domingo, 31 de julio de 2022

WHATSAPP.....HOSTIGAMIENTO


Hostigamiento por WhatsApp. Qué se puede hacer
Solo en la Ciudad de Buenos Aires las conductas abusivas son sancionadas, y las penas se agravan si la víctima es menor de edad; pero para los abogados hay un gran vacío legal para limitar actos que sin llegar a ser ciberacoso pueden resultar muy dañinos, y hablan directamente de “impunidad”26 de julio de 202215:16
Débora Slotnisky
Mandar docenas de mensajes, exigir que compartas la geolocalización, demandar respuestas porque te ven en línea, esas son las conductas tóxicas que según los expertos "están en alza" y que no deben de ninguna manera normalizarse
Magíster Andrea Saporiti, que es profesora de la carrera de Psicología de la Facultad de Ciencias Biomédicas de la Universidad Austral, explica que, el hecho de que WhatsApp permita establecer conversaciones en tiempo real genera mucha ansiedad en ciertas personas al no recibir una respuesta inmediata de su interlocutor: “Muchas veces esta situación genera que la persona se sienta abrumada y quede pendiente de esa respuesta que no llega. Al mismo tiempo, muchos usuarios se sienten ansiosos al tener que responder a un mensaje y no poder hacerlo de inmediato”.
Más allá del uso excesivo de esta herramienta o la ansiedad que puede generar, hay otra cuestión: WhatsApp y otros mensajeros instantáneos también se utilizan para el ciberacoso. Mediante frases como “¿por qué no me respondés si te veo en línea? o “¿qué estás haciendo?”, hay tipos de maltrato que se manifiestan, por ejemplo, cuando uno de los interlocutores bombardea con mensajes a otra, sabiendo que ésta no puede atender el chat.
“Reprochar al interlocutor por qué está en línea, pero no habla con nosotros es una forma de violencia psicológica”, ejemplifica Saporiti. Lo mismo sucede cuando se bloquea a una persona tras una discusión, o cuando se envían mensajes desconcertantes para confundir al destinatario y hacerlo dudar de su propia memoria. WhatsApp ofrece la opción de enviar a otra persona nuestra geolocalización e incluso que pueda seguir nuestros movimientos. Este recurso es muy útil para cuando uno se traslada por una ciudad en la noche, pero de ninguna manera es algo que alguien le pueda pedir a otra persona ya que se trata de una forma de control excesiva. “Forzar a alguien a que comparta su ubicación y pedirle que haga sexting también son formas de acoso”, señala la especialista, y agrega que, en líneas generales, estos actos de violencia psicológica se dan de forma sostenida y, por lo general entre personas que tienen un vínculo afectivo, por ejemplo, entre los miembros de una pareja.
Zona gris
Mabel Bianco, la Presidenta de la Fundación para el Estudio y la Investigación de la Mujer (FEIM), explica que el acoso a través de WhatsApp es algo que está sucediendo con mucha más frecuencia de lo que cualquier puede suponer y que se da también entre amigos, familiares y conocidos, y tiene que ver, entre otras cosas, con la impaciencia, insistencia y falta de respeto del usuario que acosa. “Debería educarse a la gente, desde la temprana edad, en el uso racional de estas herramientas”, acota.
En Argentina, el mero hostigamiento digital no es delito porque es una figura que aun no está incorporada al Código Penal. “Las víctimas sufren persecuciones y molestias sistemáticas que generan angustia y miedo, pero que no son delito pues no llegan a ser amenazas, ni extorsiones, ni calumnias ni injurias, entre otros –explica  Miguel Sumer Elías, abogado especialista en ciberdelitos y Director de Informática Legal. Y agrega:– Por esa razón, no existe la posibilidad de denunciarlo judicialmente en el fuero penal. Sólo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se instituyó en 2019 como contravención y la pena supone el pago de una multa”, comenta.
En el art. 71 ter. del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se tipifica expresamente el hostigamiento digital, que sanciona a quien intimide u hostigue a otro mediante el uso de cualquier medio digital con 3 a 10 días de trabajo de utilidad pública, o 1 a 5 días de arresto o multa de entre $20.000 a $100.000 pesos aproximadamente, que se irán al doble si la víctima es menor de 18 años, mayor de 70 o con alguna discapacidad; cuando sea cometida con identidades falsas, anónimas o suplantadas, o cuando la cometa un cónyuge, pareja o ex pareja, entre otras conductas.
El letrado se explaya: “De todos modos, en caso de lograr obtener las pruebas digitales suficientes, siempre estará abierta la posibilidad de iniciar una demanda civil por daños y perjuicios con el fin de procurar que se pueda cesar con dicha actitud y obtener una reparación indemnizatoria. Es evidente la enorme desproporción que existe entre el profundo daño que ocasionan estas conductas y las paupérrimas opciones que ofrece el marco legal actual, pues muchas víctimas terminan deprimidas, paranoicas, cerrando sus cuentas y redes sociales, cambiando de teléfono, mudándose o desapareciendo de la vida pública, mientras el hostigador actúa con una impunidad enorme.

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