Inversiones oscuras y muertes alrededor de barras de Boca
El asesinato de Fernando Pérez Algaba y el brutal desmembramiento del cuerpo tienen puntos de contacto con los homicidios de financistas
Gustavo CarabajalFernando Pérez algaba guardó y distribuyó audios con las amenazas de un barra
Jorge Lemos Mascardi, Hugo Díaz y Fernando Pérez Algaba no se conocían entre sí. Sin embargo, sus vidas y sus trágicos destinos aparecen unidos por un hilo rojo. Los tres eran inversores que movían dinero de diversas facciones de la barra brava de Boca.
Lemos Mascardi fue asesinado; su cuerpo fue descuartizado y quemado en un campo de Cañuelas, en agosto de 2010. Díaz fue visto con vida por última vez el 9 de marzo de 2015, cuando ingresó en la oficina de su socio, en la Galería Jardín, en Florida entre Corrientes y Lavalle. La Justicia sospecha que lo mataron y lo descuartizaron, aunque su cuerpo nunca fue hallado.
Mientras que Pérez Algaba fue asesinado en la zona oeste del conurbano. Luego descuartizaron el cadáver y lo descartaron en las adyacencias de la feria La Salada, en Ingeniero Budge. Sus restos fueron hallados, entre el domingo y el martes pasados, esparcidos en un radio de 200 metros, en un arroyo de Ingeniero Budge, lejos del departamento de Ituzaingó que había alquilado.
En una serie de archivos de audio grabados por la víctima quedaron registradas las amenazas de un supuesto integrante de la barra brava de Boca, que habría sido identificado como Gustavo Alberto Iglesias.
Pero Iglesias no sería el único integrante de la barra brava de Boca vinculado con Pérez Algaba. En las últimas horas se conoció un dato que se mantenía oculto entre los miles de expedientes que se instruyen en los tribunales bonaerenses que indica que la víctima realizaba operaciones financieras para uno de los personajes violentos del sector más radicalizado de la hinchada xeneize. Este barrabrava vivía en una quinta situada Gaucho Güemes al 1600, en Parque Leloir, en la que fue detenido, en mayo de 2021, Javier Pacheco, alias Rengo, uno de los narcotraficantes más importantes de la zona oeste del conurbano, exsocio de Miguel Ángel “Mameluco” Villalba. Iglesias declaró como testigo en el expediente en el que se investiga el homicidio de Pérez Algaba, en tanto que Pinazzi no figura en el radar de los detectives por este caso.
Según fuentes judiciales, en 2017, Pérez Algaba se presentó en un juzgado de Morón para reclamar la entrega de un Chevrolet Camaro blanco, un automóvil de alta gama, que había sido secuestrado en el contexto de una causa judicial por violencia de género, abuso de armas y atentado y resistencia a la autoridad contra Ariel Maximiliano Pinazzi, uno de los referentes en las sombras de la barra brava de Boca.
El llamativo Camaro blanco había sido secuestrado en poder de Pinazzi, quien fue detenido luego de una persecución por las calles de Morón, cuando los custodios de los locales bailables que funcionan en la localidad de Villa Sarmiento, sobre Gaona, advirtieron que el conductor del mencionado vehículo le pegaba a su pareja.
Cuando los patovicas intentaron que Pinazzi dejara de pegarle a su pareja, el barrabrava de Boca aceleró el Camaro y escapó. Entonces los custodios alertaron al número de emergencias 911. Así la policía comenzó una persecución por las calles de Morón para apresar al sospechoso de un caso de violencia de género. En su intento por escapar, Pinazzi perdió el control del Camaro y chocó. A raíz del impacto, resultó herido y fue llevado al Hospital Posadas, donde fue apresado.
