La Corte rechazó un pedido de Cristina Kirchner contra los jueces
Es en los casos de la ruta del dinero K y el pacto con Irán; la Casación también desestimó apartar a Barroetaveña y Petrone
Hernán Cappiello
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una serie de recursos de Cristina Kirchner, que había cuestionado la integración de tribunales que fallaron en su contra en las causas conocidas como “la ruta del dinero K” y memorándum con Irán.
En el caso de “la ruta del dinero K”, los abogados de Cristina Kirchner habían recusado a los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, de la Sala II de la Cámara Federal. Su argumento fue que ambos magistrados habían hecho lugar el 31 de agosto de 2018 a un pedido de la Unidad de Información Financiera y habían dispuesto que se convocara a Cristina Kirchner a prestar declaración indagatoria acusada de lavado de dinero.
El juez Leopoldo Bruglia, otro de los camaristas, rechazó el pedido de apartamiento de sus colegas y Cristina Kirchner recurrió esa decisión hasta llegar a la Corte. Ya en la Cámara de Casación habían rechazado su recurso. Habían argumentado que las resoluciones que deciden sobre recusaciones no se pueden impugnar, pues no son sentencias definitivas. La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, también rechazó el planteo porque no iba contra una sentencia definitiva o equiparable.
En tanto, en la causa por la firma del memorándum con Irán, la defensa de Cristina Kirchner, por un lado, y la de Oscar Parrilli, por otro, habían recusado al juez Juan Carlos Gemigniani, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
El tribunal rechazó los pedidos de apartamiento. Entendió que las defensas no habían demostrado la vulneración de garantías constitucionales ni que se hubiera configurado alguno de los supuestos previstos en la ley para separar de una causa a un magistrado.
Por el contrario, señaló que los pedidos se limitaron a plantear conjeturas que no se encontraban acreditadas en el expediente. Por otra parte, dijeron que los peticionantes ya habían tenido conocimiento de la integración del tribunal antes, sin que hubieran presentado planteos como este.
Tanto la expresidenta como el exministro presentaron recursos pero fueron rechazados y llevaron su reclamo a la Corte, que con las firmas de Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda desestimó las quejas.
En tanto, ayer, la Cámara de Casación rechazó la recusación de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone en la causa contra Cristina Kirchner por la firma del memorándum con Irán. Quien había pedido el apartamiento de ambos magistrados, que revocaron el sobreseimiento de la vicepresidenta y decidieron reabrir el caso, fue Carlos Zannini.
La decisión de rechazar la recusación la tomaron los propios Barroetaveña y Petrone, a los que se sumó Carlos Mahiques como tercer juez de la Sala I. Ahora, serán Barroetaveña y Petrone, con Mahiques, los que deberán decidir si admiten o rechazan el recurso extraordinario de Cristina Kirchner para llegar a la Corte con su reclamo en contra de la reapertura de esta causa y de la revocación de su sobreseimiento.
La integración de la Sala I de este modo deja establecido que son estos jueces los que van a decidir sobre el caso, más allá de que aún sigue la incertidumbre sobre el futuro de Ana María Figueroa, que fue dejada cesante por la Corte como jueza al cumplir 75 años, pero que obtuvo luego el acuerdo del Senado y fue nombrada por el presidente Alberto Fernández nuevamente en el cargo por cinco años más. Figueroa, a pesar de contar con esos reconocimientos, no volvió a ir a los tribunales de Comodoro Py, donde funciona la Cámara Federal de Casación.
El abogado de Zannini, Mariano Fragueiro Frías, había recusado a los jueces por su fallo del 18 de septiembre pasado, cuadro revocaron el sobreseimiento de Cristina Kirchner y del resto de los acusados y ordenaron que sean juzgados de manera oral y pública por la firma del pacto con Irán. Esta causa se inició por la denuncia que realizó el fiscal Alberto Nisman cuatro días antes de aparecer muerto de un tiro en la cabeza.
Petrone, Barroetaveña y Mahiques dijeron que las razones invocadas en la recusación “resultan manifiestamente improcedentes, circunstancia que impone el rechazo in limine de la recusación interpuesta”. Explicaron que no se advierte que se hayan invocado ni presentado datos objetivos que permitan entender que se verifican” las causales de recusación y dijeron que nada les impide tomar decisiones “con independencia e imparcialidad”.
Ahora, los jueces deberán decidir si admiten o rechazan el recurso extraordinario de Cristina Kirchner para que la Corte revea la reapertura de la causa por la firma del pacto con Irán. Lo mas probable es que los jueces entiendan que ese recurso no está dirigido contra una sentencia definitiva y lo rechacen. Entonces, Cristina Kirchner deberá ir a la Corte con un recurso de queja. Mientras la Corte analiza si corresponde o no hacer lugar a este recurso, puede avanzar la organización del juicio oral y público.
En tanto, la Corte, declaró abstracto tratar la recusación de Claudio Bonadio en otro expediente por el supuesto ocultamiento de documentos históricos hallados en la casa de la vicepresidenta de El Calafate. Esto es porque el juez murió un día después de que este incidente llegó a la Corte.
