viernes, 30 de junio de 2023

SALUD


Piden asistencia psicológica y médica para las pérdidas de embarazos previos a 180 días
Un grupo de mujeres que atravesaron la interrupción espontánea de la gestación hacen campaña en favor de poder identificar y sepultar esos cuerpos de menos de 22 semanas
Evangelina HimitianRocío Troncoso impulsa la campaña para modificar la ley de parto respetado
Es una deuda de la legislación que la pagan las mujeres que pierden un embarazo y encuentran que no hay un marco legal para nombrar a sus hijos ni un protocolo sobre cómo actuar en las horas siguientes, imprecisión que afecta a los médicos y a las familias. En la mayoría de los casos, queda librado a la buena voluntad de las autoridades del centro de salud.
Por eso, en noviembre último se votó en la Cámara de Diputados la denominada ley Johanna, que busca garantizar que las mujeres embarazadas y los familiares cuenten con asistencia médica y psicológica en caso de enfrentar una muerte perinatal. El texto debe ser debatido en el Senado. El proyecto se basa en la historia de Johanna Piferrer, que a las 33 semanas de gestación perdió a su hijo Ciro. Sin embargo, la iniciativa podría dejar por fuera a las mujeres cuyos embarazos se interrumpen antes de la semana 22. Es que en la norma se entiende por perinatal el período que va de las 22 semanas –fecha aproximada en la que, según define el Ministerio de Salud de la Nación, el feto supera los 500 gramos de peso– a los siete días posteriores al nacimiento.
Desde el Ministerio de Salud, que encabeza Carla Vizzotti, se explica que no es una definición arbitraria, sino que ese criterio “es compatible con el concepto de mortalidad perinatal establecido por la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud”.
De todas formas, distintas agrupaciones de mujeres que atravesaron la interrupción espontánea de un embarazo en el primer trimestre y en la primera etapa del segundo impulsan una campaña en redes para que la medida se amplíe a todos los casos.
También promueven un segundo proyecto, presentado por el senador Antonio Rodas (Frente de Todos) y que tuvo dictamen de la Comisión de Salud, pero nunca llegó al recinto, para que se modifique la ley de parto respetado, incluyendo los protocolos de atención a las muertes gestacionales y perinatales. Rodas solicitó a la Comisión de Salud incorporar algunos de los puntos propuestos, para incluir a las mujeres que pierden el embarazo antes de la semana 22, aunque no se definió si ocurrirá.
“Cada vez que recuerdo lo que me pasó, lo que más me duele es que mi hijo haya terminado en la basura, como un residuo patogénico. Todavía mis hijos menores me preguntan por qué fue así”, cuenta Rocío Troncoso, una santafesina que impulsa a nivel nacional la campaña para modificar la ley de parto respetado. Por esta campaña, a nivel local se consiguió que algunos centros de salud, como el Hospital J.B. Iturraspe, en Santa Fe, incorporaran el “código mariposa”, un protocolo diferenciado que se activa cuando llega una mujer que está atravesando la pérdida de un embarazo.
Hoy, ante la pérdida de un embarazo, si el feto pesa menos de 500 gramos o tiene menos de 180 días o 22 semanas, según el distrito, el centro de salud puede disponer del cuerpo dándole el mismo tratamiento que a los residuos patogénicos. Los padres pueden pedir el cuerpo si deciden enterrarlo o cremarlo solo si superó ese peso o esa edad, ya que para ello deben tener un acta de defunción fetal emitida por el hospital.
En algunos hospitales y sanatorios, las autoridades acceden al pedido de los padres de darle otro destino, y se emite una licencia de inhumación sin labrar acta de defunción, pero no existe un criterio unificado en el país. “Muchas veces, en esas situaciones la pareja, al no recibir asistencia psicológica, no identifica la importancia de hacer el duelo de esa pérdida”, dice Troncoso. Otro reclamo es que, según la legislación actual, los padres tampoco tienen la posibilidad de darle un nombre y registrarlo. (Se anotan como NN, con el apellido de la madre y/o el padre). En muchas ocasiones, cuando pesó menos de 500 gramos, no pueden enterrarlos, según relata Troncoso, sobre la base de la experiencia de otras madres con quienes está en contacto, ya que los cementerios se niegan a recibirlos sin un acta de defunción.
Contención e identidad
“Estamos a favor de la ampliación de la ley de parto respetado. En la práctica, muchas cuestiones que se proponen ya ocurren, aunque al no estar legislado, queda en la decisión de cada servicio. Pero hay una convención internacional de que esto se aplique a embarazos a partir de la semana 20 o 22. No podría aplicarse a todos los casos. A partir de esa edad gestacional se considera muerte fetal precoz”, explica Omar Latino, presidente de la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Buenos Aires (Sogiba). Según explica, es una convención internacional que hace referencia a la periviabilidad, es decir, a partir de qué edad gestacional el feto podría vivir fuera del útero.
