miércoles, 31 de julio de 2024

RECATEGORIZACIÓN Y SALUD


Dan más plazo para dos obligaciones del monotributo
La AFIP dispuso que habrá una semana más para reubicarse en la tabla; además, en agosto la cuota vencerá el 28
Silvia Stang
La AFIP dispuso, a través de la resolución 5534 publicada ayer en el Boletín Oficial, llevar la fecha tope para la recategorización de los monotributistas al viernes 9 de agosto. La norma, además, establece que el vencimiento de la cuota mensual del mes próximo será el miércoles 28 y no el martes 20 como estaba previsto. La fecha tope para que los contribuyentes de este régimen se reubiquen en la tabla, en caso de ser necesario de acuerdo con sus facturaciones, ya había sido trasladada desde el vencimiento habitual (iba a ser el lunes 22 de este mes) al 2 de agosto. Ahora se decidió extender ese período una semana más.
Para recategorizarse, los inscriptos en el régimen impositivo simplificado deben ingresar con su clave fiscal en www.afip.gob.ar e ir al servicio interactivo del monotributo, teniendo a mano el importe de la facturación emitida en el período de 12 meses finalizado el 30 de junio de 2024 (dato que, en rigor, ya aparece cargado en el sistema). En el caso de que la actividad así lo requiera, también hay que considerar el comportamiento de otros parámetros previstos en el sistema.
La prórroga se decidió dadas las modificaciones que trae para este régimen la vigencia de la ley 27.743, aprobada por el Congreso a fines de junio y reglamentada recientemente por el decreto 661. Con las nuevas reglas, en el monotributo pueden estar quienes hacen actividades de forma independiente, ya sea en comercio o en servicios, y tienen un ingreso anual de hasta $68 millones.
El nuevo cuadro de facturaciones admitidas para ingresar y mantenerse en el régimen, y para estar en una o en otra categoría, rige con efectos desde el 1° de enero último. En consecuencia, quienes en lo que va de 2024 renunciaron o fueron excluidos de oficio y están dados de alta en el sistema impositivo general, puedan volver al monotributo sin tener que esperar a que pasen tres años desde su salida del régimen.
A la par del incremento de los ingresos permitidos, suben también de manera significativa los montos correspondientes el impuesto integrado y a los aportes para la jubilación y la obra social. Estos aumentos se aplicarán en agosto.
Los montos de la facturación máxima anual aumentan de tal manera que en la categoría A la cifra es ahora de $6.450.000; en la B, de $9.450.000; en la C, de $13.250.000; en la D, de $16.450.000; en la E, de $19.350.000; en la F, de $24.250.000; en la G, de $29.000.000 y en la H, de $44.000.000. En los tres escalones de ingresos más altos, antes solo se admitía a quienes ejercieran el comercio, mientras que ahora se incluye a todas las actividades. En la categoría I se pasó a $49.250.000; en la J, a $56.400.000 y en la K, a $68.000.000 de ingreso máximo.
En cuanto a la cuota mensual, la parte correspondiente al impuesto integrado se incrementa en la categoría A de $1047,86 a $3000; en la B, de $2018,89 a $5700; en la C, de $3452,09 a $9800 (servicios) y de $3190 a $9000 (comercio); en la D, de $5671,23 a $16.000 (servicios) y de $5239,75 a $14.900 (comercio); en la E, de $10.787,67 a $30.000 (servicios) y de $8368,13 a $23.800 (comercio); en la F, de $14.840,88 a $42.200 (servicios) y de $10.926,38 a $31.000 (comercio); en la G, de $18.878,58 a $76.800 (servicios) y de $13.623,24 a $38.400 (comercio); en la H, de $43.150,91 a $220.000 (servicios) y de $33.442,08 a $110.000 (comercio). En las categorías más altas, para los dedicados a las ventas se pasa de $53.938,71 a $175.000 en la I; de $63.385,73 a $210.000 en la J, y de $72.817,31 a $245.000 en la categoría H. Y en servicios los importes serán de $437.500 (categoría I); $525.000 (J) y $735.000 (K).
El aporte jubilatorio será en la categoría A de $9800 y el importe subirá un 10% en cada escalón hasta la categoría F, y un 40% en cada categoría desde la G.
El pago para la obra social será de $13.800 en las categorías A, B y C; de $16.400 en la D; de $20.000 en la E; de $23.000 en la F; de $24.800 en la G; de $29.800 en la categoría H; de $36.800 en la I; de $41.300 (J), y de $22.155,77 a $47.200 ( K). En este caso los montos son por mes y por persona; por cada familiar al que se quiera sumar a la cobertura de salud se debe adicionar el mismo importe.