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Revés judicial para la vicepresidenta en el caso de los cuadernos de las coimas
La Casación dejó firme un fallo que rechazó anular el juicio
Cristina Kirchner recibió un revés judicial en el caso de los cuadernos de las coimas. La Cámara de Casación dejó firme la decisión del tribunal oral de rechazar la nulidad de la decisión de elevar a juicio la causa en la que se investiga a una red de funcionarios que cobraron sobornos y a empresarios que los pagaron para mantener sus contratos con el Estado.
El fallo fue firmado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Alejandro Slokar de la Sala III de la Cámara de Casación penal. Por unanimidad rechazaron la queja de la vicepresidenta al entender que el recurso no es de los que se consideran sentencias definitivas. La causa por los cuadernos de las coimas, producto de una investigación de la nacion, ya está elevada a juicio oral. El tribunal oral les permitió a todos los imputados, a los querellantes y a la fiscalía que hagan el ofrecimiento de la prueba que usarán en el proceso. Esto es, definir a testigos que quieran convocar, qué documentación quieren incorporar, o si entienden que hay que hacer medidas previas, como nuevos peritajes. La principal acusada en esta causa es Cristina Kirchner, señalada como presunta jefa de una asociación ilícita. Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios de la cartera para retirar sobornos pagados por empresarios. Algunos de estos viajes terminaban en el departamento que ocupaba Cristina Kirchner en Recoleta, donde atendía Daniel Muñoz, el fallecido secretario privado de Néstor Kirchner.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 había decidido no hacer lugar a la nulidad de los requerimientos de elevación a juicio del caso de los cuadernos y todos los elementos posteriores del expediente. Cristina Kirchner, con la defensa de Alberto Beraldi y Ary Rubén Llernovoy, recurrió con un recurso de casación, cuyo rechazo motivó la presentación de la queja. Ahora, los jueces decidieron que el fallo contra el cual planteó la queja “no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella”, pues “no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.
Recordaron que la Corte ya dijo que las decisiones que admiten o deniegan nulidades “no constituyen sentencia definitiva pues en esta materia prima un criterio de interpretación restrictiva”. Asimismo, dijeron que la defensa no demostró la existencia de una cuestión federal ni las razones por las cuales debe intervenir la Casación. “Corresponde no hacer lugar a la queja interpuesta por la defensa particular de Cristina Fernández de Kirchner, con costas”, dijeron Carbajo y Hornos. El juez Alejandro Slokar acompañó y escribió que “los letrados impugnantes se limitaron a manifestar su disconformidad”.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una serie de recursos de Cristina Kirchner, que había cuestionado la integración de tribunales que fallaron en su contra en las causas conocidas como “la ruta del dinero K” y memorándum con Irán.
En el caso de “la ruta del dinero K”, los abogados de Cristina Kirchner habían recusado a los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, de la Sala II de la Cámara Federal. Su argumento fue que ambos magistrados habían hecho lugar el 31 de agosto de 2018 a un pedido de la Unidad de Información Financiera y habían dispuesto que se convocara a Cristina Kirchner a prestar declaración indagatoria acusada de lavado de dinero.
El juez Leopoldo Bruglia, otro de los camaristas, rechazó el pedido de apartamiento de sus colegas y Cristina Kirchner recurrió esa decisión hasta llegar a la Corte. Ya en la Cámara de Casación habían rechazado su recurso. Habían argumentado que las resoluciones que deciden sobre recusaciones no se pueden impugnar, pues no son sentencias definitivas. La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, también rechazó el planteo porque no iba contra una sentencia definitiva o equiparable.
En tanto, en la causa por la firma del memorándum con Irán, la defensa de Cristina Kirchner, por un lado, y la de Oscar Parrilli, por otro, habían recusado al juez Juan Carlos Gemigniani, integrante de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
El tribunal rechazó los pedidos de apartamiento. Entendió que las defensas no habían demostrado la vulneración de garantías constitucionales ni que se hubiera configurado alguno de los supuestos previstos en la ley para separar de una causa a un magistrado.
Por el contrario, señaló que los pedidos se limitaron a plantear conjeturas que no se encontraban acreditadas en el expediente. Por otra parte, dijeron que los peticionantes ya habían tenido conocimiento de la integración del tribunal antes, sin que hubieran presentado planteos como este.
Tanto la expresidenta como el exministro presentaron recursos pero fueron rechazados y llevaron su reclamo a la Corte, que con las firmas de Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda desestimó las quejas.
En tanto, ayer, la Cámara de Casación rechazó la recusación de los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone en la causa contra Cristina Kirchner por la firma del memorándum con Irán. Quien había pedido el apartamiento de ambos magistrados, que revocaron el sobreseimiento de la vicepresidenta y decidieron reabrir el caso, fue Carlos Zannini.
La decisión de rechazar la recusación la tomaron los propios Barroetaveña y Petrone, a los que se sumó Carlos Mahiques como tercer juez de la Sala I. Ahora, serán Barroetaveña y Petrone, con Mahiques, los que deberán decidir si admiten o rechazan el recurso extraordinario de Cristina Kirchner para llegar a la Corte con su reclamo en contra de la reapertura de esta causa y de la revocación de su sobreseimiento.
