miércoles, 17 de noviembre de 2021

ECONOMÍA COTIDIANA


Regímenes especiales de jubilación: cuáles son y a quiénes alcanzan

Santiago Bulat

Mariano Enriquez


1. Previsión social.
Los sistemas previsionales funcionan como esquemas de aseguramiento colectivo contra distintos riesgos como la vejez, la invalidez o el fallecimiento. La lógica del sistema jubilatorio apunta a destinar parte de los ingresos en la vida activa a la vida pasiva. Podría pensarse en la conveniencia de que las reglas sean idénticas para todos, para incentivar a aportar. Sin embargo, esto no sucede: en nuestro país existen al menos cinco categorías de regímenes previsionales que se diferencian del régimen general (el SIPA).

2. Excepción. La primera categoría, la de regímenes diferenciales, se asocia a situaciones particularmente dificultosas o físicamente demandantes de ciertos trabajos que resultarían en un “envejecimiento prematuro”. La segunda, llamada de regímenes “especiales”, contempla el acceso diferencial a beneficios por la existencia de méritos que lo justifican. La tercera incluye a los esquemas que cubren a personas que se desempeñaron en las fuerzas armadas y de seguridad; son administrados por instituciones independientes y combinan argumentos de mérito y de especificidad para su justificación. Los sistemas provinciales, incluyendo a los que cubren el empleo público y las cajas profesionales independientes son una cuarta categoría, fundamentada en cuestiones de inercia legal. Por último, están las pensiones no contributivas, que dan respuesta a situaciones de extrema necesidad, mérito o situaciones particulares, como ser expresidente, medallista olímpico o ganador del Premio Nobel, entre otros.

3. Motivos. La lógica más habitual para justificar un régimen previsional de excepción es el envejecimiento prematuro. Su argumento central es que ciertos trabajos implican un esfuerzo físico que, a lo largo de los años, llevan a un deterioro de la salud. El segundo más relevante tiene que ver con el mérito, como el caso de exfuncionarios. La relevancia en términos de costo y cobertura es variable. En un extremo, Polonia dedica recursos por 2,7% PBI a financiarlos, mientras que países como Irlanda gastan menos de un 0,2% del PBI. Polonia tiene a más de un 22% del total de personas pensionadas del país bajo estos regímenes, mientras que el promedio de países lo hace entre un 10 y un 15%. En la Argentina el 40% de los beneficios jubilatorios es de regímenes excepcionales y los recursos que la sociedad destina a estos esquemas alcanzan el 7% del PBI.

4. Números locales. Entre 2010 y 2020, el número de jubilaciones bajo el régimen general de Anses se mantuvo estable pero la cantidad de personas beneficiarias bajo regímenes especiales aumentó más de un 40%. En 2021 hay al menos 39 regímenes diferenciales en vigencia. El último aprobado fue este año: es para trabajadores y contratistas de viñas y frutales.

5. Futuro.
Los regímenes de excepción tienen tres principales problemas. En primer lugar, introducir regímenes más generosos que el general afecta la equidad y, al financiarse por recursos del sistema tributario, genera efectos distributivos distorsivos. También se afecta la sostenibilidad, puesto que el mayor aporte en estos regímenes no compensa los pagos en la edad pasiva. Finalmente, se arriesga la eficiencia del sistema por la fragmentación normativa e institucional que causan los regímenes. En la Unión Europea hoy se avanza en reformas para reducir la incidencia de estos regímenes, mientras que en la Argentina se sigue fomentando su creación.

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