Declararon nula la causa de la defraudación con las tarjetas en la Legislatura bonaerense y liberaron al puntero detenido
La decisión la tomó una Cámara de Apelaciones de La Plata con el argumento de que el operativo que dio inicio al caso lo hizo la Policía de manera ilegal
María José Lucesole...Paz Rodríguez Niell
Liberaron al puntero del PJ detenidoLa causa que investigaba una presunta defraudación en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires -y que tenía en alerta a la política bonaerense- fue declarada nula por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata.
Minutos después de las 14 de este jueves, la Justicia liberó al principal acusado, el dirigente del PJ Julio Rigau, conocido como “Chocolate”. Fuentes judiciales informaron que, como consecuencia de la declaración de nulidad, se ordenó devolverle las tarjetas y el dinero que se le había secuestrado. El caso se inició cuando Rigau fue interceptado en un cajero automático sacando plata con 49 tarjetas de débito y 1.260.000 pesos. Según la Cámara, la requisa que le hizo en aquel momento la Policía fue ilegal y esa ilegalidad de origen invalida todo lo actuado en el expediente desde entonces.
La Cámara tomó la decisión por dos votos contra uno. Integraron la mayoría los jueces Juan Alberto Benavides y Alejandro Gustavo Villordo. Ellos declararon nula “el acta de procedimiento inicial” de la Policía. Advirtieron que son los jueces los habilitados a ordenar requisas y que las fuerzas de seguridad solo pueden hacerlo cuando existe una “sospecha razonada o causa probable” de un posible delito, algo que -para ellos- no se dio en este caso porque Rigau solo estaba sacando dinero de un cajero automático. Sostuvieron que, por ende, debía caer toda la causa.
La Cámara tomó la decisión por dos votos contra uno en respuesta a un habeas corpus presentado por la defensa de Rigau, que reclamaba ser dejado en libertad.
En disidencia, por mantener abierto el caso, se pronunció el juez Fernando Jorge Mateos, que entendió que el accionar policial estaba justificado y afirmó: “No puedo dejar de mencionar el estrépito social o el desconcierto y descrédito para el común de la gente que se derivaría de una decisión como la perseguida”, en alusión a la nulidad que finalmente se dictó. Mateos cuestionó que se pretendiera “sellar la suerte de una investigación que razonablemente podría relacionarse” con actividades de corrupción que la Argentina se comprometió a combatir cuando firmó tratados internacionales sobre la materia.
En la fiscalía que investigó el caso -cuya titular es Betina Luky- este jueves se mostraban devastados. Los investigadores sospechaban que estaban frente a un acto de corrupción de enorme trascendencia. Creían que Rigau no actuó solo y que forma parte de un armado destinado a financiar una caja negra de la política. Hace tiempo circula la versión de que se nombra en la Legislatura a empleados que no cumplen la tarea para la que según los papeles fueron designados y que su sueldo se destina, en realidad, en todo o en parte para alimentar cajas de la política. La idea era que las sospechas se ratificaran o descartaran con el avance la investigación. Algo que, de confirmarse este fallo, ya no ocurrirá.
Con la intención de evitar el cierre definitivo de la causa, el fiscal Héctor Vogliolo presentará la semana próxima un recurso de Casación, informaron fuentes judiciales
Luky, titular de la Unidad Funcional de Instrucción N°2 de La Plata, escuchó como testigos a una decena de titulares de tarjetas de débito secuestradas a Rigau y varios declararon que desconocían quién los había nombrado como empleados de la Cámara de Diputados.
La Unidad Funcional de Instrucción N°2 de La Plata, donde empezó a investigarse la causa por la detención de Julio RigauSegún el acta policial que este jueves se declaró nula, Rigau fue detenido cuando retiraba dinero de cajeros automáticos con 49 tarjetas de débito de empleados de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires. Tres de esas tarjetas serían de familiares. Antes de que el caso se declarara nulo, la fiscal buscaba saber si extracciones por más de 27 millones de pesos realizadas con las tarjetas de débito constituían una asociación ilícita para defraudar al Estado.
La Legislatura bonaerense tiene 1340 empleados en el Senado y 1510 en Diputados. El sueldo promedio es de $500.000. La fiscal esperaba que el Banco Provincia y la presidencia de la Cámara de Diputados respondieran oficios librados para determinar quiénes firmaron los contratos de las personas titulares de las tarjetas y cuantas extracciones se hicieron a lo largo de los años.
