Drogas: solo el 8% de las causas llega a juicio
Se abren más casos por tenencia que por comercialización
Daniel Gallo
Se abrieron en Buenos Aires 71.447 expedientes por drogas en 2021, pero se descartó la mayoría
En Buenos Aires se anulan antes de llegar a juicio el 92% de los casos que se inician por drogas. Ocho de cada diez expedientes se cierran, directamente, por errores procesales, según datos del Ministerio Público Fiscal bonaerense. A nivel federal, la tendencia estadística marca que, en 2022, los casos por tenencia para consumo personal alcanzaron 47% de las causas en todo el país, mientras que solo 34% fue por venta de drogas.
El poder de fuego narco se expone cada vez más en Rosario. Y en el conurbano también. Sin embargo, ese crecimiento visible de la violencia alrededor de la venta minorista de drogas no parece encontrar una reacción gubernamental para contener y hacer retroceder esa amenaza social. Todo lo contrario. Por más que se eleven los números de operativos y arrestos, las cifras oficiales muestran una realidad: involuciona la lucha contra el narcomenudeo, ese segmento delictivo que importa a los vecinos porque no se trata de empresas fantasmas de contrabando, sino bandas criminales que están arraigadas en barrios. Los procedimientos apuntan más a los consumidores que a los vendedores y la mayoría de las causas quedan sin resolución.
En Buenos Aires, por ejemplo, solo llega a juicio el ocho por ciento de los expedientes abiertos por infracciones a la ley 23.737.
Es un número demasiado grande de causas el que queda en el camino. Según la información del Ministerio Público Fiscal bonaerense, en ese distrito se abrieron 71.447 casos en 2021 por delitos vinculados con drogas. El 56 por ciento de esas investigaciones fueron por comercialización de sustancias prohibidas. Esa provincia fue la primera en adherir a la ley de desfederalización parcial de la lucha contra el narcotráfico –promulgada en 2005 por impulso de Buenos Aires–, por lo que sus tribunales y su policía tienen jurisdicción para tratar la venta minorista de drogas. El llamado narcomenudeo, ya consignado. Pero los allanamientos y arrestos no derivan en condenas. Y el circuito narco sigue intacto.
De esas 71.447 investigaciones, el 80 por ciento se archivó por el artículo 268 del Código Procesal bonaerense. “La Investigación Penal Preparatoria podrá ser iniciada por denuncia, por el Ministerio Público Fiscal o por la policía. Cuando la inicie el Ministerio Público Fiscal, contará con la colaboración de la policía, la cual deberá cumplir las órdenes que aquel le imparta. Si la investigación comenzara por iniciativa de la policía, esta comunicará al fiscal actuante, quien ejercerá el control e impartirá instrucciones. En caso que a juicio del fiscal no hubiere prueba suficiente sobre la existencia del hecho o la autoría de él, podrá proceder al archivo de las actuaciones”, se define en ese artículo. Y eso ocurre con ocho de cada diez causas, no solo se frenan los procesos, sino que directamente se dejan de investigar por el riesgo de que el caso quede anulado en un juicio por pruebas mal recolectadas por la policía en el comienzo de la instrucción.
Otro 12 por ciento de las causas iniciadas por la Justicia bonaerense queda bloqueado por desestimarse la denuncia. Solo avanza el ocho por ciento. Por eso también se mantiene casi fija la cantidad de detenidos por delitos vinculados a las drogas. Hace años que esa cifra en Buenos Aires ronda los 7500 internos. Lo que no es poco. Tampoco mucho.
En comparación, habría que considerar que la Justicia Federal imputó en los últimos cinco años a 51.852 personas por infracciones a la ley 23.737. Esa cifra corresponde a los datos de todo el país, sin contar los procesamientos dictados por los tribunales provinciales donde rige la desfederalización de la ley de drogas, situación en la que están el ya consignado caso de Buenos Aires, la ciudad de Buenos Aires, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Salta, Santiago del Estero y Córdoba. Esos 51.852 acusados representan una cifra alta si se mira el número aislado. En contexto, la realidad vuelve a ser diferente.
El 61 por ciento de esos 51.852 imputados en todo el país en causas de drogas entre 2018 y 2022 no llegará a un juicio, ya que se trata de personas acusadas por la tenencia de cantidades de drogas ilegales que avala la presunción de que correspondería a un consumo personal. Y esa situación no es penalizada. Así lo definió la Corte Suprema en el llamado fallo Arriola. Pero no puede un policía en la calle tomar esa decisión, así que ante la presencia de sustancias ilícitas, se decomisa la droga y se abre un proceso penal contra el infractor. El caso no prosperará al apelarse a la decisión de despenalizar la tenencia para consumo personal tomada por el máximo tribunal en 2009. Sin embargo, la tendencia estadística señala que aumentan los casos de intervención judicial por consumo personal y bajan los expedientes por venta de drogas.
