La Justicia allanó el departamento de Fernández para incautarle el teléfono
Lo dispusieron los dos fiscales que quedaron al frente del caso por la acusación de violencia de género contra Fabiola Yañez; rige desde ayer el secreto de sumario en el expediente
Hernán Cappiello
La silueta de Fernández, anoche, en su departamento de Puerto Madero
La Justicia ordenó anoche un allanamiento en el departamento de Alberto Fernández para incautarle el celular en el marco de la investigación por violencia de género tras la denuncia de Fabiola Yañez, su expareja. El motivo de la medida era constatar si el expresidente continuó “hostigando” a la ex primera dama luego de ser notificado de que no tenía que tener contacto con ella.
El procedimiento, que ordenaron los fiscales Carlos Rívolo y Ramiro González, se llevaba a cabo en la torre de Puerto Madero donde reside el expresidente, según confirmaron fuentes judiciales. Allí, en el piso 12 del edificio River View, Fernández volvió a permanecer ayer durante toda la jornada, junto a pocos amigos y familiares.
Más temprano, la Justicia había dispuesto el secreto del sumario en la causa por las supuestas agresiones que sufrió la ex primera dama, mientras ordenó la realización de medidas de prueba reservadas que, ahora se confirmó, consistían principalmente en el allanamiento que un grupo de policías federales ejecutaban anoche.
Los fiscales González y Rívolo indicaron, en el pedido oficial de allanamiento al departamento de Fernández, que necesitan “comprobar si siguió el hostigamiento luego de ser notificado” de que no tenía que tener contacto con Yañez, que vive en Madrid. La ex primera dama había denunciado que era sometida a “terrorismo psicológico” por parte del expresidente.
El teléfono celular de Alberto Fernández es desde hace unos días motivo de fuertes especulaciones políticas y judiciales, ya que hasta el momento los chats del escándalo se conocieron por mensajes de su exsecretaria privada María Cantero y por capturas de la propia Yañez, aunque la Justicia busca precisar ahora el contenido del dispositivo del expresidente.
Fernández se encontraba en el departamento, acompañado de su medio hermano Pablo Galíndez y otras pocas personas, mientras los efectivos policiales realizaban el procedimiento. Más temprano, el expresidente había designado a la abogada Silvina Carreira, una especialista en derecho de familia, para que lo defienda en el flamante expediente.
El flamante expediente quedó desde hoy radicado ante el juez federal Julián Ercolini, pero en otro juzgado, y cambió el fiscal, que será desde el lunes Ramiro González. A su vez el fiscal Carlos Rívolo, que intervenía hasta ahora, seguirá actuando en el caso de manera conjunta, en función del principio de unidad del ministerio público.
La causa por violencia de género contra Yañez es un desprendimiento del caso de fraude por la contratación de los seguros del Estado. Era un incidente del mismo expediente, ya que las fotos de los golpes fueron encontradas en los chats de Cantero, investigada por conseguirle negocios a su esposo el broker Héctor Martínez Sosa.
Pero como el caso de los golpes es un hecho diferente del fraude de los seguros, el fiscal Rívolo le pidió al juez Ercolini que mande a sorteo el expediente de violencia de género, para evitar posibles nulidades, ya que de lo contrario alguien podría decir que quiso retener el sumario para sí en una maniobra conocida como forum shopping.
El sorteo se hizo ayer en la Cámara Federal por medio de un sistema informático que asigna las causas. Los juzgados entre los que se sorteó el caso eran aquellos numerados del 6 al 11. El sistema determinó que la causa quedara en el juzgado N° 10, que es el natural de Ercolini, mientras que el fiscal de turno con ese juzgado es Ramiro González.
De este modo ahora los dos hechos investigados, la corrupción con los seguros y la violencia de género, tramitan como causas separaras pero quedan con el mismo juez. Intervienen la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección General de Acompañamiento, de Orientación y Protección a las Víctimas (Dovic).
