miércoles, 15 de marzo de 2023

ABUSO Y PERPETUA




Condenaron por abuso sexual a un intendente
Se trata de Fabián Constantino (PJ), de Gilbert.
Paola Robles DuarteConstantino (izquierda), ayer, junto su abogado, Mario Arcusin, antes del fallo
GUALEGUAYCHÚ.–“No me arrepiento de nada, gracias a Dios”, fueron las palabras de Fabián Constantino al descender del vehículo de su abogado defensor, Mario Arcusin, en su llegada a los tribunales de Gualeguaychú. Al ingresar al recinto, a la espera de la sentencia, prefirió el silencio. Toda su esperanza se evaporó poco antes del mediodía: el intendente de la localidad de Gilbert fue condenado a 14 años y seis meses de prisión por haber abusado sexualmente de tres mujeres.
El veredicto fue dictado por el tribunal integrado por los jueces Arturo Dumón, Alicia Vivian y Mauricio Derudi, que dispusieron absolver a Constantino, por el beneficio de la duda, de la acusación de lesiones leves por la cual también llegó a juicio. Los magistrados, además, decidieron mantener al intendente del PJ, que está en uso de licencia con goce de sueldo, en prisión domiciliaria –con monitoreo a través de una tobillera electrónica– hasta que la sentencia esté firme. Se ordenó que contara con una custodia policial hasta tanto le fuera colocado el dispositivo.
Tras el fallo, Constantino salió de los tribunales con las manos esposadas por delante, bajo el coro de repudio de decenas de personas que se acercaron a aguardar la sentencia. Entre ellas estaban las víctimas, que lloraban, abrazadas.
Desde el poder político aún no surgieron señales de qué pasará ahora con la licencia rentada aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de Gilbert, localidad de un millar de habitantes situada en el eje de la ruta 20, entre Urdinarrain y Basavilbaso, al oeste de la ciudad de Concepción del Uruguay.
“Él sigue haciendo uso de su licencia y luego de esta instancia no sé qué decisión adoptará el Poder Ejecutivo. Nosotros nunca buscamos interferir en ese sentido. Sí creemos que debe haber un protocolo cuando se hace una denuncia de este tipo, porque no hubo una actuación preventiva con perspectiva de género”, remarcó la fiscal Martina Cedrés, que llevó adelante la investigación y que, en nombre del Estado, en el juicio, había pedido que Constantino sea condenado a una pena de 15 años a cumplir, con efecto inmediato, en una cárcel común.
La querella, a cargo del abogado Juan Ignacio Weimberg, había pedido 22 años de prisión. “Hubo un claro abuso de poder, un marcado aprovechamiento del cargo que Constantino detentaba para elegir y luego abusar a sus víctimas”, señaló.
Entre febrero y el 4 de junio, Constantino abusó sexualmente de María Luján Aguirre en la sede del municipio de Gilbert. El tribunal consideró que el hecho ocurrió “en un claro contexto de violencia de género laboral y abuso coactivo de la relación de poder, ya que él era el intendente y ella, empleada de la comuna. Agu ir re denunció que, en distintas ocasiones, Constantino la manoseó e incluso le hizo tocarle su miembro viril por encima de la ropa, diciéndole “para tus males tengo esta cura”.
Otra denunciante, Verónica Roxana Portillo, señaló que durante la restricción de circulación por la pandemia, y mientras él la llevaba en su auto a Urdinarrain, Constantino la tocó y la besó en la boca por la fuerza. En otra ocasión, cuando la llevaba en una camioneta en dirección a Basavilbaso, la violó, mientras le decía que “la amaba”.
Norma Graciela Santos, en tanto, refirió que en octubre de 2018, cuando Constantino era director de Cultura de Gilbert, la violó en una pollería de la que era propietario.
En el juicio, Constantino negó todas esas acusaciones y las atribuyó al interés de perjudicarlo políticamente u obtener algún tipo de rédito espurio. Sin embargo, los jueces analizaron los testimonios –principal prueba de cargo– y consideraron que, por la “coherencia lógica y sin contradicciones”, la “gran cantidad y calidad de detalles que demuestran a las claras que responden a las vivencias de las víctimas” y el aporte de los peritos psiquiátricos que verificaron el “estrés postraumático” de las víctimas, se podía concluir la “sinceridad, veracidad y verosimilitud” de los testimonios, de forma que dieron por probados los hechos y la autoría del intendente entrerriano.

