martes, 7 de mayo de 2024

CONSTITUCIÓN NACIONAL E INTERNET


El presidente no es un ciudadano más
Félix V. Lonigro

La Constitución nacional dispone que el Poder Ejecutivo será desempeñado por “un ciudadano” con el título de “presidente de la Nación Argentina”, al que además inviste como “jefe supremo de la Nación”, “jefe de gobierno”, “comandante en jefe de las Fuerzas Armadas” y “responsable político de la administración general del país”. Además, el presidente conduce las relaciones exteriores, define los grandes lineamientos de la política interna, tiene inmunidad de arresto y de expresión, es custodiado por efectivos de la Casa Militar, por la División Custodia de la Policía Federal y por el Regimiento de Granaderos a Caballo.
En definitiva, si algo constituye un absurdo, es afirmar que el presidente de la República “es un ciudadano más”, tal como muchos afirman cuando justifican las diatribas, los improperios y exabruptos proferidos por Javier Milei respecto de algunos periodistas.
Si se tiene en cuenta que las principales características de un sistema republicano no son solo la división de poderes y la independencia del Poder Judicial, sino también la transparencia en la gestión y la responsabilidad por los actos de gobierno (la palabra “república” significa res-publica o “cosa pública”), es lógico afirmar que la libertad de expresión, en general, y la de los periodistas, en particular, al constituir el vehículo de acceso al conocimiento de la “cosa o gestión pública”, es también un pilar del sistema republicano.
Así lo entiende nuestra Ley Suprema cuando consagra fehacientemente la libertad de expresión por medio de la prensa escrita, e implícitamente cuando se trata de otras formas de manifestación.
Tan relevante es la libertad de expresión en el marco de un sistema republicano que resulta imposible reglamentarla sin incurrir en censura previa, la cual está expreespaldas samente vedada por el texto constitucional.
En este aspecto, si al ejercer el derecho de expresarse alguien incurriera en alguna calumnia o injuria, debe afrontar las consecuencias de su daño, pero jamás puede ser, previamente, inhibido de hacerlo; y cuando se trata de expresiones referidas a asuntos o funcionarios públicos, el Código Penal exime de responsabilidad a quien opina o informa. En el caso de los periodistas, además, están cubiertos por la doctrina de la “real malicia” elaborada por nuestro máximo tribunal desde el caso “Campillay” (1986), según la cual también se los exime de responsabilidad por daños en la medida en que la información se brinde sin dolo y utilizando el tiempo de verbo potencial. Por eso un gobernante que se jacta de ejercer un estilo de gobierno republicano no solo debe abstenerse de refutar virulentamente las críticas que se le formulan –aun cuando estas sean agraviantes–, sino que también debe evitar opiniones con respecto a los fallos de la Justicia.
Argumentar que un presidente, como cualquier ciudadano, también tiene derecho a expresarse es una verdad sesgada, porque si bien tiene la libertad de hacerlo para exponer sus ideas, se debilita la señal del sistema republicano cuando se trenza en discusión con periodistas que lo cuestionan o cuando opina sobre los fallos de los jueces. Por el contrario, un presidente debe guardar silencio al respecto, y tener las anchas para soportar las críticas y los pronunciamientos judiciales adversos.
Esta ha sido la doctrina sustentada en 1864 por la Corte Suprema de Justicia de EE.UU. en el caso “Sullivan”. En ese pronunciamiento fue histórico el voto del juez William Brennan, quien sostuvo que, aunque las expresiones contra los funcionarios no sean siempre de su agrado, deben ser estoicamente soportadas, aun cuando “puedan incluir ataques vehementes, cáusticos y a veces desagradablemente agudos”. En efecto, un presidente no es un ciudadano más a la hora de opinar, no solo porque tiene una responsabilidad republicana que sostener, sino porque, además, su fortaleza institucional e investidura en pleno ejercicio del poder político desnivelan la relación de fuerzas entre las partes que intervienen en el contrapunto.
La Constitución nacional es el “chaleco de fuerza” que tienen quienes gobiernan, porque con la misma firmeza con la que protege y ampara los derechos de los habitantes fija límites al ejercicio del poder. Luego, si al asumir el cargo el presidente ha jurado “observar y hacer observar la Constitución de la Nación Argentina”, está obligado a saber, y a entender, que para ella los habitantes tienen más derechos que obligaciones, mientras que las autoridades tienen más obligaciones que derechos.
Esta premisa no escrita en el texto constitucional, pero claramente deducible por su propia esencia, es el modo que ha encontrado la civilización occidental para compatibilizar el pleno ejercicio de los derechos y libertades por parte de los habitantes, con la necesidad ineludible que estos tienen de ser gobernados para vivir organizadamente.

