La suspensión del DNU genera controversia
Especialistas afirman que la cautelar ampara a todos los trabajadores de la CGT y la CTA; otros sostienen que el decreto sigue vigente
Hernán Cappiello
Los alcances de la medida cautelar que suspendió el capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia del Gobierno generan controversia entre los abogados, ya que algunos sostienen que la decisión judicial basta para que todos los representados por la CGT y la CTA queden amparados y otros señalan que no se suspende la vigencia del DNU para todos los trabajadores, sino que deja de ser válida para ese caso concreto y que, por lo tanto, cada empleado que se sienta perjudicado deberá plantear su propio reclamo de inconstitucionalidad.
Puede ser un asunto de debate jurídico académico o un cruce de chicanas políticas, según de qué lado se pare cada letrado en este conflicto, pero no deja de ser una discusión que preocupa al mundo sindical, ya que están en juego los alcances de la medida cautelar dictada por la justicia del trabajo.
Fueron la CGT y la CTA las que recurrieron a los tribunales para señalar que debe suspenderse la vigencia del capítulo 4 del DNU 70/23. La Cámara del Trabajo les dio la razón al hacer lugar a una medida cautelar y suspendió la vigencia del decreto sólo en lo laboral.
Con la norma suspendida no se aplicarían, por ejemplo, la ampliación del período de prueba de tres a ocho meses, los cambios en el cálculo indemnizatorio o las modificaciones en cuanto al financiamiento de los sindicatos, que reciben dinero de los trabajadores por un aporte solidario o por la cuota sindical.
Como señaló la presidenta de la Asociación de Abogados Laboralistas, Cynthia Benzión, el DNU tuvo poco tiempo de vigencia en lo laboral, pues a lo sumo rigió desde el sábado 30 de diciembre hasta que la Cámara del Trabajo suspendió sus efectos, el 3 de enero. Y las consideraciones del decreto se aplican para los nuevos trabajadores, no para aquellos que ya están protegidos por las leyes laborales anteriores al decreto, por lo que no hay ningún caso concreto afectado, dijo. Pero sí puede haberlo a futuro en caso de que se revoque la medida cautelar o que el DNU no sea rechazado por el Congreso.
A pesar de estas salvedades, la controversia se da acerca del alcance de la cautelar. El abogado de la CGT Pablo Topet señaló que “la sentencia tiene alcance general y no es necesario que se plantee en cada caso individual”, y aseguró que el fallo de la Cámara Laboral “es ajustado a derecho porque la inhibitoria que le había planteado el fuero contencioso administrativo está apelada y no es una decisión firme”.
La misma posición sostiene el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, otro de los que plantearon una demanda para suspender el DNU. Ya son 42 las presentaciones que tramitan en el fuero contencioso administrativo federal, sin contar las dos iniciadas ante la justicia del trabajo y un manojo de casos repartidos en tribunales federales de diversas provincias.
Gil Domínguez explicó a este diario que el fallo ampara a todos los trabajadores del colectivo CGT y CTA. “No tienen que plantear ellos su propio pedido de inconstitucionalidad. Están protegidos, de lo contrario no tendrían sentido las cautelares. Es para todos los trabajadores que la CGT y la CTA representan. El DNU en materia laboral está suspendido”, aseveró.
Sin embargo, el abogado Francisco Oneto, que fue candidato a vicegobernador bonaerense por La Libertad Avanza y además es abogado personal del presidente Javier Milei, dijo que “el decreto no se encuentra suspendido porque la sentencia de ningún juez suspende una norma en general, sino que la torna inaplicable entre las partes en litigio. La sentencia simplemente declara que esa norma resulta inaplicable en el caso concreto y entre las partes en litigio. Esa circunstancia no varía aún en los casos de procesos colectivos, en los cuales simplemente se amplía el concepto de ‘parte’”.
A través de un hilo en la red social X, Oneto agregó: “Si Juan demanda a Pedro y, a la vez, peticiona la inconstitucionalidad de una norma, en caso de que la Justicia haga lugar a su pedido de inconstitucionalidad ello no implica que la norma cuya inconstitucionalidad decretó el Poder Judicial deje de estar vigente”.
“Solamente implica que esa norma no se aplica para resolver la discusión que tienen Juan y Pedro”, continuó Oneto, y citó un fallo de la Corte Suprema y un dictamen de la Procuración que menciona que “el sistema de control de constitucionalidad vigente en el orden nacional impide que se dicten sentencias que priven de valor erga omnes (para todos) a las normas impugnadas, como asimismo obsta a la emisión de pronunciamientos sobre agravios meramente conjeturables e hipotéticos”.