Mientras el acusado cumplía la prisión preventiva, se presentó en el juzgado una solicitud para que se restituyera el Camaro blanco. Dicho documento estaba firmado por Fernando Pérez Algaba, quien por entonces manifestó que era propietario del vehículo y adjuntaba un boleto de compraventa de la agencia de autos en la que había adquirido el mencionado rodado.
Esa agencia está en Ituzaingó, cerca de Parque Leloir, y pertenece a un empresario que fue secuestrado durante 21 días en junio de 2006. Un año antes, ese vendedor de autos de alta gama había sido procesado en un expediente judicial por la venta de vehículos mellizos.
Cuando los funcionarios del juzgado concurrieron a la agencia de autos para buscar el título de propiedad del Camaro, fueron atendidos por el mencionado empresario, citado por Pérez Algaba, quien les entregó un formulario de transferencia de propiedad automotor, en blanco y firmado por un hombre que había fallecido ahogado dos meses antes en Venezuela. El dueño fantasma del Camaro vivía en una casa muy humilde en San Martín, no tenía ingresos declarados. Era un indigente al que el comerciante y Pérez Algaba hacían aparecer como testaferro.
La banda de los Gardelitos
Cuando Lemos Mascardi, de 34 años, con prontuario policial Nº 959667, desapareció el 22 de agosto de 2010, el nerviosismo y la preocupación se instalaron entre los jefes del clan Soria, referentes de la banda de los Gardelitos, en la estructura de poder de la barra brava de Boca. Dicha preocupación obedecía a que Lemos Mascardi canalizaba el dinero de la venta de drogas del grupo de los Gardelitos en la tribuna de la Bombonera y lo que se cobraba por los embarques que se despachaban al exterior.
Lemos tenía una agencia de venta de automóviles y participación en sociedades que poseen varias de las discos que funcionaban en la avenida Concejal Tribulato, en San Miguel. Fue socio de Miguel Ángel Villalba, alias Mameluco, condenado por liderar una banda narco en la zona de San Martín.
A principios de 2010, ambos exsocios decidieron comenzar a hacer política. Se sumaron a un sector del justicialismo bonaerense y lanzaron sus candidaturas a intendentes de San Miguel y de San Martín.
Antes de iniciar su carrera política, Lemos era conocido en la barra brava de Boca, donde tuvo como padrinos a Richard Williams Laluz Fernández, alias El Uruguayo Richard, y a uno de los fundadores de la banda de los Gardelitos.
Según consta en su prontuario, en 2005, Lemos estuvo preso al ser acusado de estafas. Su cuerpo fue hallado, incinerado, en un campo situado en el límite entre los partidos de Las Heras y Cañuelas. Mucho tiempo después del homicidio, el cartel con su foto, en la que se promocionaba su candidatura a intendente, coronaba el edificio más alto, situado frente a la plaza principal de San Miguel.
Aunque la Justicia condenó a dos conocidos de Lemos por el homicidio, ya que se definió que lo mataron para no pagarle una deuda millonaria, no pasaron inadvertidos sus vínculos con diversos integrantes de la barra brava de Boca, algunos asesinados y otros sentenciados por aportar la logística en la denominada masacre del shopping de Martínez, donde mataron a dos narcos colombianos.
Víctor Hugo ovejero olmedo y Jorge Daniel Moreyra, integrantes de las barras bravas de River y Boca, respectivamente, fueron condenados, en 2018, por los homicidios de John Quintero Gartner y Héctor Duque Ceballos. ocurridos el 24 de julio de 2008 en uno de los playones de estacionamiento del shopping de Martínez.
Si bien fueron absueltos en el juicio oral, también estuvieron procesados el mencionado Laluz Fernández, compañero de Moreyra en la barra brava de Boca y padrino de Lemos Mascardi en el sector más radicalizado de la hinchada xeneize, y Gustavo Luaces, un empleado de los hermanos Gustavo y Eduardo Juliá, hijos del fallecido exjefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea brigadier general José Juliá, y Martín López Magallanes.