Ahora el fiscal Ramiro González espera el momento oportuno para escuchar el relato de Fabiola Yañez de modo que haga una descripción detallada de los hechos y el lugar donde tuvieron lugar. La ex primera dama fue entrevistada por psicólogos de la unidad de asistencia a la víctima y aún no se encontraba en condiciones de exponer ese relato detallado.
La nueva abogada de Yañez, Mariana Gallego, viajó ayer desde Buenos Aires a Madrid, donde vive Yañez para entrevistarle con ella, y recién luego tendrá lugar la entrevista con el fiscal para describir los hechos. En tanto, Fernández designó ayer como abogada defensora a Silvina Carreira, especialista en derecho de familia. Desde que estalló el caso Fernández se encuentra recluido en su departamento de Puerto Madero. Niega lo hechos y su defensa se basaría en un fuerte ataque a la figura de Yañez.
Dependiendo de dónde hubieran ocurrido los sucesos, es que se verá que juez es competente. Si hubieran ocurrido en la Quinta de Olivos, el fiscal Rívolo lo enviaría el asunto a la justicia federal de San Isidro, que tiene jurisdicción allí. El juez federal de turno es Lino Mirabelli, el mismo que llevó adelante la causa por la fiesta de cumpleaños de Fabiola Yañez en plena pandemia.
El otro debate jurídico es si se trata de un caso de la justicia federal, o de la justicia provincial. Aquí hay dos interpretaciones: los que señalan que cualquier hecho de violencia de género debe tramitar en la justicia ordinaria, y los que sostienen que el episodio habría ocurrido en un territorio federal (la quinta presidencial) y que fue protagonizado por un funcionario federal, como es el presidente de la Nación.ß
El expresidente pasó en compañía de familiares la jornada en el piso 12
El allanamiento fue ejecutado por la Policía Federal; le quitaron el celular
&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
Qué condenas podría recibir el expresidente
El caso se inició por “lesiones leves agravadas”, pero podría complicarse la acusación

La causa abierta contra Alberto Fernández por los presuntos hechos de violencia física contra Fabiola Yañez se inició por el hallazgo, en el celular de María Cantero, de fotos de la entonces primera dama golpeada y su acusación al expresidente. Son las mismas dos fotos que se conocieron públicamente el jueves a la noche.
Pero no se sabe aún hasta dónde pueden escalar las acusaciones contra Fernández. Resta saber si es cierto que existen fotos donde las marcas de los golpes son aún peores y si ella lo acusará de haber cometido además otros delitos en su contra.
El caso es muy incipiente, pero ya se vislumbran los posibles delitos que se expondrán en el expediente.
Hasta ahora, en cuanto a la violencia física, los elementos que hay en la causa encuadran en el presunto delito de lesiones leves agravadas por la violencia de género, según escribió el juez Julián Ercolini en un fallo de esta semana, que redactó después de que Yañez le informara que impulsaba la acción penal contra el expresidente.
Se trata de un delito que tiene una pena de seis meses a dos años de prisión. La ley contempla que si la condena no es de más de tres años, el juez puede disponer que su cumplimiento sea “condicional”; es decir que, aunque la pena impuesta sea de prisión, el condenado no vaya nunca a la cárcel.
Las lesiones leves son aquellas que no dejan una “debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro ni una dificultad permanente de la palabra”, ni hayan “puesto en peligro la vida del ofendido”, ni lo hayan “inutilizado para el trabajo por más de un mes” o le hayan “causado una deformación permanente del rostro”. Si algo de todo eso sucede, las lesiones son graves y, en su forma agravada, la pena es de tres a diez años.
El caso de Yañez y Fernández encuadraría en dos agravantes (que corren para todos los grados de lesión): la prevista cuando las lesiones sean contra una mujer y
que “el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”, y la que contempla el ataque a alguien con quien se tiene o ha tenido “una relación de pareja”. Sean una o dos agravantes, la escala penal es la misma.
“Si son varios episodios de golpes, el hecho no es uno solo, sino que se van sumando [a los efectos del castigo]”, explicó un fiscal con muchos años de experiencia en la Justicia Penal, que dijo que se considera un “concurso real de delitos”. En ese caso, la escala penal a aplicar tiene como mínimo el mínimo mayor de los delitos que se están sumando, y el máximo resulta de la sumatoria de las máximas previstas para cada delito, que no puede superar 50 años.
