viernes, 3 de mayo de 2024

GANANCIAS, MONOTRIBUTO, BLANQUEO Y JUBILACIONES Y JUSTICIA


Ganancias.
Los cambios fijan un nuevo piso para el pago del impuesto
Un empleado, sin familiares a cargo, pagaría a partir de un salario bruto de $1,8 millones; con cónyuge e hijos, a partir de $2,3 millones
Silvia Stang
Si finalmente se aprueba el capítulo sobre Ganancias que ya tuvo media sanción en la Cámara de Diputados, en los próximos meses quedarán alcanzados por el impuesto quienes tengan un salario neto de $1.494.000, es decir, una remuneración bruta mensual de $1.800.000.
No se aplican deducciones por cónyuge ni por hijos, ni por determinados gastos; esa cifra sería la comúnmente conocida como “el mínimo no imponible para empleados solteros”.
Si se trata de un empleado con cónyuge y dos hijos menores de 18 años declarados a su cargo, el salario neto más bajo alcanzado por el impuesto será de $1.981.278, que equivale a una remuneración bruta de $2.300.000 en abril y de $2.335.091 en mayo. La diferencia responde a que quienes tienen ese nivel de sueldos, en mayo suben los aportes a la seguridad social, dado el reajuste de la remuneración tope para calcular el descuento.
Por citar otro ejemplo, un empleado que deduce dos hijos menores (y no cónyuge), tributará a partir de un salario neto de $1.738.683, que se condice con un bruto de $2.057.405 en abril y de $2.092.497 en mayo. Actualmente, para la gran mayoría de los asalariados rige un sistema por el cual se paga un impuesto “a los mayores ingresos”, que alcanza a las remuneraciones que superan los $2.340.000, sin si hay o no familiares a su cargo.
Con la propuesta del Poder Ejecutivo aprobada en Diputados, más allá de modificarse el piso salarial para tributar, volverían las deducciones por cónyuge e hijos y por varios gastos (como los de honorarios médicos o los educativos) que en el esquema vigente no son aplicables.
Además, se busca terminar con varias exenciones, algo que impactará con mayor fuerza en algunas actividades en particular.
Y se prevé eliminar el diferencial que existe para quienes viven en la región patagónica, que según la ley actual tienen una carga fiscal más aliviada respecto de los habitantes de otras zonas del país.
Para aplicar la deducción por cónyuge o conviviente, la persona no deberá tener ingresos propios, o bien, en caso de contar con ellos, deberán ser muy bajos (el límite permitido será de $3.091.035 por todo este año). Es decir, si el o la cónyuge trabaja, no puede aplicarse la deducción. En el caso de los hijos menores de 18 años está previsto que se deduzca (se reste) del ingreso, antes de hacerse el cálculo del impuesto, un monto anual de $1.468.096 por cada uno. Y en caso de haber hijos incapacitados para el trabajo, la cifra deducible se duplica.
Un punto no menor es que no quedan gravadas las remuneraciones cobradas desde enero y hasta antes de la vigencia de la nueva ley (aún no aprobada). De esta manera, se cumple con la consigna de que no habrá efecto retroactivo.