Los hermanos Juliá cumplieron una condena de 13 años de cárcel en Barcelona, España, por traficar 944 kilogramos de cocaína, que habían sido ocultados en los tapizados de los asientos de un avión Challenger Bombardier y habían sido estibados en la base militar de Morón.
Luaces era empleado de Gustavo Juliá en las empresas Medical Jet y Federal Aviation, con oficinas en un edificio de Puerto Madero y propietarias del avión en el que se secuestró el cargamento de cocaína en Barcelona. Mientras que López Magallanes era socio de Sebastián Forza, una de las víctimas del triple homicidio ocurrido en General Rodríguez el 7 de agosto de 2008. Tanto Luaces como López Magallanes fueron procesados por la Justicia Federal de San Isidro durante la etapa de instrucción, pero fueron absueltos en el juicio oral.
Desaparecido
En marzo de 2015, Hugo Díaz ingresó en la oficina de su socio, el contador Diego Guastini, en la Galería Jardín, en Florida entre Lavalle y Corrientes. Nadie lo vio salir.
Según declaró el amigo de Díaz ante la Justicia: “Gente de la barra brava de Boca lo estaba buscando por una cobranza y por eso lo habían esperado en la puerta del boliche Esperanto un viernes a la noche. También dijo que tuvo un problema con dólares falsos”.
El financista que movía dinero de un sector de la barra brava de Boca nunca apareció. La Justicia abonó la sospecha de que el socio lo mató, lo descuartizó y escondió el cuerpo en un freezer, con el que lo sacaron del edificio. Esta hipótesis nunca se pudo probar. Sin embargo, cuatro años y siete meses después de la desaparición de Díaz, Guastini fue asesinado por sicarios cuando circulaba por Quilmes con su Audi A4 gris. Llevaba a la cintura una pistola Glock calibre 40 que tenía para defenderse. No llegó a usarla: lo ejecutaron de tres tiros. Al investigar el homicidio se estableció que cambiaba dólares para un narco peruano.
En los expedientes por los crímenes de Jorge Lemos Mascardi y Fernando Pérez Algaba sobrevuela la presencia de integrantes de La 12; ambas víctimas fueron descuartizadas
También en la investigación por la desaparición de Hugo Díaz se señala a sectores vinculados con los dueños de los paravalanchas en la Bombonera
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Condenaron a los asesinos de dos niños abusados y golpeados dentro de sus casas
Emiliano Messa y Tahiel Mossou tenían apenas dos años y sus muertes fueron consecuencia directa del cotidiano maltrato provocado por familiares que estaban al cuidado de esos menores
Gabriela Origlia y Paola Robles DuarteAntes del fallo, reclamaron justicia en Gualeguaychú
En febrero de este año la sociedad se conmovió al escuchar el relato judicial del sufrimiento diario de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado en noviembre de 2021 en La Pampa. Impactaron el daño y el dolor que durante mucho tiempo provocaron en el menor su madre y la pareja de esta. Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez fueron condenadas a prisión perpetua por los diferentes agravantes que tuvo un crimen al que se llegó luego de varias advertencias no tomadas en cuenta por autoridades, médicos ni docentes. Esa sucesión de golpes cotidianos que derivaba en forma anormal a Lucio a hospitales no fue advertida en ese caso. Tampoco en otros expedientes de extrema violencia intrafamiliar. El calvario de Lucio no es un hecho aislado en nuestro país. Así lo demuestran condenas definidas en Córdoba y Entre Ríos en los últimos días frente a situaciones similares a las del homicidio del niño pampeano.
En Córdoba se resolvieron las sentencias por el asesinato de Emiliano Messa. Tenía apenas dos años y diez meses. Por esa muerte fueron condenados su madre, Ana Yael Piedra, y su padrastro, Johathan Fernández, a 10 y 23 años de prisión, respectivamente. El pequeño fue golpeado hasta morir en la localidad de Villa Nueva, a 120 kilómetros de la capital provincial, en diciembre de 2021, apenas un mes después del asesinato de Lucio.
