Cuáles serían los topes de facturación, hoy retrasados frente a la inflación, si se dispusiera un reajuste
Los valores actuales rigen desde enero y el Poder Ejecutivo está habilitado a aplicar una actualización en julio, mes en el que habrá recategorización; con el mecanismo previsto por la ley, el monto máximo en comercio sería de $11,3 millones
POR Silvia Stang
Si se concretara una actualización a mediados de año de los montos de la tabla del monotributo –algo que se ve probable en el actual contexto político e inflacionario–, los ingresos brutos permitidos para estar en ese esquema impositivo, hoy muy retrasados de cara a la creciente inflación, llegarían a $7.996.486 en el caso de quienes son prestadores de servicios, y a $11.379.615 si se trata de contribuyentes dedicados al comercio de bienes muebles.
Las cifras surgen de aplicarles a las hoy vigentes un incremento de un porcentaje equivalente al alza que, según la ley de movilidad previsional, acumularán en la primera mitad de este año los haberes jubilatorios y otras prestaciones sociales a cargo de la Anses. Esa suba semestral es de 41,52%: tras el reajuste de haberes de 17,04% otorgado en marzo, se sumará uno de 20,92% el mes próximo. Ese aumento, claro, quedará bastante por debajo del índice de inflación que, según las proyecciones de varios economistas, superaría (y quizá por varios puntos) el 50% en la primera mitad del año.
Apenas conocido el índice de movilidad jubilatoria que se aplicará el mes próximo, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires le envió una nota al ministro de Economía, Sergio Massa, expresando la preocupación que genera el impacto de la inflación en la situación de los monotributistas y pidiendo que se disponga una actualización de los montos máximos de facturación, dado el deterioro del valor que, en términos reales y por efecto de la suba constante y elevada de los precios, sufrieron los valores que están vigentes desde el inicio del año.
El escrito de la institución que nuclea a los contadores, firmado por su presidenta, Gabriela Russo, recuerda que, si bien la ley prevé desde hace años una actualización de carácter anual de los parámetros del régimen simplificado en función de la movilidad previsional de los 12 meses previos, un artículo incorporado un año atrás habilita expresamente al Poder Ejecutivo a concretar un reajuste semestral.
Por eso, en la nota se señala: “Creemos oportuno adecuar los valores, atendiendo la situación de este universo de contribuyentes que reviste características de mayor vulnerabilidad respecto del resto de los actores de la economía”. El artículo 52 de la ley de monotributo tiene un párrafo que, concretamente, autoriza al Poder Ejecutivo a anticipar a julio una parte de la actualización del esquema.
Cuáles serían los valores
Si efectivamente se tomara ahora la decisión de reajustar las cifras en función de la suba semestral de las jubilaciones, el tope de ingresos brutos para estar en el régimen impositivo simplificado pasaría de $5.650.236,51 (una facturación promedio mensual de $470.853) a $7.996.485,92 ($666.374, promedio mensual) en el caso de ejercerse actividades de servicios, y de $8.040.721,19 ($670.060 por mes, en promedio) a $11.379.614,58 ($948.301 mensuales) para quienes se dedican al comercio.
El tema no es menor para los monotributistas, menos aún en un contexto de alta inflación. Excederse del monto permitido de ingresos implica tener que pasar el sistema impositivo general, con inscripción en IVA y Ganancias y con el pago mensual de los aportes previsionales de autónomos.
En los escalones más bajos del sistema, en tanto, la facturación anual admitida en la categoría A subiría de $999.657,23 a $1.414.762,90 ($83.305 y $117.897 en términos mensuales, respectivamente). Y en la categoría B, de $1.485.976,96 a $2.103.025,92 ($123.831 a $175.252,16 por mes). En rigor, en todas las categorías la facturación admitida subiría el 41,52%.
Próxima recategorización
En julio, el mes en el cual según lo previsto por la ley se haría la actualización –en caso de mediar la decisión política de concretarla–, regirá el período para la recategorización obligatoria de todos los contribuyentes. Se trata del trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de ser necesario, reubicarse en la tabla de las categorías que se definen según diferentes rangos de ingresos.
En caso de no haber nuevos montos que estén vigentes cuando deba realizarse ese trámite, muchos se verían obligados a subir de categoría cuando sus ingresos no hayan mejorado o, incluso, cuando hayan disminuido, medidos según su poder de compra.
El reajuste de la tabla que se haría a mitad de año solo abarcaría las cifras de facturación máxima de cada categoría y no afectaría los importes a pagar por el impuesto integrado y por los aportes a la obra social y al sistema jubilatorio. La ley, de hecho, aclara que la atribución de anticipar parte de la actualización tiene “efecto exclusivo para el caso de los parámetros de ingresos brutos”.
