Una iniciativa que busca derogar 70 normas que para el oficialismo son obsoletas
El proyecto enviado al Congreso deja sin efecto leyes que, para el Gobierno, afectan libertades individuales o implican costos inútiles
Delfina Celichini
El Poder Ejecutivo envió al Congreso el llamado proyecto de “ley hojarasca”, una iniciativa ideada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, por la cual se pretende eliminar 70 leyes con el argumento de que quedaron obsoletas o bien afectan libertades individuales o implican costos inútiles para los contribuyentes.
“El proyecto de ley resulta de una revisión legislativa que apunta a eliminar legislación obsoleta, inútil, superada por normativas posteriores o claramente violatoria de los principios constitucionales. Como dice el viejo adagio: ‘Cuantas más leyes, menos justicia’, proverbio que pesa mucho más cuando las leyes no cumplen objetivos útiles para la sociedad”, plantea el Poder Ejecutivo en su iniciativa.
El texto, que contiene 9 artículos, está estructurado sobre la base de seis motivaciones que, según el Poder Ejecutivo, ameritan la derogación de este paquete de leyes.
1 Leyes que fueron sustituidas y englobadas por leyes posteriores. Entre ellas, las siguientes:
●Ley 16.789 (1965). Esta norma obliga a que los poderes, reparticiones, organismos y entidades del Estado que adquieran automóviles destinados a su servicio deban comprarlos entre los productos de la industria automotriz nacional.
Ley 20.843 (1974). Establece ● que toda persona, cualquiera sea su edad, que haya sido apadrinada por el titular del Poder Ejecutivo tendrá derecho a que el Estado nacional le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales. Para ello el Poder Ejecutivo deberá garantizar una beca de estudio que contemple la provisión de libros y útiles y todo aquello que sea inherente al alojamiento, alimentación y recreación del becario.
Ley 21.778 (1977). Faculta a las ● empresas estatales a convocar licitaciones y celebrar contratos destinados a la exploración y explotación de hidrocarburos. Esta ley devino obsoleta por las normas dictadas ulteriormente, en particular las modificatorias de la ley 17.319 de hidrocarburos, sostiene el Poder Ejecutivo. Lo mismo sucede con la ley 23.678 (1989), que determina fórmulas para liquidar las regalías petroleras a liquidar desde el mes de julio de 1989. 2 Leyes obsoletas o sin efecto por el avance de la tecnología economía o paso del tiempo.
Entre ellas, las siguientes:
Ley 16.879 (1965). Concede una ● exención de impuestos a las ventas, de recargos de importación y reintegros impositivos a la industria nacional adjudicataria de licitaciones internacionales para ciertos proyectos eléctricos. “Es un esquema tributario que no ha tenido aplicabilidad práctica”, sostiene el proyecto oficial.
Ley N° 19.648 (1972). Declara ● de interés nacional, entre otros, a la prospección, exploración, el desarrollo minero y la explotación de carbón mineral y otros combustibles sólidos minerales, su depuración, industrialización, comercialización y transporte, que realizara Yacimientos Carboníferos Fiscales; la construcción de instalaciones portuarias para la carga y descarga de carbón; el transporte marítimo y fluvial del mismo, y las demás instalaciones que permitan su utilización. “Si bien el carbón fue el combustible que motorizó la Revolución Industrial, su sustitución por combustibles más limpios hizo que la matriz energética intentara reducir en la mayor medida posible su dependencia del carbón. Hoy, lejos de ser de interés nacional, lo que se busca es ‘descarbonizar’ la economía”, indica el proyecto. Ley 23.888 (1990). Encomienda ● al Poder Ejecutivo a realizar un Censo Técnico Permanente de Infraestructura en localidades urbanas y rurales del país. “El censo nunca se realizó, por lo cual cabe derogar la normativa que lo exige”, plantea el oficialismo. 3 Leyes que afectan libertades individuales. Entre ellas, las siguientes: Ley 4.034 (1951). Impone pena ● de prisión para los argentinos que propicien la aplicación de sanciones políticas o económicas contra el Estado. Según el Gobierno, el tipo penal contemplado en la norma es impreciso, por lo que da lugar a arbitrariedades. Ley 18.312 (1969). Crea el “Fondo ● para el desarrollo de la producción de papel prensa y de celulosa”. Fue sancionada durante el gobierno de Juan Carlos Onganía con el propósito, según Sturzenegger, de que el Estado tenga injerencia en la compra y el suministro del papel de diarios. “Así, el Estado podía terciar en el contenido periodístico porque tenía la capacidad de influenciar en un insumo sin el cual el diario no podía circular. Actualmente el papel de diario no es un insumo esencial (lo es mucho más una internet activa y libre), y dado que el objetivo de la ley es coartar la libertad de expresión, este fondo debe ser desarticulado”, explica.
