donación y la detección de potenciales donantes.
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Uno de los capítulos está expresamente destinado a los medios de comunicación. En tres artículos, se prohíbe "la publicidad de pedidos de órganos, tejidos y células para personas determinadas, como así también la publicidad engañosa sobre tratamientos terapéuticos que no cuenten con evidencia científica". Pero el proyecto exceptúa "los casos en los que la persona [que necesita el trasplante] o sus familiares" se manifiesten "en forma pública, libre y voluntaria".
Un punto en el que habrá que esperar la reglamentación del texto, si se convierte en ley, es el que enumera los requisitos para la donación.
El proyecto mantiene el principio de que todo mayor de 18 años es donante presunto, con la manifestación expresa de la voluntad o no de donar en un registro a cargo del Incucai, pero aclara también que "la ablación de órganos y/o tejidos puede realizarse sobre toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de su oposición a que después de su muerte se realice la extracción de sus órganos o tejidos".
Sin embargo, se aclara que si no se encuentra registrada esa voluntad, "el profesional a cargo del proceso de donación debe verificar la misma" de acuerdo con la reglamentación de la ley. No se indica de manera taxativa cómo se deberá proceder en esos casos.
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De este modo, al eliminar el artículo 21 de la ley 24.193 vigente, los familiares hasta el cuarto grado de consanguineidad ya no deberán dar testimonio de la voluntad sobre la ablación de órganos o tejidos del potencial donante en el caso de muerte natural.
En el caso de los menores de 18 años, bastará la autorización de ambos padres o del que esté presente o el representante legal para proceder a la donación. A continuación, se aclara que "la oposición de uno de los padres elimina la posibilidad de llevar adelante" el procedimiento. Si no estuviera disponible ninguno de esos adultos, se procederá a notificar al Ministerio Pupilar "para autorizar la ablación".
"Es un proyecto integral", indicó ayer el senador Juan Carlos Marino[UCR-Cambiemos], autor de uno de los proyectos de modificación de la ley de trasplantes que tuvo en cuenta la iniciativa que promovieron los padres de Justina Lo Cane (ver aparte). Lo más sobresaliente del proyecto, para Marino, es que todos los mayores de 18 años son donantes presuntos. "Ahora, mi familia tiene la última decisión. La nueva ley la releva de esa responsabilidad. Quien no desee ser donante tendrá un registro de oposición donde podrá inscribirse -agregó-. Si no, se es donante obligatoriamente".
También destacó la promoción de la capacitación de los profesionales que intervienen en la cadena de procuración, donación y trasplante, como así también la creación en los centros de salud de servicios de procuración y la creación de un Registro de Donación Renal Cruzada. "No queremos una ley retrógrada ni burocrática", dijo.
El senador Mario Fiad (Frente Jujeño-Cambiemos), que preside la Comisión de Salud de la Cámara alta, explicó  que el dictamen que se aprobó ayer surgió de cinco proyectos. "Es un paso muy importante para la donación de órganos en nuestro país -señaló-. Se hizo una actualización de las normas y una armonización de acuerdo con las leyes que fueron sancionándose después de la ley de trasplante, como el Código Civil y Comercial y la ley de los derechos del paciente", entre otras.
Destacó, también, la simplificación de los procedimientos "para acelerar los tiempos de la procuración" y la posibilidad de que las personas que estuvieron internadas en un neuropsiquiátrico puedan ser donantes. "Esta prohibición carecía ya de fundamento", afirmó.
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Como Marino, aclaró sobre el procedimiento a seguir cuando no exista la expresión de voluntad o no de donar, que queda librado a la reglamentación que dictará el Ministerio de Salud de la Nación a través del Incucai. Estos cambios "permitirán encaminarnos a lograr la autosuficiencia en materia de trasplantes, al reducir la cantidad de pacientes que tenemos hoy en lista de espera", resumió Fiad.
María del Carmen Bacqué, expresidenta del Incucai, consideró que el proyecto da "una visión más integral del trasplante". Esto, según indicó, es importante porque "se concibe el trasplante como un proceso único" que comienza con la donación. "Este nuevo proyecto resulta una mejora [con respecto a la ley vigente] porque incorpora conceptos bioéticos, la actividad de procuración y menciona nuevas técnicas que garantizan la posibilidad de aumentar el número de donantes. Pero es fundamental aclarar que ninguna ley modifica ese número. Solo es un instrumento que les permite a las autoridades gestionar en salud para lograr los objetivos".
Bacqué destacó el concepto de fallecimiento incorporado, ya no solo con el diagnóstico de cese de la función cerebral, sino también cardiovascular. "Esta última es muy importante porque habilita la puesta en marcha de programas para obtener órganos en asistolia [sin contracciones cardíacas], lo que asegura un pool mayor de donantes", precisó la especialista.
Carlos Díaz preside la Sociedad Argentina de Trasplantes (SAT). Opinó que el proyecto actualiza la ley vigente. Pero insistió, como Bacqué, en que lo que va a cambiar con concientización y mayor procuración para solucionar las listas de espera. La SAT analizará el texto y planteará objeciones antes del tratamiento en Diputados.

F. C.