Testigos comenzaron a declarar en tribunales penales de La Plata por la presunta estafa en la Legislatura.Rigau, que figura empleado como electricista de la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, fue acusado en este expediente de 177 hechos (todas supuestas extracciones realizadas con tarjetas “intransferibles” entre el 5 y el 9 de septiembre pasados). Rigau integró en 2019 una lista del peronismo en La Plata como precandidato suplente a concejal. Es un conocido puntero del Partido Justicialista platense.
Cómo empezó el caso
Según el expediente judicial, el 9 de septiembre pasado un hombre se acercó a una garita de la Guardia Urbana de Prevención de La Plata y le dijo al agente municipal Walter Ariel Campano que en los cajeros de las calles 7 y 54 había un hombre “en actitud sospechosa”, sacando dinero con muchas tarjetas. Le contó además que lo solía ver “habitualmente realizando este tipo de extracciones con las tarjetas”. Campano, que fue quien relató esto, declaró que entonces él y un compañero -Leonardo Brizuela- se acercaron al cajero y corroboraron lo que les habían contado. Decidieron entonces llamar al 911. Cuando llegó la Policía (“10 o 15 minutos después”, dijo Campano), Rigau seguía sacando plata. Los policías le pidieron que se identificara, pero él no lo hizo; lo cachearon y le solicitaron que mostrara lo que llevaba a la bolsa negra que tenía. Fue entonces cuando lo detuvieron.
Los fundamentos
Los jueces que hoy anularon la causa sostuvieron que, tal como alegó la defensa, consideraban que “la actuación del personal policial que requisó sin orden judicial a Julio Rigau no puede ser convalidada, al no quedar comprendida la misma en lo normado por el art. 294 inc. 5 del CPP en tanto su labor no condice con los supuestos allí establecidos específicamente”.
Ese artículo establece en qué casos la Policía puede disponer allanamientos y requisas urgentes sin la orden previa de un juez. Dice: “Cuando se trate de un operativo público de control motivado en políticas tendientes a la prevención de los delitos, [los agentes policiales] podrán proceder a la revisión de los efectos que porten las personas en sus ropas o que lleven en su poder de otra manera o tengan en los vehículos en que se movilicen, procediendo a secuestros en los casos sumamente graves o urgentes o cuando peligre el orden público, de todo aquello que constituya elemento del delito o instrumento de un delito o sea producto de él”. El mismo artículo dice que deberán cursar una “inmediata comunicación al Ministerio Público Fiscal y al Juez de Garantías”.
Los jueces agregaron en su fallo que “no pueden ampararse [los policías] en un estado de sospecha razonada o causa probable”. Sostuvieron que “el accionar de Julio Rigau tal como se encuentra plasmado en el acta de procedimiento policial era una actividad de extracción de dinero en un cajero bancario” que no permitía presumir “una actividad delictual”.
Benavides escribió en su voto -al que adhirió Villordo-: “La circunstancia de realizar operaciones a través del cajero automático por espacio de 20 minutos no habilita la requisa sin orden judicial que se le efectuara a Julio Rigau ni menos aún el traslado del mismo a la seccional policial -sin anoticiamiento previo cuanto menos a la fiscalía de turno- para secuestrarle en la dependencia policial el teléfono (...), las tarjetas bancarias que detentaba en su poder como así también diversas anotaciones personales y una cantidad de dinero en efectivo”.
En su disidencia, el juez Mateos consideró, en primer lugar, que la actividad duró más de 20 minutos. Y manifestó que la Cámara de Casación bonaerense tiene dicho que no hace falta que exista la “certeza” de que se está cometiendo un delito para que la Policía pueda disponer una requisa. “La exigencia de motivación debe ser lo suficientemente estricta para evitar un ejercicio arbitrario de las facultades de requisa o secuestro, pero también lo suficientemente flexible para permitir la prevención e investigación de los delitos”, escribió Mateos citando a la Casación.
Pero los camaristas del voto de la mayoría insistieron en que no hubo una “causa probable” que ameritara semejante intervención policial y dijeron que es necesario “repensar los límites de injerencia de la Policía en la vía pública en los derechos fundamentales de la persona”.
Los jueces alegaron que el acta policial no describió ni fundó “cuáles fueron las sospechas o actos que le generaron [a la Policía] sospechas de encontrarse ante un cuadro predelictual”. Afirmaron que tampoco notificaron los agentes “de inmediato” -como impone la ley- al juez y a la fiscal de lo ocurrido.