El jurado popular citado en los tribunales de Villa María determinó el pasado viernes que Fernández era culpable de homicidio simple con lesiones gravísimas. Estaba al cuidado de Emiliano cuando le dio la golpiza que derivó en su internación y muerte. La madre del menor, en tanto, fue sentenciada por lesiones gravísimas calificadas por el vínculo, pero fue absuelta de la acusación de homicidio.
El fiscal de cámara Francisco Márquez había pedido perpetua para el padrastro y nueve años de prisión para la mujer. El abogado querellante, Gonzalo Ferreras, reclamó para ambos la perpetua. Planteó que estaba “probado” que ya antes de la golpiza del 21 de diciembre la pareja golpeaba al menor “sistemáticamente”.
El representante del Ministerio Público comentó que todos los peritajes evidenciaban esa situación de maltrato, y agregó: “Es lo que determinó el Hospital de Niños de Córdoba cuando encontró la sintomatología compatible con el abuso infantil crónico, psicológico y físico”.
En los alegatos, la defensora de Fernández, Ivana Castoldi, planteó que el hecho que causó la muerte de Emiliano fue “un trágico accidente”, y el letrado de la madre del niño, Jorge Bustos, reiteró que no se la podía acusar por homicidio ya que ella estaba a 40 cuadras del lugar.
Emiliano vivía con su madre y su padrastro en un departamento, donde según probó la investigación, era sometido a sistemáticamente a violencia física y psicológica. A fines de diciembre del 2021 ingresó al Hospital Pasteur de Villa María con graves lesiones en la cabeza; Piedra y Fernández quedaron detenidos y declararon que había sido “un accidente”.
La Cámara del Crimen de Villa María dará a conocer los fundamentos de la sentencia el próximo 18 de agosto; el tribunal dividió en dos la causa: consideró las reiteradas lesiones que Emiliano sufrió en sus dos años y, por otra parte, analizó la golpiza del 21 de diciembre, que provocó su muerte. Al igual que lo ocurrido con Lucio en La Pampa, en el caso cordobés también hubo señales de alerta representadas por las reiteradas lesiones.
En Entre Ríos, en tanto, condenaron a prisión perpetua a la mujer que llegó con su hijo de dos años sin vida a la guardia del Hospital de Gualeguaychú. Macarena Ortiz, madre de Tahiel Mossou, fue declarada culpable por un jurado popular y condenada a prisión perpetua.
La vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú y jueza técnica Alicia Vivian fue la encargada de presidir la audiencia de cesura en la que estableció la pena de prisión perpetua para la mujer de 26 años, madre del pequeño asesinado en mayo de 2022. Fue declarada culpable por un jurado popular por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía.
En la audiencia de cesura, el fiscal Lisandro Beherán pidió la pena de prisión perpetua para Ortiz mientras que su defensor, Pablo Ledesma, planteó su inconstitucionalidad y solicitó morigerar la pena por considerarla “víctima de violencia”. La jueza se expidió en favor de lo solicitado por la fiscalía, mientras que la defensa pública adelantó que apelará la pena .
Tal como pasó en los otros casos consignados, el calvario de Tahiel quedó expuesto durante las jornadas del juicio por una causa que comenzó a las 8 del 2 de mayo de 2022, cuando Ortiz ingresó a la guardia del Hospital Centenario, de Gualeguaychú, con su hijo de dos años en brazos. El menor estaba muerto.
Apenas revisaron el cuerpo, los médicos entendieron la profundidad de la tortura que había precedido al trágico final. Golpes en la cara y el pecho, sangre en la nariz y el oído, y excoriaciones de reciente y vieja data en brazos y piernas. La mujer, impávida, no podía explicar semejante cuadro. Terminó presa, al igual que su pareja, con la que convivía, junto con otros seis menores de entre seis meses y 12 años, en el barrio La Cuchilla.
