lunes, 22 de abril de 2024

JUSTICIA, CORRUPCIÓN Y DESARROLLO Y FUERTES DISTORSIONES


El nexo entre la Justicia, la corrupción y el desarrollo
Si se ataca a la oposición, a la prensa y a los poderes del Estado, los resultados económicos no se sostienen, advierte Buscaglia
Marcos Buscaglia*


El 13 de septiembre de 2010, el día después de que Recep Erdogan, entonces primer ministro de Turquía, ganara con el 58% de los votos un plebiscito que introducía cambios a la Constitución, los mercados festejaron. Las acciones llegaron a su récord, la lira turca se fortaleció contra el dólar y los bonos del gobierno subieron fuertemente. Según el economista Timothy Ash, del Royal Bank of Scotland, el voto positivo sería percibido como un “signo de apoyo a la modernización y las reformas mientras Turquía se mueve hacia el acceso a la Unión Europea”, según reprodujo Reuters. El ministro de finanzas, el liberal y execonomista del banco Merrill Lynch Mehmet Simsek, declaró que el resultado “aumentará la confianza en Turquía. Esto brindará la oportunidad de ampliar y profundizar nuestro programa de reforma.”
Desde su ascenso al poder en 2002, Erdogan se había ganado el apoyo de las comunidades de negocios y financiera local e internacional, al sacar a Turquía de una fuerte depresión económica y promover su acceso a la Unión Europea (UE). El plebiscito, que se vendió a la población como destinado a acercar la Constitución de Turquía al estilo de las europeas, contenía varias provisiones que permitieron a Erdogan acrecentar su poder y disminuir el control sobre su gobierno. Una enmienda autorizó al gobierno a expandir la Corte Constitucional, el tribunal máximo, de 11 a 17 jueces, dándole el control a Erdogan. Y subió el número de miembros del organismo equivalente al Consejo de la Magistratura.
A partir de allí comenzó un declive democrático que transformó a Turquía en una “autocracia electoral” según V-dem, un think tank dedicado a medir la calidad de las democracias. A la captura de la justicia le siguió la de la prensa independiente –convirtiendo a Turquía en la mayor cárcel de periodistas del mundo después de China–, de la burocracia y de la comunidad de negocios.
En un entorno en el que la división de poderes y los derechos individuales no están protegidos, los derechos de propiedad tampoco quedan a salvo. Para inicios de 2023, según un artículo de Bloomberg “Los inversionistas en Nueva York, Londres y otros lugares dicen que no quieren poner dinero en un mercado de valores donde las reglas cambian dependiendo de quién esté en el poder”. La economía mostraba los efectos tener un presidente sin controles: sus intervenciones en el Banco Central para promover un crecimiento a costa de la estabilidad derivaron en una inflación mayor a 10% anual desde 2017, que llegó a 72,3% en 2022.
Otro caso notable es el de Rusia. Vladimir Putin mantuvo al inicio de su gobierno en el 2000 a los economistas liberales de Boris Yeltsin y designó como asesor al libertario Andrei Illarinov. Este gabinete implementó impresionantes reformas y una profunda desregulación, y se pasó de altos déficits fiscales en los 90 a fuertes superávits bajo Putin, al tiempo que el banco central acumulaba cientos de miles de millones dólares de reservas. La economía creció fuertemente. El mercado festejó y el flujo de inversión externa, tanto de portafolio (bonos y acciones), como real, se multiplicó. Pero, desde que asumió el poder Putin se dedicó a arrasar con todo vestigio de la frágil democracia rusa. El resto es historia: empresarios internacionales e inversores financieros fueron perdiendo hasta la camiseta.
Las historias de Turquía y de Rusia se repitieron en distintos países en los que empresarios y el mercado financiero condonaron ataques a la división de poderes y la democracia liberal cuando, al mismo tiempo, los líderes de esos países implementaban reformas pro-mercado. Estas anécdotas, que muestran que al final todo termina mal si se ataca a la división de poderes, a la oposición y a la prensa independiente, sea por izquierda o por derecha, tienen su correlato en análisis teóricos de los pensadores de la libertad y en resultados empíricos de la academia.
