viernes, 12 de enero de 2024

OPINIÓN Y Federico Sturzenegger.


División de poderes y dificultades de la ley ómnibus
Alberto Manuel García Lema y Tomás García Lema
En la colaboración anterior recordamos que uno de los fines centrales de la reforma constitucional de 1994 fue fortalecer al Congreso Nacional, que era el órgano más débil de los tres poderes del Estado en la Constitución de 1853/60. Lo hicimos al efectuar un análisis del DNU 70/2023 y de los límites que tenía el gobierno nacional para presionar a los legisladores mediante una consulta popular no vinculante, porque no se cumplen las previsiones del art. 40 CN y de la ley reglamentaria. Aquí realizaremos una aproximación inicial a las dificultades jurídicas –tanto o más importantes que las políticas– que presenta para los legisladores de ambas Cámaras la remisión por el Ejecutivo –Mensaje 7/2023– de la “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.
La primera característica de ese proyecto es que se lo presenta como un único proyecto de ley –como sucede con el DNU 70/2023–, principalmente de índole de delegación de facultades legislativas –como regla prohibida en el art. 76 de la Constitución, salvo excepciones sujetas a requisitos allí previstos– según resulta de varios de sus 78 considerandos y de lo afirmado en su art. 1, segunda parte, al expresar: “La presente ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social, con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo específicamente previsto”. Sin embargo, el proyecto de ley no es solo de delegación de facultades legislativas, según lo aclara la tercera parte del art. 1: “El resto de las disposiciones son permanentes y no caducarán en el plazo establecido para las disposiciones delegadas”.
Al existir en un único proyecto de ley facultades que se delegan junto con otras normas que se prevén como permanentes, surge una dificultad muy significativa y es que algunos preceptos permanentes, como los del Título VI atinentes al régimen de partidos políticos y electoral, postulando representación por circunscripciones uninominales (muy objetable en términos constitucionales, según se analizará en otro trabajo) y supresión de las PASO, son materias que requieren mayoría especial de las Cámaras (absoluta del total de sus miembros). Ella podría tener remedio si se desglosara esa parte: si no sucede deberá obtenerse esa mayoría especial para el total del proyecto (art. 77 CN).
Respecto a las delegaciones legislativas para ser constitucionales por vía excepcional requieren: la fijación de plazo para su ejercicio y las bases de la delegación que el Congreso establezca; además deben ser suscriptos por el jefe de Gabinete de Ministros los decretos delegados, que se hallan sujetos al control de la Comisión Bicameral Permanente (arts. 76 y 100 inc. 12 CN).
Con respecto al plazo, ocasiona otro problema la redacción del art. 3, que declara la emergencia de todas las materias ya citadas por el plazo de dos años, el cual podrá ser prorrogado por el presidente por otro plazo de dos años: por ello se ha señalado en los medios que con estas normas el Ejecutivo puede casi prescindir del Congreso durante todo su mandato, lesionando una principal finalidad de la reforma de 1994, evitar el “hiperpresidencialismo”. Pero lo más grave es que ese plazo es también el plazo de la delegación legislativa (segunda parte del art. 3), de modo que ya no sería el Congreso el que prorrogaría la delegación de las facultades que otorga sino ello estaría a criterio del Ejecutivo.
En cuanto a las bases de la delegación, enumeradas en el art. 4 incluyen 16 apartados (que a su vez permiten ser interpretados por otros 8 apartados que conforman los principios y propósitos de la ley, enumerados en el art. 2), lo cual en su conjunto suman 24 bases, que además están redactadas en términos tan generales que harán casi imposible su control por el Congreso. El primer autor de este trabajo participó, como vicejefe de gabinete de ministros, en la redacción de la primera delegación de facultades posterior a la reforma de 1994, y el artículo 8 de la ley 24.629 precisó solo 4 bases concretas para la delegación.
