Los efectos del retraso del esquema de Ganancias
Según el índice de reajustes fijado por ley, el piso salarial para tributar debería estar en $648.152; más allá de la definición de esa base, la carga sube para todos los que pagan
Por Silvia StangLas deducciones y los valores de la tabla de alícuotas de Ganancias se reajustan solo una vez por año
Según el índice con el que se reajusta anualmente el impuesto, el piso salarial para tributar debería estar en $648.152.
El piso salarial actual para que un empleadoquedealcanzadoporganancias, de $506.230, es un 80,3% superior al que estaba vigente un año atrás. Pero, en igual período, la inflación resultó de 115,6%, según el dato que el Indec difundió pocos días atrás. ¿Conclusión? Hoy hay asalariados que pagan el impuesto aun cuando cobran sueldos que, en términos de poder adquisitivo, son bastante más bajos que los de mediados de 2022. Es decir, existe una mayor presión tributaria.
La deficiente actualización afecta, en rigor, todo el esquema del tributo. Más allá del piso para quedar alcanzado por Ganancias, hoy rigen deducciones (montos que se descuentan del ingreso antes de que se haga el cálculo de la carga fiscal y que, por tanto, no quedan gravados) que son un 78,84% más altos que los de un año atrás en términos nominales. Es decir, el monto que representa a la parte del ingreso que queda liberada del tributo tuvo un reajuste que quedó muy por debajo de la suba promedio de los precios.
Si se observa lo ocurrido en los dos últimos años, resulta que, al tiempo que la inflación fue de 253,5% (junio de 2021 a junio de 2023), las deducciones se incrementaron mucho menos: en un 169,4%. Lo mismo ocurrió con los valores de la tabla que define (según diferentes rangos de ingresos) cuál es la alícuota a aplicar en cada caso . Esa variación desigual entre nivel de precios y variables que determinan el tributo se traduce en una mayor carga impositiva sobre los ingresos laborales.
Si el salario más bajo para tributar se actualizara hoy, siguiendo no la inflación, sino el índice que la ley define como referencia para los reajustes periódicos, ese ingreso piso debería ser de $648.152 en bruto ($537.966 en términos netos), un 28,05% más elevado (o $141.922 más) que el actualmente vigente, de $506.230 en bruto (neta de descuentos para financiar el sistema de seguridad social, la cifra es de $420.171).
El piso actual está vigente desde mayo último, cuando fue elevado desde los $404.062 que regían desde el inicio de 2023. Esa actualización en el quinto mes del año se hizo considerando la variación registrada, en un período determinado, por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
Una ley que rige desde 2018 establece el uso de ese indicador de salarios formales para calcular una actualización de las variables de carácter anual. Se dispuso, concretamente, que para definir el porcentaje del reajuste se considere la variación del Ripte entre los dos meses de octubre previos. Para el reajuste de enero de 2023 ese índice dio 78,85% (ese fue el avance nominal del Ripte entre octubre de 2021 e igual mes de 2022). La inflación del año pasado, de punta a punta, fue de 94,8%.
Después de octubre de 2022 y hasta febrero de este año, el Ripte avanzó un 25,29%. Y en ese porcentaje se elevó el piso salarial para tributar a partir de mayo último. Entre marzo y mayo (último dato disponible), la variación del indicador de los salarios formales de la economía fue de 28,035%. La suba aceleró su marcha como consecuencia de una inflación que es creciente; de hecho, el índice de precios al consumidor (IPC), avanzó un 17,2% en el cuarto trimestre de 2022, un 21,7% en los primeros tres meses de 2023, y un 23,9% en el segundo trimestre, también del año actual.
En 2021, si bien no se modificó la ley para establecer que los reajustes se produzcan automáticamente con una frecuencia mayor a la anual, el Congreso sí habilitó al Poder Ejecutivo a concretar reajustes durante el año, que son tomados a cuenta del aumento de los montos que se hace efectivo en cada mes de enero (por esa razón, más allá de los reajustes que hubo durante 2022, este año comenzó con un piso salarial para tributar superior en un 78,85% –y no en un porcentaje mayor– al vigente en el inicio del año pasado). Sin embargo, esas actualizaciones a cuenta, de las cuales ya hubo una este año, solo consideran el menor salario gravado y excluyen otras variables, lo cual provoca distorsiones en el esquema y situaciones no equitativas entre trabajadores.
En los últimos tiempos, frente a la aceleración de la suba de precios, crecieron los reclamos respecto de que Ganancias debería actualizarse con mayor frecuencia según reglas preestablecidas, antes que por decisiones discrecionales de los funcionarios.
Una de las últimas novedades que hubo este año en materia de Ganancias es la exención de la primera cuota del aguinaldo (con un límite de $440.000), para quienes tuvieron en el primer semestre una remuneración promedio inferior a $880.000. Esa medida provocó que algunos asalariados reciban en estos meses la devolución de una parte de los montos ya retenidos de sus sueldos, porque, en la práctica, los empleadores van descontando mes a mes (es decir, de manera distribuida a lo largo de todo el año) el impuesto correspondiente al aguinaldo. Esto último se decidió años atrás, para evitar los saltos bruscos en el monto del descuento impositivo en los meses de cobro del sueldo anual complementario.
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.