Vacunatorio vip: procesan y embargan a González García
El exministro de Salud está acusado por abuso de autoridad
Ginés González García, exministro de Salud de Alberto Fernández, fue procesado sin prisión preventiva por el vacunatorio vip, el escándalo que le costó el cargo por haber distribuido vacunas contra el Covid-19 a funcionarios y personas cercanas al gobierno de turno. Además, el exfuncionario fue embargado por $130 millones. Está acusado de peculado y abuso de autoridad.
La jueza federal María Eugenia Capuchetti procesó sin prisión preventiva al exministro de Salud Ginés González García por haber permitido que funcionarios y amigos del gobierno anterior recibieran vacunas contra el Covid antes que otras personas que estaban en la lista de espera. Por eso lo procesó por los delitos de abuso de autoridad y peculado. Se trata del caso conocido como vacunatorio vip.
Capuchetti entendió que hay elementos suficientes para sospechar que el exfuncionario de Alberto Fernández es responsable de que un grupo de personas, entre los que se encontraban el periodista Horacio Verbitsky y el exministro Jorge Taiana –en ese entonces senador–, recibiera “indebidamente” en el Ministerio de Salud dosis de la vacuna contra el Covid-19 que fueron asignadas al Hospital Posadas.
“Ninguno de ellos, a esa fecha, cumplía con los criterios para vacunarse de acuerdo con lo establecido por los lineamientos técnicos”, se lee en el fallo de Capuchetti, al que accedió este medio. “Dicha orden fue ejecutada por Marcelo Ariel Guille [secretario de exministro], a sabiendas de su ilegalidad, tal y como fuera dispuesta por González García”, afirmó la magistrada.
Además, la maniobra implicó la participación del entonces director del Hospital Posadas, Alberto Alejandro Maceira, quien también fue procesado junto con Guille, el subsecretario de Estrategias Sanitarias, Alejandro Salvador Costa, y la jefa de medicina del hospital, María Elena Borda.
Para la jueza, González García utilizó su “posición y cargo” para coordinar a través de su secretario Guille –un “pilar fundamental” en la operatoria– y Maceria, la “extracción” de las 10 dosis de la vacuna Sputnik V que les fueron aplicadas a Taiana y a Verbitsky, además de otras a otras ocho personas (Seza Manukian, Lourdes Noya Aldrey, Matilde Noya Aldrey, Dolores Noya Aldrey, Félix Eulogio Guille, Florencio Aldrey, Salomón Schachter ).
“Esto se hizo con el objetivo de vacunar a individuos que no cumplían con los criterios de prioridad epidemiológica ni con el plan de vacunación establecido por la resolución MSAL 2883/2020, ya que no formaban parte de las categorías de ‘personal de salud y/o estratégico’, sostuvo la jueza en el fallo.
La fiscalía pidió procesar al exministro de Salud hace poco más de un mes. La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), a cargo de Sergio Rodríguez, y el fiscal Eduardo Taiana le pidieron a la jueza que procese al exministro de Salud por peculado, un delito que tiene una pena mínima de dos años y una máxima de 10.
Además, entre los que fueron vacunados cuando no les correspondía estuvieron el expresidente Eduardo Duhalde y su familia. El segundo hecho en la acusación de los fiscales “comprende la orden de retirar 5 (cinco) vacunas contra el Covid-19 asignadas al Ministerio de Salud de la Nación y su traslado al domicilio particular de Eduardo Alberto Duhalde con fecha 1° de febrero de 2021 para su inoculación, la de su familia y la de Carlos Alberto Mao, quienes no se encontraban habilitados para recibir su dosis”.
La causa se inició en febrero de 2021 con los polémicos dichos radiales de Verbitsky, quien confesó al aire que gracias a su “amistad” con el funcionario había recibido su primera dosis
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Revés para Cristina en la causa de los cuadernos
El Tribunal Oral Federal N° 7 ordenó seguir adelante con la organización del juicio que deben enfrentar la expresidenta y otros 160 imputados
Hernán Cappiello
Cristina Kirchner sufrió otro revés judicial
El tribunal oral federal que investiga a la expresidenta Cristina Kirchner en el caso de los cuadernos de las coimas rechazó ayer un pedido de la exmandataria para anular toda la causa y ordenó seguir adelante con la organización del juicio oral y público que deberán enfrentar ella y otros 160 imputados.