De corroborar la Justicia que Yañez sufrió lesiones, habrá que ver cómo interpreta los golpes; si se entiende o no que fueron “varios hechos independientes”, como dice la ley para disponer que el concurso sea real.
En su presentación de esta semana ante Ercolini, Yañez no detalló los hechos de violencia que informó haber sufrido, pero sí añadió que estaba siendo víctima de un “terrorismo psicológico” que incluía un “contacto amenazante” de parte de Fernández. Eso motivó al juez a disponer medidas de protección en favor de Yañez.
El objetivo del fiscal que tiene delegado el caso, Carlos Rívolo, es tomarle declaración cuanto antes a Yañez para precisar los hechos a investigar; entre otros, las posibles amenazas, a las que solo se alude en forma genérica en la causa hasta ahora. Si lo que Yañez dice haber sufrido de parte de Fernández encuadra en un hostigamiento, se trataría de una contravención en la ciudad de Buenos Aires, no de un delito. Las amenazas, en términos penales, están previstas en el artículo 149 bis. Pueden ser “coactivas o no”. Ese artículo dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas”.
Y añade: “Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”.
La periodista Sandra Borghi, que informó que tiene diálogo con Yañez, dijo que la ex primera dama le contó que durante los últimos cuatro meses del gobierno de Fernández se mudó a la casa de huéspedes de Olivos porque no la dejaban salir de la quinta presidencial y estaba “prácticamente secuestrada” en esa casa. Si Yañez introduce en la causa penal esta acusación, el hecho podría encuadrar en una privación ilegítima de la libertad.
El artículo 141 del Código Penal dice que “será reprimido con prisión o reclusión de seis meses a tres años” el que “ilegalmente privare a otro de su libertad personal”, y que la pena será “de dos a seis años” en determinados casos, que incluyen que el delito se “cometiere en la persona de un ascendiente, de un hermano, del cónyuge o de otro individuo a quien se deba respeto particular” o “si la privación de la libertad durare más de un mes”.
La Justicia ordenó anoche un allanamiento en el departamento de Alberto Fernández para incautarle el celular en el marco de la investigación por violencia de género tras la denuncia de Fabiola Yañez, su expareja. El motivo de la medida era constatar si el expresidente continuó “hostigando” a la ex primera dama luego de ser notificado de que no tenía que tener contacto con ella.
El procedimiento, que ordenaron los fiscales Carlos Rívolo y Ramiro González, se llevaba a cabo en la torre de Puerto Madero donde reside el expresidente, según confirmaron fuentes judiciales. Allí, en el piso 12 del edificio River View, Fernández volvió a permanecer ayer durante toda la jornada, junto a pocos amigos y familiares.
Más temprano, la Justicia había dispuesto el secreto del sumario en la causa por las supuestas agresiones que sufrió la ex primera dama, mientras ordenó la realización de medidas de prueba reservadas que, ahora se confirmó, consistían principalmente en el allanamiento que un grupo de policías federales ejecutaban anoche.
Los fiscales González y Rívolo indicaron, en el pedido oficial de allanamiento al departamento de Fernández, que necesitan “comprobar si siguió el hostigamiento luego de ser notificado” de que no tenía que tener contacto con Yañez, que vive en Madrid. La ex primera dama había denunciado que era sometida a “terrorismo psicológico” por parte del expresidente.
El teléfono celular de Alberto Fernández es desde hace unos días motivo de fuertes especulaciones políticas y judiciales, ya que hasta el momento los chats del escándalo se conocieron por mensajes de su exsecretaria privada María Cantero y por capturas de la propia Yañez, aunque la Justicia busca precisar ahora el contenido del dispositivo del expresidente.
Fernández se encontraba en el departamento, acompañado de su medio hermano Pablo Galíndez y otras pocas personas, mientras los efectivos policiales realizaban el procedimiento. Más temprano, el expresidente había designado a la abogada Silvina Carreira, una especialista en derecho de familia, para que lo defienda en el flamante expediente.
