El destino de los impuestos que se pagan cada día y los debates siempre pendientes
La forma en que se reparten los recursos es uno de los muchos factores que definen las políticas tributarias; adónde va lo recaudado por los principales gravámenesLA
POR Silvia Stang
Entre cuestiones como las necesidades de hacer frente a obligaciones; los intereses sectoriales; las pujas políticas; los impactos posibles en los precios y hasta en el tipo de cambio, y los objetivos de incentivar o desincentivar ciertos consumos, la forma en que se reparte lo recaudado es un aspecto central en la definición de un sistema de impuestos y en la posibilidad, con mayores o menores dificultades (o en la imposibilidad), de encarar reformas legales y llegar a buen puerto.
¿A qué destinos formales van los impuestos que pagamos cuando compramos bienes, contratamos o usamos servicios, concretamos una operación bancaria o hacemos una actividad económica? El tema está detrás de recurrentes conflictos entre actores políticos y sociales y, en estos días, las tensiones están en un punto muy alto, tras la medida cautelar por la cual la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la Nación devolverle a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires parte del porcentaje de fondos que, en 2020, el presidente Alberto Fernández decidió quitarle a la jurisdicción para pasar más dinero a la provincia de Buenos Aires.
De los fondos obtenidos por los tributos nacionales, algunos son plenamente coparticipables (compartidos mediante asignaciones automáticas, con reglas predefinidas) entre la Nación, las provincias y la Ciudad; otros lo son de manera parcial, y otros quedan al margen de ese reparto. El mecanismo vigente implica que, de la masa bruta de recursos coparticipables se descuenta, en primer lugar, una suma fija para un fondo compensador de desequilibrios en provincias. Luego, de cada $100, algo más de la mitad ($54,66) va a cada jurisdicción, según los porcentajes fijados por una ley que lleva más de un cuarto de siglo esperando una reforma integral prevista por la Constitución de 1994; otros $42,34 quedan para la gestión nacional y, de esa porción, salen fondos para Tierra del Fuego y CABA (que no eran provincias cuando se aprobó la ley de Coparticipación). Los restantes $3 van a un grupo de provincias por cuestiones específicas ($2) y al Ministerio del Interior ($1, para un fondo de aportes a provincias).
El impuesto nacional con mayor peso es el IVA. Según un informe de la AFIP, en 2022 representó el 29,2% de lo recaudado. De cada $100 de este origen, $11 van a la Anses para pagar prestaciones y, en menor medida, para derivar recursos a las provincias que no transfirieron a la Nación las cajas jubilatorias de sus empleados públicos. Los otros $89 quedan para el reparto entre Nación y provincias, según lo explicado.
La segunda carga en función de su participación en lo recaudado es Ganancias (23,6%). Todo este impuesto va a la masa coparticipable. Hasta 2017 una parte se destinaba a la Anses; con el cambio del destino, se dispuso la derivación al organismo de seguridad social del 100% del tributo a los débitos y créditos bancarios. El “impuesto al cheque” es considerado, junto con Ingresos Brutos (de jurisdicción provincial) una de las cargas más distorsivas para la actividad económica. Y, más allá de que se avanzó en esquemas para que sea tomado a cuenta de otras obligaciones, su destino y el hecho de que represente entre $6 y $7 de cada $100 recaudados plantean dificultades para su eliminación.
“Las asignaciones específicas y los destinos de los impuestos están entre los ingrediente a tener en cuenta a la hora de pensar reformas”, dice el contador Andrés Edelstein, exsecretario de Ingresos Públicos, quien recuerda que los cambios por ley en 2017 se hicieron al tiempo que se prorrogaba por penúltima vez la vigencia de varios tributos que, por diferentes motivos, nacieron como temporarios y hoy son partes sólidas del esquema tributario.
La última extensión de la vida de gravámenes como el IVA, Ganancias y Bienes Personales fue aprobada por el Congreso en noviembre último y lleva la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027. También está en ese grupo el monotributo, dentro del cual, $70 de cada $100 recaudados por el componente impositivo van a la Anses (ese también es el destino, claro, del aporte previsional).
“Los impuestos con asignación específica son una excepción al destino de la coparticipación; por eso, los cambios requieren, al igual que ocurre con toda ley de concertación fiscal, una mayoría especial”, sostiene Alberto Tarsitano, director de la maestría de Derecho Tributario en la UCA. Agrega que la Constitución es “muy clara”, al decir que solo el Congreso puede cambiar las asignaciones y, por tanto, “la delegación de facultades al jefe de Gabinete para redistribuir recursos del presupuesto no comprende impuestos con afectación específica”.
Más allá de los destinos dispuestos para lo recaudado, la forma concreta en que se usan los recursos y el control y la transparencia son, en la Argentina, temas siempre pendientes, como también lo son los debates de fondo que lleven a la instrumentación de reglas equitativas y claras. El esquema impositivo está cada vez más enredado en normativas complejas, en superposiciones y en los efectos distorsivos que va dejando uno de los problemas centrales para la sociedad: la inflación.
Se suma a ello, según advierte Tarsitano, que “hay una marcada falta de interés y profesionalismo, cuando no una deserción lisa y llana, de los órganos responsables de controlar cómo gasta el Estado”.
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