sábado, 9 de julio de 2016

DE NORA SOUTO


Las bases filosóficas y jurídicas de una nación en construcción




Desde la Revolución de Mayo, dos fueron las alternativas para la organización de las provincias rioplatenses: la unidad y la confederación. Ambas coincidían en la aceptación del principio de retroversión de la soberanía a los pueblos, por el cual el poder del rey Fernando VII, cautivo en Francia, volvía a "los pueblos", es decir, a las ciudades con cabildo.
Pero se diferenciaban en que los que estaban por la unidad reclamaban para Buenos Aires y las autoridades establecidas en ella la dirección del proceso de organización del nuevo Estado, como también la creación de una entidad que, identificada con la nacion, asumiera con exclusividad la soberanía, que imaginaban única e indivisible.
Por el contrario, los que querían hacer de las Provincias Unidas una confederación afirmaban la soberanía de los pueblos y la igualdad entre ellos, independientemente del tamaño de su población, de sus recursos y de su rango en la organización heredada de la colonia. Esto generó una tensión entre los pueblos existentes, que se consideraban soberanos y autorizados para hacer valer sus derechos y tomar parte en las decisiones del nuevo Estado, y la nación, que por el momento era sólo un sujeto a construir.
Los hombres ilustrados, en general, y los congresales de Tucumán, en particular, compartían las nociones emanadas de los tratados de derecho natural y de gentes de los siglos XVII y XVIII, con el de Vattel como uno de los más difundidos. Entre las ideas más extendidas se encontraba la que ubicaba el origen de la nación en un pacto libremente consentido por sus integrantes, que, en tiempos de las independencias, se asoció a la constitución.
En la Constitución de 1819 los partidarios de la unidad lograron consagrar la nación como único sujeto soberano. No obstante, esa nación estaba aún lejos de concebirse como compuesta por individuos iguales ante la ley: en primer lugar, porque quienes firmaron el pacto constitucional que daría lugar a esa nación eran los pueblos representados en el Congreso y, en segundo lugar, porque los habitantes del Río de la Plata se diferenciaban por su capacidad jurídica, dada la persistencia de los esclavos y de grupos amparados en fueros particulares, como el de los militares y los eclesiásticos.

La autora es docente de la UBA e investigadora del Instituto Ravignani (UBA/Conicet)

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.