martes, 26 de diciembre de 2023

Política de desregulaciones




Política de desregulaciones Qué cambios de reglas estableció el decreto de necesidad y urgencia para el comercio exterior
La medida del Poder Ejecutivo incluye la eliminación del registro de exportadores e importadores; para los operadores, hay varias cuestiones más importantes
Gabriela OrigliaEl registro no traía grandes inconvenientes, según los operadores
CÓRDOBA.– El decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación de la economía que firmó el presidente Javier Milei, y que se publicó el jueves último en el Boletín Oficial, incluye la eliminación del registro de importadores y exportadores. Para quienes trabajan en el comercio internacional la medida no responde a una “urgencia” del sector. Admiten que el proceso vigente se podría “agilizar”, pero que “de ninguna manera” impide las operaciones. En ese punto coinciden las cámaras argentinas de exportadores e importadores.
Fernando Landa, presidente de la Cámara de Exportadores, indica que el registro no es el tema que más les preocupa. En un documento que elaboraron y presentaron con 124 propuestas para mejorar el comercio internacional, ninguna apuntó a ese esquema. “No es que nos oponemos, es que no nos parece una urgencia”, detalla. Y agrega: “Si se quiere facilitar las exportaciones, hay que empezar por las retenciones. Es inconsistente plantear que se facilita por eliminar el registro y, por otro lado, se sube ese impuesto. Hoy no podemos pagar los fletes internacionales, eso es urgente de resolver”.
Landa subraya que el argumento económico que ofrece el Gobierno y que indica que por “lo que se gana con el tipo de cambio” pueden soportarse más retenciones, implica negar el “proceso que estamos viendo, que es que la inflación está subiendo mensualmente más que el crawlling peg de 2% mensual, con lo que habrá atraso cambiario en pocos meses”.
El consultor Marcelo Elizondo, especialista en la materia, plantea que lo “importante” es “sacar el peso del control”. Repasa que la Argentina está “muy burocratizada; hay registros; trámites que deben pasar por el Banco Central, la Aduana, la AFIP; todo está muy limitado”.
Además, sostiene que con el decreto se eliminan “muchas” restricciones, pero “no todas”. “El sistema cambiario sigue regulado por el Banco Central, pero eliminar el registro, como cualquier tipo de trámite burocrático, sacar el ‘permisionismo’, les permite a las empresas generar contratos con contrapartes en el exterior mucho más libres, menos sometidos a discrecionalidades”.
Elizondo enfatiza que el DNU “prohibe a las autoridades limitar el comercio exterior hacia adelante y eso da mucha tranquilidad”. Apunta que ya el comercio internacional no funciona más con operaciones Spot (“voy, vendo, cobro y vuelvo”) sino a través del relacionamiento sistémico y funcional de las empresas que “exportan, importan, bienes, servicios, invierten en conjunto, generan alianzas estratégicas, activan conocimiento común”. En esa línea, define que “liberar de requisitos formales burocráticos restrictivos, permite más fluidez en los vínculos externos”.
Requisitos para operar
Para poder operar como importador-exportador es necesario estar inscripto ante la AFIP, cumplimentar la documentación exigida por la Aduana y acreditar solvencia económica, la cual es definida por el organismo de recaudación.
Silvana Molina, presidenta de la comisión de Comercio Exterior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba, señala que la eliminación del registro está “muy en línea” con el acuerdo de facilitación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) de 2017, suscripto por la Argentina, que tiene como objetivo reducir el tiempo que se necesita para operar.
La norma establece que el registro debe llevar 30 días, aunque muchas veces se superaba el plazo.

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