¿Hasta dónde llegará? La pregunta que desvela a los gobernadores
Paz Rodríguez Niell
La Corte inhabilitó al gobernador de San Juan, Sergio Uñac, a competir por una nueva reelección basada en que su postulación viola “la esencia del sistema representativo republicano” establecido en la Constitución que la provincia está obligada a cumplir. Destacó que el principio republicano presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades.
En defensa de este principio, ¿hasta dónde llegará la Corte en los próximos casos que tenga para resolver? Gildo Insfrán lleva 28 años como gobernador de Formosa y aspira a ser reelegido y cumplir 32. Los jueces tienen a estudio un planteo para impedírselo. ¿Podría sostenerse también que viola el principio republicano la reelección de los intendentes y que eso amerita la intervención de la Corte? Gustavo Posse, por ejemplo, gobierna San Isidro desde 1999 y quiere seguir.
La mayoría en el caso de Uñac se formó con dos votos diferentes; uno de ellos, muy poco auspicioso para Insfrán. Lo que escribió Rosenkrantz respecto de Uñac sobra para dejar fuera de juego a su par formoseño. Los dos votos tienen una diferencia sustancial: Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda no cuestionan la posibilidad de que una Constitución habilite una determinada cantidad de reelecciones, pero dicen que se hizo de la sanjuanina “una interpretación contraria al artículo 5 de la Constitución nacional”, que establece que “cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución nacional” y que “bajo estas condiciones el gobierno federal garantiza a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones”.
Lo que cuestiona el voto de Rosatti y Maqueda es la lectura que hizo el tribunal electoral local cuando habilitó un tercer mandato de Uñac, pero los jueces dejaron un mensaje duro –que bien puede leerse como una señal para otros casos– porque dice que con la interpretación que se había hecho una persona que alterne entre gobernador y vice puede ser reelegida sin límites y que así “la provincia soslaya que la sucesión indefinida entre ambos cargos burlaría el sentido de la pauta republicana”.
Rosenkrantz va más allá de un tema de interpretación. Relata que el Tribunal Electoral provincial habilitó a Uñac con fundamento en una lectura “que no se ha demostrado que se aparte de modo manifiesto del texto de la norma” y afirma que “no corresponde” que la Corte “sustituya a las autoridades provinciales en la determinación del alcance de sus normas de derecho público local” para hacer el examen de validez constitucional.
Sostener que sí correspondía hubiera implicado alejarse de su postura en casos previos. Rosenkrantz dice, directamente, que Uñac estaría siendo habilitado a una “reelección potencialmente indefinida” y que eso “colisiona con la forma republicana de gobierno”
En los primeros párrafos de su voto, este juez dice que para resolver el caso de San Juan “es ineludible encontrar el punto de equilibrio” entre las facultades de las provincias y los límites que les impone la forma republicana de gobierno. “Lo medular de la cuestión radica (...) en precisar en qué punto el número de reelecciones que una provincia decide permitir para sus más altas autoridades impone un costo inaceptablemente alto a los valores que encarna el sistema republicano y, en consecuencia, transgrede la manda del artículo 5 de la Constitución nacional”, sostiene. Habla del riesgo para la independencia judicial de las reelecciones sin límites.
La letra de la Constitución de Formosa avala la postulación de Insfrán. Dice: “El gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelectos”. Es la misma fórmula (“podrán ser reelectos”, sin más precisiones) que tienen las constituciones de Santa Cruz y Catamarca. Hay quienes sostienen que la Corte podría decir que la Constitución de Formosa, interpretada a la luz de la Constitución nacional, cuando establece que los gobernadores “podrán ser reelectos” no avala que lo sean en forma ilimitada. Lo que pide la demanda, sin embargo, es que se “declare la inconstitucionalidad” del artículo 132 de la Constitución de Formosa “limitando así la reelección indefinida e impidiendo que se presente a un nuevo mandato Gildo Insfrán”.
La Corte tiene antecedentes de declaraciones de inconstitucionalidad de normas de artículos de constituciones provinciales, pero en este caso sería una declaración de un enorme impacto institucional. En cuanto a los intendentes, Posse, que no llega a la cima del podio que ocupa Alberto Descalzo (al frente de Ituzaingó desde 1995), pero no está lejos, marcó una diferencia diciendo que los intendentes no tienen el estatus de los gobernadores; dijo que ellos no tienen “banda y bastón”.
La Corte recibió esta semana una demanda que podría afectar los planes de reelección de él y de decenas de sus colegas.
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El Presidente condenó la decisión y dijo que “rompe el federalismo”
Fernández retomó las críticas que había hecho tras el primer fallo
El presidente Alberto Fernández cuestionó ayer a la Corte Suprema de Justicia por el fallo que prohibió al gobernador de San Juan, Sergio Uñac, competir por un tercer mandato consecutivo en el cargo, tras haber ejercido otro inmediatamente anterior como vicegobernador de José Luis Gioja.
“Una vez más, la Corte Suprema se entromete en el proceso democrático y autonómico de las provincias. Ha dictado una sentencia sin que previamente opinara el más alto tribunal de San Juan, atribuyéndose una competencia originaria a partir de una interpretación forzada e ilegítima”, escribió Fernández en su cuenta de la red social Twitter, en medio de sus actividades del día, que incluyeron un viaje a Bolivia en el que compartió una inauguración de subestaciones eléctricas con su par boliviano, Luis Arce.
“Lejos de impartir justicia, rompe el federalismo y debilita nuestra democracia. El pueblo es el que siempre elige”, completó el Presidente. Retomó, así, las críticas que había lanzado el 9 de mayo, cuando le Corte suspendió las elecciones en San Juan y en Tucumán, provincia que reprogramó sus comicios para el 11 de junio, de los que se retiró Juan Manzur, cuya candidatura a vicegobernador fue cuestionada por el máximo tribunal. En ese momento, Fernández había marcado que la Corte incurría en una “intromisión” en la autonomía provincial y que se había alineado con la postura de la oposición. Pero, más allá del embate presidencial contra la Corte, en el peronismo escasearon las expresiones sobre la decisión de la Corte Suprema de Justicia, que ayer clausuró de forma definitiva la posibilidad de que Uñac vuelva a competir por la gobernación.
Los gobernadores justicialistas evitaron pronunciamientos públicos a través de las redes sociales, a diferencia de la actitud que habían adoptado el 9 de mayo, cuando salieron en masa a cuestionar la decisión del máximo tribunal nacional de cancelar las elecciones en San Juan y Tucumán.
Tampoco había, al cierre de esta edición, ninguna comunicación oficial del Partido Justicialista bonaerense, que con el fallo anterior había marcado su descontento en un duro comunicado.
La condena del Presidente al fallo no encontró mayor eco ni entre los gobernadores ni dentro del peronismo. En tanto, en la provincia de San Juan, además de Uñac el otro referente peronista que opinó fue Gioja, diputado y candidato a gobernador, que se mostró de acuerdo con la decisión final del máximo tribunal aunque esgrimió críticas por el momento en el que se tomaron las decisiones.
“El artículo 175 de la Constitución dice claramente que el gobernador y el vice duran en sus cargos cuatro años y pueden ser releídos hasta dos veces. Está clarísimo”, dijo Gioja a Radio 10. El exmandatario sanjuanino completó con una salvedad: “La Corte está siendo justa, pero es injusta. Dos días antes de la veda, la Corte suspende la elección con una preventiva. Lo que decidió hoy [por ayer] lo tendría que haber decidido el 9 de mayo y no suspender la elección”.
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