Cristina Kirchner había pedido que se declarara “la nulidad parcial del requerimiento de elevación a juicio formulado por el Ministerio Público Fiscal, así como también la del auto de elevación a juicio y la de todos los actos posteriores que resultan su consecuencia” en cuanto a “los presuntos actos de cohecho pasivo” que se le atribuyen. Pero los jueces Fernando Canero, Enrique Méndez Signori y Germán Castelli rechazaron su solicitud “con costas” a cargo de la expresidenta, por la “notoria improcedencia de los planteos efectuados”.
El caso cuadernos tiene 161 imputados. La principal acusada es Cristina Kirchner, como jefa de una asociación ilícita. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia. la nacion hizo la investigación periodística que permitió destapar la maniobra sobre la base de las anotaciones del chofer del Ministerio de Planificación Oscar Centeno, que detallaban referencias a garajes subterráneos, hoteles y empresas donde recogía bolsos con dinero de coimas, acompañando a funcionarios que respondían a Julio De Vido.
Los jueces vienen rechazando todos los planteos de los exfuncionarios y de los empresarios. Ahora fueron intimados por la Cámara de Casación para que le pongan fecha e inicien este juicio oral, en una causa que está en sus manos desde hace casi cuatro años.
Este planteo de Cristina Kirchner atacó el caso desde su inicio. Dijo que todo es nulo porque “se encuentra insanablemente viciado con motivo de las gravísimas ilicitudes” ocurridas en la instrucción del juez federal Claudio Bonadio, ya fallecido. Y sostuvo que se inició con “supuestos cuadernos o sus fotocopias” que llevaron a la causa “por vía delictiva”, mediante “groseras maniobras de forum shopping”. En la misma línea, denunció que “se arrancaron supuestas confesiones a arrepentidos mediante prácticas extorsivas”.
La fiscal Fabiana León respondió todas las objeciones y propuso su rechazo, lo que hizo el propio tribunal oral federal, que contestó uno por uno los planteos. El juez Méndez Signori, que fue el primero en votar, señaló que la defensa de la expresidenta pretende –mediante este pedido de nulidad– que el tribunal avance con análisis de cuestiones que se deben tratar en el debate oral.
El juez defendió la validez del requerimiento de elevación a juicio, dijo que describe los datos personales de la imputada, hace una breve descripción de los hechos, la calificación legal y explica los motivos del juicio.
Además, transcribió el dictamen del fiscal Carlos Stornelli cuando dijo: “Tengo por cierto y demostrado que Nelson Guillermo Periotti, Sandro Fergola y Sergio Hernán Passacantando integraron una asociación ilícita junto con, al menos, Cristina Elisabet Fernández, Julio Miguel De Vido, Roberto Baratta, Carlos Guillermo Enrique Wagner, Ernesto Clarens, Claudio Uberti, Nelson Javier Lazarte, Rafael Enrique Llorens, José María Olazagasti, Oscar Bernardo Centeno, Gerardo Luis Ferreyra, Germán Ariel Nivello, José Francisco López y Oscar Alfredo Thomas, Ricardo Raúl Jaime, Juan Pablo Schiavi y Miguel Marcelino Aznar, que desarrolló sus actividades aproximadamente desde el mes de mayo de 2003 hasta noviembre de 2015, y cuya finalidad fue organizar un sistema de recaudación de fondos para recibir dinero ilícito con el fin de enriquecerse ilegalmente y de utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos”.
“Dinero en 207 ocasiones”
El juez reveló que los acusados del delito de cohecho pasivo recibieron dinero en 207 ocasiones y concluyó: “No se advierte vicio alguno que haya privado a la parte de conocer los hechos que se le atribuyen, la prueba en que se sustenta la imputación y la valoración que de ella ha efectuado la acusación y, consecuentemente, que se haya conculcado el derecho de defenderse adecuadamente a la imputada”.
“No se ha verificado en las piezas procesales atacadas vicio alguno que haya afectado garantías de raigambre constitucional”, explicó Méndez Signori
El tribunal oral federal que investiga a la expresidenta Cristina Kirchner en el caso de los cuadernos de las coimas rechazó ayer un pedido de la exmandataria para anular toda la causa y ordenó seguir adelante con la organización del juicio oral y público que deberán enfrentar ella y otros 160 imputados.