Friedrich A. Hayek, uno de los pensadores favoritos del presidente Javier Milei (y de este autor), en la sección La libertad y la ley de su monumental obra La constitución de la libertad, destaca la importancia del control judicial de la constitucionalidad de las leyes. Resalta el fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos que afirmó esa prerrogativa, Marbury vs. Madison. Y critica el intento de Franklin Delano Roosevelt de llevarse puesta a la Corte. Más genéricamente, lo que los pensadores de la libertad sostienen es que el capitalismo no funciona eficientemente en un vacío. Para que haya un far west, los mercados deben moverse en el marco de sistemas legales que puedan implementar con transparencia contratos y derechos de propiedad.
A nivel empírico, los estudios del impacto de la independencia judicial sobre el crecimiento son tajantes. La literatura mide con un conjunto de variables objetivas el grado, en la práctica, con el que los jueces implementan sus decisiones independientemente de si están en favor o en contra del interés de corto plazo del poder ejecutivo o del congreso, y si sus fallos pueden tener un impacto negativo o no en sus carreras. Un estudio publicado en 2015 en la prestigiosa European Journal of Political Economy que abarca 124 países a lo largo de décadas halló que si un país pasara de un poder judicial totalmente dependiente a uno completamente independiente, el crecimiento se aceleraría en cerca de 1,3% por año, controlando por otros factores. La independencia judicial en la Argentina según ese estudio es, no sorprendentemente, muy baja. Los resultados tienen por detrás una lógica impecable. Para crecer se necesita inversión, y hace falta creer que los derechos de propiedad serán preservados en disputas entre privados más allá de sus conexiones políticas, o entre privados y el Estado.
Un importante canal que vincula la independencia judicial (o más bien, su falta) y el crecimiento económico es la corrupción. La corrupción afecta el crecimiento por varias vías: reduce la productividad del gasto público, distorsiona la asignación de recursos y reduce la rentabilidad de los proyectos de inversión, entre otras. Un estudio empírico sobre los costos de la corrupción encontró que, sumando los costos directos, como las coimas, y los indirectos, derivados de la mala asignación de recursos, los efectos van desde un 0,23% de menor crecimiento del PBI por año en una economía como Colombia, hasta 1,26% por año para Paraguay. Con estos parámetros podemos suponer muy tentativamente que para la Argentina la pérdida de PBI a lo largo de 10 años por la corrupción puede llegar al 5%.
Los mercados financieros están de fiesta en la Argentina. Los bonos en dólares subieron un 100% desde la primera vuelta electoral y los precios de las acciones en la bolsa se multiplicaron varias veces. El sector empresario está expectante. La desregulación y las privatizaciones abren interesantes oportunidades para los próximos años, y el Gobierno promete disminuir la volatilidad macroeconómica. Entonces, callan ante los cambios propuestos para la Corte Suprema. Al fin y al cabo, ejemplos como los de Turquía o Rusia parecen lejanos, exagerados y hasta dudosos cuando se tiene en cuenta que nuestro presidente viene a difundir las ideas de la libertad.
Pero se equivocan. Los presidentes van y vienen, pero un juez de la Corte Suprema puede dañar su reputación y su eficacia por los próximos 20 años. Ya vivimos esto. En el mandato de Carlos Menem se estabilizó la macro, se desreguló y se privatizó y la economía creció fuertemente. Al mismo tiempo, el gobierno cooptaba la Corte Suprema, y Comodoro Py pasó a estar en una servilleta.
Empresarios y mercados miraron para otro lado, distraídos mientras recogían los beneficios de la recuperación de la economía. Festejaron por años, hasta que dejaron de hacerlo. Pero el daño a la justicia todavía lo sufrimos. Se deberían preguntar: ¿Dónde estaba la justicia independiente para proteger sus ahorros? ¿O para protegerlos de las amenazas de Guillermo Moreno? ¿O de los esquemas de corrupción y extorsión a cielo abierto más grandes de la historia nacional, los de la obra pública y las Siras? ¿Dónde estaba la justicia independiente para defender al mercado de la expropiación de las AFJP? ¿O de la manipulación del índice de inflación, que originó pérdidas multimillonarias? Involucrarse en el debate sobre la Corte no es para el mundo empresario y financiero una defensa de una idea abstracta de democracia. Es una defensa de sus propios intereses.

