jueves, 18 de julio de 2024

DIPUTADOS Y CORTE


La oposición objetó el proyecto sobre juicio en ausencia que presentó el Gobierno
Cuestiona que abarque los delitos de terrorismo y su financiamiento, y advierte que debería ceñirse a crímenes de lesa humanidad, genocidio y tortura previstos en tratados internacionales
Laura SerraBullrich es una de las impulsoras de la iniciativa
El proyecto de ley para instaurar el juicio en ausencia en nuestro país, que presentaron los ministros Mariano Cúneo Libarona (Justicia) y Patricia Bullrich (Seguridad) en las vísperas del trigésimo aniversario del atentado contra la AMIA, ya desató polémica en la Cámara de Diputados. Una de las objeciones es que la iniciativa incluye la posibilidad de que por este instituto se juzguen no solo los delitos aberrantes –como el genocidio y los crímenes de lesa humanidad– contemplados en los tratados internacionales firmados por nuestro país, sino también el terrorismo y su financiamiento.
El problema, subrayan en la oposición, es que la definición del delito de terrorismo, contenida en el artículo 41 quinquies del Código Penal, ha sido motivo de controversia por su vaguedad y amplitud. Según este artículo, constituye un acto terrorista todos aquellos delitos contemplados en Código Penal que sean cometidos con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo.
En la oposición consideran que el instituto del juicio en ausencia debería acotarse a juzgar los delitos gravísimos, entre ellos los contemplados en el Estatuto de Roma: genocidio, delitos de guerra y crímenes de lesa humanidad.
“No estamos de acuerdo con incluir el terrorismo o su financiamiento”, planteó Miguel Pichetto (Hacemos Coalición Federal), autor de uno de los proyectos presentados en Diputados.
En la misma línea se expresó la diputada Margarita Stolbizer (GEN), también autora de una iniciativa sobre juicio en ausencia y anfitriona, junto al diputado Pablo Yedlin (Unión por la Patria), de un encuentro que ayer convocó a jueces y expertos sobre este nuevo instituto. “Se trata de una figura absolutamente excepcional que debe aplicarse de manera restrictiva solo en los casos que plantea el Estatuto de Roma”, enfatizó la legisladora.
Tanto Yedlin como el massista Ramiro Gutiérrez, este último impulsor de un proyecto sobre juicio en ausencia que presentó en su momento la exdiputada Graciela Camaño, coinciden con Stolbizer y Pichetto en cuanto al carácter restrictivo que debe tener este instituto.
En la misma línea se pronuncia el proyecto del radical Julio Cobos: solo contempla los delitos previstos en las convenciones internacionales suscriptas por nuestro país: además del Estatuto de Roma, incluye los de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y la Convención contra la Tortura.
El proyecto del Poder Ejecutivo, que ingresó anteayer en la Cámara baja, contempla estas convenciones internacionales pero también incluye los delitos de financiamiento del terrorismo y de proliferación de armas de destrucción masiva previstos en el artículo 306 del Código Penal, como así también “cualquier otro delito en el caso en que le fuera aplicable la agravante prevista en el artículo 41 quinquies” del mismo código.
Según la propia Bullrich, las bandas narco que asolaron a Rosario en marzo pasado con una seguidilla de homicidios cometieron actos de terrorismo según este artículo del Código Penal. Ergo, sus miembros serían pasibles de ser juzgados en ausencia.
El detalle del proyecto
De acuerdo al proyecto del Poder Ejecutivo, el juicio en ausencia sólo podrá instrumentarse bajo ciertos criterios. En primer lugar, el imputado debe ser declarado rebelde, es decir, “conociendo la existencia del proceso en su contra, no se presentare, no respondiere, no acatare o eludiere los requerimientos de la autoridad judicial”. También, si “se hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho” durante cuatro meses “desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional”, sin poder dar con su paradero.
Otro de los criterios para aplicar el juicio en ausencia se daría en caso de que “el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero sea denegado o no tenga respuesta en el plazo establecido, siempre que el Poder Ejecutivo no hubiese admitido el juzgamiento en aquel país”.
Para garantizar el derecho a la defensa del imputado que decidiera no presentarse, el juez le designará un defensor de oficio si no cuenta con uno propio. Igualmente, el proyecto permite que en cualquier etapa del proceso el imputado pueda designar un defensor de su confianza. Asimismo, durante el proceso en ausencia no será requerida la presencia del imputado para ningún acto procesal. “Los derechos conferidos al imputado por este Código y por otras leyes aplicables serán ejercidos por su defensor”, reza la iniciativa.
Si el imputado sometido a un juicio en ausencia se presenta durante la realización del debate “tendrá derecho a ser oído”, garantiza el proyecto. Si resulta condenado, solo podrá solicitar un nuevo juicio “si no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra” o si “no hubiere concurrido a la citación del tribunal debido a un grave y legítimo impedimento”.
“El juicio en ausencia es un instituto absolutamente excepcional que debe aplicarse de manera restrictiva”, enfatizó Margarita Stolbizer
“No estamos de acuerdo con incluir el terrorismo o su financiamiento”, anticipó Miguel Pichetto