“Cuando el acto cuestionado sea reputado manifiestamente ilegal o arbitrario, los efectos del amparo se restringen a las partes del pleito”, añadió Oneto, citando al constitucionalista Néstor Sagüés.
Ambas partes parecerían hablar de lo mismo si se considerara que el amparo concedido colectivamente en favor de las centrales sindicales protege como un gran paraguas a todos los trabajadores de los gremios afiliados a ellas.
La abogada Benzión indicó que si a algún trabajador le aplicaron el DNU y tuvo consecuencias directas, debe accionar individualmente. Aclaró que no es que debe iniciar cada uno un amparo o pedir una cautelar, sino iniciar un reclamo porque se violaron sus derechos vigentes.
Por ejemplo, explicó la abogada, las empresas deberían tomar nota y seguir efectuando la retención de aportes sindicales. Y si alguna empresa no lo hace, el gremio afectado debería reclamar.
Ahora, si la empresa tomó alguna medida al amparo del decreto, entre el 30 de diciembre y el 3 de enero, esa medida sería válida, a menos que el trabajador la cuestione. De todos modos, explicó la abogada, el DNU se aplica hacia adelante y no hacia atrás y solo es válido para las nuevas contrataciones que se hicieron en ese breve lapso en el rigió en materia laboral.
Según la abogada, se estaría frente a dos grupos de trabajadores tratados con un doble estándar: unos con más derechos laborales y otros con menos derechos”.
Francisco Oneto abogado de javier milei “La sentencia de ningún juez suspende una norma en general” Andrés Gil Domínguez constitucionalista “La suspensión es para todos los trabajadores que la CGT y la CTA representan”
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Los frentes abiertos del Gobierno
Médicos, farmacéuticos, gremios y abogados son algunas de las agrupaciones que ya mostraron su enojo por las medidas de Milei
Los alcances de la medida cautelar que suspendió el capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia del Gobierno generan controversia entre los abogados, ya que algunos sostienen que la decisión judicial basta para que todos los representados por la CGT y la CTA queden amparados y otros señalan que no se suspende la vigencia del DNU para todos los trabajadores, sino que deja de ser válida para ese caso concreto y que, por lo tanto, cada empleado que se sienta perjudicado deberá plantear su propio reclamo de inconstitucionalidad.
Puede ser un asunto de debate jurídico académico o un cruce de chicanas políticas, según de qué lado se pare cada letrado en este conflicto, pero no deja de ser una discusión que preocupa al mundo sindical, ya que están en juego los alcances de la medida cautelar dictada por la justicia del trabajo.
Fueron la CGT y la CTA las que recurrieron a los tribunales para señalar que debe suspenderse la vigencia del capítulo 4 del DNU 70/23. La Cámara del Trabajo les dio la razón al hacer lugar a una medida cautelar y suspendió la vigencia del decreto sólo en lo laboral.
Con la norma suspendida no se aplicarían, por ejemplo, la ampliación del período de prueba de tres a ocho meses, los cambios en el cálculo indemnizatorio o las modificaciones en cuanto al financiamiento de los sindicatos, que reciben dinero de los trabajadores por un aporte solidario o por la cuota sindical.
Como señaló la presidenta de la Asociación de Abogados Laboralistas, Cynthia Benzión, el DNU tuvo poco tiempo de vigencia en lo laboral, pues a lo sumo rigió desde el sábado 30 de diciembre hasta que la Cámara del Trabajo suspendió sus efectos, el 3 de enero. Y las consideraciones del decreto se aplican para los nuevos trabajadores, no para aquellos que ya están protegidos por las leyes laborales anteriores al decreto, por lo que no hay ningún caso concreto afectado, dijo. Pero sí puede haberlo a futuro en caso de que se revoque la medida cautelar o que el DNU no sea rechazado por el Congreso.
A pesar de estas salvedades, la controversia se da acerca del alcance de la cautelar. El abogado de la CGT Pablo Topet señaló que “la sentencia tiene alcance general y no es necesario que se plantee en cada caso individual”, y aseguró que el fallo de la Cámara Laboral “es ajustado a derecho porque la inhibitoria que le había planteado el fuero contencioso administrativo está apelada y no es una decisión firme”.
