sábado, 11 de marzo de 2023

LA RESPUESTA DE LA LEY


El tribunal desacreditó la teoría kirchnerista del lawfare y la calificó de “coartada”
Los jueces refutaron el planteo de los abogados de Cristina; afirmaron que es un “argumento falaz”

En una respuesta directa al planteo de varios abogados defensores, entre ellos a Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, los asesores legales de Cristina Kirchner, el Tribunal Oral Federal Nº 2 refutó en sus argumentos la hipótesis del kirchnerismo sobre la existencia de lawfare.
“Es una coartada para eludir, ante los poderes judiciales democráticos, la rendición de cuentas por la comisión de delitos de corrupción”, sostuvieron Andrés Basso, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu en los argumentos de la condena a la vicepresidenta.
“Ahora parece más sofisticado hablar de lawfare (como si las cosas al ser descriptas en inglés tuvieran más valor) para definir algo que en la realidad aparece solo como una nueva teoría conspirativa tan antigua como el propio Estado de Derecho”, señalaron los jueces, quienes mencionaron, uno a uno, a los abogados defensores que apelaron a este argumento. También lo hizo Maximiliano Rusconi, defensor de Julio De Vido.
Los magistrados habían sido fuertemente cuestionados por el kirchnerismo por haber iniciado el juicio oral en mayo de 2019, en medio de un año electoral.
El tribunal argumentó sobre el lawfare casi en un apartado especial: “Nos referimos a los argumentos defensistas llevados al extremo de calificar a la totalidad de este proceso como una expresión concreta de una “guerra judicial” –o “lawfare”, según el anglicismo utilizado– llevada adelante contra algunas de las personas aquí imputadas, supuestamente ejecutada por sus opositores políticos, el Poder Judicial y algunos medios masivos de comunicación. Cuatro de las defensas, integradas por los Dres. Beraldi y Llernovoy, Paruolo y Galván, Rusconi y Palmeiro, y Arce y Guzmán, dedicaron gran parte de las instancias procesales previstas para el ejercicio de su magisterio para instalar la idea de que, desde sus albores, esta causa había tenido por objeto deslegitimar a sus asistidos para inhabilitarlos políticamente o perseguirlos por portación de apellido o por su identificación ideológica o partidaria”.
Y agregaron: “Sin perjuicio de ello, no podemos dejar de resaltar que escapa a nuestro entendimiento de qué modo la hipótesis conspirativa podría impactar sobre el análisis al que nos ha convocado el juicio oral y su consecuente sentencia, pues nada agrega ni conmueve el proceso deliberativo realizado ni al razonamiento que subyace a la decisión adoptada en torno al reproche penal que hemos formulado y volcado en las páginas que anteceden a esta reflexión. No niega ni explica los hechos que fueron comprobados ni la prueba que los acredita. Cuestionar la legitimidad del tribunal, por sobre su razonamiento, no es otra cosa que un argumento falaz, del tipo ad hominem, que carece de aptitudes persuasivas en el marco de un procedimiento reglado”.
En ese mismo tramo final del veredicto, puntualizaron que enviarían copia de la sentencia al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, que si bien tenía veedores en el juicio, debe analizar la conducta de los letrados que intervinieron.
Recordaron que la ley impone que los letrados se comporten con “lealtad, probidad y buena fe en el desempeño profesional”, y aseguraron que en el juicio oral quedó en claro que este compromiso “en ocasiones no fue cumplido”. En particular los jueces se refirieron a defensores que a la hora de exhibir las pruebas lo hicieron de manera parcial, mostrando una parte de la documentación y ocultando otra, de modo de intentar probar mediante un ardid su punto de vista.
Por eso es que mandaron el fallo al tribunal de disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que “se fiscalicen las temerarias intervenciones profesionales” que mencionaron en la sentencia.
“Ahora parece más sofisticado hablar de lawfare para definir algo que en la realidad aparece solo como una nueva teoría conspirativa –tan antigua como el propio Estado de Derecho–. Y cuyo destino no parece ser otro que transformarse en una coartada para eludir, ante los poderes judiciales democráticos, la rendición de cuentas por la comisión de delitos de corrupción o por otros relacionados con el mal desempeño en el ejercicio de la función pública”, argumentaron, y sostuvieron que el lawfare no es otra cosa que “una teoría conspirativa” que “no niega ni explica los hechos que fueron comprobados” durante el juicio. Reforzaron: “No es otra cosa que un argumento falaz”.
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¿Cómo sigue?
los miembros de la Corte suprema de Justicia


1 ¿CRISTINA IRÁ PRESA?

No por el momento. La condena solo empezará a ejecutarse una vez que esté firme; una vez que ya no queden más recursos posibles. A partir de ahora empieza a correr un plazo de 10 días hábiles para que las defensas (y también el fiscal) recurran la sentencia ante la Cámara Federal de Casación Penal. Después, podrán llevar el caso ante la Corte Suprema.

2 ¿CUÁNTO TARDA UNA SENTENCIA EN QUEDAR FIRME?

Ni la Casación ni la Corte tienen plazos determinados por la ley para resolver, pero la instancia de los recursos demora varios años. La condena de Amado Boudou, por ejemplo, estuvo 11 meses en Casación y casi un año y medio en la Corte.

3 ¿HASTA DÓNDE PROTEGEN A CRISTINA SUS FUEROS?

Mientras siga siendo vicepresidenta tendrá fueros. Incluso con condena firme, sería necesario el voto de dos tercios de los senadores y de los diputados para sacarla de su cargo a través del procedimiento de juicio político. Y lo mismo rige si la condena quedara firme con ella ejerciendo otro cargo que también le otorgara fueros.

4 SI TUVIERA QUE CUMPLIR UNA PENA DE PRISIÓN, ¿IRÍA A LA CÁRCEL?


El 19 de febrero pasado Cristina cumplió 70 años. La ley establece determinados supuestos en los que el juez de ejecución “podrá disponer” (no es automático) el cumplimiento de la pena impuesta en prisión domiciliaria. Uno de ellos es que el condenado sea mayor de 70 años.

5 EL OFICIALISMO DENUNCIA LA “PROSCRIPCIÓN” DE CRISTINA, ¿PERO ES ASÍ?

Hoy, no tiene un impedimento vigente para presentarse en las elecciones. La justicia electoral solo puede impedírselo si antes de los comicios es condenada con un doble conforme (es decir, con dos sentencias condenatorias sucesivas) y siempre que la condena esté firme. Eso sería extremadamente atípico.

6 ¿SERÁ INHABILITADA SI ASUME OTRO CARGO Y DESPUÉS QUEDA FIRME LA CONDENA?

Cristina dijo que no será candidata a nada, pero en un hipotético escenario en el que fuera elegida este año para un nuevo cargo y suponiendo que una vez que lo estuviera ejerciendo quedara firme la condena en su contra, ¿perdería el cargo por haber sido inhabilitada? Se provocaría sin dudas un conflicto institucional. No hay antecedentes de una situación semejante.

7 ¿QUIÉNES SON LOS JUECES QUE REVISARÁN LA CONDENA?

La encargada de revisar la sentencia que dio a conocer del TOF 2 será la Sala IV de la Cámara de Casación, conformada por Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo.

8 ¿PODRÍA EL PRESIDENTE INDULTARLA?

La doctrina mayoritaria entiende que sí, pero hay constitucionalistas que sostienen que no es posible porque los delitos de corrupción no pueden ser indultados. El indulto no requeriría esperar que la condena quede firme.

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA

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