Cómo será la suba de haberes para los jubilados docentes y de otros regímenes especiales
Los ingresos de tres sistemas previsionales gestionados por la Anses recibirán reajustes en marzo de entre 14% y 21% y tendrán, a partir de este año, una movilidad trimestral; cuánto deterioro acumuló el poder de compra en 2022
Silvia Stang
Las jubilaciones y pensiones de los docentes no universitarios del sistema previsional nacional tendrán en marzo un aumento de 18,69%, en tanto que los haberes de quienes se jubilaron por el régimen de enseñanza universitaria recibirán, también el mes próximo, una recomposición de 21,57%. Y los ingresos de los pasivos del sistema previsional especial de Luz y Fuerza subirán, en el mismo período, un 14,14%. Los índices de reajustes fueron informados a la nacion por fuentes de la Secretaría de Seguridad Social.
Los tres regímenes mencionados son gestionados por la Anses, y tienen modalidades de actualización al margen de la que rige para los jubilados del sistema general, en el cual se aplica la movilidad de la ley 27.609, que está vinculada con la variación de la recaudación de impuestos y de los valores promedio de los salarios de la economía.
Hasta el año pasado, las poco menos de 172.000 jubilaciones y pensiones del sistema de docentes, las 9500 prestaciones del régimen de docentes universitarios y los algo más de 36.000 beneficios previsionales del gremio de Luz y Fuerza recibían recomposiciones semestralmente. Eso fue modificado mediante tres resoluciones del Ministerio de Trabajo de noviembre último, que dispusieron la vigencia de reajustes de frecuencia trimestral.
El cambio se hizo con efectos a partir de los haberes correspondientes a diciembre. Sin embargo, según lo establecido en las resoluciones, los primeros incrementos otorgados con esa modalidad solo se hicieron efectivos con el cobro de los ingresos del primer mes del actual 2023. De esa manera, las prestaciones de enero se percibieron con el porcentaje de aumento trimestral aplicado y con dos reajustes adicionales: el correspondiente a la suba por movilidad de diciembre (que aún no se había liquidado) y el referido a la diferencia entre el aguinaldo calculado con el valor del ingreso ya reajustado y el efectivamente cobrado en diciembre (que había sido calculado en función del monto sin actualización).
Caída del poder adquisitivo
En el caso de los docentes no universitarios, se otorgó en el primer mes de este año un incremento de 20,15%. Esa recomposición llegó después de un año en que los haberes de ese grupo de jubilados y pensionados sufrieron una muy fuerte pérdida de poder adquisitivo. Durante 2022, de hecho, solo recibieron un reajuste de 9,38% en marzo y otro de 40,05% en septiembre. Así, entre el ingreso del inicio y el del final del año hubo una diferencia de 53,2%, frente a una inflación de 94,8%. Eso se tradujo en una pérdida del poder de compra de los ingresos de 21,4%, hecha la medición de punta a punta de 2022. Esa caída del ingreso en términos reales había llegado a ser aún más pronunciada, de alrededor de 30%, en agosto, el mes previo al de la segunda recomposición.
Frente a la alta inflación, cuanto más se demora la aplicación de las actualizaciones más se intensifica el daño producido a los ingresos. A diferencia de lo ocurrido hasta 2022 (cuando las subas eran en marzo y en septiembre), a partir de este año en los tres regímenes mencionados habrá reajustes en marzo, junio, septiembre y diciembre.
Para definir la movilidad de los jubilados del esquema de docentes (que en 2022 tuvieron un haber promedio de $135.639, según la estadística de la Secretaría de Seguridad Social) se tiene en cuenta la variación trimestral del Ripdoc (Remuneración Imponible Promedio Docente). En el caso de la suba prevista para marzo, se observó lo ocurrido en el cuarto trimestre de 2022. La variación que muestre ese indicador de salarios durante el actual primer trimestre del año, en tanto, determinará el reajuste de haberes a aplicar en junio.
En el caso de quienes fueron docentes de universidades nacionales (cuyo ingreso promedio en 2022 fue de $198.487), para definir de cuánto es el aumento se observan los porcentajes acordados en las paritarias para los sueldos de quienes están en actividad. Para marzo, corresponde observar el dato de la suba pactada para el cuarto trimestre del año previo, en este caso, de 2022.
Para calcular el índice de movilidad de los jubilados de Luz y Fuerza, que tendrán un reajuste de 14,14% –bastante más bajo que los previstos para los de regímenes docentes– se miran datos que tienen un mayor rezago. Concretamente, el porcentaje de suba que se aplicará el mes próximo a los jubilados surge de la variación que tuvieron los salarios de los trabajadores del gremio en el primer semestre de 2022. El porcentaje de aumento de las remuneraciones de ese período se dividió en dos y, entonces, se determinaron dos recomposiciones de igual porcentaje, 14,14%, una con vigencia desde diciembre (que se cobró efectivamente en enero, según lo explicado unos párrafos más arriba), y otra que deberá hacerse efectiva en marzo próximo.
Con haberes congelados
Entre los docentes jubilados, en tanto, hay un grupo para el cual persiste un problema que se traduce en el congelamiento de los haberes durante largos períodos.
Es una situación que afecta a personas que se jubilaron hace unos años e iniciaron juicios reclamando la aplicación de las disposiciones de una ley, la 24.016, y el consecuente cobro de un haber equivalente al 82% móvil del salario del último cargo ejercido en la vida laboral. En esos casos, tras liquidar las sentencias que le dan la razón a los jubilados, la Anses excluye esos haberes de los reajustes surgidos de la fórmula de movilidad general y también de las recomposiciones del sistema docente hoy vigente, que prevé el reajuste de 18,69% para marzo.
Y ello porque, según la ley 24.016, cuya vigencia los fallos en cuestión avalan para el caso de los demandantes, debería darse una actualización periódica siguiendo, puntualmente, la variación del sueldo del último puesto ocupado. Desde hace años, el argumento de la Anses para congelar esos haberes es que no tiene la información correspondiente para cada caso, por lo que pide que la gestión de conseguirla la haga el propio jubilado. Eso provocó un nuevo tema de reclamos en la justicia previsional.
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