La tenencia de drogas para consumo personal fue despenalizada por la Corte Suprema en una causa que se inició en enero de 2006 en Rosario, con el arresto de consumidores de drogas, que portaban pocos cigarrillos caseros armados con marihuana. Fue llamado fallo Arriola por su carátula, pero esa investigación tuvo en su origen arrestos y decomisos de drogas tanto de vendedores como de compradores. Los consumidores condenados en primera instancia apelaron el fallo. Y lograron revertir la sentencia. Por entonces, la violencia del narcomenudeo aún no golpeaba con récord de muertes en Rosario. Los asesinatos treparon en estos 17 años y las bandas narco alcanzaron en esa ciudad un nivel alarmante. Pero poco cambió a nivel judicial. Aún tiene más peso la persecución a los consumidores.
El 55 por ciento de las causas que se iniciaron por drogas en la Justicia Federal de Rosario en 2022 fueron por tenencia simple y para consumo personal. Son 1434 expedientes judiciales que no tendrán ningún destino en el fuero penal. Situaciones similares se observan en el comportamiento de tribunales federales en todo el país. La involución es visible en los datos oficiales.
Involución estadística
En 2018 la Justicia Federal abrió 18.832 expedientes vinculados con infracciones a la ley 23.737. El 55 por ciento fue por casos de comercialización de drogas y el 35 por ciento por casos de tenencia para consumo personal. Otro 10 por ciento es una mezcla de infracciones, especialmente tenencia simple. El peso estadístico de casos de venta se desinfla desde ese momento hasta llegar al 34 por ciento establecido en 2022. En cambio, la proporción de causas contra consumidores crece hasta llegar al actual 47 por ciento del total de los casos por la ley de drogas.
Solo en 2017 se había logrado que las causas contra el narcomenudeo (11.373 expedientes) duplicasen los casos abiertos por tenencia para consumo (5501); las cifras actuales, en cambio, parecen volver al nivel de 2011, cuando los 9686 procedimientos por tenencia para consumo personal superaban a las 7912 investigaciones por venta o tráfico de drogas.
Los datos parecerían evidenciar que nada cambió en la persecución penal del narcomenudeo, pese al aumento del volumen de la venta de drogas que se visualiza con claridad en los datos oficiales de consumo de sustancias psicoactivas: se duplicó el consumo de cocaína entre 2010 y 2017, período en el que se triplicó el consumo adolescente de marihuana, según definieron las encuestas nacionales realizadas por la Sedronar.
El foco del aparato de prevención de seguridad parece colocado en la interceptación de la tenencia para consumo personal. Una situación que, como se consignó, no llegará a un juicio por tratarse de una conducta despenalizada.
Uno de los problemas que se visualizan a partir de los datos judiciales tiene que ver con un vacío legal para definir los casos de tenencia para consumo personal. Nada lo define. Solo el criterio de cada fiscal o juez. Y eso puede ser un riesgo. Nada bueno puede salir de leyes que dejan en manos de subjetividad personal a bandas que obtienen $10.000.000 cada día por la venta de drogas. Así lo estableció la investigación contra el narco conocido como Chaki Chan, que se hace llamar el Patrón de La Matanza. La ley 23.737 no define qué peso o cantidad debe ser considerado como tenencia para consumo personal.
Vacíos legales, causas que se archivan por fallos procesales, foco puesto en los consumidores, la arquitectura antidrogas en la Argentina construyó un fuerte que se desmorona nada más que con una piedra.
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Juzgan a un remisero por la muerte de una “mula” del narcotráfico
La mujer murió al romperse una de las 74 cápsulas con cocaína que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de algo menos de un kilo de esa sustancia
Ministerio Público Fiscal....La fiscalía solicitó que el imputado por descartar el cuerpo de la víctima sea considerado coautor de homicidio
Murió en una casa de Salta luego de largas horas en las que, atravesada por el dolor físico, el miedo y la desesperanza, sufría por todo lo que podría ser y ya no sería, y le escribía a su hija mensajes de texto para despedirse y darle “consejos” para continuar su vida sin ella. Joven, y pobre, la mujer se había transformado en un mero instrumento del narcotráfico, una “mula”, un ser humano fungible a cambio de una suma ínfima para un negocio millonario. Había ingerido 74 cápsulas, cada una con unos 10 gramos de cocaína; una de ellas estalló en su estómago, con un efecto devastador, letal cuando la atención no es inmediata y en un centro especializado. Eso, efectivamente, fue lo que pasó: quienes la habían contratado para que transportara la droga en sus entrañas ni siquiera la llevaron a un hospital. E incluso le negaron un final mínimamente digno: los narcos que la habían usado desecharon su cadáver a la vera de una ruta.