El flamante expediente quedó desde hoy radicado ante el juez federal Julián Ercolini, pero en otro juzgado, y cambió el fiscal, que será desde el lunes Ramiro González. A su vez el fiscal Carlos Rívolo, que intervenía hasta ahora, seguirá actuando en el caso de manera conjunta, en función del principio de unidad del ministerio público.
La causa por violencia de género contra Yañez es un desprendimiento del caso de fraude por la contratación de los seguros del Estado. Era un incidente del mismo expediente, ya que las fotos de los golpes fueron encontradas en los chats de Cantero, investigada por conseguirle negocios a su esposo el broker Héctor Martínez Sosa.
Pero como el caso de los golpes es un hecho diferente del fraude de los seguros, el fiscal Rívolo le pidió al juez Ercolini que mande a sorteo el expediente de violencia de género, para evitar posibles nulidades, ya que de lo contrario alguien podría decir que quiso retener el sumario para sí en una maniobra conocida como forum shopping.
El sorteo se hizo ayer en la Cámara Federal por medio de un sistema informático que asigna las causas. Los juzgados entre los que se sorteó el caso eran aquellos numerados del 6 al 11. El sistema determinó que la causa quedara en el juzgado N° 10, que es el natural de Ercolini, mientras que el fiscal de turno con ese juzgado es Ramiro González.
De este modo ahora los dos hechos investigados, la corrupción con los seguros y la violencia de género, tramitan como causas separaras pero quedan con el mismo juez. Intervienen la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección General de Acompañamiento, de Orientación y Protección a las Víctimas (Dovic).
Ahora el fiscal Ramiro González espera el momento oportuno para escuchar el relato de Fabiola Yañez de modo que haga una descripción detallada de los hechos y el lugar donde tuvieron lugar. La ex primera dama fue entrevistada por psicólogos de la unidad de asistencia a la víctima y aún no se encontraba en condiciones de exponer ese relato detallado.
La nueva abogada de Yañez, Mariana Gallego, viajó ayer desde Buenos Aires a Madrid, donde vive Yañez para entrevistarle con ella, y recién luego tendrá lugar la entrevista con el fiscal para describir los hechos. En tanto, Fernández designó ayer como abogada defensora a Silvina Carreira, especialista en derecho de familia. Desde que estalló el caso Fernández se encuentra recluido en su departamento de Puerto Madero. Niega lo hechos y su defensa se basaría en un fuerte ataque a la figura de Yañez.
Dependiendo de dónde hubieran ocurrido los sucesos, es que se verá que juez es competente. Si hubieran ocurrido en la Quinta de Olivos, el fiscal Rívolo lo enviaría el asunto a la justicia federal de San Isidro, que tiene jurisdicción allí. El juez federal de turno es Lino Mirabelli, el mismo que llevó adelante la causa por la fiesta de cumpleaños de Fabiola Yañez en plena pandemia.
El otro debate jurídico es si se trata de un caso de la justicia federal, o de la justicia provincial. Aquí hay dos interpretaciones: los que señalan que cualquier hecho de violencia de género debe tramitar en la justicia ordinaria, y los que sostienen que el episodio habría ocurrido en un territorio federal (la quinta presidencial) y que fue protagonizado por un funcionario federal, como es el presidente de la Nación.ß
El expresidente pasó en compañía de familiares la jornada en el piso 12
El allanamiento fue ejecutado por la Policía Federal; le quitaron el celular
&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
Qué condenas podría recibir el expresidente
El caso se inició por “lesiones leves agravadas”, pero podría complicarse la acusación
La causa abierta contra Alberto Fernández por los presuntos hechos de violencia física contra Fabiola Yañez se inició por el hallazgo, en el celular de María Cantero, de fotos de la entonces primera dama golpeada y su acusación al expresidente. Son las mismas dos fotos que se conocieron públicamente el jueves a la noche.
Pero no se sabe aún hasta dónde pueden escalar las acusaciones contra Fernández. Resta saber si es cierto que existen fotos donde las marcas de los golpes son aún peores y si ella lo acusará de haber cometido además otros delitos en su contra.