Ley 20.959 (1975). Permite que ● los senadores y diputados de la Nación y las más altas autoridades del Congreso tengan derecho a una credencial personal e intransferible que los habilita para la libre circulación y el libre estacionamiento. “Hay pocos ejemplos de privilegio tan claros como el que deja en evidencia esta norma, inaceptable en una sociedad democrática y contraria al principio de igualdad ante la ley”, se sostiene en el proyecto. 4 Leyes cuya derogación permitirá una mayor desburocratización. Ley 19.363 (1971). Permite al ● Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa) sortear premios entre los compradores de boletos de cine. Para financiar ese sorteo se establece un impuesto a la industria, lo que encarece el precio de las entradas, cuestiona el Poder Ejecutivo. Ley 25.750 (2003). Esta ley –de ● preservación de bienes y patrimonios culturales– establece que la propiedad de los medios de comunicación deberá ser de empresas nacionales, limitándose la participación de empresas extranjeras hasta un máximo del 30% del capital accionario y que otorgue derecho a voto hasta por el mismo porcentaje del 30%. Ley 26.688 (2011). Declara de ● interés nacional la investigación y producción pública de medicamentos, materias primas para la producción de medicamentos, vacunas y productos médicos, considerándolos bienes sociales. Según el Gobierno, la reglamentación de la ley no impone acciones concretas. 5 Normas que remiten a procesos inexistentes o a organismos disueltos. Este capítulo contempla la derogación de una decena de normas regulatorias que perdieron vigencia o bien hacen referencia a organismos que hoy no existen. 6 Leyes sobre organismos financiados con fondos públicos nacionales: Ley 20.984 (1975), por la cual se ● creó el Círculo de Legisladores de la Nación Argentina. El Gobierno pretende eliminar el aporte estatal a dicho organismo. Ley 24.807 (1997), que creó la Federación ● Argentina de Municipios. Se propone su modificación para que el financiamiento de dicha federación no provenga de las arcas del Estado.
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Medios: pretenden eliminar los límites a los capitales extranjeros
Para la Casa Rosada, la ley de 2003 restringe las inversiones y es de “dudosa constitucionalidad”
Con el argumento de que la norma es de “dudosa constitucionalidad”, el Gobierno pretende derogar la ley de protección de bienes culturales, una de las primeras iniciativas promovidas por el gobierno de Néstor Kirchner para restringir la participación de capitales de origen extranjero en la propiedad de los medios de comunicación nacionales.
Esta ley –sancionada en junio de 2003– forma parte del voluminoso paquete de normas que el gobierno libertario pretende dejar sin efecto en el proyecto de “ley hojarasca” que envió ayer al Congreso. En sus fundamentos, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger –autor del proyecto–, consideró que esta ley del kirchnerismo “implica una restricción a la inversión extranjera” y es de “dudosa constitucionalidad”.
“Cabe recordar que el artículo 20 de la Constitución nacional dispone que ‘los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos…’. En un proceso de integración al mundo y donde se busca fomentar la inversión extranjera a los fines de promover el empleo, dicha norma debe ser derogada”, fundamentó el ministro.
La ley de 2003, ahora en la picota de los libertarios, establece que la propiedad de los medios de comunicación debe ser de empresas nacionales. Las compañías extranjeras pueden participar, pero hasta un máximo del 30% del capital accionario. En esta limitación están incluidos los diarios, revistas, periódicos y empresas editoriales en general; los servicios de radiodifusión y servicios complementarios de radiodifusión; las productoras de contenidos audiovisuales y digitales; las proveedoras de acceso a Internet, y las empresas de difusión en vía pública.
Uno de los puntos más importantes de la ley es que excluye de los alcances del instituto del cram down, contemplado en la ley de quiebras, a las denominadas empresas culturales.
Este mecanismo permite al acreedor asumir la propiedad de una firma como parte de pago –parcial o total– de sus acreencias, pero en esta norma solo admite la aplicación del cram down si la empresa deudora lo solicita y obtiene la autorización del Poder Ejecutivo, que de esa manera ejerce la palabra final en materia de enajenación de medios de comunicación.
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
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