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Renovación de la Corte: el 21 y 28 de agosto serán las audiencias públicas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en el Senado
Se publicarán los edictos de la Cámara alta convocando a las reuniones en las que los candidatos del Gobierno deberán defender sus postulaciones ante la Comisión de Acuerdos
Gustavo Ybarra
Ariel Lijo y Manuel García Mansilla, los dos candidatos que propuso Milei para renovar la Corte Suprema
Las audiencias públicas de la Comisión de Acuerdos del Senado de los candidatos propuestos por el Gobierno de Javier Milei para la Corte Suprema de Justicia serán el próximo 21 y el 28 de agosto próximos, días en los que deberán presentarse en la Cámara alta el juez federal Ariel Lijo y el catedrático y decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, Manuel García-Mansilla, respectivamente.
Así lo revelaron fuentes legislativas  quienes confirmaron que la presidenta de la Comisión de Acuerdos, Guadalupe Tagliaferri (Pro-Capital), elevó una nota a la Secretaría Parlamentaria del Senado, que depende de la vicepresidenta Victoria Villarruel, notificándole las fechas en las que recibirá a los postulantes para que defiendan sus nominaciones.
Una vez cumplido este paso, la Cámara alta tendrá que publicar durante dos dias y en dos diarios de circulación nacional y en el Boletín Oficial del edicto, lo que ocurrirá el 19 y el 22 del corriente, con el que se iniciará el proceso de tratamiento parlamentario de ambos pliegos establecido en el Reglamento del Senado, que es una copia del procedimiento establecido en el decreto 222/03 dictado durante la administración de Néstor Kirchner.
Según el trámite reglamentario, una vez publicado los edictos el 23 de julio se abrirá un proceso de 7 días en el se recibirán adhesiones e impugnaciones a las candidaturas de Lijo y García-Mansilla. Una vez cumplimentado este paso, la Comisión de Acuerdos tendrá tres días para analizar las presentaciones y girarle a los postulantes aquellas impugnaciones que haya considerado válidas. El ciclo se completa con un período de cuatro días en el que los nominados deberán responder los cuestionamientos formulados a sus candidaturas.
La decisión de llevar a la segunda quincena de agosto fue consensuada por Tagliaferri con los miembros de la Comisión de Acuerdos. Pero la definición de la fecha no estuvo exenta de tironeos entre la Casa Rosada y la presidencia del Senado, en un nuevo capítulo de la disputa que mantienen con Villarruel la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y el poderoso asesor presidencial Santiago Caputo.
La diferencia entre ambas partes era de apenas una semana. El responsable de negociar el tratamiento de los pliegos con el Senado por parte del Gobierno, el viceministro de Justicia y hombre que responde a Caputo, Sebastián Amerio, quería que fuera una semana antes de la fecha finalmente decidida, que era la elegida por la vicepresidenta.
“Victoria es la representante del Poder Ejecutivo en el Senado, no pueden pasarle por arriba como si no existiera”, manifestaron su enojo en cercanías de Villarruel por la disputa con la Casa Rosada en torno a la definición de las fechas de las audiencias.
Los pliegos de Lijo y García-Mansilla serán discutidos en medio de un clima de creciente tensión política, como dio cuenta este diario, ante la decisión del Gobierno de exigir que “se aprueban los dos pliego o ninguno”. Esta postura encendió las alarmas ante la posibilidad de que ambos candidatos se anularan mutuamente y no consiguieran los votos para conseguir el acuerdo del Senado.
Para ser designado juez de la Corte se requiere de una mayoría calificada de dos tercios de los presentes en el Senado. Desde el entorno de Lijo aseguran tener ese apoyo, aun cuando ningún senador ha manifestado de manera pública su decisión de apoyarlo. Pero la postulación de García-Mansilla encuentra resistencia por su postura en contra del aborto legal y no tendría los votos para convertirse en magistrado del máximo tribunal de Justicia. Así, el catedrático de la Universidad Austral amenaza con convertirse en un pesado lastre para el juez federal.
“Hasta el momento nadie del Gobierno dijo que haya cambiado la postura de que son los dos o ninguno”, confió  un senador al tanto de las conversaciones tras bambalinas que desde hace al menos mes se vienen desarrollando entre la Casa Rosada y la Cámara alta.
Esta situación de posible neutralización entre ambos candidatos abrió la puerta a las versiones sobre una negociación en la que, para destrabar este dilema, se pondrían sobre la mesa un amplio paquete de cargos judiciales.
En la negociación entrarían la ampliación de la Corte, casi un centenar de puestos en la Justicia federal que debe decidir el Ministerio de Justicia y que siempre interesan a los gobernadores, y otros cargos que requieren mayorías calificadas y que se encuentran vacantes, como la Procuración General de la Nación y el Defensor del Pueblo.
En el caso del aumento de miembros del máximo tribunal hay un proyecto en Diputados, que cuenta con la aprobación del Senado, que eleva a 15 el número de jueces. Sin embargo, el Gobierno pretendería una Corte de 9 magistrados, cifra que impuso Carlos Menem en su Gobierno y que fue reducida a los cinco actuales en los albores del kirchnerismo.

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA

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