La integración de la Sala I de este modo deja establecido que son estos jueces los que van a decidir sobre el caso, más allá de que aún sigue la incertidumbre sobre el futuro de Ana María Figueroa, que fue dejada cesante por la Corte como jueza al cumplir 75 años, pero que obtuvo luego el acuerdo del Senado y fue nombrada por el presidente Alberto Fernández nuevamente en el cargo por cinco años más. Figueroa, a pesar de contar con esos reconocimientos, no volvió a ir a los tribunales de Comodoro Py, donde funciona la Cámara Federal de Casación.
El abogado de Zannini, Mariano Fragueiro Frías, había recusado a los jueces por su fallo del 18 de septiembre pasado, cuadro revocaron el sobreseimiento de Cristina Kirchner y del resto de los acusados y ordenaron que sean juzgados de manera oral y pública por la firma del pacto con Irán. Esta causa se inició por la denuncia que realizó el fiscal Alberto Nisman cuatro días antes de aparecer muerto de un tiro en la cabeza.
Petrone, Barroetaveña y Mahiques dijeron que las razones invocadas en la recusación “resultan manifiestamente improcedentes, circunstancia que impone el rechazo in limine de la recusación interpuesta”. Explicaron que no se advierte que se hayan invocado ni presentado datos objetivos que permitan entender que se verifican” las causales de recusación y dijeron que nada les impide tomar decisiones “con independencia e imparcialidad”.
Ahora, los jueces deberán decidir si admiten o rechazan el recurso extraordinario de Cristina Kirchner para que la Corte revea la reapertura de la causa por la firma del pacto con Irán. Lo mas probable es que los jueces entiendan que ese recurso no está dirigido contra una sentencia definitiva y lo rechacen. Entonces, Cristina Kirchner deberá ir a la Corte con un recurso de queja. Mientras la Corte analiza si corresponde o no hacer lugar a este recurso, puede avanzar la organización del juicio oral y público.
En tanto, la Corte, declaró abstracto tratar la recusación de Claudio Bonadio en otro expediente por el supuesto ocultamiento de documentos históricos hallados en la casa de la vicepresidenta de El Calafate. Esto es porque el juez murió un día después de que este incidente llegó a la Corte.
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Revés judicial para la vicepresidenta en el caso de los cuadernos de las coimas
La Casación dejó firme un fallo que rechazó anular el juicio
Cristina Kirchner recibió un revés judicial en el caso de los cuadernos de las coimas. La Cámara de Casación dejó firme la decisión del tribunal oral de rechazar la nulidad de la decisión de elevar a juicio la causa en la que se investiga a una red de funcionarios que cobraron sobornos y a empresarios que los pagaron para mantener sus contratos con el Estado.
El fallo fue firmado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Alejandro Slokar de la Sala III de la Cámara de Casación penal. Por unanimidad rechazaron la queja de la vicepresidenta al entender que el recurso no es de los que se consideran sentencias definitivas. La causa por los cuadernos de las coimas, producto de una investigación de la nacion, ya está elevada a juicio oral. El tribunal oral les permitió a todos los imputados, a los querellantes y a la fiscalía que hagan el ofrecimiento de la prueba que usarán en el proceso. Esto es, definir a testigos que quieran convocar, qué documentación quieren incorporar, o si entienden que hay que hacer medidas previas, como nuevos peritajes. La principal acusada en esta causa es Cristina Kirchner, señalada como presunta jefa de una asociación ilícita. Las acusaciones surgieron de Oscar Centeno, un chofer del Ministerio de Planificación que anotó en cuadernos los viajes que hacía con funcionarios de la cartera para retirar sobornos pagados por empresarios. Algunos de estos viajes terminaban en el departamento que ocupaba Cristina Kirchner en Recoleta, donde atendía Daniel Muñoz, el fallecido secretario privado de Néstor Kirchner.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7 había decidido no hacer lugar a la nulidad de los requerimientos de elevación a juicio del caso de los cuadernos y todos los elementos posteriores del expediente. Cristina Kirchner, con la defensa de Alberto Beraldi y Ary Rubén Llernovoy, recurrió con un recurso de casación, cuyo rechazo motivó la presentación de la queja. Ahora, los jueces decidieron que el fallo contra el cual planteó la queja “no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella”, pues “no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.
Recordaron que la Corte ya dijo que las decisiones que admiten o deniegan nulidades “no constituyen sentencia definitiva pues en esta materia prima un criterio de interpretación restrictiva”. Asimismo, dijeron que la defensa no demostró la existencia de una cuestión federal ni las razones por las cuales debe intervenir la Casación. “Corresponde no hacer lugar a la queja interpuesta por la defensa particular de Cristina Fernández de Kirchner, con costas”, dijeron Carbajo y Hornos. El juez Alejandro Slokar acompañó y escribió que “los letrados impugnantes se limitaron a manifestar su disconformidad”.
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