“Es muy importante que se les dé contención a los padres, que se les explique la importancia de verlo, de hacer el duelo, que la madre pueda estar acompañada y recibir asistencia psicológica. Y que si lo deciden, lo puedan enterrar. El límite que se establece en semanas no es arbitrario: los embarazos que se pierden antes de la semana 22 no se consideran nacimientos, sino abortos”, agrega Latino.
“Hace diez años, cuando estaba embarazada de Nahuel, a las 20 semanas fui a hacerme una ecografía y descubrimos que el corazón de mi hijo no latía. Te dicen eso y una no entiende nada. Todo lo que viene después es muy doloroso. Me internaron en la maternidad, se intentó provocar un parto, después tuve una cesárea y quedé internada, junto a mamás que acababan de tener a sus bebés. Había enfermeras que me preguntaban dónde estaba mi hijo, sin entender el dolor que estaba viviendo. Cuando el corazón de tu bebé se detiene, para el sistema te convertís en una papa caliente, nadie sabe dónde ponerte ni qué hacer. Sentís que te quieren sacar de encima. Me preguntaron si quería ver al bebé, yo dije que no porque no estaba preparada, nadie me acompañó en ese duelo. Después, me llevó mucho tiempo elaborarlo y darme cuenta de que lo único que tenía de él era una foto del embarazo”, recuerda Troncoso, todavía conmovida por la pérdida.
Tiempo después, llegaron sus dos hijos más pequeños, que tienen cinco y tres años. “Tuve mi hijo arcoíris, que es como llamamos al que sigue a una pérdida. No viene a reemplazar a nadie, pero llega para sanar temores y heridas. Nadie te prepara para perder un hijo, y en la sociedad todavía es un tabú. Como si nos pidieran que de esos hijos que se pierden en los primeros meses no se hable. Hay mucho dolor silenciado, nos obligan a llorar a escondidas. Eso también es violencia obstétrica”, dice Troncoso.
El proyecto de ley que impulsa junto con las organizaciones Alas de Amor, de Bariloche, y Tu Imagen, Mi Recuerdo, de Santa Fe, es que se incorporen las propuestas del senador Rodas al proyecto que ya tiene sanción en Diputados, de forma que exista un protocolo de atención médica del embarazo interrumpido espontáneamente durante la gestación y que se contemplen cuestiones básicas, como que la mujer pueda estar acompañada, que se la interne en un área distinta de la de maternidad y que se capacite al personal médico y no médico para tratar a una persona que atraviesa esta situación. También, que se le ofrezca apoyo psicológico para elaborar la pérdida.
En otros países, como en Paraguay y en Chile, existen leyes que crean un registro para inscribir en un catastro, distinto al de los nacidos vivos a los hijos que nacieron sin vida. El proyecto que se va a tratar contempla que sea obligatoria la emisión de un certificado de defunción fetal para las muertes perinatales y allí se pide que no se los inscriba como NN, sino que de forma administrativa con el nombre que eligieron sus padres. Aunque no tendría un efecto legal porque para ellos debería reformarse el Código Civil.
“Es muy difícil la situación que atraviesa una mujer durante y después de una pérdida de un embarazo. Existe un criterio patrimonialista que viene del derecho francés, que para evitar complicaciones en las sucesiones, en términos pragmáticos, se considera que si la persona no nació no existió. Pero por otro lado se reconoce la existencia de la vida humana desde la concepción. No se le puede poner fecha límite a ese dolor, porque eso impide elaborar el duelo. Si la Constitución Nacional y el Código Civil reconocen el comienzo de la persona humana desde la concepción, no se pueden aplicar criterios arbitrarios como la determinación de la semana 22, porque eso deja por fuera a más del 40% de las mujeres que atraviesan una pérdida de un embarazo, según las Estadísticas Vitales del Ministerio de Salud. Ese número podría ser aún mayor, ya que muchas de las pérdidas en las primeras semanas no se reportan”, apunta la abogada Úrsula Basset, docente e investigadora en Derecho de Familia y Sucesiones de la Universidad Católica Argentina (UCA).
“Quizás exista un choque de lógicas entre la legislación del derecho al duelo por una muerte gestacional con la de la ley de interrupción voluntaria del embarazo que no debería ser tal. Este proyecto de ley permitiría que voluntariamente las mujeres o las familias que lo deseen puedan ampararse en un protocolo de trato humanizado y pedir ciertas cuestiones que las ayuden a elaborar la pérdida, como poder ver a su hijo, tener algún recuerdo y –aunque esta ley no lo contempla– darle un nombre, registrarlo, poder enterrarlo o lo que decidan”, dice. “No tener dónde ni a quién llorar dificulta hacer el duelo”, apunta Basset.

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