Monotributo. Aumenta el tope y se unifica el ingreso anual máximo
El impacto del impuesto dependerá de la ubicación que cada contribuyente tenga en la tabla que separa las categorías
Silvia Stang
El proyecto de ley sobre medidas fiscales que se votó favorablemente en Diputados (y que ahora será considerado por el Senado) incluye cambios significativos en el monotributo. Uno de ellos es la eliminación de la diferencia hoy vigente en el tope de ingresos permitidos para estar en el régimen, según se trate de personas dedicadas al comercio o a la prestación de servicios.
Para ambas actividades, la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo que fue aprobada en Diputados, el límite de facturación anual para ser monotributista subirá a $68 millones. El límite actual es de $16.957.968,71 en comercio y de $11.916.410,45 en servicios.
También se elevan los topes de ingresos permitidos en cada categoría de la tabla, en todos los casos en más de un 200%.
El texto, que ahora se tratará en el Senado, incluye un incremento de los importes que pagan mensualmente los monotributistas por el impuesto integrado y por los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social (los montos se detallan unos párrafos más adelante).
Por ejemplo, el impuesto de la categoría A pasaría de $1047,86 a $3000, y en la B, de $2018,89 a $5700. En la práctica, en esas dos categorías en particular, el cambio implicaría que quienes sigan en esos escalones de tabla pasarían –en la mayoría de los casos– de no pagar nada a abonar $3000 o $5700. Esto sería así porque el proyecto busca eliminar la exención del componenEl impositivo que rige (con excepciones) para quienes están en las categorías A y B (la exención no rige, por ejemplo, para quienes además de estar en el monotributo son asalariados).
En la categoría más alta, la K, el impuesto aumentaría de $72.817,31 a $245.000 mensuales para el comercio, mientras que en servicios el importe sería de $735.000.
El impacto real de esos aumentos dependerá de la nueva ubicación que cada contribuyente tenga en la tabla. Los incrementos en las facturaciones tope de cada escalón son significativos y eso hará muy probable que haya personas que bajen de categoría.
Los cambios en la tabla del régimen tendrían efecto desde enero de este año. En cambio, los nuevos importes a pagar tendrían vigencia desde el mes siguiente al de la aprobación de la ley.
Si en el Senado la ley se vota durante mayo, los montos incrementados tendrán vigencia desde junio.
Los topes actuales de facturación rigen desde enero y son el resultado de haberse aplicado la actualización automática dispuesta por ley. Los importes son un 110,9% más altos que los vigentes en la primera mitad de 2023 y el porcentaje equivale a la suba que tuvieron el año pasado las jubilaciones del sistema general de la Anses. Es un índice que quedó muy por debajo de la inflación, que fue de 211,4% entre enero y diciembre de 2023.


Blanqueo. No hay límite, pero el dinero debe quedarse hasta diciembre de 2025
Es la condición que fija el proyecto para evitar multas; el plan contempla tres etapas diferentes
Sofía Diamante
La Cámara de Diputados dio media sanción al capítulo de regularización de activos, más conocido como blanqueo de capitales, incorporado en el proyecto de ley de medidas fiscales paliativas y relevantes. Con 131 votos afirmativos, 117 negativos y cuatro abstenciones, los diputados dieron luz verde a la medida que diseñó el equipo económico para aumentar la recaudación y sumar reservas al Banco Central (BCRA).
Según el texto, al que todavía le falta la sanción en el Senado para que sea ley, no hay límite máximo de cuánto se puede blanquear sin tener que pagar multas, siempre y cuando el dinero que ingresa al sistema financiero argentino no salga hasta el 31 de diciembre de 2025. Un contribuyente puede regularizar más de US$10 millones sin pagar ninguna retención, siempre y cuando los mantenga en una cuenta bancaria especial o invertida en una actividad productiva que se describirá en la reglamentación del Poder Ejecutivo.
Si el contribuyente retira el dinero antes del 1º de enero de 2026, pagará alícuotas del 5%, 10% o 15% sobre la base imponible que exceda los US$100.000, según cuándo se haya adherido al régimen. Por eso se diseñaron tres etapas para ingresar al blanqueo. Cuanto antes se ingresa al régimen, menos alícuota hay que pagar de impuestos si se retira lo blanqueado antes de 2026 del sistema financiero. La primera etapa abarimportar ca desde el día siguiente a la entrada en vigencia de la respectiva reglamentación dictada por la AFIP hasta el 30 de noviembre próximo. La segunda etapa abarca desde el 1º de octubre al 31 de diciembre para pagar un adelanto de la alícuota. Habrá tiempo para regularizar lo restante antes del 30 de abril de 2025, si quitará el dinero del sistema financiero antes de enero de 2026. Finalmente, la tercera etapa para realizar la manifestación de adhesión y el pago adelantado obligatorio será entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 2025, y la fecha límite de la presentación de la declaración jurada y del pago del impuesto de regularización será de 30 de abril del próximo año.
El pago adelantado previsto deberá ser “no menor al 75% del impuesto especial de regularización”. En tanto, se permitirá regularizar hasta US$100.000 en efectivo, inmuebles o criptomonedas y dejarlo fuera del sistema financiero sin pagar impuestos. “Es alícuota cero para montos superiores a los US$100.000, en tanto y en cuanto lo entres en el sistema financiero argentino y no lo retires hasta el 31/12/25, o lo destines a cierto tipo de inversiones a ser definidas por el Poder Ejecutivo”, aclaró el ministro de Economía, Luis Caputo, en la red social X. “Adicionalmente, si adelantas el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027, lo haces a una alícuota de 0,45% por año (2,25 por los cinco años, pagaderos al tipo de cambio oficial). Esto te da derecho a no tener que presentar declaración jurada hasta 2028 y estabilidad fiscal hasta 2038”, agregó.


