lunes, 10 de junio de 2024

PROYECTO DE LEY Y POLÍTICA PREVISIONAL


El sistema previsional, en el ring de la política
Diputados votó un proyecto que es rechazado por el Gobierno; qué implica la propuesta para los haberes y para el fisco 
Silvia StangEl miércoles último la Cámara de Diputados votó de manera favorable cambios previsionales
El proyecto sobre jubilaciones votado en Diputados, tras un acuerdo entre los bloques de la UCR, Hacemos Coalición Federal y el kirchnerista Unión por la Patria implicaría, si se convirtiera en ley y si esa ley quedara vigente, una suba de los haberes retroactiva a abril de 7,2%, y la posibilidad de que en marzo de cada año haya un aumento adicional a los reajustes mensuales por inflación (reajustes que, en la práctica, ya se están otorgando, dado lo establecido por el decreto de necesidad y urgencia 274. Además, habría una garantía de ingreso mínimo, que reemplazaría en la práctica a los bonos (ver página 9).
El aumento del 7,2% (que se detalla más adelante) sería para compensar parte de la inflación de enero. Ese mes fue uno de tantos en los que en los últimos años los jubilados perdieron poder de compra, algo que, no sin oportunismo político, en varios discursos parece haber quedado en el olvido.
Solo en 2023, con la fórmula de movilidad del gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner y con una política discriminatoria y discrecional de pago de bonos, las jubilaciones perdieron entre 14,2% y 37,4% de su poder adquisitivo. Si se comparan los ingresos de diciembre de 2023 con los de septiembre de 2017 (incluidos los bonos), la caída de la capacidad de compra fue de entre 26,2% y 55,4%, dependiendo del monto de los haberes.
Las medidas bajo tratamiento en el Congreso tendrían un costo fiscal de 0,45% del PBI, según una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), actualizada con los últimos cambios al texto. A eso se sumaría el impacto derivado de un artículo en particular, que busca emplazar a la Anses para que salde las deudas del Estado con un grupo de provincias por el déficit de las cajas previsionales no transferidas a la Nación, y para que pague también las deudas con los jubilados que tienen sentencias firmes, por juicios que hicieron a raíz de la mala liquidación de sus haberes en los últimos años.
Para esta disposición sobre el pago de deudas, el proyecto original impulsado por la UCR indicaba que se usarían recursos provenientes del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) que, pese a su nombre, no garantiza en la práctica que el sistema sea sustentable, ni guarda recursos para pagar prestaciones futuras (ya que no rige un régimen de capitalización). Para el objetivo de la sustentabilidad, en rigor, el desafío es generar condiciones para que haya más y mejores puestos de trabajo por los que se contribuya al régimen.
La pretendida instrucción a la Anses para usar el FGS, una cláusula tendiente a resolver el origen de los recursos, fue eliminada a pedido del kirchnerismo. El texto votado dice que las deudas deberán saldarse en un plazo de seis meses –prorrogable por otros seis– con recursos de los impuestos que tienen su recaudación, o parte de ella, asignada a la Anses. En realidad, eso implica no establecer una fuente de recursos, porque los pagos previsionales hoy se financian con aportes y contribuciones y con los aludidos impuestos de asignación específica y, aun así, hay un déficit que cubre el Tesoro, según datos publicados por la subsecretaría de Seguridad Social.
Una ley ya vigente, la 24.463, según recuerda el exjuez de la Cámara Federal de la Seguridad Social, Luis Herrero, ya prevé plazos para los pagos de sentencias a favor de los jubilados: deben hacerse, según lo allí establecido, en 120 días hábiles. En la práctica, eso no se cumple.
Tras la votación del proyecto, el presidente Javier Milei ratificó en duros términos lo que ya había advertido: que vetará cualquier ley que tenga un costo fiscal sin que prevea el financiamiento. “Les dejo este tweet para que le quede claro a todo el mundo –posteó el miércoles en la red social X–; no voy a entregar el equilibrio fiscal de ningún modo. Defenderé la caja a puro veto si es necesario. A puro déficit fiscal empobrecieron al país, por lo que de ningún modo voy a permitir que se repita”.
