domingo, 30 de abril de 2023

COMPENSACIONES POS DIVORCIO


¿Por qué están en alza y cuándo corresponden?,
Surgieron para subsanar la desigualdad económica entre los excónyuges cuando uno de ellos se dedicó exclusivamente a tareas domésticas y de cuidado durante el matrimonio; según los expertos, hoy el tema se plantea en 7 de cada 10 divorcios
Laura Reina
Durante 16 años, Fernanda se ocupó de criar a sus hijos. Interrumpió su carrera de contadora (llegó a ser Directora Financiera de una multinacional a los 36 años) y cuando fue mamá, a los 38, renunció para cuidar a sus hijos que nacieron con 13 meses de diferencia. “Eran casi mellizos, me había costado quedar embarazada del primero y del segundo pensé que iba a ser difícil, pero quedé cuando Manu tenía 4 meses –cuenta–. Para mí fue imposible volver al ritmo que tenía antes. Llegaba todos los días las 9 de la noche, prácticamente no tenía vida. Así que me quedé en casa cuidando a mis hijos mientras mi marido salía a trabajar”, dice y remarca que fue una decisión consensuada de la que hoy, a la distancia, se arrepiente. A los 54 años, no tiene trabajo ni posibilidad de reinsertarse en lo suyo en el mercado laboral, mientras su pareja, de la que se está divorciando, logró construir una sólida carrera como abogado.
“Me vi vulnerable, porque por más que habíamos hecho la división de bienes y arreglado el tema de la cuota alimentaria, yo no tengo ingresos porque dediqué mi vida a cuidar a mis hijos. Fue mi trabajo durante 16 años, por el que no recibí ningún salario –plantea–. A los 7 años del mayor quise volver a trabajar, pero no conseguí reinsertarme y además mi ex me insistió para que me quedara en casa. Por eso, cuando inicié los trámites de divorcio, pedí también una compensación económica por mi dedicación exclusiva a la casa y mi familia”, dice Fernanda, que piensa invertir el dinero que recibirá en caso de que el juez lo disponga, en un comercio que le asegure un ingreso.
Las compensaciones económicas están en alza. Surgidas durante la última reforma del Código Civil y Comercial del 2015 para subsanar la desigualdad económica tras el divorcio entre los excónyuges (producto del rol ejercido por cada uno durante la convivencia), la cantidad de pedidos se han multiplicado en los últimos tiempos. Aun así, los especialistas aseguran que es imposible cuantificarlos. “Si bien ya tiene varios años, no deja de ser una institución nueva porque hasta que se hacen los reclamos y salen las resoluciones en primera instancia y son confirmadas luego en una segunda instancia, recién ahora empezamos a tener una idea más concreta. Yo diría que, en la conversación previa a un divorcio, el tema de la compensación económica está planteado en 7 de cada 10 veces”, sostiene Sofía Harari, abogada especialista en derecho de familia, autora del libro Todo lo que necesitás saber del divorcio: guía para casarte bien y separarte mejor.
Por su parte, el abogado Andrés Beccar Varela suma otro dato: cuando la que pide unilateralmente el divorcio es la mujer, casi la totalidad solicita este tipo de compensación. “El que inicia la demanda tiene que proponer pautas reguladoras de cómo deberá ser la liquidación de bienes, el monto por los alimentos para los hijos y si corresponde o no una compensación económica –explica–. No hay posibilidad de saber en cuántas demandas se proponen estas compensaciones. Pero cuando la que pide el divorcio es una mujer, casi siempre en la propuesta aparece esta cuestión”, sostiene Beccar Varela, que aclara que si no se llega a un acuerdo entre las partes, entonces se realiza un juicio de compensación económica, tal como sucede cuando no se ponen de acuerdo con los alimentos.
La mirada de género
Detrás de muchos de estos pedidos queda de manifiesto el acuerdo desventajoso al que acceden muchas de las mujeres mientras dura la convivencia. Se trata de un pacto que recién se visibiliza con la ruptura de la relación, como ocurrió con Fernanda, y que se enmarca dentro de violencias de género de tipo económicas. El Código Civil está reconociendo estas cuestiones, como tantas otras.
“También está el reconocimiento expreso de que las tareas de cuidado tienen un valor económico en términos del aporte alimentario de los hijos. La ley establece que debe considerarse un aporte económico a favor de quien cuida o tiene una mayor carga en el cuidado de los hijos a los efectos de calcular lo que debe pagar cada uno. La compensación económica se inscribe en esta línea de justicia con perspectiva de género”, dice Harari.
Beccar Varela aclara que la compensación no es una indemnización. “No lo es porque no hay una situación de culpa. Es un resarcimiento que se aplica para atenuar un desequilibrio económico que puede producirse con motivo de la ruptura del matrimonio o la unión convivencial”, y agrega que este monto suele pagarse por única vez, o a lo sumo en pocas cuotas o con la entrega de un bien. Por eso, aunque es independiente de la división de bienes (si es un régimen patrimonial) se puede tomar como compensatoria la cesión de un departamento o un automóvil si así lo acuerdan las partes o lo dispone el juez o la jueza.