Jubilaciones. Se busca derogar el sistema que permite comprar aportes
La propuesta elimina el mecanismo que habilita completar los años faltantes con pagos en cuotas
Silvia Stang
proyecto de la Ley Bases incluye un artículo que deroga la ley 27.705, por la cual rige un sistema de compra de aportes (conocido como moratoria previsional) para acceder a una prestación en el régimen de la Anses. Ahora la suerte de ese régimen depende de cómo resulte la votación en el Senado.
La normativa en cuestión fue aprobada por el Congreso en febrero de 2023, para darle continuidad a los esquemas de moratorias que rigen desde hace casi dos décadas y que permiten obtener beneficios jubilatorios cuando se llega a la edad requerida en el régimen general (60 años las mujeres y 65 años los varones) sin haber reunido durante la etapa activa la cantidad de aportes exigidos por ley.
En la ley que el Gobierno busca dejar sin efecto, el capítulo que permite jubilarse sin cumplir previamente con los requisitos tiene fecha de vencimiento: el 23 de marzo de 2025.
Si se aprueba en el Senado tal como está el artículo 274 del proyecto de Ley Bases, la posibilidad de comprar contribuciones por períodos pasados caería de manera inmediata.
Los trámites iniciados ante la Anses para pedir el alta de la jubilación hasta el momento de la vigencia de las nuevas reglas (si resultan aprobadas) seguirían en principio su curso, aunque hay que esperar a la reglamentación para ver los detalles de lo que se dispondrá (la ley dete ja varias definiciones en manos del Poder Ejecutivo).
Ya sin ese esquema, la iniciativa prevé mantener la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que no tiene requisitos en cuanto a contribuciones, y crear una “Prestación de Retiro Proporcional” para quienes lleguen a los 65 años con aportes, pero sin reunir los 30 años exigidos por la ley 24.241.
Ese beneficio tendría como piso el valor de la PUAM, que equivale al 80% del haber mínimo contributivo (en mayo, la PUAM será de $152.113 y se agrega el bono de $70.000, para completar $222.113). Como la prestación proporcional regiría para personas con aportes, sería posible obtener beneficios incluso mayores al haber mínimo, dependiendo de cuántos años se haya contribuido y de los salarios que se haya tenido.
La primera diferencia con el sistema actual está en el monto básico, ya que con las moratorias se garantiza el haber mínimo del régimen contributivo, que el próximo mes será de $190.141 más el bono de $70.000, aunque en los primeros años se descuenta la cuota para pagar los aportes comprados (por lo tanto, se cobra menos).
Otra gran diferencia está en la edad de acceso para las mujeres que, si no cumplen con los 30 años de contribuciones, ya no podrían cobrar una prestación a los 60 años (como con las moratorias), sino a los 65.