Hace poco más de un año ocurrió este caso, una tragedia más como consecuencia del narcotráfico, con varios cabos que siguen sueltos. Ahora, la Justicia Federal envió a juicio oral a Andrés Ángel Gutiérrez, el remisero que trasladó a la víctima a la casa en la que la atrapó la muerte y, luego, llevó su cuerpo hasta el lugar donde fue abandonado.
Sigue prófuga la mujer que había cooptado a la víctima y tampoco se determinó quién era el proveedor del estupefaciente o quién lo recibiría para su posterior distribución.
“Esta mujer tiene un nombre, tenía una madre y también una hija, la cual esperaba por su mamá y que, lejos de verla llegar, solo recibió de ella sus últimos consejos a través de mensajes por el celular”, resaltó el fiscal general Eduardo José Villalba, de la Procuraduría de narcocriminalidad del noroeste Argentino (Procunar noa), según reveló el Ministerio Público en su portal informativo.
Villalba, con el acompañamiento de los auxiliares Mariana Gamba cremaschi y Jorge Viltes Monier, mostró una foto del hallazgo del cadáver de la víctima y afirmó que ese era “el final de la historia del delito de tráfico de estupefacientes, el que riñe con la dignidad humana, como en este caso, en el que la mujer aparece instrumentalizada para transportar cápsulas de cocaína en el interior de su cuerpo”.
luego, consideró que Gutiérrez debía responder ante la Justicia como coautor de “homicidio agravado criminis causae [para ocultar otro delito] en concurso real con encubrimiento de transporte de estupefacientes” o, alternativamente, por el delito de encubrimiento agravado.
El juez federal de Revisión luis Renato Rabbi Baldi cabanillas firmó el auto de elevación a juicio.
En la audiencia de control de Acusación, la Procunar noa detalló que el 21 de junio de 2022, a las 8.44, fue encontrado el cuerpo de la víctima a la vera de la ruta provincial 26. Explicó que la mujer había muerto como consecuencia de la apertura de una de las 74 cápsulas que tenía en sus entrañas, el equivalente a 749 gramos de cocaína. Villalba resaltó que, ante el derrame de una dosis masiva de cocaína en el interior de su organismo, que requería atención especializada y urgentísima, “la víctima no fue llevada siquiera a un hospital, ya que murió en una casa por el estallido de esas cápsulas y que su cuerpo fue arrojado a la ruta para ocultar el delito”.
Villalba sostuvo que “la víctima, por su estado de vulnerabilidad, era utilizada por otra mujer (actualmente prófuga) para traer la droga desde la localidad fronteriza de Profesor Salvador Mazza hasta Salta capital y, luego, a la ciudad chaqueña de Roque Sáenz Peña”.
El mortal recorrido
De la investigación fiscal surge que “el 19 de junio de 2022 ambas estaban camino a chaco cuando en la localidad de Metán la víctima comenzó a sentirse mal, lo que habría llevado a que desistieran de seguir con el viaje”.
En ese contexto, la encargada del traslado llamó a Gutiérrez para que fuera a buscarlas a la localidad de General Güemes, a unos 100 kilómetros de distancia. Pero finalmente el punto de encuentro fue la terminal de ómnibus de Salta. A las 23.25 del 19 de junio de 2022, el remisero llevó a su jefa y a la mujer que se retorcía de dolor a una casa alquilada en el macrocentro de la capital provincial. Parte de esos movimientos pudieron ser reconstruidos a partir de imágenes de las cámaras del centro de Video vigilancia de la Policía de Salta.luego –según los investigadores–, Gutiérrez partió para cumplir otro encargo de su jefa: buscar a una persona que debía prestarle asistencia a la “mula” en riesgo de vida.
Esa persona, en cuanto llegó al refugio, advirtió que la situación era crítica y dijo que debían llevar a la paciente a un hospital. Eso no pasó. la mañana siguiente, la mujer murió como consecuencia de la sobredosis masiva e irreversible.
Poco después, su cuerpo exánime fue arrojado a la vera de la ruta 26, que une el estadio Padre Ernesto Martearena y la localidad de El ceibalito, al sur de la capital de la provincia.
