domingo, 31 de marzo de 2024

MERCADO LABORAL MEDIOCRE Y AUH Y SALARIO FAMILIAR


Un mercado laboral debilitado e imperfecto, al que la estanflación hunde cada vez más en su mediocridad
Matías Ghidini*
Con un cuarto del año 2024 ya transcurrido, las esperanzas del mentado cambio pierden fuerza y se deshilachan. Se sabía: la misión de modificar y refundar los cimientos del mundo del trabajo no era sencilla ni rápida. Pero los primeros pasos de la gestión del presidente Javier Milei en este tema aún no se palpan en la realidad cotidiana de cada trabajador. Un rumbo con un apoyo moral mayoritario, pero flaco en los papeles. Más de lo mismo. Un mercado laboral estructuralmente debilitado, estancado, imperfecto, al que la estanflación hunde aún más en su mediocridad.
¿Cuál es la situación actual de la demanda laboral en Argentina? La preocupante tendencia a una caída y una desaceleración que se evidencia desde el tercer trimestre del año 2023 aún predomina en este ejercicio. ¿Quiénes sostienen la luz de la esperanza? Un selecto grupo (un grupo menor) de sectores relativamente activos y con demanda genuina: la agro-industria, la minería, la industria del conocimiento (con su exportación de servicios), la energía y petróleo, el turismo y algunos subsectores de las tecnologías de la información. En esos ámbitos están las mejores chances de encontrar ofertas de empleo.
Probablemente, el peor dato de nuestro mercado del trabajo de los últimos años sea la pérdida crónica del salario real. Desde 2018 y hasta 2023 las subas del salario promedio de los ocupados fuera de convenio no logran superar a la inflación. Goleada histórica. Seis años consecutivos de caída del salario real. Pero hay más. Según la firma Willistowerswatson, las empresas proyectan un aumento total en 2024 para el personal fuera de convenio de 189%, cuando el más optimista de los economistas estima una inflación total para este año no por debajo del 220%... Invivible por donde se lo mire. La conclusión es tan cruda como cierta: ser un asalariado registrado no asegura llegar a fin de mes con las cuentas pagas.
Es claro a esta altura que en los últimos 30 años ningún gobierno ha comprendido cómo destrabar el nudo de nuestra decadencia laboral. Todos reprueban cuando se trata de resolver la problemática de fondo. A continuación, algunos ejes fundamentales de la cuestión.
• Educación de calidad. En este punto se empieza el partido perdiendo, porque la mitad de los alumnos de la provincia de Buenos Aires no termina el ciclo secundario y eso es una mochila no solo pesada, sino indignante. Lanzar al mercado laboral jóvenes sin las herramientas que el futuro del trabajo demanda es condenarlos social y laboralmente
• Reducción de la informalidad.
El trabajo en negro es un flagelo de toda América Latina, que avanza sin detenerse. Los altos costos laborales, un marco laboral rígido y anticuado y una formación académica insuficiente y desconectada de las demandes del futuro conspiran contra un destino distinto. Es una realidad que nuestros dirigentes, por negligencia o por conveniencia, prefieren no afrontar. • Desconexión entre oferta y demanda laboral. La digitalización de nuestras vidas ha contribuido en parte a achicar esta brecha. Han surgido, es justo reconocerlo, innovadoras opciones de educación técnica, terciaria y universitaria vinculadas a las tecnologías de la información, las ciencias y las ingenierías. La necesidad de profesionales de sistemas ya no es una novedad. La contracara la aporta la abundancia aún del interés por carreras como medicina, derecho y psicología (representaron el 35% de las inscripciones en la UBA en el primer cuatrimestre de 2022), que son de acotada salida laboral y de incierta remuneración.
Disponer de un nuevo marco legal laboral se ha convertido en trending topic en la Argentina desde la asunción de Milei. El fondo tiene sustento: pretender reanimar nuestro mercado laboral con un reglamento diseñado 50 años atrás (la ley vigente fue sancionada en septiembre de 1974) es tan ingenuo como imposible. Desterrar la perversa industria del juicio laboral, dotar de una previsibilidad lógica al costo de prescindir de un empleado, regular –en serio– el trabajo remoto, abaratar los costos de contratación, reglamentar las nuevas formas de trabajo son deberes mandatorios para aspirar a una genuina refundación laboral.
Pero, atención: la reforma laboral es necesaria e imprescindible, pero no suficiente. Un mercado laboral pujante y sólido requiere no solo de nuevas reglas, sino de pilares más profundos y perdurables: una educación de calidad que incluya a nuestra juventud, un planeamiento estratégico de los recursos humanos que el país demandará para nuestras economías del futuro, y convicción y coraje político para sostener el rumbo.

