viernes, 29 de diciembre de 2023

EDUCACIÓN, SALUD MENTAL Y CIGARRILLOS


Examen a secundarios y arancel para extranjeros
Entre las modificaciones, también se terminaría con la gratuidad universitaria para extranjeros
Evangelina Himitian
Si se aprueba el texto de la ley ómnibus tal como fue enviada al Congreso, al finalizar la secundaria los estudiantes deberán rendir un examen para acreditar su nivel de desempeño. Será una prueba censal, para medir el nivel general, pero será un dato que la persona podrá incluir en su currículum vitae. No se habló hasta ahora sobre si condicionará su ingreso en la universidad.
Además, se incorporarán mecanismos de evaluación y revalidación de conocimientos tanto para alumnos como docentes, y los padres podrán acceder a los resultados de los métodos de evaluación colectiva, como las pruebas Aprender, para conocer el desempeño de sus hijos y de la escuela a la que los envían.
Otro de los cambios será que para ingresar en la universidad pública se podrá optar por un examen o un curso de nivelación y que los estudios de grado en las universidades públicas seguirán siendo gratuitos para los argentinos y extranjeros residentes permanentes, pero se podrá cobrar una cuota a extranjeros que vengan a estudiar, aunque se podrá implementar un sistema de becas financiado por convenios con otros países o instituciones privadas extranjeras.
Otro cambio que trae es que las instituciones universitarias públicas o privadas no podrán ya “autoevaluarse” cada seis años, como permitía la ley, sino que cada 10 años deberán obtener evaluaciones externas, a cargo de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau) o de entidades privadas constituidas para ese fin.
También se habilitará un mecanismo para que se pueda optar por la modalidad de homeschooling a partir de cuarto grado del nivel primario, entre otros importantes cambios.
Esto surge del texto que envió al Congreso el gobierno de Javier
Milei. Según pudo saber la nacion, la mayoría de los cambios propuestos en educación fueron impulsados por el equipo de Federico Sturzenegger, expresidente del Banco Central y gran impulsor de las reformas propuestas.
“Se impulsan cambios en el sistema educativo, con un examen integrador al finalizar la educación secundaria, y la posibilidad de que los padres puedan tener conocimiento de las notas de sus hijos, y de cómo estas y las de su colegio se comparan con las del resto del país. Se permite que los profesionales no docentes puedan participar del proceso educativo y se prohíbe el ingreso de personas sin secundario completo en la educación superior. Finalmente, respetando fielmente el principio de gratuidad de la educación universitaria para argentinos y extranjeros residentes, se autoriza a que las universidades que lo deseen puedan arancelar la educación de extranjeros no residentes”, dice el texto.
El papel de las provincias
A partir de la página 162, incorpora cambios en las distintas leyes que regulan el sistema educativo. Habla de financiamiento, sin introducir grandes cambios ni mencionar nada siquiera parecido al sistema de vouchers, e incluso agrega un artículo en el que se respeta la potestad de las provincias de establecer las condiciones de la escolaridad, salario docente, calendario educativo, entre otras cuestiones, aunque abre la posibilidad a que empresas y donantes particulares aporten fondos a las cooperadoras de las escuelas, sin que se les prohíba usar esa información como parte de una acción publicitaria, algo que la ley vigente no permite.
El texto enviado al Congreso, tiene el visto bueno del secretario del área, Carlos Torrendell, aunque no fue una iniciativa que partió de su órbita, según supo 
 No obstante, hasta llegar a la versión final, el texto fue y vino entre el equipo de Sturzenegger y el de Torrendell.