“El proyecto aprobado tiene un costo fiscal de 0,45% del PBI y solo devuelve a los jubilados lo que la inflación de enero les sacó (su propia licuadora) –le respondió en X el diputado radical Martín Tetaz–. Si el equilibrio fiscal que usted viene a proponer es ajustar a los jubilados, entonces no trae ningún cambio; es el mismo ajuste que hizo Sergio Massa el año pasado. Tenga en cuenta que el proyecto radical se aprobó con 2/3 del congreso, que es el número que se necesita para insistir si usted veta”.
El episodio lleva a recordar el veto de la expresidenta Cristina Kirchner, que anuló en 2010 una ley que garantizaba que el haber básico no fuera inferior al 82% del salario mínimo. Hoy esa garantía rige, pero por una ley de la gestión de Mauricio Macri, y ampara a quienes obtuvieron su jubilación sin moratoria (entre quienes tienen el haber mínimo, solo cumple esa condición menos del 10%).
A continuación, las claves de la iniciativa votada en Diputados.
Movilidad mensual
La eventual ley establecería que los haberes suban cada mes en porcentajes equivalentes a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec (es decir, que aumenten según la inflación).
Desde abril último los reajustes ya son mensuales y por inflación. Así lo dispuso el DNU 274, luego de que las prestaciones se habían congelado en enero y febrero y habían subido en marzo un 27,18%, según el índice resultante de la fórmula puesta en vigencia en 2021. La modalidad actual (y la incluida en el proyecto) indica que debe observarse la inflación de dos meses atrás. En julio se usará el IPC de mayo; en agosto, el de junio, y así sucesivamente.
Desde el inicio del año y hasta mayo, la suba de los haberes (no del bono) acumuló un 79,9%, contra una inflación estimada en alrededor de 75%. De esa forma, el mes pasado los ingresos recuperaron el valor de compra de diciembre último.
En este aspecto, el del reajuste mensual, no habría cambios respecto de lo que ya está vigente.
Aumento anual adicional
Para determinar los haberes en cada mes de marzo, además de aplicarse la suba según la inflación de enero, se observaría qué ocurrió en el año previo con la variación de los salarios según el índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) y con el índice de precios. Si el primer indicador supera al segundo, el 50% de la diferencia definiría un aumento extra.
Por ejemplo: si el Ripte avanzó en un año 110% y los precios, un 100%, los haberes tendrían una mejora de 5% por sobre la recomposición por inflación. Esta cláusula se aplicaría por primera vez (o no, dependiendo del comportamiento de las variables) en marzo de 2025.
Incremento compensatorio
El proyecto busca disponer que se otorgue “a partir de abril de 2024” un “incremento compensatorio adicional y acumulativo al 12,5%” dispuesto por DNU, “a fin de alcanzar el 20,6% de la variación porcentual mensual del IPC elaborado por el Indec de enero de 2024”.
De eso se deriva que habría un alza de 7,2%. La medida tiende a reforzar la suba otorgada en abril: ese mes los haberes subieron 27,4%, un índice resultante de considerar la inflación de febrero, de 13,2%, y de adicionar de forma acumulativa un 12,5%. Con el extra de 7,2%, el aumento de abril se llevaría de 27,4% a 36,5%.
Si eso se aprobara, el haber mínimo de abril rondaría los $183.600, en lugar de los $171.283 abonados; el de mayo sería de alrededor de $203.800 en vez de $190.141, y el de junio sería de aproximadamente $221.800, en vez de $206.931. El Gobierno debería pagar las diferencias por esos períodos, de manera retroactiva.
Todos los haberes, no solo el mínimo, subirían según la regla que se busca disponer. La jubilación máxima, este mes de $1.392.450, rondaría según la iniciativa los $1.492.700.