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AUH y salario familiar Las asignaciones por hijo se reajustaron este mes un 27% y no se prevé una suba para abril
Los montos de marzo van de $5526 a $52.554; según la normativa vigente, el próximo aumento será en junio; cómo les va frente a la inflación a estas prestaciones que, a diferencia de las jubilaciones, no tendrán reajuste por IPC desde el mes que viene
Por Silvia Stang

Los montos de las prestaciones por hijo cobradas por un grupo de empleados formales y monotributistas y el importe de la Asignación Universal por Hijo (la AUH, destinada a trabajadores desocupados e informales) son en este mes de marzo un 27,18% más altas que los vigentes hasta febrero. El reajuste es por la aplicación de la normativa que establece que estas prestaciones se incrementan en marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año según el índice de movilidad del sistema previsional.
A diferencia de las jubilaciones y pensiones de la Anses, las asignaciones por hijo no tendrán reajuste por inflación en los próximos tres meses, según dijeron a la nacion desde el Ministerio de Economía. Eso está en línea con lo establecido por el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274, publicado el lunes último en el Boletín Oficial. A la vez, de acuerdo con esa misma norma del Poder Ejecutivo y en caso no mediar otra disposición, en julio cambiará la modalidad de actualizaciones. A partir de ese mes la actual fórmula de movilidad de las jubilaciones, que rige desde 2021, será reemplazada por un mecanismo de subas mensuales según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec. Se considerará, por ejemplo para el incremento de julio, la inflación de mayo; para la de septiembre, el índice de junio, y así sucesivamente.
Entonces, tras el reajuste de 27,18% de este mes, las asignaciones por hijo tendrán una próxima actualización en junio, según la fórmula de la ley 27.609 (basada en la variación de los salarios y de la recaudación de impuestos que se destinan al pago de prestaciones de la seguridad social), Y, a partir de julio se actualizarían mensualmente según la inflación.
Para el salario familiar correspondientes a quienes trabajan en el sector formal, la suba de marzo es la primera del año. Y, aun con el reajuste, los montos tienen un 27% menos de poder de compra que el que tenían los importes percibidos en diciembre del año último.
En 2023 también hubo una fuerte pérdida de poder adquisitivo. Mientras que la inflación del año fue de 211,4%, las asignaciones por hijo subieron solo un 110,9% en todo el período. Así, para quienes se mantuvieron en la misma categoría (los montos varían según el nivel de ingresos del hogar), la pérdida del poder de compra trepó a 32,3%. Y si se considera el período de 12 meses finalizado en febrero de 2024, la caída llegó a casi 44%.
Para la AUH, en cambio, desde diciembre y hasta marzo se acumula un aumento de 154%. En enero, el Gobierno dispuso duplicar la prestación, que pasó a ser de $41.322. Desde este mes, con la suba de 27,18%, es de $52.554 (se cobra mensualmente el 80% de esa cifra, mientras que el 20% queda sujeto a la presentación de constancias del cumplimiento de requisitos). En este caso hay una recuperación de la capacidad adquisitiva (la inflación del primer bimestre fue de 36,6%, y la del trimestre sería de entre 50% y 55%).
Cuánto se cobra
Los montosde este mes fueron dispuestos por la resolución 40 de la Anses, publicada el 1° de marzo en el Boletín Oficial. Para los asalariados formales son los siguientes:
1. Si el ingreso familiar no supera los $406.909, se cobra por hijo $26.277 (hasta febrero, $319.947 y $20.661, respectivamente).
2. Si el ingreso familiar supera los $406.909 y es de hasta $596.776, se cobra por hijo $17.722 (hasta febrero, en el rango de ingresos de más de $319.947 y de hasta $469.237 se percibió $13.934).
3. Si el ingreso familiar es mayor a $596.776 y de hasta $688.999, se percibe por menor a cargo $10.717 (hasta el mes pasado, si el ingreso era mayor a $469.237 y de hasta $541.751 se cobró $8426).
4. Si lo percibido en el hogar es mayor a $688.999 y de hasta $2.154.806, se recibe por hijo $5526 (hasta ahora, con un ingreso mayor a $541.751 y de hasta $3.960.000 la prestación era de $4345).
En el caso de la prestación por hijo con discapacidad, el importe es de $85.566 si el ingreso familiar no supera los $406.909; de $60.531 si el ingreso familiar es de entre $406.909 y $596.776, y de $38.202 si lo percibido en el hogar supera los $596.776. En este caso no hay un tope de ingresos para acceder.
Para las asignaciones por hijo menor de 18 años (las correspondientes a los puntos 1, 2, 3 y 4) el ingreso total que pueden percibir mensualmente los integrantes del hogar para acceder a las prestaciones es de $2.154.806. Pero, además, debe cumplirse la condición de que ninguno de los padres reciba individualmente más de $1.077.403.
Estos topes fueron reducidos por un decreto de necesidad y urgencia en febrero último, ya que desde diciembre y por una decisión del gobierno anterior, basada en los cambios en el impuesto a las ganancias, se habían establecido en $3.960.000 (ingreso familiar) y $1.980.000 (ingreso individual).
La condición de no superar un umbral de ingresos para acceder a las prestaciones rige también para los pagos por cónyuge, para la ayuda escolar anual y para las asignaciones por nacimiento o adopción de hijo y por matrimonio.
¿Qué se considera como ingresos para determinar si un hogar está por debajo del tope? Según informa la Anses, se tienen en cuenta las remuneraciones brutas y las sumas no remunerativas de los empleos dependientes, excluyendo el aguinaldo; también se suman los eventuales ingresos por alguno o algunos de los siguientes conceptos: trabajo en calidad de autónomo o monotributista (se consideran las rentas de referencia), jubilación, pensión, prestación por desempleo, plan social, asignación familiar por maternidad y prestación contributiva o no contributiva.
Monotributistas
Quienes están en el monotributo cobran un determinado monto en concepto de asignación por hijo, según el siguiente esquema:

• Categorías A, B y C: $26.277.

• Categorías D y E: $17.722.

• Categorías F: $10.717.

• Categorías G y H: $5526.

• Categorías I, J y K: no se cobra asignación por hijo menor de 18 años (sí por hijo con discapacidad). 

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA

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