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Un cambio de fondo en la ley de salud mental
Escudada en los derechos humanos, la norma había generado más conflictos que soluciones para los pacientes y sus allegados
Fabiola Czubaj
El proyecto de ley ómnibus del Poder Ejecutivo dedica un título a modificaciones de fondo de la ley de salud mental, una norma que –escudada en los derechos humanos– creó más conflictos que soluciones para los pacientes y sus familias, el sistema sanitario y los juzgados.
El proyecto del Gobierno plantea cambios en ocho de los más de 40 artículos de la ley N° 26.657, entre los que figuran los puntos más debatidos y resistidos de la norma, como las internaciones involuntarias, la existencia o creación de hospitales especializados o la actuación del Órgano de Revisión (OR).
De aprobarse el nuevo texto, el OR –un cuerpo integrado por abogados para monitorear el cumplimiento de la ley de salud mental y “proteger los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental”– pasará a estar integrado por un equipo multidisciplinario. Actualmente, según el artículo 39 de la norma, participan en él representantes del Ministerio de Salud de la Nación, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa, de asociaciones de usuarios y familiares, del sistema de salud, de los profesionales y otros trabajadores de la salud y de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos.
En la práctica, los profesionales argumentaban que la intervención de los abogados sin conocimiento de tratamientos ni manejo de las emergencias o los diagnósticos terminaba por exponer a los pacientes a un mayor riesgo.
La modificación del artículo 39 propone: “Cada equipo [multidisciplinario] estará integrado por un médico psiquiatra, un psicólogo, un técnico especialista en adicciones, un técnico especialista en cuestiones de niñez y adolescencia, y un abogado especialista en la materia”.
La reforma acentúa también, en el artículo 5, que el diagnóstico de salud mental “por sí solo” no habilita la presunción de riesgo de daño o incapacidad, lo que debe responder a una evaluación interdisciplinaria. Faculta al juez a “adoptar medidas de atención urgentes y deberá posteriormente realizar la correspondiente evaluación interdisciplinaria”, cuando así corresponda en situaciones particulares.
En el artículo 11 suma a la responsabilidad de la autoridad de aplicación [el Ministerio de Salud de la Nación], de promover con sus pares de las provincias servicios de rehabilitación a nivel comunitario, además de las actividades de inclusión social, laboral y de atención que ya preveía la norma.
Las condiciones para que se dé la internación involuntaria es el artículo que más cambios introduce. El artículo 20, que más cuestionan los familiares de personas con problemas de salud mental y adicciones, manda hoy que la internación involuntaria sea “excepcional”. ¿En qué casos? Cuando no sea posible el tratamiento ambulatorio y profesionales de la salud adviertan una “situación de riesgo cierto e inminente” para la persona o terceros. Pero es necesario que dos médicos de distintas especialidades (uno tiene que ser psicólogo o psiquiatra) y sin relación alguna con la persona a internar tengan que firmar un dictamen profesional. Solo lo pueden hacer si no hay otra “alternativa eficaz para su tratamiento” y un informe debe detallar qué se intentó antes.
En el proyecto del Poder Ejecutivo se mantiene la excepcionalidad de la internación como recurso terapéutico, pero aclara que “procede, previa evaluación médica y del equipo interdisciplinario”, en cuatro casos, cuando la persona:
1) No logre adherencia a los abordajes ambulatorios y presente una falta de conciencia de enfermedad que afecte su capacidad de discernimiento y que implique una grave vulneración a su salud integral.
2) Se encuentre en situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.
3) Con posterioridad a la internación bajo el supuesto del punto anterior, no entrañe riesgo cierto e inminente para sí o para terceros, pero no hayan cesado las causas que generaron tal situación.
4) Se trate de un menor de edad que padece adicción a sustancias psicoactivas que comprometa gravemente su salud integral o desarrollo psicofísico. En este caso, es a pedido de ambos padres o de quien/ es ejerzan la responsabilidad parental, tutor o a requerimiento del juez, previa solicitud del órgano administrativo competente.
En estos casos, se mantiene la necesidad de contar con un dictamen profesional del equipo interdisciplinario, pero, a diferencia del texto actual, bastará con que incluya “al menos la firma de un médico psiquiatra o un psicólogo”.
Las constancias de ausencia de otra alternativa eficaz para el tratamiento pasará a tener en cuenta aquellas opciones “dentro de las disponibles en el sistema de salud de su jurisdicción o de la cual [el paciente] es beneficiario”.

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Suba de impuestos y de precios para los cigarrillos
Alfredo Sainz

Una suba importante en los impuestos (y los precios de venta al público), reglas más parejas para todos los jugadores y un guiño para los cigarrillos electrónicos y los vapeadores son las primeras conclusiones que hicieron en la industria tabacalera del capítulo que le dedica al sector el proyecto de ley ómnibus que se acaba de conocer.
El texto incluye diez artículos que introducen cambios en materia impositiva para el tabaco y los cigarrillos. El más importante es el número 190, que aumenta en tres puntos la alícuota del impuesto interno, que pasará del 70% al 73%. El incremento de tres puntos es relevante, ya que el cálculo del impuesto se realiza sobre el precio final del paquete, que podría terminar registrando un aumento en los quioscos del 11%. El otro cambio importante es la eliminación de la ley del impuesto al precio mínimo para los cigarrillos que había sido aprobada en 2017.
El último artículo que impacta en la industria tabacalera es el que incorpora a los “cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás dispositivos” a la ley de impuestos internos, con una tasa del 20%. Hasta el momento, la comercialización de los cigarrillos electrónicos y los vapeadores no está autorizada en la Argentina, así que la incorporación de este tipo de dispositivos al régimen impositivo es vista en la industria como un guiño a sus pedidos. Sin embargo, en el texto de la ley ómnibus se precisa que la aplicación del impuesto regirá para los dispositivos “debidamente autorizados para su comercialización”.

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA

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