Con estos argumentos decidieron: hacer lugar al habeas corpus presentado por la defensa, declarar la nulidad del acta de “procedimiento inicial” y de “lo obrado en consecuencia”, y disponer la “inmediata libertad” de Rigau.
La nulidad se decretó cuando la fiscal Laky pretendía determinar cómo se había armado el mecanismo de recaudación que daría cuenta de una caja negra en la Cámara de Diputados y el juez de Garantías Guillermo Atencio había convalidado la marcha del caso; había denegado el pedido de excarcelación de la defensa y ordenado un allanamiento en la casa del imputado a pedido de la fiscal.
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Un fallo “aberrante y político”, alertan constitucionalistas
Varios juristas consideran justificada la requisa policial contra el puntero del PJ
Media docena de los principales constitucionalistas de la Argentina se expresaron entre la indignación y la sorpresa ante el fallo que anuló una causa contra Julio Segundo Rigau, conocido como “Chocolate”, un puntero del PJ de la Legislatura bonaerense que fue sorprendido infraganti cuando sacaba plata del cajero automático con más de 49 tarjetas de débito de supuestos empleados legislativo, y que tenía en su poder más de un millón de pesos.
Dijeron que es “aberrante” que se considerara que la policía violó su intimidad al detenerlo y requisarlo y que –por el contrario– el operativo estaba justificado, ante la flagrancia del delito. Algunos de los especialistas explicaron que la única explicación de tamaña decisión es que el fallo estuviera motivado políticamente y que basta en sí mismo para denunciar a los jueces para que se les inicie un juicio político.
El constitucionalista Juan Vicente Sola, desde la Universidad de Columbia, donde está de visita, entendió que la decisión es “casi insólita” y que se trata de un problema clásico del derecho constitucional, que se basa en si está justificada la actividad policial. Dijo que “hay casos en los que la decisión es al límite, como cuando la policía detiene a un sospechoso y resulta armado, pero este no es un caso así, es evidente que se está ante la flagrancia de un delito”. Advirtió sobre “la gravedad institucional del fallo, porque crea desconfianza hacia la administración de justicia” y concluyó que “la impresión es que es un fallo motivado políticamente”.
Andrés Gil Domínguez opinó que el voto de la mayoría “es pobre en términos argumentales” y que “se aleja de los antecedentes jurisprudenciales de la Corte y de la Corte Interamericana que invoca el fallo”. En esos antecedentes se habla de la imposibilidad de detener a las personas “por meros estereotipos” o actitudes sospechosas. “Acá se da una situación en la que se puede hablar de un indicio vehemente o un supuesto asimilable a una cierta flagrancia, a un indicio cierto de la comisión de un delito”, explicó el constitucionalista y destacó que la policía fue convocada al hecho. Al tratarse de un delito en flagrancia, es lógica la actuación policial y la falta de una orden. Se soluciona con darle intervención inmediata a un juez, como en este caso”.
Daniel Sabsay dijo que el fallo “es aberrante, un disparate” y que se basa en una “interpretación ultrazaffaroniana” del derecho. “Los motivos de los jueces de la mayoría son contradictorios –dijo–. Hay un elemento de sospecha absolutamente justificada por la cantidad de tarjetas de débito que tenía en su poder y el dinero en efectivo. Bastaba para que la policía lo revisara y aprehendiera.
Es una flagrancia y no hay tiempo para esperar la orden de un juez, la policía debe actuar y luego dar intervención a la justicia”.
“Aquí se pusieron del lado del delincuente y en contra de la protección de la sociedad”, indicó Sabsay.
El constitucionalista cordobés Antonio María Hernández se declaró “impresionado” y dijo que el voto de la minoría del juez Fernando Mateos está muy bien fundado y reflexiona sobre los convenios internacionales que debe cumplir la Argentina, especialmente en la lucha contra la corrupción.
“Los votos mayoritarios están alejados del derecho, supongo que los jueces deberían ser denunciados por esta situación, por las responsabilidades que les caben”, afirmó Hernández. Y señaló que “no hay duda de que se está frente a un caso de corrupción”.
Por su parte, el penalista Juan María del Sel, presidente de la Comisión de Derecho Penal del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires dijo que “en este caso el estándar de sospecha era justificado para la requisa policial”. Y afirmó que “pretender una convicción plena o una plena prueba, como dicen los jueces de la mayoría, no es aplicable al caso”.
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
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