Con la extensión y generalidad en las bases de la delegación en el actual proyecto de ley, que deberían actuar como restricción para su uso, se convierten en el principio opuesto: las normas delegadas (que tienen rango de ley), pasarán a ser lo usual y las leyes la excepción; razón por la cual podría afirmarse la inconstitucionalidad de la delegación organizada de tal modo.
Otra cuestión ya apuntada es que la delegación debe ejercerse por decretos del Ejecutivo que llevarán la firma del jefe de Gabinete y están sujetos al control de la Comisión Bicameral Permanente. Este sistema restrictivo, por ejemplo, impide la subdelegación prevista en el inc. D del art. 6 en cuanto a facultades de los interventores de todos los órganos y entidades descentralizadas que componen la Administración Pública nacional (excluidas las Universidades); de otro modo, aún con un control ministerial, se sustrae en la ejecución de la delegación la existencia directa de un decreto del Poder Ejecutivo con firma del jefe de Gabinete de ministros y evaluado por la Comisión Bicameral Permanente. Con relación a la privatización de empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal –listadas en Anexo I– no existe marco delegatorio especial en el art. 9 del proyecto para ser aplicado; situación que cabe presumir generará alta litigiosidad por las distintas funciones que cumple el Estado mediante ellas.
Entre otras incongruencias advertibles en el proyecto de ley, a título de ejemplos, es que –por un lado– resulta innecesario incluir muchas normas (v. gr., las previstas en el capítulo de “Políticas de Calidad Regulatoria”), porque podrían ser ejecutables directamente por el Ejecutivo, con facultades propias, sin autorización legislativa. En cambio –por otro lado- hay normas en el capítulo de “Control Interno de la Administración”, en donde bajo esa denominación, se halla su artículo 16 -relativo al art. 65 de la Ley de Administración Financiera, con referencia a “Operaciones de Crédito Público”– reemplazándose el condicionamiento que las medidas de reestructuración de la deuda pública y los avales, debían implicar un mejoramiento de los plazos y/o intereses de las operaciones originales, se lo modifica por la autorización “atendiendo a las condiciones imperantes del mercado financiero”, admitiéndose en el nuevo texto la administración de “un incremento de la deuda pública”. No está demás aclarar que esta materia es facultad propia del Congreso (art. 75 inc. 7 CN).
En síntesis, parecería formalmente conveniente restringir y precisar mucho las bases de la delegación de facultades, conforme a la excepción del art. 76 CN, y agrupar las disposiciones permanentes en títulos, valorando su conveniencia política y constitucionalidad.

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Federico Sturzenegger. La historia del proyecto que elaboró para Bullrich y el cargo que podría tener
Fue el arquitecto del megadecreto e influyó en la ley ómnibus; ahora podría tener un cargo transitorio dependiente de Presidencia 
Texto Maia Jastreblansky

Septiembre de 2022. En el Teatro Broadway suena un aplauso atronador. Una pantalla gigante acaba de proyectar un video grabado por el exministro de Economía Domingo Felipe Cavallo. “Yo no descarto que podamos tener un sistema de libre competencia de monedas en la Argentina. Tampoco descarto que se vaya lisa y llanamente a una dolarización”, cierra su disertación el exfuncionario menemista.
El padre de la convertibilidad de los 90 es una de las estrellas del acto que organizó Javier Milei denominado “El Fin de la Inflación” y al que asistió la iniciática dirigencia libertaria. El otro plato fuerte del evento es Federico Sturzenegger. Desde un atril enfundado con la bandera argentina lo presenta el maestro de ceremonias, Manuel Adorni.
“Javier siempre bancó mucho mi gestión en el Banco Central… y eso que a él no le gustan los bancos centrales”, bromeó para romper el hielo el economista que fue presidente de la entidad monetaria durante la gestión de Mauricio Macri y que fue eyectado de ese cargo a mediados de 2018 tras una corrida que llevó el dólar a $28,43.