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PERPETUA AL ASESINO DE CINCO ARGENTINOS EN NUEVA YORK
El terrorista uzbeko Sayfullo Saipov atropelló a ocho turistas en Manhattan en 2017; el fiscal había pedido pena de muerte, pero el jurado no se puso de acuerdo.Germán de los Santos
ROSARIO.– El terrorista uzbeko Sayfullo Saipov, que el 31 de octubre de 2017 mató en Nueva York a ocho personas –entre ellos, a cinco amigos rosarinos que estaban como turistas– fue condenado a prisión perpetua por el jurado, que no llegó a una decisión unánime para sentenciarlo a muerte, como había pedido la Fiscalía Federal. Ayer a la tarde, los familiares de las víctimas fueron notificados de la decisión del jurado, que recibieron con sorpresa, según señalaron a la nacion sus allegados. Esperaban que se aplicara la pena capital.
Después de más dos meses de juicio en los tribunales de Manhattan, los 12 miembros del jurado no lograron tomar una decisión unánime, después de dos días de deliberaciones. “Esta tarde el jurado llegó a la conclusión de que no podía haber una decisión unánime sobre el castigo. Esto significa que Saipov recibirá la cadena perpetua, sin la posibilidad de quedar en libertad”, se señaló en la notificación que recibieron los familiares de las víctimas en Rosario.
En el atentado, que se produjo durante los festejos de Halloween en la bicisenda junto al río Hudson, Saipov mató al atropellar con un camión a los argentinos Hernán Mendoza, Diego Angelini, Alejandro Pagnucco, Ariel Erlij y Hernán Ferruchi, exalumnos del colegio Politécnico de Rosario que habían viajado a Nueva York para celebrar el 30º aniversario de sus graduaciones.
Los miembros del jurado, que habían sido seleccionados entre más de 1100 aspirantes, le informaron al juez Vernon Broderick que no podían ponerse de acuerdo sobre el pedido del gobierno estadounidense, a través del fiscal federal, de condenar a muerte a Saipov, que el 26 de enero pasado había sido declarado culpable de 28 acusaciones por el atentado que llevó a cabo en Manhattan.
El juicio se transformó también en un hecho político, ya que si el terrorista era condenado a recibir una inyección letal iba a ser el primer sentenciado a muerte a nivel federal durante la gestión de Joe Biden, quien en su campaña electoral se había mostrado contrario a la pena capital. Según indicó The New York Times, la última ejecución de un condenado en el estado de Nueva York se produjo en 1963.
En su alegato, el defensor oficial David Patton, que representó a Saipov, había pedido al jurado que evitara una condena a muerte. “Es necesario que haya justicia, no venganza”, dijo.
Una de las dudas que quedaron en el aire durante las audiencias fue que Saipov no había tenido o no se descubrió ningún contacto con el grupo terrorista Estado Islámico (EI). Sin embargo, una agente del área de contraterrorismo del FBI de Manhattan declaró que cuando se presentó en el hospital donde estaba internado Saipov tras el ataque, el uzbeko le dijo que había realizado el atentado en nombre de EI.
La agente Joana Maduro declaró ante el jurado que Saipov le confesó, además, que había tomado la decisión de realizar el ataque tras ver un video de EI realizado por el líder jihadista Abu Bakr al-Baghdadi, asesinado el 26 de octubre de 2019 en la frontera entre Siria y Turquía.
Durante la etapa de instrucción del caso, los dos fiscales generales de Estados Unidos que intervinieron en la causa, Geoffrey Berman y Merrick Garland, habían solicitado la pena capital.
Argumentos
En el escrito presentado en 2018 ante la fiscalía general de los Estados Unidos –al que tuvo acceso la nacion–, el abogado Juan Félix Marteau, que representó a la viuda de Mendoza, Ana Evans, argumentó el punto de vista de su clienta sobre el pedido de la pena de muerte: “Se sustenta en dos razones diferentes, pero complementarias: por un lado, ante el asesinato de mi pareja y padre de mis hijos, Hernán Mendoza, nuestro proyecto de vida personal y familiar, basado en el amor mutuo, ante todo, ha sido destruido para siempre. Por otra parte, a través de su acto terrorista, ejecutado por este atacante de EI, el acusado ha desafiado el fundamento mismo de las leyes y formas de vida, construido sobre los principios del respeto a la libertad y el derecho de todos los pueblos a la libre determinación”.
La fiscalía, además, había argumentado la premeditación, la falta de arrepentimiento, el propósito de causar terror en los ciudadanos y el peligro que Saipov representaría en prisión.
Pero los argumentos no terminaron de convencer al jurado para llegar a una decisión unánime. Entonces, el juez Broderick clausuró las deliberaciones

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