Un caso que traspasó los pasillos de la justicia y se instaló en los portales fue el del exfutbolista Ezequiel Lavezzi y la modelo Yanina Screpante, que luego de 8 años de relación y algunos menos de convivencia pusieron fin a su vínculo. Ella lo acompañó al exterior mientras jugaba en clubes de Italia y China e interrumpió su carrera para acompañarlo, por lo que le hizo un reclamo millonario a pesar de no tener hijos en común. “Estos años no trabajé porque él no quería que yo trabaje”, declaró. Todavía no hubo un fallo de la justicia.
Cuándo sí y cuándo no
Aunque los pedidos han aumentado, esto no significa que todos los casos se resuelvan en favor del o la demandante. Para que eso suceda, Beccar Varela plantea que deben comprobarse dos puntos: que exista un desequilibrio manifiesto en la situación económica de uno frente a la del otro (y que eso se traduzca en un empeoramiento de su situación) y que ese desequilibrio tenga causa adecuada tanto en la unión matrimonial como en su ruptura.
De hecho, hace un tiempo fue noticia el rechazo al pedido de compensación económica presentada por un hombre contra su exesposa que durante el matrimonio había tenido un crecimiento personal y profesional como abogada, mientras que él se había dedicado al cuidando de los hijos. Eso –señaló el demandante– lo imposibilitó a él de tener oportunidades para capacitarse y tener un empleo propio.
Sin embargo, la mujer pudo probar que su expareja había podido capacitarse y que la diferencia económica entre ambos se debía a las (malas) decisiones y a su personalidad poco afín al trabajo y no al matrimonio. “Toda desigualdad que se observe que no tenga por causa el matrimonio, tiene que ser desechada de modo tal que solo debe considerarse lo que es propiamente emergente de la convivencia y del proyecto común que la pareja haya encarado”, argumentaron los jueces.
“Si ese desequilibrio no es generado por la manera en que se distribuyeron los roles durante el matrimonio o convivencia, entonces no corresponde. Por ejemplo, uno decide ser maestro porque esa es su vocación y la otra parte se dedica a la banca internacional, el desequilibrio no es por los roles sino por una decisión profesional que antecedió a la unión –sostiene Harari–. Hay mucha confusión y también mucha fantasía porque en general los montos son menos cuantiosos de lo que la gente cree. Muchos piensan que va a resolverle los problemas económicos de por vida y no es así. Es una compensación para que la parte más afectada pueda salir adelante luego de la separación”.
Está claro que establecer los montos no es sencillo y todavía no hay tantos fallos para fijar parámetros objetivos. “En alimentos, la cuota es el 30% de los ingresos del que los aporta porque es el porcentaje máximo que puede confiscarse –apunta Harari–. Sin embargo, no es algo aplicable a la compensación económica, que depende de la situación de cada pareja. He tenido casos en los que el hombre no tenía una gran situación patrimonial pero iba a percibir después de su retiro una muy alta jubilación por haber trabajado en una institución importante y se acordó un porcentaje de ese monto a largo plazo”, relató la abogada.
En este contexto, Beccar Varela asegura que la labor del juez no es nada fácil: “Tiene que conjugar o combinar muchos factores y traducirlos en términos económicos, arribando a un monto que facilite al reclamante alcanzar la autosuficiencia o independencia individual luego del fin del proyecto de vida en común, que es la finalidad que persigue la compensación –describe–. La situación se torna compleja debido a que no existen demasiados precedentes judiciales en nuestro país. Por eso, es imperioso ir construyendo parámetros uniformes para lograr resultados objetivos y previsibles”, concluye el reconocido abogado

EN PRIMERA PERSONA

Andrés Beccar Varela abogado “Cuando la que pide el divorcio es una mujer, casi siempre en la propuesta aparece esta cuestión. Si no se llega a un acuerdo, se realiza un juicio de compensación económica” Fernanda ama de casa, excontadora “Yo no tengo ingresos porque dediqué mi vida a cuidar a mis hijos. Fue mi trabajo durante 16 años, por el que no recibí ningún salario. Además, mi ex me insistió para que me quedara en casa”
Sofía Harari abogada especialista en derecho de familia
“La ley establece un reconocimiento expreso de que las tareas de cuidado tienen un valor económico en términos del aporte alimentario de los hijos” “Hay mucha confusión y fantasía, porque los montos son menos cuantiosos de lo que la gente cree. Muchos piensan que van a resolver los problemas económicos de por vida y no es así”

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