La misma posición sostiene el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, otro de los que plantearon una demanda para suspender el DNU. Ya son 42 las presentaciones que tramitan en el fuero contencioso administrativo federal, sin contar las dos iniciadas ante la justicia del trabajo y un manojo de casos repartidos en tribunales federales de diversas provincias.
Gil Domínguez explicó a este diario que el fallo ampara a todos los trabajadores del colectivo CGT y CTA. “No tienen que plantear ellos su propio pedido de inconstitucionalidad. Están protegidos, de lo contrario no tendrían sentido las cautelares. Es para todos los trabajadores que la CGT y la CTA representan. El DNU en materia laboral está suspendido”, aseveró.
Sin embargo, el abogado Francisco Oneto, que fue candidato a vicegobernador bonaerense por La Libertad Avanza y además es abogado personal del presidente Javier Milei, dijo que “el decreto no se encuentra suspendido porque la sentencia de ningún juez suspende una norma en general, sino que la torna inaplicable entre las partes en litigio. La sentencia simplemente declara que esa norma resulta inaplicable en el caso concreto y entre las partes en litigio. Esa circunstancia no varía aún en los casos de procesos colectivos, en los cuales simplemente se amplía el concepto de ‘parte’”.
A través de un hilo en la red social X, Oneto agregó: “Si Juan demanda a Pedro y, a la vez, peticiona la inconstitucionalidad de una norma, en caso de que la Justicia haga lugar a su pedido de inconstitucionalidad ello no implica que la norma cuya inconstitucionalidad decretó el Poder Judicial deje de estar vigente”.
“Solamente implica que esa norma no se aplica para resolver la discusión que tienen Juan y Pedro”, continuó Oneto, y citó un fallo de la Corte Suprema y un dictamen de la Procuración que menciona que “el sistema de control de constitucionalidad vigente en el orden nacional impide que se dicten sentencias que priven de valor erga omnes (para todos) a las normas impugnadas, como asimismo obsta a la emisión de pronunciamientos sobre agravios meramente conjeturables e hipotéticos”.
“Cuando el acto cuestionado sea reputado manifiestamente ilegal o arbitrario, los efectos del amparo se restringen a las partes del pleito”, añadió Oneto, citando al constitucionalista Néstor Sagüés.
Ambas partes parecerían hablar de lo mismo si se considerara que el amparo concedido colectivamente en favor de las centrales sindicales protege como un gran paraguas a todos los trabajadores de los gremios afiliados a ellas.
La abogada Benzión indicó que si a algún trabajador le aplicaron el DNU y tuvo consecuencias directas, debe accionar individualmente. Aclaró que no es que debe iniciar cada uno un amparo o pedir una cautelar, sino iniciar un reclamo porque se violaron sus derechos vigentes.
Por ejemplo, explicó la abogada, las empresas deberían tomar nota y seguir efectuando la retención de aportes sindicales. Y si alguna empresa no lo hace, el gremio afectado debería reclamar.
Ahora, si la empresa tomó alguna medida al amparo del decreto, entre el 30 de diciembre y el 3 de enero, esa medida sería válida, a menos que el trabajador la cuestione. De todos modos, explicó la abogada, el DNU se aplica hacia adelante y no hacia atrás y solo es válido para las nuevas contrataciones que se hicieron en ese breve lapso en el rigió en materia laboral.
Según la abogada, se estaría frente a dos grupos de trabajadores tratados con un doble estándar: unos con más derechos laborales y otros con menos derechos”.
Francisco Oneto abogado de javier milei “La sentencia de ningún juez suspende una norma en general” Andrés Gil Domínguez constitucionalista “La suspensión es para todos los trabajadores que la CGT y la CTA representan”
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Los frentes abiertos del Gobierno
Médicos, farmacéuticos, gremios y abogados son algunas de las agrupaciones que ya mostraron su enojo por las medidas de Milei
Gustavo Schaposnik
Las dos grandes apuestas del presidente Javier Milei en el comienzo de su mandato son el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 y la denominada ley ómnibus, iniciativas con las que aspira a establecer desregulaciones económicas y reformas en múltiples áreas claves. Se trata de proyectos que provocaron que diferentes sectores de la sociedad afectados en sus intereses expresaran su disconformidad. Estas son algunas de las voces que se manifestaron en contra del nuevo ordenamiento que busca instaurar el jefe del Estado en el marco de su política de shock.