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Detectaron en Ezeiza dos intentos de tráfico de cocaína
Se trata de mujeres que tenían previsto viajar a Europa y que llevaban la droga dentro de sus cuerpos
En Buenos Aires se anulan antes de llegar a juicio el 92% de los casos que se inician por drogas. Ocho de cada diez expedientes se cierran, directamente, por errores procesales, según datos del Ministerio Público Fiscal bonaerense. A nivel federal, la tendencia estadística marca que, en 2022, los casos por tenencia para consumo personal alcanzaron 47% de las causas en todo el país, mientras que solo 34% fue por venta de drogas.
El poder de fuego narco se expone cada vez más en Rosario. Y en el conurbano también. Sin embargo, ese crecimiento visible de la violencia alrededor de la venta minorista de drogas no parece encontrar una reacción gubernamental para contener y hacer retroceder esa amenaza social. Todo lo contrario. Por más que se eleven los números de operativos y arrestos, las cifras oficiales muestran una realidad: involuciona la lucha contra el narcomenudeo, ese segmento delictivo que importa a los vecinos porque no se trata de empresas fantasmas de contrabando, sino bandas criminales que están arraigadas en barrios. Los procedimientos apuntan más a los consumidores que a los vendedores y la mayoría de las causas quedan sin resolución.
En Buenos Aires, por ejemplo, solo llega a juicio el ocho por ciento de los expedientes abiertos por infracciones a la ley 23.737.
Es un número demasiado grande de causas el que queda en el camino. Según la información del Ministerio Público Fiscal bonaerense, en ese distrito se abrieron 71.447 casos en 2021 por delitos vinculados con drogas. El 56 por ciento de esas investigaciones fueron por comercialización de sustancias prohibidas. Esa provincia fue la primera en adherir a la ley de desfederalización parcial de la lucha contra el narcotráfico –promulgada en 2005 por impulso de Buenos Aires–, por lo que sus tribunales y su policía tienen jurisdicción para tratar la venta minorista de drogas. El llamado narcomenudeo, ya consignado. Pero los allanamientos y arrestos no derivan en condenas. Y el circuito narco sigue intacto.
De esas 71.447 investigaciones, el 80 por ciento se archivó por el artículo 268 del Código Procesal bonaerense. “La Investigación Penal Preparatoria podrá ser iniciada por denuncia, por el Ministerio Público Fiscal o por la policía. Cuando la inicie el Ministerio Público Fiscal, contará con la colaboración de la policía, la cual deberá cumplir las órdenes que aquel le imparta. Si la investigación comenzara por iniciativa de la policía, esta comunicará al fiscal actuante, quien ejercerá el control e impartirá instrucciones. En caso que a juicio del fiscal no hubiere prueba suficiente sobre la existencia del hecho o la autoría de él, podrá proceder al archivo de las actuaciones”, se define en ese artículo. Y eso ocurre con ocho de cada diez causas, no solo se frenan los procesos, sino que directamente se dejan de investigar por el riesgo de que el caso quede anulado en un juicio por pruebas mal recolectadas por la policía en el comienzo de la instrucción.
Otro 12 por ciento de las causas iniciadas por la Justicia bonaerense queda bloqueado por desestimarse la denuncia. Solo avanza el ocho por ciento. Por eso también se mantiene casi fija la cantidad de detenidos por delitos vinculados a las drogas. Hace años que esa cifra en Buenos Aires ronda los 7500 internos. Lo que no es poco. Tampoco mucho.
En comparación, habría que considerar que la Justicia Federal imputó en los últimos cinco años a 51.852 personas por infracciones a la ley 23.737. Esa cifra corresponde a los datos de todo el país, sin contar los procesamientos dictados por los tribunales provinciales donde rige la desfederalización de la ley de drogas, situación en la que están el ya consignado caso de Buenos Aires, la ciudad de Buenos Aires, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Salta, Santiago del Estero y Córdoba. Esos 51.852 acusados representan una cifra alta si se mira el número aislado. En contexto, la realidad vuelve a ser diferente.
El 61 por ciento de esos 51.852 imputados en todo el país en causas de drogas entre 2018 y 2022 no llegará a un juicio, ya que se trata de personas acusadas por la tenencia de cantidades de drogas ilegales que avala la presunción de que correspondería a un consumo personal. Y esa situación no es penalizada. Así lo definió la Corte Suprema en el llamado fallo Arriola. Pero no puede un policía en la calle tomar esa decisión, así que ante la presencia de sustancias ilícitas, se decomisa la droga y se abre un proceso penal contra el infractor. El caso no prosperará al apelarse a la decisión de despenalizar la tenencia para consumo personal tomada por el máximo tribunal en 2009. Sin embargo, la tendencia estadística señala que aumentan los casos de intervención judicial por consumo personal y bajan los expedientes por venta de drogas.