Esa disposición surge de una reforma aprobada por el Congreso en junio de 2022, mediante la cual se estableció una suba de los parámetros de facturación con vigencia a partir de julio de ese mismo año. En concreto, la ley 27.676 dispuso una actualización del esquema para un momento en particular, pero no fijó como norma que hubiera, hacia adelante, una actualización de frecuencia semestral, sino que dejó vigente el reajuste de carácter anual. Y facultó al Poder Ejecutivo a tomar la decisión de adelantar parte de la actualización con vigencia desde julio de cada año.
Esa ley, surgida de un proyecto impulsado por el entonces presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y otros legisladores, estableció para la segunda mitad de 2022 incrementos diferenciales de las facturaciones máximas de las categorías (la suba fue más significativa, de hasta 60,5%, en los escalones más bajos, y más reducida, de 29,12% en los de ingresos más altos). Luego de eso, en enero de este año hubo otro reajuste, de un porcentaje equivalente a la movilidad jubilatoria del segundo semestre de 2022, es decir, de 33,58%, para todos por igual.
Así, en el caso de las facturaciones tope para estar incluido en el sistema simplificado, la actualización anual fue de 72,48%. Frente a una inflación de 94,8%, ese reajuste resultó insuficiente para evitar que con ingresos de menor poder adquisitivo que antes haya quienes deban abandonar el esquema para ir al más oneroso régimen impositivo general. Y esa brecha se fue ampliando con la inflación que, solo en un cuatrimestre, llegó a 32%. De igual manera, al haber sido ese 72,48% el índice de movilidad previsional de todo 2022, los jubilados perdieron poder adquisitivo.
Son las distorsiones que provoca la inflación y la existencia de mecanismos de reajustes que no resultan adecuados y cuyos efectos van llegando de manera tardía.
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El mundo del trabajo en un año electoral
Matías Ghidini*
Debilitado y ralentizado,el mercado laboral del país ingresa al calendario electoral sin las mejores sensaciones. El lejano envión de 2021 ya no basta. Hoy predominan los lastres y las asignaturas pendientes. Un preocupante punto de partida para la incertidumbre que toda elección política genera. Inexorablemente encaminados a completar un sexto año consecutivo de pérdida del salario contra la inflación, casi no existe trabajador argentino –de cualquier jerarquía– al cual las cuentas le cierren al final del día.
Cantidad no es calidad. El desempleo de 6,3% informado por el Indec para el cuarto trimestre de 2022 –el índice más bajo desde 2015– no refleja la realidad del trabajo. Entre noviembre de 2012 e igual mes de 2022, el empleo registrado privado solo creció 3,0% y el número de autónomos cayó 4,7%, mientras que el empleo público subió 27% y la cantidad de monotributistas, 42%. El empleo formal perdió calidad. Para peor, en el creciente universo de la informalidad, el letal combo de inflación más recesión castiga dos veces.
Excepto por oportunidades que persisten en sectores como el de las tecnologías de la información, y en bastante menor medida en la minería, la agroindustria y la energía y el petróleo, la demanda laboral hoy se frena, como la economía. Prudencia, prioridad dada al talento e incorporaciones selectivas predominan en el mundo del trabajo. Un mercado que, pandemia superada, ha incorporado a la hibridez y al trabajo virtual global como sellos dominantes.
¿Adónde puede aterrizar nuestro languideciente mercado laboral tras las decisivas elecciones de este año? ¿Hacia dónde debería evolucionar para sacarnos del pantano? Es claro que el único vehículo posible es una reforma laboral, diseñada con la mirada puesta en el futuro; una reforma que abarate los costos de contratación e incluya inteligentemente en el mercado registrado las formas de trabajo que crecen sin pausa.
Coraje y decisión política mediante, los cambios debería federalizar el trabajo. Vaca Muerta, los proyectos en torno al litio y a energías renovables demandan talento y ofrecen oportunidades genuinas fuera del AMBA. Comunicación y capacitación deficientes conspiran contra las chances. Con menos de la mitad de los alumnos en la provincia de Buenos Aires que terminan el secundario y con apenas 14 que egresan con título universitario, de cada 100 que empiezan la primaria, es claro que el acceso al primer empleo se vuelve una cima inaccesible. Ojalá nuestro próximo presidente y sus equipos tengan en su agenda inmediata y prioritaria la educación y el trabajo. Sería toda una novedad
* El autor es especialista en mercado laboral. CEO y partner de Ghidinirodil
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
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