El caso es muy incipiente, pero ya se vislumbran los posibles delitos que se expondrán en el expediente.
Hasta ahora, en cuanto a la violencia física, los elementos que hay en la causa encuadran en el presunto delito de lesiones leves agravadas por la violencia de género, según escribió el juez Julián Ercolini en un fallo de esta semana, que redactó después de que Yañez le informara que impulsaba la acción penal contra el expresidente.
Se trata de un delito que tiene una pena de seis meses a dos años de prisión. La ley contempla que si la condena no es de más de tres años, el juez puede disponer que su cumplimiento sea “condicional”; es decir que, aunque la pena impuesta sea de prisión, el condenado no vaya nunca a la cárcel.
Las lesiones leves son aquellas que no dejan una “debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro ni una dificultad permanente de la palabra”, ni hayan “puesto en peligro la vida del ofendido”, ni lo hayan “inutilizado para el trabajo por más de un mes” o le hayan “causado una deformación permanente del rostro”. Si algo de todo eso sucede, las lesiones son graves y, en su forma agravada, la pena es de tres a diez años.
El caso de Yañez y Fernández encuadraría en dos agravantes (que corren para todos los grados de lesión): la prevista cuando las lesiones sean contra una mujer y
que “el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”, y la que contempla el ataque a alguien con quien se tiene o ha tenido “una relación de pareja”. Sean una o dos agravantes, la escala penal es la misma.
“Si son varios episodios de golpes, el hecho no es uno solo, sino que se van sumando [a los efectos del castigo]”, explicó un fiscal con muchos años de experiencia en la Justicia Penal, que dijo que se considera un “concurso real de delitos”. En ese caso, la escala penal a aplicar tiene como mínimo el mínimo mayor de los delitos que se están sumando, y el máximo resulta de la sumatoria de las máximas previstas para cada delito, que no puede superar 50 años.
De corroborar la Justicia que Yañez sufrió lesiones, habrá que ver cómo interpreta los golpes; si se entiende o no que fueron “varios hechos independientes”, como dice la ley para disponer que el concurso sea real.
En su presentación de esta semana ante Ercolini, Yañez no detalló los hechos de violencia que informó haber sufrido, pero sí añadió que estaba siendo víctima de un “terrorismo psicológico” que incluía un “contacto amenazante” de parte de Fernández. Eso motivó al juez a disponer medidas de protección en favor de Yañez.
El objetivo del fiscal que tiene delegado el caso, Carlos Rívolo, es tomarle declaración cuanto antes a Yañez para precisar los hechos a investigar; entre otros, las posibles amenazas, a las que solo se alude en forma genérica en la causa hasta ahora. Si lo que Yañez dice haber sufrido de parte de Fernández encuadra en un hostigamiento, se trataría de una contravención en la ciudad de Buenos Aires, no de un delito. Las amenazas, en términos penales, están previstas en el artículo 149 bis. Pueden ser “coactivas o no”. Ese artículo dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas”.
Y añade: “Será reprimido con prisión o reclusión de dos a cuatro años el que hiciere uso de amenazas con el propósito de obligar a otro a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad”.
La periodista Sandra Borghi, que informó que tiene diálogo con Yañez, dijo que la ex primera dama le contó que durante los últimos cuatro meses del gobierno de Fernández se mudó a la casa de huéspedes de Olivos porque no la dejaban salir de la quinta presidencial y estaba “prácticamente secuestrada” en esa casa. Si Yañez introduce en la causa penal esta acusación, el hecho podría encuadrar en una privación ilegítima de la libertad.
El artículo 141 del Código Penal dice que “será reprimido con prisión o reclusión de seis meses a tres años” el que “ilegalmente privare a otro de su libertad personal”, y que la pena será “de dos a seis años” en determinados casos, que incluyen que el delito se “cometiere en la persona de un ascendiente, de un hermano, del cónyuge o de otro individuo a quien se deba respeto particular” o “si la privación de la libertad durare más de un mes”.
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.