La tenencia de drogas para consumo personal fue despenalizada por la Corte Suprema en una causa que se inició en enero de 2006 en Rosario, con el arresto de consumidores de drogas, que portaban pocos cigarrillos caseros armados con marihuana. Fue llamado fallo Arriola por su carátula, pero esa investigación tuvo en su origen arrestos y decomisos de drogas tanto de vendedores como de compradores. Los consumidores condenados en primera instancia apelaron el fallo. Y lograron revertir la sentencia. Por entonces, la violencia del narcomenudeo aún no golpeaba con récord de muertes en Rosario. Los asesinatos treparon en estos 17 años y las bandas narco alcanzaron en esa ciudad un nivel alarmante. Pero poco cambió a nivel judicial. Aún tiene más peso la persecución a los consumidores.
El 55 por ciento de las causas que se iniciaron por drogas en la Justicia Federal de Rosario en 2022 fueron por tenencia simple y para consumo personal. Son 1434 expedientes judiciales que no tendrán ningún destino en el fuero penal. Situaciones similares se observan en el comportamiento de tribunales federales en todo el país. La involución es visible en los datos oficiales.
Involución estadística
En 2018 la Justicia Federal abrió 18.832 expedientes vinculados con infracciones a la ley 23.737. El 55 por ciento fue por casos de comercialización de drogas y el 35 por ciento por casos de tenencia para consumo personal. Otro 10 por ciento es una mezcla de infracciones, especialmente tenencia simple. El peso estadístico de casos de venta se desinfla desde ese momento hasta llegar al 34 por ciento establecido en 2022. En cambio, la proporción de causas contra consumidores crece hasta llegar al actual 47 por ciento del total de los casos por la ley de drogas.
Solo en 2017 se había logrado que las causas contra el narcomenudeo (11.373 expedientes) duplicasen los casos abiertos por tenencia para consumo (5501); las cifras actuales, en cambio, parecen volver al nivel de 2011, cuando los 9686 procedimientos por tenencia para consumo personal superaban a las 7912 investigaciones por venta o tráfico de drogas.
Los datos parecerían evidenciar que nada cambió en la persecución penal del narcomenudeo, pese al aumento del volumen de la venta de drogas que se visualiza con claridad en los datos oficiales de consumo de sustancias psicoactivas: se duplicó el consumo de cocaína entre 2010 y 2017, período en el que se triplicó el consumo adolescente de marihuana, según definieron las encuestas nacionales realizadas por la Sedronar.
El foco del aparato de prevención de seguridad parece colocado en la interceptación de la tenencia para consumo personal. Una situación que, como se consignó, no llegará a un juicio por tratarse de una conducta despenalizada.
Uno de los problemas que se visualizan a partir de los datos judiciales tiene que ver con un vacío legal para definir los casos de tenencia para consumo personal. Nada lo define. Solo el criterio de cada fiscal o juez. Y eso puede ser un riesgo. Nada bueno puede salir de leyes que dejan en manos de subjetividad personal a bandas que obtienen $10.000.000 cada día por la venta de drogas. Así lo estableció la investigación contra el narco conocido como Chaki Chan, que se hace llamar el Patrón de La Matanza. La ley 23.737 no define qué peso o cantidad debe ser considerado como tenencia para consumo personal.
Vacíos legales, causas que se archivan por fallos procesales, foco puesto en los consumidores, la arquitectura antidrogas en la Argentina construyó un fuerte que se desmorona nada más que con una piedra.
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Juzgan a un remisero por la muerte de una “mula” del narcotráfico
La mujer murió al romperse una de las 74 cápsulas con cocaína que había ingerido para ser utilizada como transporte humano de algo menos de un kilo de esa sustancia
Murió en una casa de Salta luego de largas horas en las que, atravesada por el dolor físico, el miedo y la desesperanza, sufría por todo lo que podría ser y ya no sería, y le escribía a su hija mensajes de texto para despedirse y darle “consejos” para continuar su vida sin ella. Joven, y pobre, la mujer se había transformado en un mero instrumento del narcotráfico, una “mula”, un ser humano fungible a cambio de una suma ínfima para un negocio millonario. Había ingerido 74 cápsulas, cada una con unos 10 gramos de cocaína; una de ellas estalló en su estómago, con un efecto devastador, letal cuando la atención no es inmediata y en un centro especializado. Eso, efectivamente, fue lo que pasó: quienes la habían contratado para que transportara la droga en sus entrañas ni siquiera la llevaron a un hospital. E incluso le negaron un final mínimamente digno: los narcos que la habían usado desecharon su cadáver a la vera de una ruta.
