martes, 10 de diciembre de 2019

EDITORIAL,


La más que discutible gratuidad universitaria
Todo estudiante que pueda pagar debería abonar un arancel y quien no esté en c
ondiciones de hacerlo debería recibir una beca para la enseñanza gratuita

La Reforma Universitaria de 1918 fue en su momento una respuesta al conjunto de aspiraciones que el estudiantado había llevado como bandera en las convulsionadas jornadas iniciadas en Córdoba. Eran básicamente tres: la autonomía, la libertad de cátedra y la participación estudiantil en el gobierno de las casas de estudios. La gratuidad de la enseñanza no fue incorporada y tampoco fue una cuestión formalmente considerada en los siguientes casi treinta años.
El tema de la gratuidad solo emergió oficialmente en el año 1947, cuando el Primer Plan Quinquenal del gobierno de Juan Domingo Perón propuso que ningún alumno con capacidad demostrada debería dejar de estudiar por falta de recursos económicos. Unos meses más tarde, el 26 de septiembre de 1947, se sancionó la ley 13.031 de las universidades, conocida como ley Guardo, por el apellido del diputado peronista que la promovió. Esta norma decía en su articulado: "El Estado creará becas para la enseñanza gratuita, cuya distribución entre las diversas universidades de la Nación se hará por el Poder Ejecutivo. Serán otorgadas a los estudiantes que, poseyendo aptitud universitaria, sean hijos de familias de obreros, atendidas las circunstancias de cada caso no permitan costear los estudios universitarios ni prescindir en todo o en parte de la ayuda económica que aporte o pudiera aportar el becado".

Claramente la decisión adoptada en esos tiempos fue la de subsidiar únicamente a aquellos estudiantes carentes de recursos. No era la gratuidad para todos. La misma ley decía que la beca se perdería "por haber desaparecido las condiciones de necesidad acreditadas al solicitarla". Por otro lado, la ley Guardo retrocedió respecto de las conquistas de la Reforma de 1918 al suprimir el cogobierno estudiantil e imponer limitaciones a la actividad política de alumnos y docentes.
En 1948, el presidente Perón convocó a una Asamblea Constituyente, que en marzo de 1949 sancionó la nueva Constitución nacional. En su capítulo 4, inciso 6, expresaba: "Los alumnos capaces y meritorios tienen el derecho de alcanzar los más altos grados de instrucción. El Estado asegura el ejercicio de este derecho mediante becas, asignaciones a las familias y otras providencias que se conferirán por concurso entre los alumnos de todas las escuelas". Por lo tanto, en la Constitución de 1949 aún no se disponía la gratuidad universal. Esta, sin embargo, llegó unos meses después con un decreto, dictado el 22 de noviembre de 1949, que la estableció en las universidades estatales. La gratuidad no hizo distingo entre estudiantes argentinos o extranjeros. El populismo y la necesidad de congraciarse con un estudiantado que ya exhibía señales de oposición se impusieron sobre el verdadero principio para igualar oportunidades, que consiste en subsidiar solo a quienes lo necesitan.

Nada es gratis. Debe comprenderse que formar un profesional universitario tiene un costo y que si no lo paga el propio beneficiado, lo hace algún otro. Ese otro son los contribuyentes. Puede ser un productor que lo incorpora al precio de sus productos, como la humilde señora que compra bienes esenciales pagando el IVA. ¿Por qué razón los estudiantes que pagaron su secundaria en un colegio privado no deberían pagar luego su universidad? Son muy pocos los países que viven esta anomalía: la Argentina, Uruguay y México. Algunos países europeos, como Alemania, Austria y los escandinavos, tienen gratuidad universitaria, pero limitada a sus propios ciudadanos.

El arancelamiento a los que pueden pagar tiene diferentes procedimientos y cada país aplica los suyos. Se comprueba la capacidad de pago del alumno y de sus padres, y en función de eso se decide si estará o no exento. Alternativamente, algunos países no hacen excepciones al pago, pero otorgan becas o préstamos de honor a tasas muy convenientes. En general, se les exige a los estudiantes favorecidos que mantengan un nivel de calificaciones satisfactorio. El objetivo es que ningún joven que posea capacidad carezca de la oportunidad de desarrollar una carrera. Tras este objetivo se cumple con otro: aportar recursos que permitan mejorar la calidad de la enseñanza universitaria.

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