El padrastro no llegó a juicio. Luis Ferreyra, de 38 años, se suicidó en la celda poco después del arresto.
El cuerpo del niño mostraba claros indicios de haber sufrido violencia doméstica. Inmediatamente se dio intervención a la Defensoría y al Ministerio Pupilar, como así también al Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia de Entre Ríos (Copnaf). Desde ese organismo negaron haber recibido alguna denuncia que habilitara una intervención para preservar la integridad del niño. La familia, en cambio, denunció en los medios de comunicación que no obtuvieron respuesta ante el incesante pedido de ayuda: “Si me hubieran escuchado, si el Copnaf hubiera actuado, esto no hubiese pasado y no tendría a mi nieto muerto”, dijo conmovida al terminar el juicio la abuela de Tahiel, Fabiana Magallan.
El menor contaba con internaciones previas en el hospital local por infecciones originadas por la presencia de sarna en su organismo, quemaduras por agua caliente y una derivación al servicio social por alto riesgo debido al mal estado de higiene y la carencia de vestimenta y calzado. Señales de peligro que también fueron ignoradas.
Uno de los padrastros recibió una pena de 23 años de prisión como responsable del homicidio, mientras que el otro se suicidó poco después del arresto
En febrero de este año la sociedad se conmovió al escuchar el relato judicial del sufrimiento diario de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado en noviembre de 2021 en La Pampa. Impactaron el daño y el dolor que durante mucho tiempo provocaron en el menor su madre y la pareja de esta. Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez fueron condenadas a prisión perpetua por los diferentes agravantes que tuvo un crimen al que se llegó luego de varias advertencias no tomadas en cuenta por autoridades, médicos ni docentes. Esa sucesión de golpes cotidianos que derivaba en forma anormal a Lucio a hospitales no fue advertida en ese caso. Tampoco en otros expedientes de extrema violencia intrafamiliar. El calvario de Lucio no es un hecho aislado en nuestro país. Así lo demuestran condenas definidas en Córdoba y Entre Ríos en los últimos días frente a situaciones similares a las del homicidio del niño pampeano.
En Córdoba se resolvieron las sentencias por el asesinato de Emiliano Messa. Tenía apenas dos años y diez meses. Por esa muerte fueron condenados su madre, Ana Yael Piedra, y su padrastro, Johathan Fernández, a 10 y 23 años de prisión, respectivamente. El pequeño fue golpeado hasta morir en la localidad de Villa Nueva, a 120 kilómetros de la capital provincial, en diciembre de 2021, apenas un mes después del asesinato de Lucio.
El jurado popular citado en los tribunales de Villa María determinó el pasado viernes que Fernández era culpable de homicidio simple con lesiones gravísimas. Estaba al cuidado de Emiliano cuando le dio la golpiza que derivó en su internación y muerte. La madre del menor, en tanto, fue sentenciada por lesiones gravísimas calificadas por el vínculo, pero fue absuelta de la acusación de homicidio.
El fiscal de cámara Francisco Márquez había pedido perpetua para el padrastro y nueve años de prisión para la mujer. El abogado querellante, Gonzalo Ferreras, reclamó para ambos la perpetua. Planteó que estaba “probado” que ya antes de la golpiza del 21 de diciembre la pareja golpeaba al menor “sistemáticamente”.
El representante del Ministerio Público comentó que todos los peritajes evidenciaban esa situación de maltrato, y agregó: “Es lo que determinó el Hospital de Niños de Córdoba cuando encontró la sintomatología compatible con el abuso infantil crónico, psicológico y físico”.
En los alegatos, la defensora de Fernández, Ivana Castoldi, planteó que el hecho que causó la muerte de Emiliano fue “un trágico accidente”, y el letrado de la madre del niño, Jorge Bustos, reiteró que no se la podía acusar por homicidio ya que ella estaba a 40 cuadras del lugar.