Cristina Kirchner había pedido que se declarara “la nulidad parcial del requerimiento de elevación a juicio formulado por el Ministerio Público Fiscal, así como también la del auto de elevación a juicio y la de todos los actos posteriores que resultan su consecuencia” en cuanto a “los presuntos actos de cohecho pasivo” que se le atribuyen. Pero los jueces Fernando Canero, Enrique Méndez Signori y Germán Castelli rechazaron su solicitud “con costas” a cargo de la expresidenta, por la “notoria improcedencia de los planteos efectuados”.
El caso cuadernos tiene 161 imputados. La principal acusada es Cristina Kirchner, como jefa de una asociación ilícita. Funcionarios “arrepentidos” admitieron los cobros y empresarios reconocieron los pagos ante la Justicia. la nacion hizo la investigación periodística que permitió destapar la maniobra sobre la base de las anotaciones del chofer del Ministerio de Planificación Oscar Centeno, que detallaban referencias a garajes subterráneos, hoteles y empresas donde recogía bolsos con dinero de coimas, acompañando a funcionarios que respondían a Julio De Vido.
Los jueces vienen rechazando todos los planteos de los exfuncionarios y de los empresarios. Ahora fueron intimados por la Cámara de Casación para que le pongan fecha e inicien este juicio oral, en una causa que está en sus manos desde hace casi cuatro años.
Este planteo de Cristina Kirchner atacó el caso desde su inicio. Dijo que todo es nulo porque “se encuentra insanablemente viciado con motivo de las gravísimas ilicitudes” ocurridas en la instrucción del juez federal Claudio Bonadio, ya fallecido. Y sostuvo que se inició con “supuestos cuadernos o sus fotocopias” que llevaron a la causa “por vía delictiva”, mediante “groseras maniobras de forum shopping”. En la misma línea, denunció que “se arrancaron supuestas confesiones a arrepentidos mediante prácticas extorsivas”.
La fiscal Fabiana León respondió todas las objeciones y propuso su rechazo, lo que hizo el propio tribunal oral federal, que contestó uno por uno los planteos. El juez Méndez Signori, que fue el primero en votar, señaló que la defensa de la expresidenta pretende –mediante este pedido de nulidad– que el tribunal avance con análisis de cuestiones que se deben tratar en el debate oral.
El juez defendió la validez del requerimiento de elevación a juicio, dijo que describe los datos personales de la imputada, hace una breve descripción de los hechos, la calificación legal y explica los motivos del juicio.
Además, transcribió el dictamen del fiscal Carlos Stornelli cuando dijo: “Tengo por cierto y demostrado que Nelson Guillermo Periotti, Sandro Fergola y Sergio Hernán Passacantando integraron una asociación ilícita junto con, al menos, Cristina Elisabet Fernández, Julio Miguel De Vido, Roberto Baratta, Carlos Guillermo Enrique Wagner, Ernesto Clarens, Claudio Uberti, Nelson Javier Lazarte, Rafael Enrique Llorens, José María Olazagasti, Oscar Bernardo Centeno, Gerardo Luis Ferreyra, Germán Ariel Nivello, José Francisco López y Oscar Alfredo Thomas, Ricardo Raúl Jaime, Juan Pablo Schiavi y Miguel Marcelino Aznar, que desarrolló sus actividades aproximadamente desde el mes de mayo de 2003 hasta noviembre de 2015, y cuya finalidad fue organizar un sistema de recaudación de fondos para recibir dinero ilícito con el fin de enriquecerse ilegalmente y de utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos”.
“Dinero en 207 ocasiones”
El juez reveló que los acusados del delito de cohecho pasivo recibieron dinero en 207 ocasiones y concluyó: “No se advierte vicio alguno que haya privado a la parte de conocer los hechos que se le atribuyen, la prueba en que se sustenta la imputación y la valoración que de ella ha efectuado la acusación y, consecuentemente, que se haya conculcado el derecho de defenderse adecuadamente a la imputada”.
“No se ha verificado en las piezas procesales atacadas vicio alguno que haya afectado garantías de raigambre constitucional”, explicó Méndez Signori
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
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