Hace poco más de un año ocurrió este caso, una tragedia más como consecuencia del narcotráfico, con varios cabos que siguen sueltos. Ahora, la Justicia Federal envió a juicio oral a Andrés Ángel Gutiérrez, el remisero que trasladó a la víctima a la casa en la que la atrapó la muerte y, luego, llevó su cuerpo hasta el lugar donde fue abandonado.
Sigue prófuga la mujer que había cooptado a la víctima y tampoco se determinó quién era el proveedor del estupefaciente o quién lo recibiría para su posterior distribución.
“Esta mujer tiene un nombre, tenía una madre y también una hija, la cual esperaba por su mamá y que, lejos de verla llegar, solo recibió de ella sus últimos consejos a través de mensajes por el celular”, resaltó el fiscal general Eduardo José Villalba, de la Procuraduría de narcocriminalidad del noroeste Argentino (Procunar noa), según reveló el Ministerio Público en su portal informativo.
Villalba, con el acompañamiento de los auxiliares Mariana Gamba cremaschi y Jorge Viltes Monier, mostró una foto del hallazgo del cadáver de la víctima y afirmó que ese era “el final de la historia del delito de tráfico de estupefacientes, el que riñe con la dignidad humana, como en este caso, en el que la mujer aparece instrumentalizada para transportar cápsulas de cocaína en el interior de su cuerpo”.
luego, consideró que Gutiérrez debía responder ante la Justicia como coautor de “homicidio agravado criminis causae [para ocultar otro delito] en concurso real con encubrimiento de transporte de estupefacientes” o, alternativamente, por el delito de encubrimiento agravado.
El juez federal de Revisión luis Renato Rabbi Baldi cabanillas firmó el auto de elevación a juicio.
En la audiencia de control de Acusación, la Procunar noa detalló que el 21 de junio de 2022, a las 8.44, fue encontrado el cuerpo de la víctima a la vera de la ruta provincial 26. Explicó que la mujer había muerto como consecuencia de la apertura de una de las 74 cápsulas que tenía en sus entrañas, el equivalente a 749 gramos de cocaína. Villalba resaltó que, ante el derrame de una dosis masiva de cocaína en el interior de su organismo, que requería atención especializada y urgentísima, “la víctima no fue llevada siquiera a un hospital, ya que murió en una casa por el estallido de esas cápsulas y que su cuerpo fue arrojado a la ruta para ocultar el delito”.
Villalba sostuvo que “la víctima, por su estado de vulnerabilidad, era utilizada por otra mujer (actualmente prófuga) para traer la droga desde la localidad fronteriza de Profesor Salvador Mazza hasta Salta capital y, luego, a la ciudad chaqueña de Roque Sáenz Peña”.
El mortal recorrido
De la investigación fiscal surge que “el 19 de junio de 2022 ambas estaban camino a chaco cuando en la localidad de Metán la víctima comenzó a sentirse mal, lo que habría llevado a que desistieran de seguir con el viaje”.
En ese contexto, la encargada del traslado llamó a Gutiérrez para que fuera a buscarlas a la localidad de General Güemes, a unos 100 kilómetros de distancia. Pero finalmente el punto de encuentro fue la terminal de ómnibus de Salta. A las 23.25 del 19 de junio de 2022, el remisero llevó a su jefa y a la mujer que se retorcía de dolor a una casa alquilada en el macrocentro de la capital provincial. Parte de esos movimientos pudieron ser reconstruidos a partir de imágenes de las cámaras del centro de Video vigilancia de la Policía de Salta.luego –según los investigadores–, Gutiérrez partió para cumplir otro encargo de su jefa: buscar a una persona que debía prestarle asistencia a la “mula” en riesgo de vida.
Esa persona, en cuanto llegó al refugio, advirtió que la situación era crítica y dijo que debían llevar a la paciente a un hospital. Eso no pasó. la mañana siguiente, la mujer murió como consecuencia de la sobredosis masiva e irreversible.
Poco después, su cuerpo exánime fue arrojado a la vera de la ruta 26, que une el estadio Padre Ernesto Martearena y la localidad de El ceibalito, al sur de la capital de la provincia.