Emiliano vivía con su madre y su padrastro en un departamento, donde según probó la investigación, era sometido a sistemáticamente a violencia física y psicológica. A fines de diciembre del 2021 ingresó al Hospital Pasteur de Villa María con graves lesiones en la cabeza; Piedra y Fernández quedaron detenidos y declararon que había sido “un accidente”.
La Cámara del Crimen de Villa María dará a conocer los fundamentos de la sentencia el próximo 18 de agosto; el tribunal dividió en dos la causa: consideró las reiteradas lesiones que Emiliano sufrió en sus dos años y, por otra parte, analizó la golpiza del 21 de diciembre, que provocó su muerte. Al igual que lo ocurrido con Lucio en La Pampa, en el caso cordobés también hubo señales de alerta representadas por las reiteradas lesiones.
En Entre Ríos, en tanto, condenaron a prisión perpetua a la mujer que llegó con su hijo de dos años sin vida a la guardia del Hospital de Gualeguaychú. Macarena Ortiz, madre de Tahiel Mossou, fue declarada culpable por un jurado popular y condenada a prisión perpetua.
La vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú y jueza técnica Alicia Vivian fue la encargada de presidir la audiencia de cesura en la que estableció la pena de prisión perpetua para la mujer de 26 años, madre del pequeño asesinado en mayo de 2022. Fue declarada culpable por un jurado popular por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía.
En la audiencia de cesura, el fiscal Lisandro Beherán pidió la pena de prisión perpetua para Ortiz mientras que su defensor, Pablo Ledesma, planteó su inconstitucionalidad y solicitó morigerar la pena por considerarla “víctima de violencia”. La jueza se expidió en favor de lo solicitado por la fiscalía, mientras que la defensa pública adelantó que apelará la pena .
Tal como pasó en los otros casos consignados, el calvario de Tahiel quedó expuesto durante las jornadas del juicio por una causa que comenzó a las 8 del 2 de mayo de 2022, cuando Ortiz ingresó a la guardia del Hospital Centenario, de Gualeguaychú, con su hijo de dos años en brazos. El menor estaba muerto.
Apenas revisaron el cuerpo, los médicos entendieron la profundidad de la tortura que había precedido al trágico final. Golpes en la cara y el pecho, sangre en la nariz y el oído, y excoriaciones de reciente y vieja data en brazos y piernas. La mujer, impávida, no podía explicar semejante cuadro. Terminó presa, al igual que su pareja, con la que convivía, junto con otros seis menores de entre seis meses y 12 años, en el barrio La Cuchilla.
El padrastro no llegó a juicio. Luis Ferreyra, de 38 años, se suicidó en la celda poco después del arresto.
El cuerpo del niño mostraba claros indicios de haber sufrido violencia doméstica. Inmediatamente se dio intervención a la Defensoría y al Ministerio Pupilar, como así también al Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia de Entre Ríos (Copnaf). Desde ese organismo negaron haber recibido alguna denuncia que habilitara una intervención para preservar la integridad del niño. La familia, en cambio, denunció en los medios de comunicación que no obtuvieron respuesta ante el incesante pedido de ayuda: “Si me hubieran escuchado, si el Copnaf hubiera actuado, esto no hubiese pasado y no tendría a mi nieto muerto”, dijo conmovida al terminar el juicio la abuela de Tahiel, Fabiana Magallan.
El menor contaba con internaciones previas en el hospital local por infecciones originadas por la presencia de sarna en su organismo, quemaduras por agua caliente y una derivación al servicio social por alto riesgo debido al mal estado de higiene y la carencia de vestimenta y calzado. Señales de peligro que también fueron ignoradas.
Uno de los padrastros recibió una pena de 23 años de prisión como responsable del homicidio, mientras que el otro se suicidó poco después del arresto
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