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Quien se jubila este mes cobrará mucho menos que si se hubiera jubilado en marzo
Las prestaciones de la Anses gestionadas en abril tendrán diferencias de entre 15% y 19% respecto de si se hubieran tramitado el mes pasado; la inequidad se produce por la forma en que se reajusta el valor de los salarios tomados en cuenta para calcular e
Silvia Stang
Una persona que se jubila este mes tendrá un ingreso previsional un 17% más bajo (aproximadamente) que si hubiera hecho el trámite ante la Anses en marzo. Expresado de otra manera, a alguien que pidió el alta de su jubilación el mes pasado le corresponderá un ingreso significativamente más alto que el que cobraría si a la solicitud la hubiera hecho este mes.
Eso es algo que, por una regla de equidad, claramente no debería ocurrir. Se origina en una distorsión que tiene el sistema hace años, pero que se agrava con las modificaciones recientes en la movilidad jubilatoria. Se trata de una cuestión relacionada con el cálculo de los haberes de quienes se jubilan tras haber aportado como asalariados y obtienen, en consecuencia, ingresos superiores al mínimo.
Según un ejemplo aportado por el abogado previsionalista Adrián Tróccoli, una persona que obtuvo, al jubilarse en marzo, un haber inicial de $298.278, recibe este mes un aumento de 27,4% (según lo establecido por el decreto de necesidad y urgencia 274) y tiene, entonces, un haber de $380.006; con el reajuste de 11% ya dispuesto, en mayo el monto será de $421.807.
Si la misma persona (o alguien con los mismos ingresos salariales en los últimos 10 años) se jubilara este mes, su haber mensual de inicio sería de $315.129, una cifra inferior en un 17% a la que cobraría en abril si la jubilación hubiera sido gestionada en marzo. Y en mayo el importe sería de $349.794, también un 17% menos que si la persona en cuestión se hubiera jubilado en el tercer mes del año.
La brecha persistirá siempre (en caso de no ser corregida) y es, aproximadamente, del porcentaje mencionado para un ingreso mensual medio bajo.
Existen diferencias en cuanto a ese porcentaje de la brecha, dependiendo del nivel de haberes, ya que uno de los componentes que forma parte del ingreso mensual de los jubilados de la Anses (la Prestación Básica Universal, que no depende de los salarios del trabajador) se va ajustando al ritmo del índice de la movilidad jubilatoria (que a partir de ahora es la variación del Índice de Precios al Consumidor).
Según dijo a la nacion el abogado especializado en derecho previsional Aníbal Paz, las diferencias en los montos a cobrar –originadas en que el trámite se hizo en una fecha y no en otra– son de entre 15% y 19%, aproximadamente. “Hay un principio que se llama ‘de la indiferencia del cese’, que debería regir en todo el ámbito de las jubilaciones, pero que no se está respetando hace tiempo”, sostuvo. Ese principio implica que no deberían existir diferencias en el importe del ingreso que se origen solo en el hecho de que el beneficio fue solicitado en un determinado mes y no en otro.
Reajustes diferentes
La distorsión ocurre por una falencia en la actualización de las remuneraciones que se consideran para calcular el haber inicial, y por la diferencia entre los reajustes de esa variable (los salarios) y los incrementos de las jubilaciones que están en curso de pago (se usan índices y frecuencias diferentes).
Actualmente, las remuneraciones se reajustan siguiendo la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) de manera trimestral. Es decir, el coeficiente para la actualización queda fijo durante tres meses, además de ser distinto al aplicado para la movilidad de los haberes ya en curso de pago.
Desde este mes y por lo establecido en el DNU 274, los haberes jubilatorios suben todos los meses siguiendo el índice de inflación. Para este mes en particular, al reajuste por la variación del Índice de Precios al Consumidor de febrero (de 13,24%) se le sumó un “incremento extraordinario” de 12,5%, para completar un aumento de 27,4%.
Al tiempo que ocurrió eso, no se modificó el coeficiente para reajustar el valor histórico de las remuneraciones consideradas al calcularse el primer haber. Eso explica la diferencia del monto entre una jubilación obtenida en marzo (que este mes recibe el reajuste de 27,4%) y una dada de alta en abril (que fue calculada sobre la base de un parámetro desactualizado).
Cuando se hace la cuenta para definir cuánto cobrará alguien que se jubila se consideran –entre otros datos– los salarios de los últimos 120 meses con aportes. Antes de estimar el promedio de esas remuneraciones, se las actualiza utilizando una tabla de coeficientes. Por ejemplo, según los parámetros vigentes, si alguien cobraba en diciembre de 2022 un salario de $100.000, a los fines del cálculo del haber se toma una cifra de $292.767,20.
Si esa actualización no se hace o se hace pero de manera deficiente, se calcula un haber de inicio inferior al que correspondería, y ese recorte en el ingreso se arrastra luego de por vida. Fue lo que ocurrió durante un período extendido hasta 2008, que dio lugar al fallo “Elliff ” de la Corte Suprema de Justicia. En esa sentencia, los jueces ordenaron, justamente, actualizar debidamente los valores de los salarios incluidos en la fórmula.
Cómo actualizar
¿Qué debería hacerse para evitar que un jubilado tenga un ingreso significativamente más bajo de lo que podría ser, solo por el hecho de haber tramitado el alta en un mes y no en otro? Según dice Tróccoli, las remuneraciones que integran el cálculo del haber de inicio deberían actualizarse de la misma manera que las jubilaciones.
Por eso, agrega, la situación actual no se corrige solamente con disponer que sean mensuales (y ya no trimestrales) los reajustes del coeficiente de actualización de salarios. Ni tampoco con establecer que se utilice el índice de inflación en lugar de la variación de los salarios, porque este mes, por ejemplo, la suba de las jubilaciones fue más allá del nivel mensual del aumento de los precios (dado el incremento extraordinario de 12,5%), algo que podría volver a ocurrir si en algún otro momento se dispone dar una recomposición adicional.
Paz coincide en que debería haber un único criterio de actualización, que rija tanto para los haberes mensuales como para los salarios que integran la fórmula, tal como ocurrió en un período (hasta 2018). Además, plantea que de la misma manera en que este mes hubo para las prestaciones un “incremento extraordinario”, debería aplicarse una actualización extraordinaria para el coeficiente usado para actualizar los salarios. 

http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA

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