Farmacéuticos
El decreto presidencial 70/2023 introdujo cambios que habilitan a los mayoristas a vender medicamentos con receta y desregula la venta general. La Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires expresó su rechazo en un comunicado: “Nuestra institución considera que el medicamento es un bien social y un derecho para lograr una mejor calidad y expectativa de vida, y no un bien meramente comercial”. A este pronunciamiento se sumaron otras instituciones del área, como la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y diferentes colegios de farmacéuticos y bioquímicos de Buenos Aires y del interior del país, que en algunos casos incluyeron convocatorias para protestar frente a tribunales, como así también una medida cautelar.
Médicos
A través del DNU, se estableció que los profesionales de la salud deben redactar las prescripciones solo con el nombre del medicamento genérico. Esgrimen que los efectos en los pacientes pueden ser diversos de acuerdo a la calidad de laboratorio. La Academia Nacional de Medicina y numerosas entidades cuestionaron la medida.
Empleados estatales
La ATE (Asociación de Trabajadores del Estado) convocó a una jornada de protesta el lunes próximo, con acciones a definir. El secretario general del sindicato, Rodolfo Aguiar, afirmó en la red social X: “Desde ATE, ratificamos la jornada de lucha del 15 de enero. No alcanza con un freno parcial al autoritarismo porque enfrentamos el programa económico de la última dictadura militar. Solo la calle nos permitirá detenerlo”. Dentro del proyecto de la ley ómnibus se prevé que los empleados públicos separados de la función sean despedidos si no logran reinsertarse en el plazo de un año. Esta medida se ubica en el contexto de la importante reducción de ministerios que dispuso Milei para su gestión de gobierno. Por otra parte, contratos que vencieron en diciembre no fueron renovados.
Sector pesquero
La modificación que plantea el Ejecutivo pretende desregular los permisos de pesca, anular la obligatoriedad de desembarco de la producción en los muelles argentinos a la vez que permitiría licitar las cuotas de pesca a los buques internacionales. El intendente de Puerto Madryn, Gustavo Sastre, aseguró que la modificación que plantea el Ejecutivo nacional “generaría un efecto destructivo sobre todo el complejo pesquero”, según informó la Agencia Télam. También expresaron su malestar diferentes representantes sindicales del sector marítimo. El ministro del Interior, Guillermo Francos, recibió a Ignacio Torres, gobernador de Chubut, y a Guillermo Montenegro, intendente de General Pueyrredón (Mar del Plata) y estaría dispuesto aceptar algunas modificaciones.
Bancarios
El titular de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo, expresó su fuerte descontento. “El DNU y la ley ómnibus no son un plan de gobierno, son un plan de negocios, En cada artículo hay un negocio”, subrayó en su cuenta de la red social X. El 3 de enero, el gremio celebró en un comunicado que la Cámara Nacional del Trabajo aceptara el pedido de la CGT y dictara una cautelar suspendiendo las reformas laborales: “Desde la Asociación Bancaria festejamos esta resolución, que pone un freno a la pérdida indiscriminada de derechos”. El proyecto de ley contemplaba una eventual privatización del Banco Nación y otras bancas públicas.
Cultura
El proyecto de ley ómnibus contempla derogar la llamada ley del libro, que establece un precio de venta único. Víctor Malumian, editor en la editorial Godot y cofundador de la Feria de Editores (FED), aseveró, en declaraciones a la Agencia Télam: “Uno de los malentendidos más comunes es que si se elimina la ley de precio único el PVP [precio uniforme de venta al público] promedio cae, lo cual ha resultado falso en varios países. Lo que sucede es que en un principio vemos ofertas de los grandes jugadores que pueden acceder a comprar mayor cantidad de unidades, por ende con mayores descuentos, y trasladan ese descuento al público. Ganan cuota de mercado, reducen drásticamente a los pequeños jugadores hasta hacerlos desaparecer y luego vuelven a subir los precios. Es decir, a mediano plazo, no funciona”.
Por otro lado, más de 3000 trabajadores y representantes de la cultura se congregaron el pasado 28 de diciembre en el Teatro Argentino de La Plata en un plenario llamado “La cultura está en peligro”, para manifestar el rechazo a las nuevas medidas. Estas contemplan el cierre del Instituto Nacional del Teatro (INT) y del Fondo Nacional de las Artes (FNA), así como la quita de fondos para el Incaa, el Instituto Nacional de la Música (Inamu) y la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (Conabip).
Sindicatos
El decreto golpea el financiamiento automático de los sindicatos al volver voluntarios los descuentos salariales. Se trata de las denominadas “cuotas solidarias” que los trabajadores aportan mensualmente a los respectivos gremios en forma directa. El decreto sostiene que, para ejecutarse el descuento, debe realizarse en forma expresa. También permite a los trabajadores destinar sus aportes a la cobertura que deseen y no a la que le corresponde por actividad.