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Mendoza empezará a cobrar la atención médica a extranjeros
SALUD. El cambio, que se enmarca en una megarreforma sanitaria en la provincia, comenzará a regir a partir del jueves próximo; la normativa exceptúa las urgencias
Pablo ManninoEl Hospital Central, el centro de referencia de Mendoza
MENDOZA.– La provincia puso en marcha el plan para cobrar la atención de salud a los ciudadanos extranjeros. De esta manera, tal como ocurre en Salta, quienes visiten este distrito y sean atendidos en los efectores públicos deberán abonar las consultas y los tratamientos, tal como adelantó en abril pasado, en medio la nacion de la discusión legislativa de la reforma sanitaria local.
Así, tras la aprobación en la Legislatura, la medida fue reglamentada en los últimos días y comenzará a regir desde el jueves próximo, junto con una actualización del valor de las prestaciones, según explicaron a este medio voceros del Ministerio de Salud de la provincia.
Con esta acción oficial se busca no solo optimizar recursos, sino recuperar los costos de la atención a quienes no residen en territorio mendocino.
Aunque cada año la masa de visitantes que acude a la medicina pública provincial no supera el 5%, como señalaron fuentes oficiales, es una forma de ordenar el sistema frente al continuo paso, principalmente, de turistas chilenos y brasileños, aunque también de visitantes bolivianos, venezolanos y paraguayos.
El funcionamiento
Bajo la normativa vigente, los turistas tendrán que hacerse cargo de todos los cargos que implique su paso por los hospitales mendocinos o bien reclamar, contra factura, los montos de las prestaciones al sistema de cobertura de sus países.
De hecho, es el mismo mecanismo que se aplica a los ciudadanos locales que tienen obra social o medicina privada y son atendidos en los centros sanitarios oficiales.
En cuanto a los costos de los servicios prestados, fuentes del Ministerio de Salud provincial indicaron que serán actualizados, con base en un nuevo nomenclador, por lo que habrá ajustes de hasta 400% en los valores.
En este sentido, hay algunos ejemplos de atención gratuita que suelen elegir los visitantes extranjeros en el sector público mendocino, entre ellos, consultas en la guardia, que valdrán 13.000 pesos; partos naturales y cesáreas, con montos que pasarán a rondar un millón de pesos. A esto se suman cirugías de caderas y hasta trasplantes.
Como parte de la ley ómnibus sanitaria provincial, que consta de 26 proyectos, de los que la mayoría ya avanzaron en ambas cámaras, se puso en valor la iniciativa número 11: la creación del Ente de Recuperación de Fondos para el Fortalecimiento del Sistema de Salud de Mendoza (Reforsal), el que estipula el cobro a los ciudadanos extranjeros.
De acuerdo con las disposiciones legales vigentes en el país en materia migratoria, se diferencian dos tipos de extranjeros: los residentes permanentes y los transitorios, que son “no residentes”.
Los primeros podrán hacer uso gratuito de la atención en los efectores públicos. En tanto, los segundos, que generalmente son turistas, pasajeros en tránsito o conductores de transporte internacional, deberán costear la prestación que reciban, al igual que aquellos que estén con una autorización precaria, mientras realizan el trámite de residencia final en el país.
Vale aclarar que la ley deja de manera expresa cómo proceder ante situaciones extremas. “En ningún caso se negará asistencia a pacientes de nacionalidad extranjera, cualquiera sea su condición migratoria, para atender urgencias o emergencias”, indica la norma, oficializada en el decreto Nº 1266 que reglamentó la ley N° 9535, que dispone las nuevas medidas para la atención médica gratuita.
Definiciones
“Se considerará ‘no residentes’ a los pacientes de nacionalidad extranjera que se encuentren en las categorías de residentes transitorios y precarios, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la ley de migraciones N° 25.871. En estos casos, los gastos de la asistencia médica recibida deberán ser solventados por los propios pacientes, con cargo a la entidad pública o privada que brinde dicha cobertura en su país de origen. Para ello, el interesado podrá requerir la emisión del correspondiente comprobante de atención y de pago, a fin de que pueda gestionar y tramitar el reembolso ante la entidad correspondiente”, estipula la normativa.
El Reforsal consiste en la unificación de la gestión y el cobro de las prestaciones realizadas a pacientes con cobertura social. Para ello se constituyó una entidad autárquica y descentralizada con una estructura chica, que centraliza la facturación, gestiona las cobranzas y devuelve a los efectores lo recaudado. Usa la digitalización, establece un nomenclador provincial con valores que permiten recuperar los costos de las prestaciones y se autosustenta.
Desde el gobierno local afirmaron que permitirá mejorar sustancialmente los recursos del sistema público.
Alcances
Entre los alcances de la disposición, que hace hincapié en la facturación y el cobro de las prestaciones a los locales con cobertura, se menciona puntualmente a los ciudadanos extranjeros.
A diferencia de lo que sucede en el norte argentino, sobre todo en Salta, que ya aplica exitosamente un plan similar, con una reducción del 90% en la atención y un ahorro superior a los 20 millones de pesos, en Mendoza, a pesar de estar en una zona de frontera y en permanente conexión con Chile, cada año la prestación médica a extranjeros no supera las 3000 personas.
De hecho, en la provincia, de acuerdo con las fuentes consultadas, se ha registrado en las últimas décadas un creciente consumo de servicios médicos en el ámbito privado, principalmente de “tours sanitarios”, entre los que se destacan la realización de cirugías estéticas

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA

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