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Detectaron en Ezeiza dos intentos de tráfico de cocaína
Se trata de mujeres que tenían previsto viajar a Europa y que llevaban la droga dentro de sus cuerpos
Gabriel Di Nicola
A. S. F. llegó al Aeropuerto internacional de Ezeiza para viajar a Barcelona, España, en un vuelo de la línea aérea level. Pero nunca llegó a subirse al avión. cuando estaba por embarcar fue entrevistada por agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). la joven, de 20 años y domiciliada en el barrio de Villa del Parque, respondió de forma “incongruente” y “dubitativa”. Poco después quedaría internada y detenida: las imágenes del escáner de rayos X revelaron la “presencia de cuerpos extraños en el organismo”. Ella misma confesó que llevaba “un paquete introducido por vía vaginal”. Eran 78 cápsulas con cocaína. la chica era, efectivamente, una “mula” de una banda narco.
la secuencia ocurrió el sábado 29 de julio. la joven estuvo varios días internada en el Hospital Zonal General de Agudos Doctor Alberto Antranik Eurnekian, de Ezeiza, hasta que pudo evacuar todas las cápsulas.
luego fue trasladada por la PSA a los tribunales de la Avenida de los inmigrantes 1950, en Retiro, para prestar declaración indagatoria ante el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky. En el expediente, el Ministerio Público está representado por el fiscal Emilio Guerberoff. “la joven se negó a declarar. También se negó a aportar la clave de su teléfono celular, un iphone de Apple”, dijo a la nacion una fuente judicial.
Según fuentes de la investigación, todo comenzó el sábado 29 de julio, a las 9.13 en el hall público de la Terminal A del Aeropuerto internacional de Ezeiza cuando uniformados de la PSA, junto con personal de la Dirección General de Aduanas (DGA), se acercaron a una pasajera que estaba por embarcar en el vuelo ib 2602 con destino a Barcelona, España.
la pasajera, una joven que hasta su detención vivía en Villa del Parque y que cumplió 20 años en abril pasado, respondió de forma “dubitativa” las consultas de los uniformados y del personal aduanero.
“Se decidió convocar a dos testigos y se le realizó un control corporal, no invasivo, mediante un equipo de rayos x denominado Body Scan. El operador del equipo técnico visualizó una imagen dudosa en cuanto a la posible presencia de cuerpos extraños en el organismo”, explicó a la nacion una fuente de la investigación.
Ese aparato fue usado nuevamente anteayer para detectar a otras dos “mulas”, que habían ingerido cápsulas con 946 gramos de cocaína y 823 gramos de esa sustancia, respectivamente. Ambas mujeres tenían pasajes para volar a Roma, en el vuelo de iberia 6844. Esa causa quedó en manos del juez penal en lo económico Juan Pedro Galván Greenway.
Pero en el caso de la “mula” detectada el 29 de julio, la imagen del Body Scan no fue clara, por lo que la PSA se comunicó con funcionarios del Juzgado en lo Penal Económico n° 6, a cargo del juez Aguinsky, que estaba de turno hasta el lunes pasado. “El juez Aguinsky dispuso que se realizara una requisa sobre la pasajera, detectándose que presentaba, en su zona genital interna [sic], elementos extraños, manifestando espontáneamente, que transportaba un paquete introducido vía vaginal”.
los informantes agregaron que “en el hospital los médicos confirmaron la presencia de cuerpos extraños introducidos vía vaginal y en el sistema digestivo de la pasajera”.
Sorpresa familiar
Tras la detención de la “mula”, el juez Aguinsky ordenó un allanamiento en la casa de la sospechosa, en Villa del Parque. El procedimiento tuvo resultado negativo, no se pudo hallar nada de importancia para la investigación. “la familia de la imputada se enteró de que la joven estaba detenida cuando la PSA llegó al domicilio. Pensaban que estaba en vuelo hacia Barcelona”, dijo a la nacion una calificada fuente de la causa.
Aguinsky, con casi 30 años de experiencia en el fuero en lo penal económico, tuvo varias causas que comenzaron con la detención de una “mula” y terminaron con la identificación de los eslabones superiores de las organizaciones criminales. Así pasó en el expediente que comenzó en junio de 2015 cuando la PSA detuvo a cinco “mulas” en Ezeiza. los sospechosos estaban por abordar el vuelo UX 042 de Air Europa a España. llevaban entre todos cuatro kilos de cocaína. En ese expediente, el Ministerio Público estuvo representado por la fiscal María Gabriela Ruiz Morales.
los funcionarios judiciales y los detectives de la PSA no se conformaron con la detención de las “mulas”: durante diez meses tejieron una paciente investigación y, en marzo de 2018, el Tribunal oral en lo Penal Económico (TOPE) n° 3, integrado por los magistrados luis losada, Karina Perilli y luis imas, condenó a diez sospechosos, entre ellos, al ciudadano mexicano Rodrigo Pozas iturbe, como integrantes de una asociación ilícita transnacional que traficaba cocaína a Europa.