La CGT presentó una medida cautelar ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para revocar estas medidas, la cual fue aceptada dejando en suspenso su aplicación.
Abogados
Se prevé la realización de divorcios a través de un trámite directo en el Registro Civil, sin la mediación de abogados. Por otro lado, los trámites sucesorios quedarían a cargo de los escribanos. El abogado constitucionalista Ricardo Gil Lavedra adelantó el rechazo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (Cpacf).
Sector energético
El artículo 298 de la ley ómnibus enviada al Congreso deja al Poder Ejecutivo con la facultad de otorgar concesiones para la explotación de los recursos del suelo, por lo que entra en confrontación con los derechos de las provincias a explotar sus propios recursos, que la Constitución nacional defiende en su artículo N° 124, que reza: “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”. La principal queja se generó en Neuquén, donde las autoridades provinciales esperan poder potenciar los recursos de Vaca Muerta.
Fútbol
Según informó el diario Olé, en una asamblea de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) previa al DNU, ante los rumores de lo que estaba por venir, los dirigentes repudiaron de forma casi unánime la llegada de las sociedades anónimas deportivas (SAD), la norma que posibilita convertir a los clubes en sociedades anónimas. Antes y después de conocerse el decreto, jugadores de primera división salieron al campo de juego con pancartas que decían “El fútbol no tiene necesidades ni urgencias”.
Azúcar y limones
El proyecto de ley ómnibus contempla la eliminación de barreras arancelarias para la importación del azúcar. El ministro del Interior, Guillermo Francos, convocó al gobernador de Tucumán a una reunión para abordar la problemática. Por otro lado, se prevé un incremento del arancel del 8% para la exportación de aceite de limón.
Las dos grandes apuestas del presidente Javier Milei en el comienzo de su mandato son el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 y la denominada ley ómnibus, iniciativas con las que aspira a establecer desregulaciones económicas y reformas en múltiples áreas claves. Se trata de proyectos que provocaron que diferentes sectores de la sociedad afectados en sus intereses expresaran su disconformidad. Estas son algunas de las voces que se manifestaron en contra del nuevo ordenamiento que busca instaurar el jefe del Estado en el marco de su política de shock.
Farmacéuticos
El decreto presidencial 70/2023 introdujo cambios que habilitan a los mayoristas a vender medicamentos con receta y desregula la venta general. La Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad de Buenos Aires expresó su rechazo en un comunicado: “Nuestra institución considera que el medicamento es un bien social y un derecho para lograr una mejor calidad y expectativa de vida, y no un bien meramente comercial”. A este pronunciamiento se sumaron otras instituciones del área, como la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y diferentes colegios de farmacéuticos y bioquímicos de Buenos Aires y del interior del país, que en algunos casos incluyeron convocatorias para protestar frente a tribunales, como así también una medida cautelar.
Médicos
A través del DNU, se estableció que los profesionales de la salud deben redactar las prescripciones solo con el nombre del medicamento genérico. Esgrimen que los efectos en los pacientes pueden ser diversos de acuerdo a la calidad de laboratorio. La Academia Nacional de Medicina y numerosas entidades cuestionaron la medida.
Empleados estatales
La ATE (Asociación de Trabajadores del Estado) convocó a una jornada de protesta el lunes próximo, con acciones a definir. El secretario general del sindicato, Rodolfo Aguiar, afirmó en la red social X: “Desde ATE, ratificamos la jornada de lucha del 15 de enero. No alcanza con un freno parcial al autoritarismo porque enfrentamos el programa económico de la última dictadura militar. Solo la calle nos permitirá detenerlo”. Dentro del proyecto de la ley ómnibus se prevé que los empleados públicos separados de la función sean despedidos si no logran reinsertarse en el plazo de un año. Esta medida se ubica en el contexto de la importante reducción de ministerios que dispuso Milei para su gestión de gobierno. Por otra parte, contratos que vencieron en diciembre no fueron renovados.
