Una Justicia vip para Cristina Kirchner
/s3.amazonaws.com/arc-authors/lanacionar/2089255.png)
Joaquín Morales Solá
JUICIO A CRISTINA FERNANDEZ POR LA OBRA PòBLICA EN SANTA CRUZ El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N 2 al comienzo del juicio contra Cristina Fernández en la causa por presuntos desvíos de fondos de la obra publica en Santa Cruz
En la tarde del jueves último sucedió la segunda muerte de Alberto Nisman. Este crimen intelectual y jurídico lo perpetraron jueces de la misma Justicia a la que pertenecía el fiscal asesinado. Poderosa y perdidosa al mismo tiempo, Cristina Kirchner logró una Justicia a su medida con tres jueces que se olvidaron las razones por las que sirven a la república. Nadie puede decir con certeza que la expresidenta es culpable del delito de encubrimiento de los autores del atentado a la AMIA, pero existe una certidumbre peor: nadie estará seguro nunca de su inocencia si otra instancia de la Justicia no cambia el curso de las cosas. El presunto delito de encubrimiento por la firma del tratado con Irán lo denunció el fiscal Nisman cinco días antes de su muerte. Nisman murió por la denuncia que tres jueces irresponsables decidieron no investigar. El actual presidente Alberto Fernández dijo en su momento que no se necesitaba probar el encubrimiento porque la prueba estaba en el tratado mismo con Irán. Tenía razón entonces, aunque cambió después.
Esos mismos jueces ya habían cometido otro hecho creativo. Le permitieron a Cristina Kirchner declarar ante ese tribunal oral antes de que se iniciara el juicio oral y público. Tampoco ese procedimiento está previsto en el Código Procesal Penal. ¿Qué pidió la vicepresidenta en esa audiencia excepcional y exclusiva? Que el tribunal cerrara la causa y la sobreseyera, que es lo que puntualmente hizo el tribunal. Es sabido en la política que Cristina atemoriza a los políticos, pero es nuevo que también asusta a los jueces. Esto es: después de dos hechos inéditos, no previstos por ninguna ley, el tribunal la obedeció. Impidieron que la sociedad conociera el contenido de las pruebas y escuchara a los testigos, a la acusación y a la defensa. Estaban previstos más de 300 testigos, entre ellos, alguien tan especial como el exjefe de los servicios de inteligencia del Estado Jaime Stiuso, que podría haber aportado información sobre ese tratado. Se podrían haber escuchado también las grabaciones de las conversaciones telefónicas de personajes como Luis D’Elía, Fernando Esteche y Andrés “Cuervo” Larroque, realizadas por Nisman con la aprobación del exjuez Rodolfo Canicoba Corral. Este exmagistrado fue el primero en dejar solo a Nisman después de su denuncia cuando dijo que no había autorizado esas escuchas, aunque luego se supo que realmente las aprobó. La traición a Nisman comenzó (y sigue) en los propios tribunales donde él hizo toda su carrera judicial.
Hubo en la historia hechos creativos no previstos por el Código Procesal Penal; por ejemplo, las audiencias previas entre el tribunal, defensores y fiscales para ordenar las pruebas y no alargar los tiempos. Pero esos hechos no significaron anticipar la inocencia ni la culpabilidad de nadie. En cuanto al ahorro del tiempo procesal, un argumento también esgrimido por estos jueces, debe decirse que no es necesario que los juicios se alarguen durante años por la cantidad de testigos. El juicio a las juntas militares en 1985, un acontecimiento inédito en la historia, sin experiencia previa y con muchísimos testigos, duró solo cuatro meses y medio. Condenó nada menos que a los jerarcas del último régimen militar. Los juicios largos, cansinos y soñolientos son una creación también de los jueces actuales.
El actual Consejo de la Magistratura, conformado según una ley de Cristina Kirchner, es incompetente. Es la institución de la Constitución que propone y destituye a los jueces. El juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti dijo que la constitucionalidad de su composición actual estaba en la agenda del tribunal. No es así. Si bien es posible imaginar que la Corte declare su inconstitucionalidad, debe tenerse en cuenta que el tribunal tendrá que prever la transición entre esa decisión y la nueva conformación. Quedaría reinstalada la vieja ley, pero esta establecía 20 consejeros (ahora son 13) más el presidente de la Corte Suprema como presidente del Consejo. ¿Cómo actuará el Consejo mientras se elige a los nuevos consejeros? Esto es lo que está atrasando la resolución final de la Corte.
http://indecquetrabajaiii.blogspot.com.ar/. INDECQUETRABAJA
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.