¿Por qué el Gobierno no consideró la inflación de enero al otorgar los aumentos, pese a la pérdida de poder adquisitivo? El cambio establecido por DNU implica que para el reajuste de junio aún rija, formalmente, la fórmula de movilidad de la ley 27.609, vigente desde 2021 (basada en la variación de salarios y de la recaudación impositiva y con un tope anual a los incrementos que fue aplicado en diciembre de 2023, perjudicando fuertemente a los jubilados). En el cálculo del índice para la suba de junio está contemplado lo ocurrido en enero, febrero y marzo con las variables implicadas. Es decir, el primer mes del año está incluido, según el DNU, en el período de vigencia de la modalidad de reajustes de la ley 27.609. Al trimestre de abril a junio se lo definió como de transición o empalme: rige aún la movilidad “vieja”, pero en la práctica se otorgan “a cuenta” subas mensuales y por inflación.
Ingreso mínimo garantizado
La iniciativa busca establecer, para quienes cobran una única prestación del sistema previsional, la garantía de que su ingreso total no sea inferior al valor de la canasta básica total para un adulto que define el Indec para la medición de la pobreza, multiplicado por 1,09. El último dato disponible es el de abril: la canasta tuvo ese mes un valor de $268.012,36 que, multiplicado por el coeficiente propuesto, da $292.133,47. Es prácticamente el mismo importe que se obtiene al incrementar el haber mínimo en un 7,2% y sumarle el bono de $70.000 
Régimen de transparencia
En la propuesta se incluye la creación de un “régimen de transparencia”. Todos los años, el área de Seguridad Social del gobierno debería elaborar “un informe de sustentabilidad económica, financiera y actuarial de los subregímenes previsionales administrados por la Nación”, y elevarlo a una comisión bicameral del Congreso.


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por Silvia Stang
 Según el proyecto, al valor del ingreso que necesita un adulto para no ser pobre se le agregaría un 9%, y el monto resultante sería el haber mínimo mensual garantizado
Qué pasará con el bono que cobran quienes tienen los ingresos más bajos
El pago de refuerzos, que generaron fuertes distorsiones en el sistema, depende de decisiones discrecionales de los gobiernos; como efecto de lo que se propone en la iniciativa legislativa, se reemplazarían por suplementos atados a un valor de referencia
¿Qué pasará en los próximos meses, según haya o no una nueva ley previsional, con los bonos que cobra un grupo de jubilados? Si todo siguiera sin modificaciones, el pago continuaría dependiendo mes a mes de decisiones discrecionales del Poder Ejecutivo. Si se aprobara y llegara a ponerse en práctica el proyecto que fue votado en Diputados –y que el presidente Javier Milei ya advirtió que vetaría–, ese plus sería reemplazado por el pago de un suplemento atado al costo de la canasta básica de la pobreza y a un mecanismo de cálculo que se explica más adelante.
La política de pago de bonos o refuerzos para los jubilados de menores ingresos comenzó a aplicarse de manera continua en septiembre de 2022 y tiene varias debilidades.
• Implica un reconocimiento de que la fórmula de movilidad que rigió desde 2021 y hasta marzo de este año fue muy insuficiente para cumplir con el objetivo de preservar el valor de los haberes previsionales.
• Tiene alcance solo para un grupo de jubilados y pensionados, mientras que el incremento de precios perjudica a todos; esto es algo que ya generó juicios contra el Estado.
• Provocó un achatamiento de la pirámide de ingresos, restando valor al hecho de haberle aportado más al sistema.
• Generó un ingreso que no está incorporado al que es habitual y permanente, sino que su pago y su monto dependen de decisiones discrecionales del Poder Ejecutivo, lo cual provoca imprevisibilidad.
Esto último ya tuvo sus consecuencias negativas para un grupo de jubilados. Se trata de quienes percibieron un refuerzo entre septiembre de 2022 y agosto de 2023 y luego ya no lo cobraron, porque el gobierno anterior estableció, para los pagos a partir de septiembre último, requisitos de ingresos más restrictivos que los que habían regido en los meses previos. Tal cosa ocurrió en el contexto de una inflación al alza, y el resultado fue que esos jubilados fueron los que más poder adquisitivo perdieron: la capacidad de compra de sus ingresos fue, al finalizar 2023, un 37,4% más baja que la del inicio del año, mientras que la pérdida fue de 14,2% para quienes perciben el haber mínimo (y tuvieron siempre bono), y de 32,3% para los jubilados de ingresos medio bajos, medios y altos que nunca accedieron a los refuerzos.