“Javier ha logrado correr el arco y empujar las ideas de la libertad. Ahora está corriendo el arco sobre la necesidad de la independencia del BCRA… eso va a generar bienestar para todos los argentinos”, reflexionó, a modo de cierre.
A pesar de los elogios y el respeto que reflejó la escena, en aquella temporada preelectoral Sturzenegger no estaba apostando políticamente por el líder libertario. El economista que ahora se convirtió en el padrino intelectual del plan económico de Milei, en ese momento trabajaba, de forma confidencial, para otro espacio político.
Todos los sábados por la mañana, como quien dedica un momento de la semana a abstraerse de la vorágine diaria, el economista avanzaba con un plan secreto para desregular la economía que estaba destinado al proyecto presidencial de Patricia Bullrich.
Otra candidata
Con ella se había encontrado en los Estados Unidos en 2021. Allá, lejos de todo, él le transmitió su idea de derogar y modificar cientos de leyes, bajo las premisas de la liberalización económica, la simplificación regulatoria y la desburocratización.
Según le dijo, solo una reforma legal de esa envergadura podría “poner al Estado al servicio de la gente y no de intereses sectoriales, de las mafias o de intereses personales”, como esbozó en su libro “Yo no me quiero ir”.
Bullrich le dio el visto bueno para que hiciera ese trabajo con la única condición de que se moviera con discreción. Los chispazos que Sturzenegger había tenido con Macri en 2018 -que arrancaron cuando el expresidente reconoció “problemas de coordinación entre el equipo económico y el Banco Central”podían ser un problema para las aspiraciones presidenciales de la por entonces presidenta de Pro.
Además, todavía estaba fresco en la opinión pública el mal recuerdo de la gestión económica de Cambiemos, que para muchos arrancó con la fatídica conferencia de prensa del 28 de diciembre de 2017 que anunció un recálculo de las metas de inflación y de la que participaron el propio Sturzenegger, Marcos Peña, Nicolás Dujovne y Luis Caputo.
Para Sturzenegger el bajo perfil no era un problema, sino todo lo contrario. Su familia le pedía no volver a la trituradora de la exposición pública.
Lo único que pretendía el economista era que se le respetara la idea a rajatabla. “Él es un teórico que quiere probar su tesis como quien empuja un elefante dentro de una caja. Está convencido de que su idea es la mejor y que por eso no se toca”, dijo  un  dirigente que fue testigo de todo el proceso.
El economista terminó su plan en el invierno de 2023, cuando Bullrich parecía tener buenas chances de llegar a la Casa Rosada. Había trabajado durante meses con decenas de abogados pro bono y, para coronar el proceso, se filmó con dos pilas altísimas de papeles que incluían cientos de leyes a derogar y a modificar.
En Pro aseguran que lo que está hoy plasmado en el DNU y en el proyecto de ley de Milei es “solo el 20%” de lo que Sturzenegger había preparado para la actual ministra de Seguridad.
Filas libertarias
Todo eso pudo haber tenido destino de archivo cuando Bullrich se quedó fuera de juego en las elecciones generales de octubre.
Pero el lunes posterior a los comicios, ella decidió apoyar a Milei para el balotaje y, 48 horas después, ya estaba haciendo público su respaldo con una conferencia de prensa. Días más tarde, el líder libertario le avisó a la líder de Pro que convocaría a Sturzenegger a una reunión en el Hotel Libertador. Ella estuvo de acuerdo, pero no fue.
En el encuentro estuvieron los dos economistas liberales que históricamente habían intercambiado guiños (Milei siempre defenestró a la gestión de Macri pero salvó de sus críticas a su primer banquero central) y el actual jefe de Gabinete, Nicolás Posse. La reunión duró más de cinco horas.
Sturzenegger exhibió su idea y su trabajo y Milei compró el paquete sin dudarlo. De repente, los equipos técnicos que habían trabajado todo el año en una “reforma del Estado” para La Libertad Avanza -supervisados por Posse y dirigidos por el secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo- tuvieron que correr sus papeles del escritorio para hacerle lugar al manual desregulatorio elefantiásico de Sturzenegger.