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Milei defendió la cuestionada nominación de Lijo: “No necesito una Corte adicta”
El candidato del Gobierno para el tribunal enfrenta impugnaciones de distintas entidades
Rosenkrantz, Rosatti y Maqueda, los apuntados por Javier Milei
El presidente Javier Milei defendió ayer la controvertida postulación del Gobierno para que el juez federal Ariel Lijo integre la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Tengo el culo limpio, no necesito que la Corte me salve, por eso puedo hacer las reformas”, sostuvo el mandatario durante una entrevista radial. La candidatura de Lijo fue cuestionada por diferentes asociaciones profesionales, empresarias y académicas. Sin embargo, el Presidente volvió ayer a justificar su nominación. “Hay una ventaja relativa que tiene Lijo respecto de cualquier otro candidato: sabe cómo funciona todo el sistema jurídico de la Argentina”, argumentó Milei, en referencia al juez federal de primera instancia de Comodoro Py. El nombramiento debe ser votado por el Senado.
“Mi único interés es que la Corte falle acorde con los principios de la Constitución. Yo no necesito una Corte adicta”, afirmó Milei.
La tensión con el máximo tribunal se profundizó luego de que el Presidente cuestionó a la mayoría integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, con el argumento de que estaban en contra del decreto de desregulación de la economía emitido por el Gobierno.
Luego de hablar de la media sanción en Diputados de la Ley Bases, el presidente Javier Milei defendió la controvertida postulación del Gobierno para que el juez federal Ariel Lijo integre la Corte Suprema de Justicia.
“Tengo el culo limpio, no necesito que la Corte me salve, por eso puedo hacer las reformas”, sostuvo el mandatario durante una extensa entrevista radial con Radio El Observador.
Lijo enfrentó una amplia varidad de rechazos de asociaciones profesionales, empresarias y académicas. Sin embargo, el presidente volvió a defenderlo.
“Hay una ventaja relativa que tiene Lijo respecto de cualquier otro candidato: sabe cómo funciona todo el sistema jurídico de la Argentina. Y si nosotros queremos hacer una reforma para que la Justicia empiece a ser más ágil y sea mucho más eficiente, hay que poner a alguien que sepa cómo funciona”, dijo el Presidente en referencia al juez federal de primera instancia de Comodoro Py 2002.
“Mi único interés es que la Corte falle acorde a los principios de la Constitución. Yo no necesito una Corte adicta. Lo puedo decir de manera grosera: yo tengo el culo limpio. No necesito que la Corte Suprema me venga a salvar de algo. Por eso puedo hacer las reformas que estoy haciendo. Por eso puedo ir al hueso, porque soy un tipo que está limpio. Entonces yo lo que necesito es volver a los valores de Alberdi. Ese es el punto central”, afirmó.
El Presidente prometió que si encontrara que un funcionario incurrió en un caso de corrupción, lo despediría. “Le pego una patada en el culo”, enfatizó.
Milei aseguró que su “único interés es que la Corte falle acorde a los principios de la Constitución nacional, no necesito una Corte adicta”.
Días atrás, el Presidente había dicho en diálogo con Radio Rivadavia que la postulación del magistrado federal Lijo “es una estrategia para tener una Corte que tenga un formato que respete más la Constitución, una Corte alineada con la Constitución, que es una constitución liberal”.
Luego explicó: “La expectativa es que pasen los dos (Lijo y Manuel García-Mansilla). Nosotros somos el Poder Ejecutivo, no tenemos por qué meternos en el Poder Judicial, no entrometernos. Durante la campaña fui agredido por no expresarme sobre cosas que tenía que hacer la Justicia”.
La relación entre la Corte y Milei se tensó en los últimos meses. A comienzos de abril, el Presidente expresó que “al menos tres jueces” tienen una “posición bastante poco amigable” con el decreto de necesidad y urgencia 70/23, que avanzó en la desregulación de la economía.
Fue la primera vez que apuntó públicamente contra la mayoría que conforman Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. Desde entonces, la Corte emitió fallos favorables sobre el decreto, aunque evitó pronunciarse sobre su constitucionalidad.
A diferencia de la mayoría de la Corte Suprema, Milei elogió la actuación del procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, lo que reavivó la posibilidad de que el pliego del funcionario, de bajo perfil y larga carrera judicial, sea elevado al Senado para obtener los dos tercios de los votos que le aseguren su confirmación.
“Hace un muy buen trabajo. Tocar lo que funciona parece un poco complejo”, dijo Milei la semana pasada, durante una entrevista con Radio Rivadavia, al referirse al procurador interino, que está en funciones desde 2017, cuando renunció al cargo Alejandra Gils Carbó y él asumió por ser el procurador fiscal más antiguo.
La referencia de Milei a Casal generó en la Procuración una sensación de que habrá estabilidad al menos hasta fin de 2024, mientras avanza la puesta en marcha del nuevo código, aunque son prudentes, dijeron funcionarios judiciales a la nacion. Para que una eventual postulación de Casal como procurador prospere son necesarios los votos de los dos tercios del Senado, lo que parece difícil teniendo en cuenta el rechazo que Casal cosecha en el kirchnerismo, dueño de 33 votos en la Cámara alta.
El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, pretendía impulsar como procurador a su amigo el camarista del crimen Marcelo Lucini.
Sin embargo, esta iniciativa parece que quedó de lado.
En paralelo, surgieron en el seno del Gobierno los nombres de otros tres candidatos: el presidente de la Cámara de Casación, Mariano Borinsky; el fiscal general de la ciudad, Juan Bautista Mahiques, y el camarista federal de Comodoro Rivadavia Javier Leal de Ibarra. Ninguna candidatura prosperó.

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