Desde septiembre acceden al importe completo del bono quienes cobran un ingreso no mayor al haber mínimo, en tanto que quienes perciben un poco más que ese básico reciben un plus que permite completar la cifra resultante de sumar el haber mínimo y el bono. Por ejemplo, este mes el bono o “ayuda económica previsional” (como lo llama el Gobierno) es de $70.000 para quienes tienen como único ingreso previsional un haber bruto de hasta $206.931 (esa es la jubilación mínima, tras aplicarse el aumento de 8,83%). Y para quienes tienen un haber bruto de hasta $276.931 hay un adicional de un monto tal que se llegue a esos $276.931. Con una jubilación de $250.000, por caso, se cobra un bono de $26.931.
La forma en que se pagará el bono este mes fue establecida por el decreto 440 del Poder Ejecutivo. Y el monto de $70.000 es el mismo que se abonó en marzo, abril y mayo. Es decir, el valor de este extra se va licuando por la inflación. La última actualización fue en el tercer mes del año, cuando se le aplicó una suba similar a la de los haberes propiamente dichos, de algo más de 27%.
Los bonos de los períodos previos al actual también fueron dispuestos por decretos. Así, mes a mes se espera la decisión del Poder Ejecutivo para saber si se va a abonar o no y para conocer, en caso de que se establezca el pago, cuál será el importe.
Qué dice el proyecto
Si se aprobara el texto votado el miércoles por la madrugada en Diputados, eso se modificaría. La iniciativa legislativa y su avance causaron un profundo malestar en el Gobierno, no por este punto en particular, sino por el impacto de todo lo propuesto en las cuentas públicas y por la movida política que implicó por parte de la oposición: para lograr la media sanción de una norma que Milei ya había advertido que vetaría para cuidar el equilibrio fiscal, se unieron los bloques de la UCR, Hacemos Coalición Federal y Unión por la Patria. Lograron así la aprobación con dos tercios de los votos, algo que dificulta el plan del oficialismo de dejar sin vigencia la eventual nueva ley, porque si el Congreso insiste tras el veto y logra nuevamente esa cantidad de votos, la norma regiría.
El proyecto no menciona expresamente a los bonos. Sí busca disponer, para quienes cobran una única prestación previsional (excluye a quienes tienen jubilación y pensión a la vez, tal como ocurre con los bonos actuales) la garantía de que los “ingresos totales” nunca sean inferiores al valor, multiplicado por 1,09, de la canasta básica total para un adulto que el Indec elabora y utiliza para la medición de la pobreza.
Si bien, al incluirse la mención de “ingresos totales” se da a entender que se considerarían el haber propiamente dicho y el bono, el texto agrega que “la autoridad de aplicación establecerá los parámetros para definir los conceptos que integrarán el cómputo de los ingresos a los efectos de la aplicación” del suplemento.
Según la letra del proyecto, al monto del ingreso que necesita una persona, en promedio y según el Indec, para no ser pobre, se le agregaría un 9% y la cifra resultante sería el ingreso básico garantizado.
El último dato disponible de esa variable es el de abril: la canasta para un adulto tuvo un valor de $268.012,36. Multiplicada por 1,09, la cifra se convierte en $292.133,47.
Ese monto es prácticamente el mismo que se obtendría al sumar el haber mínimo y el bono de $70.000, tras aplicarse otra disposición prevista en la iniciativa: la que determina que todos los haberes tengan un aumento de 7,2% con efecto retroactivo a abril. Esto último resulta de la búsqueda de compensar la inflación de enero: en uno de los artículos del proyecto se prevé que el “incremento extraordinario” de 12,5% otorgado en abril por el Gobierno a través del DNU 274, se convierta en un aumento de 20,6%, para lo cual hace falta una suba de 7,2%.
Con ese incremento, el haber mínimo de junio sería de $221.830, en lugar de los $206.931 que se pagan este mes. Y con el bono de $70.000 se llegaría a $291.830. 

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