Abogado constitucionalista; Prof. Derecho Constitucional UBA

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El poder y la libertad, en un puño
Maximiliano Gregorio-Cernadas
Si la internet ha logrado cubrir cada mínimo rincón de la faz de la Tierra revolucionando absolutamente el hábitat humano, entonces el debate no debería acotarse a la superficial hojarasca entre sus ecuménicas virtudes y sus alarmantes defectos, sino también a las raíces profundas que alimentan esta abigarrada jungla virtual por donde se abre paso el hombre contemporáneo.
Como suele ocurrir con todo asunto grave, los filósofos y los poetas se disputan la atribución de dilucidar la esencia de esas cuestiones trascendentes, a menudo incursionando unos en el territorio de los otros, ora formulando rigurosas reflexiones mediante preciosas literaturas, ora descifrando complejos trances mediante agudas intuiciones poéticas.
Cuando en 1949 Borges descendió a un sótano de Barracas y descubrió el Aleph, ese punto donde se halla todo el conocimiento humano –germen conceptual de las redes contemporáneas– concibió la hazaña inaugural más icónica del carácter de nuestro tiempo, en la escala de la irrupción de Prometeo en la forja de Vulcano para hurtarle el fuego sagrado, metáfora del audaz acceso humano al saber de los dioses o, expresado de otro modo, el descubrimiento del poder a través del conocimiento.
Así como Prometeo concedió al hombre el fuego, Borges nos proporcionó la fantástica idea de poder disponer de un Aleph en la palma de la mano, que es el rasgo más emblemático del hombre ordinario actual. Pero al igual que en el mito prometeico, el poeta nos dejó planteado, además, el más idiosincrático dilema del ser humano: la libertad para hacer uso de ese saber o, para formularlo en los términos más descarnados del célebre axioma baconiano, del conocimiento como poder.
Con ese extraordinario potencial entre los dedos, para ira de dioses y tiranos, todo hombre ha cobrado un poderío y una libertad inusitados para decidir entre el bien y el mal como nunca antes lo había logrado, alcanzando un punto sin retorno para la humanidad.
El hecho de que desde entonces todos los bienes y todos los males concebibles estén reunidos en cada puño humano, al arbitrio de su libertad, define ese lugar de riesgo en el que otro poeta, Hölderlin, vislumbró que el peligro se funde con la solución, el sitio donde cada uno de nosotros se halla parado y solo, sosteniendo en la mano esta suerte de manzana mordida por Adán, frente a la más grandiosa aventura jamás concebida por el ser humano, como es reunir en un puño tanto poder y tanta libertad, el más abrumador y a la vez estimulante desafío no solo técnico, sino sobre todo moral, del hombre contemporáneo de ser responsable de su frágil destino.
En consecuencia, el acuciante debate sobre las implicancias de las redes virtuales en el futuro de la humanidad no debería excluir esa triple dimensión que involucra el escalofriante dominio técnico de un poder cuasi infinito, la perturbadora vacilación ética ante semejante facultad, así como el derecho y la responsabilidad política de allanar la 
eterna epopeya humana para asumir el oneroso costo de la libertad

Diplomático y miembro del Club Político Argentino

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/INDECQUETRABAJA


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