A. S. F. llegó al Aeropuerto internacional de Ezeiza para viajar a Barcelona, España, en un vuelo de la línea aérea level. Pero nunca llegó a subirse al avión. cuando estaba por embarcar fue entrevistada por agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA). la joven, de 20 años y domiciliada en el barrio de Villa del Parque, respondió de forma “incongruente” y “dubitativa”. Poco después quedaría internada y detenida: las imágenes del escáner de rayos X revelaron la “presencia de cuerpos extraños en el organismo”. Ella misma confesó que llevaba “un paquete introducido por vía vaginal”. Eran 78 cápsulas con cocaína. la chica era, efectivamente, una “mula” de una banda narco.
la secuencia ocurrió el sábado 29 de julio. la joven estuvo varios días internada en el Hospital Zonal General de Agudos Doctor Alberto Antranik Eurnekian, de Ezeiza, hasta que pudo evacuar todas las cápsulas.
luego fue trasladada por la PSA a los tribunales de la Avenida de los inmigrantes 1950, en Retiro, para prestar declaración indagatoria ante el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky. En el expediente, el Ministerio Público está representado por el fiscal Emilio Guerberoff. “la joven se negó a declarar. También se negó a aportar la clave de su teléfono celular, un iphone de Apple”, dijo a la nacion una fuente judicial.
Según fuentes de la investigación, todo comenzó el sábado 29 de julio, a las 9.13 en el hall público de la Terminal A del Aeropuerto internacional de Ezeiza cuando uniformados de la PSA, junto con personal de la Dirección General de Aduanas (DGA), se acercaron a una pasajera que estaba por embarcar en el vuelo ib 2602 con destino a Barcelona, España.
la pasajera, una joven que hasta su detención vivía en Villa del Parque y que cumplió 20 años en abril pasado, respondió de forma “dubitativa” las consultas de los uniformados y del personal aduanero.
“Se decidió convocar a dos testigos y se le realizó un control corporal, no invasivo, mediante un equipo de rayos x denominado Body Scan. El operador del equipo técnico visualizó una imagen dudosa en cuanto a la posible presencia de cuerpos extraños en el organismo”, explicó a la nacion una fuente de la investigación.
Ese aparato fue usado nuevamente anteayer para detectar a otras dos “mulas”, que habían ingerido cápsulas con 946 gramos de cocaína y 823 gramos de esa sustancia, respectivamente. Ambas mujeres tenían pasajes para volar a Roma, en el vuelo de iberia 6844. Esa causa quedó en manos del juez penal en lo económico Juan Pedro Galván Greenway.
Pero en el caso de la “mula” detectada el 29 de julio, la imagen del Body Scan no fue clara, por lo que la PSA se comunicó con funcionarios del Juzgado en lo Penal Económico n° 6, a cargo del juez Aguinsky, que estaba de turno hasta el lunes pasado. “El juez Aguinsky dispuso que se realizara una requisa sobre la pasajera, detectándose que presentaba, en su zona genital interna [sic], elementos extraños, manifestando espontáneamente, que transportaba un paquete introducido vía vaginal”.
los informantes agregaron que “en el hospital los médicos confirmaron la presencia de cuerpos extraños introducidos vía vaginal y en el sistema digestivo de la pasajera”.
Sorpresa familiar
Tras la detención de la “mula”, el juez Aguinsky ordenó un allanamiento en la casa de la sospechosa, en Villa del Parque. El procedimiento tuvo resultado negativo, no se pudo hallar nada de importancia para la investigación. “la familia de la imputada se enteró de que la joven estaba detenida cuando la PSA llegó al domicilio. Pensaban que estaba en vuelo hacia Barcelona”, dijo a la nacion una calificada fuente de la causa.
Aguinsky, con casi 30 años de experiencia en el fuero en lo penal económico, tuvo varias causas que comenzaron con la detención de una “mula” y terminaron con la identificación de los eslabones superiores de las organizaciones criminales. Así pasó en el expediente que comenzó en junio de 2015 cuando la PSA detuvo a cinco “mulas” en Ezeiza. los sospechosos estaban por abordar el vuelo UX 042 de Air Europa a España. llevaban entre todos cuatro kilos de cocaína. En ese expediente, el Ministerio Público estuvo representado por la fiscal María Gabriela Ruiz Morales.
los funcionarios judiciales y los detectives de la PSA no se conformaron con la detención de las “mulas”: durante diez meses tejieron una paciente investigación y, en marzo de 2018, el Tribunal oral en lo Penal Económico (TOPE) n° 3, integrado por los magistrados luis losada, Karina Perilli y luis imas, condenó a diez sospechosos, entre ellos, al ciudadano mexicano Rodrigo Pozas iturbe, como integrantes de una asociación ilícita transnacional que traficaba cocaína a Europa.
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