Sector pesquero
La modificación que plantea el Ejecutivo pretende desregular los permisos de pesca, anular la obligatoriedad de desembarco de la producción en los muelles argentinos a la vez que permitiría licitar las cuotas de pesca a los buques internacionales. El intendente de Puerto Madryn, Gustavo Sastre, aseguró que la modificación que plantea el Ejecutivo nacional “generaría un efecto destructivo sobre todo el complejo pesquero”, según informó la Agencia Télam. También expresaron su malestar diferentes representantes sindicales del sector marítimo. El ministro del Interior, Guillermo Francos, recibió a Ignacio Torres, gobernador de Chubut, y a Guillermo Montenegro, intendente de General Pueyrredón (Mar del Plata) y estaría dispuesto aceptar algunas modificaciones.
Bancarios
El titular de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo, expresó su fuerte descontento. “El DNU y la ley ómnibus no son un plan de gobierno, son un plan de negocios, En cada artículo hay un negocio”, subrayó en su cuenta de la red social X. El 3 de enero, el gremio celebró en un comunicado que la Cámara Nacional del Trabajo aceptara el pedido de la CGT y dictara una cautelar suspendiendo las reformas laborales: “Desde la Asociación Bancaria festejamos esta resolución, que pone un freno a la pérdida indiscriminada de derechos”. El proyecto de ley contemplaba una eventual privatización del Banco Nación y otras bancas públicas.
Cultura
El proyecto de ley ómnibus contempla derogar la llamada ley del libro, que establece un precio de venta único. Víctor Malumian, editor en la editorial Godot y cofundador de la Feria de Editores (FED), aseveró, en declaraciones a la Agencia Télam: “Uno de los malentendidos más comunes es que si se elimina la ley de precio único el PVP [precio uniforme de venta al público] promedio cae, lo cual ha resultado falso en varios países. Lo que sucede es que en un principio vemos ofertas de los grandes jugadores que pueden acceder a comprar mayor cantidad de unidades, por ende con mayores descuentos, y trasladan ese descuento al público. Ganan cuota de mercado, reducen drásticamente a los pequeños jugadores hasta hacerlos desaparecer y luego vuelven a subir los precios. Es decir, a mediano plazo, no funciona”.
Por otro lado, más de 3000 trabajadores y representantes de la cultura se congregaron el pasado 28 de diciembre en el Teatro Argentino de La Plata en un plenario llamado “La cultura está en peligro”, para manifestar el rechazo a las nuevas medidas. Estas contemplan el cierre del Instituto Nacional del Teatro (INT) y del Fondo Nacional de las Artes (FNA), así como la quita de fondos para el Incaa, el Instituto Nacional de la Música (Inamu) y la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (Conabip).
Sindicatos
El decreto golpea el financiamiento automático de los sindicatos al volver voluntarios los descuentos salariales. Se trata de las denominadas “cuotas solidarias” que los trabajadores aportan mensualmente a los respectivos gremios en forma directa. El decreto sostiene que, para ejecutarse el descuento, debe realizarse en forma expresa. También permite a los trabajadores destinar sus aportes a la cobertura que deseen y no a la que le corresponde por actividad.
La CGT presentó una medida cautelar ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo para revocar estas medidas, la cual fue aceptada dejando en suspenso su aplicación.
Abogados
Se prevé la realización de divorcios a través de un trámite directo en el Registro Civil, sin la mediación de abogados. Por otro lado, los trámites sucesorios quedarían a cargo de los escribanos. El abogado constitucionalista Ricardo Gil Lavedra adelantó el rechazo del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (Cpacf).
Sector energético
El artículo 298 de la ley ómnibus enviada al Congreso deja al Poder Ejecutivo con la facultad de otorgar concesiones para la explotación de los recursos del suelo, por lo que entra en confrontación con los derechos de las provincias a explotar sus propios recursos, que la Constitución nacional defiende en su artículo N° 124, que reza: “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”. La principal queja se generó en Neuquén, donde las autoridades provinciales esperan poder potenciar los recursos de Vaca Muerta.
Fútbol
Según informó el diario Olé, en una asamblea de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) previa al DNU, ante los rumores de lo que estaba por venir, los dirigentes repudiaron de forma casi unánime la llegada de las sociedades anónimas deportivas (SAD), la norma que posibilita convertir a los clubes en sociedades anónimas. Antes y después de conocerse el decreto, jugadores de primera división salieron al campo de juego con pancartas que decían “El fútbol no tiene necesidades ni urgencias”.
Azúcar y limones
El proyecto de ley ómnibus contempla la eliminación de barreras arancelarias para la importación del azúcar. El ministro del Interior, Guillermo Francos, convocó al gobernador de Tucumán a una reunión para abordar la problemática. Por otro lado, se prevé un incremento del arancel del 8% para la exportación de aceite de limón.
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
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