lunes, 29 de enero de 2024

ECONOMÍA LLA


Las oportunidades del blanqueo de bienes low cost propuesto por el Gobierno
Diego Fraga* para la nacion El autor es abogado. Profesor de la Maestría en Derecho Tributario de la Universidad Austral; socio de Expansion Business

En estos días se discute en el Congreso un proyecto de regularización impositiva, con blanqueo y moratoria, algo que resulta bastante común en gobiernos que recién comienzan.
Muchos tributaristas fuimos advirtiendo sobre las dificultades que deberá enfrentar el Gobierno para que el plan resulte exitoso, sobre todo ante la posibilidad –que nunca termina de descartarse– de que en algún momento vuelva el populismo al poder. Los temores recién se irán diluyendo en la medida en que el presidente Javier Milei y su equipo puedan salir al país de la actual crisis económica. Mientras tanto, estimamos que deberían incorporarse incentivos muy fuertes para que los contribuyentes accedan a exhibir sus activos ocultos.
Una posibilidad que seguramente se ha analizado es que la regularización no tenga costo. Si bien en el proyecto esto no ha sido así plasmado, varias cláusulas incluidas en el texto pueden llevar a que buena parte de los activos se blanquee gratis o a un bajo precio, como explicaremos a continuación.

1. Blanqueo gratis por grupo familiar

El proyecto prevé que se regularicen sin costo activos hasta la suma de US$100.000. Una vez declarados no se requerirá de ninguna acción extra para que no haya que tributar el impuesto del blanqueo (que es del 5%, 10% o 15% según en qué etapa se haga la regularización). Por ejemplo, si se trata de depósitos en el exterior no será necesario repatriarlos, como sí lo fue en blanqueos anteriores.
Lo que le resta atractivo a esta franquicia es que aplica por grupo familiar, computándose todo lo que blanqueen ascendientes, descendientes (hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad), cónyuge y/o conviviente.
Esta limitación, que complejiza el sistema y su control, podría ser fácilmente eludida, por ejemplo, si quien blanquease fuera otro pariente o una sociedad de quien regulariza.

2. Bienes que se podrán blanquear gratis o a un costo menor

A lo anterior cabe sumar otra alternativa, vale destacar que sin cupo, para dinero o títulos valores en el país o en el exterior. Consiste en el depósito de dinero –o del producido de los títulos– en cuentas especiales que se abrirán en entidades financieras y en Agentes de Liquidación y Compensación (ALYCS).
Dicho depósito permitirá excluir de la base imponible (lo que equivale a no pagar el impuesto del blanqueo) a estos activos, en la medida en que los fondos no se retiren hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive. Si los fondos se retiraran antes, sufrirían una retención en concepto de impuesto del blanqueo, que variará según el momento de la extracción.
El éxito del sistema dependerá de la flexibilidad y amplitud del destino de tales fondos. Imaginamos que debería permitirse la inversión en acciones, títulos públicos, fondos comunes de inversión y fideicomisos locales –sin limitación–, obligaciones negociables de empresas locales, Cedears y ADR, entre otros.
Para quienes no vean con buenos ojos tener esos fondos inmovilizados existe otra opción: los depósitos o inversiones en cuentas especiales pueden transferirse –sin tributar el impuesto del blanqueo– hacia otras cuentas especiales, que pueden ser abiertas no solo por quienes regularicen activos. Esto permitiría que quienes tengan depósitos en cuentas especiales puedan negociarlos, contra un descuento, contra otros
Varias cláusulas incluidas en el proyecto de ley pueden llevar a que parte de los activos se blanquee gratis o a un bajo precio nunca está de más agregar “zanahorias” para captar a todos los interesados que pueda haber en el régimen de regularización
sujetos que tengan interés en tales depósitos. Así, podría surgir un mercado de inversiones en cuentas especiales.
Es más, cualquier vendedor de bienes y servicios (desde quien desee vender un campo hasta un profesional que brinde un asesoramiento) podría aceptar como medio de pago la transferencia de estos depósitos especiales. Entonces, dichos depósitos podrán circular como un nuevo medio de pago que podría ser aceptado por cualquier sujeto.
Estimamos necesario que se le brinde un tiempo razonable al mercado como para asimilar este nuevo tipo de negocios, para que puedan resultar exitosos.
Otro aspecto no menor: la ley debería establecer que las transferencias desde, hacia y entre cuentas especiales no estén sujetas al impuesto a los débitos y créditos ni a ningún otro tipo de retención, percepción o régimen de recaudación nacional, provincial o municipal. Las experiencias en anteriores blanqueos no resultan auspiciosas, pues algunas provincias han rapiñado los fondos regularizados mediante sus perversos y confiscatorios regímenes de recaudación anticipada (por ejemplo, el Sircreb).

3. De yapa


Otro beneficio del proyecto es que tampoco les aplicará el impuesto del blanqueo a los fondos depositados en cuenta especial que sean usados para cancelar el impuesto generado por otros bienes que sí deban tributar. Tampoco aplicará el gravamen sobre el dinero que se destine al régimen de pago anticipado del impuesto a los Bienes Personales, una propuesta incluida en la ley ómnibus.

4. Consideraciones finales

Más allá de lo atractivo de una regularización gratuita o a bajo costo, insistimos en que resultará ardua la tarea de seducción del actual gobierno. Y más allá de que el mayor aliciente sería que Milei tenga éxito en doblegar la crisis económica –proyectando para el país un futuro más respetuoso de las ideas liberales y del derecho de propiedad–, nunca estará de más agregar “zanahorias” para captar a todos los interesados posibles en el régimen de regularización.
Una de ellas sería eliminar o disminuir drásticamente el impuesto a los Bienes Personales. Es algo que, según el proyecto en trámite, recién ocurriría en 2027 (bajaría a 0,25%).
Otra zanahoria sería blindar la seguridad jurídica de quienes regularicen y de quienes no –pero tengan sus impuestos al día–, a través de una cláusula de estabilidad fiscal para impuestos patrimoniales. El proyecto debatido en el Congreso contempla algo así, pero limitado a quienes abonen por anticipado cinco períodos de Bienes Personales. Debería ser algo generalizado, pues todavía está fresca, en la memoria de quienes se acogieron al sinceramiento fiscal del gobierno de Macri, la despiadada persecución fiscal llevada adelante por el gobierno kirchnerista saliente

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