No fue la única vez que Milei adquirió un proyecto a libro cerrado. Lo hizo con Emilio Ocampo en el verano de 2023, cuando quedó seducido por su libro “Dolarización, una solución para la Argentina”, le propuso que elabore un plan económico para dolarizar y le pidió que fuera su eventual presidente del BCRA.
Y volvió a hacerlo con Luis Caputo, cuando -mucho más cerca del poder real- quedó convencido por su planteo y eyectó a Ocampo del equipo libertario.
Así, en diciembre, Sturzenegger quedó entronizado como el principal compilador de las reformas del nuevo gobierno y el “padre de la criatura” libertaria.
Algunos en La Libertad Avanza apuntan que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) es “puro Sturzenegger” mientras que el proyecto de ley “Bases y puntos de partida para la Argentina” tiene una mezcla de influencias.
Pero altas fuentes al tanto del proceso aseguran que en ambos instrumentos “se engarzaron los dos trabajos”, el de Chirillo (que trabajó con abogados como el administrativista Julio Muratorio y con el estudio Bruchou y Funes de Rioja) y el de Sturzenegger. “Todo se debatió con los ministros, se cambiaron redacciones, se sacaron y se subieron cosas”, aseguran.
Algunos de los funcionarios que ahora deben defender el proyecto en Diputados, sin embargo, no conocieron los detalles del texto hasta que fue presentado en sociedad.
En el producto final, según reconocen altas fuentes de la Casa Rosada, quedaron errores, que son tildados como “detalles de redacción que originan problemas de interpretación”.
En la reunión en el hotel Libertador, Milei, que hacía bandera de la reducción del gabinete a la mitad, le ofreció a Sturzenegger crearle un ministerio a su medida, una “cartera de la desregulación”. Pero el economista no aceptó.
“Decidieron que no era necesario un ministerio para encarar la reforma que ambos querían impulsar. Que el trabajo se podía hacer sin armar tanta estructura”, dijo un testigo de las tratativas. Fue así que Sturzenegger, la figura que hasta ahora tuvo más influencia en la marcha del nuevo gobierno, avanzó con el plan desde afuera del gobierno.
En aquella conversación, sin embargo, no descartaron que Sturzenegger se integrara al gabinete. La idea que ahora sobrevuela en la Casa Rosada es que el economista asuma a cargo de una “unidad transitoria”, una figura que existe en la administración pública para llevar adelante una misión y que, una vez culminada la tarea, se extingue. “Que Federico esté en Presidencia es más apropiado para un trabajo transversal como el que se pretende”, dijo un colaborador de Milei.
Luego de que se presentara el proyecto de ley, Sturzenegger hizo un acotado raid mediático coordinado desde el equipo de comunicación de la Casa Rosada. Luego se retiró de la escena, en particular luego de acusar a la CGT de haber “negociado sin remilgos con la dictadura”.
Con el debate del proyecto y del DNU en plena ebullición y un frente judicial cada vez más complicado, la semana pasada el economista estuvo corrido de las luces. En Balcarce 50 aseguran que siempre estuvo “conectado” para responder dudas, aunque hubo miembros de LLA que por lo bajo lo cuestionaron.
Este martes por la mañana visitó a Milei en la Casa Rosada. Él y el Presidente aún deben terminar de definir si asume un lugar en el gabinete o sigue con su ambicioso plan como un ministro sin cartera
Todos los sábados por la mañana, como quien dedica un momento de la semana a abstraerse de la vorágine diaria, el economista avanzaba con un plan secreto para desregular la economía

Sturzenegger exhibió su idea y su trabajo, y Milei compró el paquete sin dudarlo. De repente los equipos técnicos que habían trabajado para LLA tuvieron que correr sus papeles del escritorio

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